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Foto: Suzanne LivingstoneVictoria: Declaran zona restringida a refugio de tortugas baulas
En mayo del 2008, en dos fallos separados, el Gobierno de Costa Rica adoptó una postura a favor de las tortugas baulas y en contra de los intereses comerciales empeñados en construir dentro del territorio protegido de estas especies en peligro de extinción.
Las tortugas baulas —una especie contemporánea de los dinosaurios— viven en constante peligro en su hábitat costarricense. La mala planificación y la ausencia de un proceso de vigilancia terminaron por destruir las playas de anidamiento en Flamingo y Tamarindo.
Esta vez las empresas constructoras tenían sus mirada puesta en el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB), hábitat protegido de algunas de las playas de anidamiento de tortugas baulas, uno de los más importantes del Océano Pacífico oriental.
Se implementó una reglamentación municipal de zonificación que autorizaría la construcción dentro de una parte del PNMB. No obstante, AIDA y CEDARENA, su socio local, junto con el Leatherback Trust (Fundación de Tortugas Baulas), montaron una exitosa campaña en defensa del parque.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló la reglamentación municipal de zonificación, dejando a salvo a las tortugas baulas y a sus playas de anidamiento. Este fallo vino luego de otra victoria jurídica por parte de AIDA, CEDARENA y Justicia por la Naturaleza, quienes exigimos al gobierno expropiar los terrenos privados que caían dentro de los límites del PNMB y que, de lo contrario, estarían destinados a ser patios de recreo para turistas.
La tortuga baula aún está bajo amenaza por la urbanización turística, la pesca, la caza furtiva, el robo de huevos de tortuga y la contaminación. No obstante, AIDA y sus socios han demostrado que la ley se puede utilizar para hacer cambios importantes.
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Un artículo de Mother Jones, una revista EEUU, que detalla los terribles efectos de la fundidora Doe Run Perú en la comunidad de La Oroya.
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Las compañías Doe Run Investment Holdings Company, Fluor Corporation de Texas y A.T. Massey Coal de Virginia sabían que contaminación de plomo dañaba la salud de niños. San Luis, Missouri, EUA. El viernes pasado, los antiguos propietarios de una planta fundidora de plomo en Herculaneum, Missouri, recibieron una condena de $320 millones de dólares debido a la contaminación de plomo que generó problemas de salud a 16 menores y otros habitantes que vivían cerca de la zona. “Obviamente querían enviar un mensaje: no pongas las ganancias por encima de la gente”, dijo Mark Bronson, abogado de los demandantes, al diario St. Louis Post-Dispatch. El jurado impuso la condena de $320 millones, el pasado viernes 29 para desalentar una contaminación futura a las compañías Doe Run Investment Holdings Company, Fluor Corporation de Texas y A.T. Massey Coal, propietarias de la fundidora hasta el año 1994. Asimismo, un día antes el juzgado civil ya había exigido que dichas empresas pagaran $38.5 millones de dólares a las familias como compensación por los daños a la salud y ganancias perdidas por la contaminación entre los años 1986 y 1994. Cabe resaltar que, hace unos meses, el dueño actual de la fundición, Doe Run Resources Corporation, llegó a un acuerdo con los demandantes por la contaminación ocurrida después de 1994 por una cantidad no revelada, según documentos del corte. DOE RUN PERÚ Y EL CASO LA OROYA Doe Run Resources Corporation es subsidiaria de Renco Holding Company, del empresario Ira Rennert. Después de comprar Doe Run Resources, Renco compró el Complejo Metalúrgico de La Oroya en 1997 y estableció otra subsidiaria, Doe Run Perú (DRP), para operarlo. DRP mantiene paralizado el Complejo desde 2009, y está negociando con el gobierno para reabrirlo. AIDA y la SPDA han trabajado desde 1997 con el fin de llamar la atención al gobierno Peruano para que DRP controle los níveles de contaminación en La Oroya, similares a los de Herculaneum. El gobierno exigió mejores controles ambientales en el complejo metalúrgico que están pendientes de cumplir, pero Renco Holdings empezó un proceso de arbitraje internacional dentro del marco del Tratado de Libre Comercio entre Perú y EEUU, argumentando que las acciones que Perú ha tomado para requerir mejoras en el Complejo son inesperadas e injustas. Actualmente, AIDA y la Asociación Pro Derechos Humanos, APRODEH, llevan un caso y una petición de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a nombre de