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Foto: Suzanne LivingstoneVictoria: Declaran zona restringida a refugio de tortugas baulas
En mayo del 2008, en dos fallos separados, el Gobierno de Costa Rica adoptó una postura a favor de las tortugas baulas y en contra de los intereses comerciales empeñados en construir dentro del territorio protegido de estas especies en peligro de extinción.
Las tortugas baulas —una especie contemporánea de los dinosaurios— viven en constante peligro en su hábitat costarricense. La mala planificación y la ausencia de un proceso de vigilancia terminaron por destruir las playas de anidamiento en Flamingo y Tamarindo.
Esta vez las empresas constructoras tenían sus mirada puesta en el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB), hábitat protegido de algunas de las playas de anidamiento de tortugas baulas, uno de los más importantes del Océano Pacífico oriental.
Se implementó una reglamentación municipal de zonificación que autorizaría la construcción dentro de una parte del PNMB. No obstante, AIDA y CEDARENA, su socio local, junto con el Leatherback Trust (Fundación de Tortugas Baulas), montaron una exitosa campaña en defensa del parque.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló la reglamentación municipal de zonificación, dejando a salvo a las tortugas baulas y a sus playas de anidamiento. Este fallo vino luego de otra victoria jurídica por parte de AIDA, CEDARENA y Justicia por la Naturaleza, quienes exigimos al gobierno expropiar los terrenos privados que caían dentro de los límites del PNMB y que, de lo contrario, estarían destinados a ser patios de recreo para turistas.
La tortuga baula aún está bajo amenaza por la urbanización turística, la pesca, la caza furtiva, el robo de huevos de tortuga y la contaminación. No obstante, AIDA y sus socios han demostrado que la ley se puede utilizar para hacer cambios importantes.
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Esta guía tiene como objetivo promover el conocimiento del sistema regional de protección de los derechos humanos. En ella se abordan elementos jurídicos y estratégicos que pueden implementarse en situaciones de violaciones de los derechos humanos derivados de la degradación del ambiente. Esperamos que esta publicación sea consultada y utilizada por las comunidades, organizaciones, abogados, abogadas y autoridades que desde diferentes perspectivas abordan estos casos. Confiamos además en que contribuya a impulsar la efectiva presentación de casos ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y, por tanto, a mejorar la protección de los derechos humanos de todos los habitantes del continente. Lee y descarga la guía
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PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA 28 Agosto, 2007 CONTACTOS: Claudia Gómez-Portugal, Comunicación AIDA, 52683323 ext. 23 [email protected] JUEZ FEDERAL SUSPENDE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO LA PAROTA México DF., a 28 de agosto, 2007 - Como resultado de un amparo presentado por los campesinos de la Comunidad Indígena de Bienes Comunales de Cacahuatepec en Acapulco, Guerrero, representados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), el pasado 14 de agosto, una Juez Federal con sede en Acapulco, ordenó la suspensión provisional de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico La Parota. La suspensión se otorgó para evitar daños irreparables a los derechos constitucionales al ambiente sano, a la garantía de audiencia y legalidad de los comuneros. Asimismo, la Juez admitió el amparo en virtud a que la autorización de impacto ambiental emitida por SEMARNAT y la concesión de aguas sobre el río Papagayo otorgada por la Comisión Nacional del Agua a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para construir el proyecto hidroeléctrico, podrían violar los derechos antes mencionados. “La suspensión de La Parota es un importante precedente en México, porque antepone la protección del medio ambiente a un proyecto de infraestructura de esta envergadura y permite la protección del interés público” afirmó Xavier Martínez Esponda, abogado del CEMDA. “De construirse la presa, se causarían graves e irreparables daños sobre selva baja y mediana caducifolia, impactando cientos de especies de flora y fauna amenazadas y en peligro de extinción. También se afectarían la calidad y cantidad del agua del río Papagayo, aunado a los impactos de las comunidades de la región”, puntualizó. En el amparo se alega la inconstitucionalidad de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley de Aguas Nacionales (LAN), porque en los procedimientos para otorgar las