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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Mujer indígena boliviana.

Derechos humanos y perspectiva de género en las NDC en América Latina

Este documento tiene como objetivo proporcionar una serie de elementos clave relativos a la inclusión del marco de derechos humanos y perspectiva de género en la elaboración, actualización e implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) de los países de América Latina. Así, este documento busca ser una herramienta para que tanto las y los tomadores de decisión, como las organizaciones de la sociedad civil, puedan verificar la adecuada integración de estos temas fundamentales en los mencionados instrumentos de planificación de la acción climática. En ese sentido, con base en diversos estándares y tratados internacionales y regionales, se provee una lista de elementos generales y acciones clave que deben ser considerados en la elaboración e implementación de las NDC, con el fin de incluir de manera transversal los derechos humanos y la perspectiva género en las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, aplicables a diversos sectores y actividades.       Lee y descargue la publicación  

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tortuga marina flotando sobre arrecifes de coral

Tres grandes oportunidades para salvar el océano y el clima

La pandemia por el nuevo coronavirus ha traído un cambio de perspectiva sobre la importancia de muchos temas, entre ellos el acceso a la salud y a la tecnología, así como la desigualdad presente en muchos aspectos de nuestras vidas. Pero también ha renovado la discusión acerca de la necesidad de actuar frente a la mayor amenaza que la humanidad enfrenta: la crisis climática. Mi intención no es causar alarma o pánico, sino enfatizar que aún hay mucho por hacer. La vida en el planeta surgió en el océano y tras millones de años se adaptó para ser posible en tierra, dando paso a la existencia humana. Aunque no vivamos en el océano, este ecosistema es clave para sostener la vida. Es el principal regulador climático del planeta. Las corrientes marinas marcan la pauta respecto a las estaciones y es la interacción entre corrientes de aire y corrientes marinas el origen de las tormentas tropicales, huracanes y tifones. De otro lado, los manglares —que sirven de unión entre el océano y la tierra— y los arrecifes de coral son barreras naturales contra tormentas tropicales. Por tanto, un océano saludable significa un clima saludable y debemos procurar su conservación lo antes posible. Lamentablemente, la evidencia científica da cuenta que el océano sufre de sobrecalentamiento, acidificación y de pérdida de oxígeno. Ante esa dura realidad, existen tres grandes oportunidades para la adopción de medidas de protección del océano con un enfoque climático. Pese a que fueron postergados debido a la pandemia, existen tres procesos de negociación a nivel internacional que aún representan importantes ventanas de oportunidad para salvar el océano y, al mismo tiempo, el clima y nuestro futuro. 1. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático El primer escenario es el de las negociaciones climáticas, en las cuales los países miembros de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático se reúnen para revisar sus compromisos, los avances en el cumplimiento de estos y los desafíos pendientes en la lucha global contra la emergencia climática. Durante la 25ª Conferencia de las partes (COP25), realizada en 2019, se abrió la posibilidad de iniciar un diálogo sobre la importancia del océano en la acción climática. Se les solicitó a los países parte, organizaciones observadoras y otras instituciones enviar sus aportes sobre el tema para ser analizadas durante la próxima reunión del Órgano Asesor Técnico Científico. La idea es integrar de forma más activa los ecosistemas marinos en los planes de adaptación y mitigación al cambio climático, así como destacar su rol en la creación de resiliencia climática planetaria.   No hay una fecha definida para la próxima reunión del Órgano Científico y deberemos esperar a noviembre de 2021 para la siguiente cumbre climática de la ONU. 2. Tratado de Alta Mar Otro aspecto clave en la protección del océano y sus beneficios es la conservación y manejo sostenible de los recursos marinos. A ello apunta justamente la negociación de un Tratado de Alta Mar en el marco de Naciones Unidas. Las áreas marinas fuera de la jurisdicción nacional o alta mar, que representan aproximadamente la mitad de la superficie del planeta, están bajo poca o ninguna regulación. Lo que se busca con el tratado es crear un marco jurídico integrado que regule las actividades productivas en alta mar mediante evaluaciones de impacto ambiental, herramientas de manejo espacial que incluyen áreas marinas protegidas, gestión de recursos genéticos marinos, la creación de capacidades tecnológicas, así como la transferencia de tecnología. Los ecosistemas en alta mar son altamente productivos y capaces de capturar carbono y regular el clima. Son además esenciales para la seguridad alimentaria presente y futura. La última Conferencia Intergubernamental para la negociación del Tratado de Alta Mar estaba programada para marzo del 2020, pero fue pospuesta para marzo dl próximo año. 3. Convenio de Diversidad Biológica Finalmente, tenemos la negociación de las metas de gestión de la biodiversidad para la próxima década bajo el Convenio de Diversidad Biológica. Estas metas son amplias y abarcan a diversos ecosistemas. En cuanto al océano, lo que se impulsa es la protección del 30% del océano para 2030. Esta meta requiere crear áreas marinas protegidas biológicamente significativas, basadas en la ciencia y gestionadas adecuadamente. Sin el Tratado de Alta Mar, esta meta es imposible de lograr. Las negociaciones del Convenio estaban planificadas para noviembre del 2020, pero fueron postergadas para el segundo trimestre de 2021. La relación entre estas tres negociaciones es innegable y necesaria. Sin áreas marinas protegidas creadas bajo un enfoque científico y sin un océano cuyos recursos sean gestionados de manera sostenible, no tendremos una acción climática efectiva. Esta pausa en las negociaciones nos da tiempo para informarnos y aprender más de la importancia del océano. Es un momento para reflexionar sobre por qué es necesario proteger al menos el 30% del océano, incluyendo alta mar. En juego están la resiliencia climática, la seguridad alimentaria y nuestro futuro. Es el tiempo perfecto de pensar en las sabias palabras de Sylvia Earle: “Sin océano, no hay vida, no hay verde sin azul”.  

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Infografía: ¿Cómo afecta el metano nuestra salud?

El metano (CH4) es un gas de efecto invernadero (GEI) que, además de agravar la crisis climática, deteriora la calidad del aire y con ello la salud humana.     Conoce qué es el metano y cómo contamina nuestro aire  

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