habitantes de La Oroya afectados por la contaminación. “La cifra de la condena en los Estados Unidos evidencia la gravedad de la contaminación por plomo, en particular en niños y niñas, demostrando una vez más la magnitud de las violaciones de derechos humanos ocurridas en Missouri y en La Oroya” dijoAstrid Puentes Riaño, Co-Directora Ejecutiva de AIDA. “Por ello insistimos en las medidas que están pendientes en La Oroya para atender esta situación”puntualizó. Por su parte, Ramón Rivero, del Programa de Ciudadanía y Asuntos Socioambientales de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), calificó como ejemplar esta sanción por lo que ante situaciones similares debería tomarse como referencia en otra latitudes como la peruana. “Medidas como la dispuesta contra Doe Run en EE.UU. suponen una acción correctiva desde un Estado que, en este caso, busca resarcir a los afectados de manera equivalente al daño ocasionado. Habría que preguntarnos si las medidas dispuestas por el Estado peruano a la fecha, con relación a los daños de DRP en La Oroya, contiene esta lógica reparatoria”, agregó el especialista. “Es necesario establecer medidas relacionadas a la salud pública más eficaces que solo mediciones y controles, sino que influyan en el bienestar de los habitantes de La Oroya. Además, debería evaluarse la posibilidad de incrementar los montos a invertir en las reparaciones en la zona”, manifesto Rivero.
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Presentan argumentos en apoyo del gobierno en el caso de conservación del refugio de vida silvestre. Ciudad de Panamá, Panamá. Hoy, en el día internacional del manglar, dos organizaciones de la sociedad civil anunciaron su apoyo al gobierno Panameño en el juicio iniciado por desarrolladores requiriendo la nulidad de la protección de la Bahía de Panamá. Las organizaciones, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), presentaron un documento legal de amicus curiae que contiene detalles sobre argumentos legales internacionales y nacionales en los cuales se sobrepone la protección legal establecida mediante Resolución expedida por la autoridad ambiental Panameña. Los desarrolladores, Panama Bay Development y Compañía Lefevre, presentaron las demandas para promover la construcción y desarrollo de vastos complejos turísticos en la zona. El turismo extensivo en el área traerá impactos ambientales devastadores para este ecosistema sensible. La costa de la Bahía de Panamá contiene miles de manglares pristinos, los cuales son sitios importantes de anidación para especies de las que depende la industria pesquera Panameña. Cada kilómetro de cubierta de manglar costero genera cerca de los $100,000 USD para el país anualmente. Los manglares también ayudan a la protección de los efectos del cambio climático global a través del amortiguamiento de la costa de las tormentas tropicales cada vez más frecuentes y siendo ecosistema que secuestra carbono de la atmósfera en sus raíces. Un bosque de mangle puede secuestrar casi 50 veces más carbono que un bosque tropical del mismo tamaño, razón por la cual se hace una prioridad de conservación de manglares si los países quieren mitigar las catástrofes del cambio climático. El área protegida de Bahía de Panamá tiene una extensión aproximada de 85,652 hectáreas, casi un tercio del Parque Nacional Coiba en Panamá. La Bahía de Panamá es uno de los sitios más biodiversos del mundo y es un hábitat esencial para las aves migratorias y especies amenazadas como jaguares y tortugas caguamas o amarillas. “De frente a cada vez más tormentas tropicales devastadoras y ponderosas, derivadas del cambio climático, la destrucción de manglar es una de las peores decisiones que un país como Panamá podría hacer,” dijo Anna Cederstav, Ph.D., personal científico y co-directora de AIDA. En palabras de Sandra Moguel, asesora legal de AIDA en México, “El artículo cuarto de la Constitución de Panamá obliga a la observancia de las reglas de derecho internacional en el territorio, por lo que las obligaciones contraídas a través de la Convención Ramsar de Humedales de Importancia Prioritaria y la Convención de la Diversidad Biológica—ambas ratificadas por Panamá—deberán tomarse en consideración al decidir si se revierte la Resolución mediante la cual se crea el área protegida de Bahía de Panamá.” “La creación o declaración de un área protegida en ningún momento constituye una expropiación. Lo que hace e proteger y garantizar el derecho al medio ambiente sano contenido en la Constitución Política Panameña,” dijo María Acuña, abogada del CIAM.
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