autorizaciones al proyecto, las comunidades afectadas no pudieron participar, violándose sus garantías individuales (artículos 14 y 16 constitucionales) referentes a que nadie puede ser privado de la vida, la libertad, sus propiedades, posesiones o derechos, sin tener un juicio previo. En este caso esto no ocurrió, pues al emitir las autorizaciones de impacto ambiental y de concesión del río Papagayo, no se notificó a las comunidades a pesar que con estas decisiones se afectan sus tierras y su derecho al agua sobre este río. “El fin del amparo es suspender definitivamente la presa, ya que de construirse, los campesinos perderían sus tierras, tendrían que desplazarse de su pueblo y se causarían otros daños sociales y ambientales irreparables. Se pretende entonces evitar como en muchos otros casos similares, el desarrollo de grandes proyectos sin las compensaciones e indemnizaciones necesarias”, sostuvo Astrid Puentes Riaño, Directora Legal de AIDA. En relación con lo anterior, es un hecho que los proyectos implementados por CFE no contemplan compensaciones e indemnizaciones justas, y cuando éstas ocurren, tienen lugar mucho tiempo después de la generación de los daños. Finalmente, es pertinente mencionar que en este amparo se demandaron ocho autoridades, entre ellas, al Presidente de la República, al Congreso Federal, a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Federal de Electricidad, cuyas decisiones están directamente involucradas con las ilegalidades y violaciones de derechos demandados.
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Para su difusión inmediata: 5 de septiembre de 2007 CONTACTOS: México: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Perú: Luis Eduardo Cisneros, (+511) 422-2720 [email protected] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita al Estado Peruano implementar medidas cautelares de urgencia para proteger vida de pobladores de La Oroya victimas de la contaminación Oakland, CA; Lima, Perú – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado Peruano, el pasado viernes 31 de agosto, la implementación de medidas cautelares urgentes para proteger la salud, la integridad y la vida de los pobladores de La Oroya, Perú por la grave contaminación ambiental generada por el Complejo Metalúrgico de Doe Run Perú, ubicado en la referida ciudad peruana. Esta decisión beneficiará por ahora, a sesenta y cinco personas, incluyendo más de treinta niños en particular estado de vulnerabilidad y personas mayores que sufren de graves problemas respiratorios. La decisión se produjo a partir de una solicitud presentada por Carlos Chirinos, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA); la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA); Earthjustice y CEDHA el 21 de noviembre de 2005. Tal solicitud denuncia la ausencia regulatoria del Estado Peruano, frente a las graves violaciones a los derechos humanos que los pobladores de La Oroya sufren por la contaminación producida por Doe Run. "Las medidas son fundamentales pues reiteran lo dicho por el Tribunal Constitucional de Perú, quienes consideraron insuficientes las acciones de prevención y atención de la salud promovidas hasta ahora. Es esencial continuar insistiendo en las demás acciones para controlar la contaminación ", señaló Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. En cuanto al contenido de las medidas, la CIDH ordena al Estado Peruano brindar diagnóstico médico especializado para las personas afectadas por la contaminación de Doe Run. Al mismo tiempo, se solicita al Gobierno, a proveer de tratamientos médicos especializados para cualquier individuo en situación de peligro de muerte o daño irreparable. Al respecto, Carlos Chirinos, de la SPDA aseguró “Esperamos tener una coordinación fluida con las autoridades del Estado para garantizar la aplicación transparente y eficaz de estas medidas. El soporte de instituciones como la Defensoría del Pueblo y otras entidades es crucial", aseguró el abogado peruano. “Al ordenar al Perú proteger las personas de La Oroya, la Comisión apoya a quienes están amenazados por contaminación tóxica extrema en el hemisferio” sostuvo Martin Wagner de Earthjustice. “Reconoce además que este tipo de contaminación viola derechos humanos y el derecho internacional, por lo cual se exige a los Estados que eviten estas tragedias y tomen acciones para remediarlas cuando ocurren”, agregó. Cabe resaltar que la CIDH tiene pendiente por resolver una demanda presentada por las mismas organizaciones en la que se busca mejorar las fuentes de contaminación y establecer la responsabilidad del Estado por los derechos humanos afectados.
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