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Amazon Watch / Maíra Irigaray
Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações
A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.
Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.
Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.
E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.
A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.
Consulta o expediente de fatos do caso
Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.
Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH
Leia nosso comunicado à imprensa
Contexto
A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.
Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.
Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.
Décadas de danos ambientais e humanos
As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.
A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.
A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.
Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.
Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados por Belo Monte como ecocídio.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.
A busca por justiça e reparação
Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.
Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".
Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.
Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.
E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.
Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.
Situação atual
As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.
Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.
Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.
Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.
O caso perante a Comissão Interamericana
Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.
Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.
Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática.
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Defender el ambiente es defender nuestro futuro de la crisis climática
Se estima que, desde diciembre de 2015, cuando fue adoptado el Acuerdo de París —que busca fortalecer la respuesta mundial ante la crisis climática— hasta diciembre de 2019, en promedio, cuatro personas defensoras del ambiente han sido asesinadas cada semana. A ello se suman innumerables ataques violentos, arrestos, amenazas de muerte y acciones legales a manos de agentes estatales y privados. Ese es uno de los hallazgos del informe más reciente de Global Witness, Defender el Mañana: La crisis climática y amenazas contra las personas defensoras de la tierra y del ambiente, presentado en julio. El documento evidencia el vínculo innegable entre la atención de la crisis climática y la labor de los y las defensoras. La ONG internacional contribuye a poner fin a los abusos contra los derechos humanos y ambientales impulsados por la gestión y uso de los recursos naturales, así como por la corrupción. Cada año publica un informe en el que presenta sus conclusiones sobre los conflictos socioambientales y la situación de las personas defensoras a nivel mundial. En este informe, llama la atención sobre una grave contradicción ante un problema crítico: las personas defensoras juegan un rol crucial en la lucha contra la emergencia climática, pero demasiados gobiernos, empresas e instituciones financieras han fallado en su tarea de salvaguardar su vida y su trabajo. Incumpliendo la tarea de proteger a quienes nos cuidan La crisis climática es una amenaza real y tangible a la vida misma. Podemos asegurar que es la mayor de todas y por ello requiere soluciones drásticas. La comunidad científica internacional ha alertado de las graves consecuencias de no poner un límite a las actividades humanas que aceleran el calentamiento del planeta. 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Se ha demostrado también que las tierras gestionadas por indígenas tienen tasas de deforestación más bajas y mejores resultados de conservación que las zonas de protección que excluyen a esos pueblos. Pese a ello, los y las defensoras indígenas sufren un número desproporcionado de ataques. Entre 2015 y 2019, más de un tercio de los ataques fueron en su contra, pese a que solo representan el 5% de la población mundial, menciona el informe. Y tan solo el año pasado, el 40% de los y las defensoras asesinadas pertenecían a comunidades indígenas. Así, la crisis climática y las violencias ejercidas contra las personas defensoras tienen impactos diferenciados. En ambos casos, los pueblos indígenas, afrodescendientes, comunidades campesinas y las mujeres están en situación de riesgo desproporcionado. 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Chile no logra avanzar hacia la adecuada fiscalización de la industria salmonera
Un sumario administrativo realizado al interior del Sernapesca para investigar irregularidades graves en concesiones de salmonicultura terminó absolviendo de todos los cargos a los funcionarios implicados, sin argumentos válidos. Tras conocerse los resultados de las auditorías llevadas a cabo en 2016 por la Contraloría General de la República a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), que evidenciaron irregularidades graves en concesiones de salmonicultura, el Sernapesca realizó un sumario administrativo para investigar los hechos y establecer responsabilidades al interior del organismo. Pero los funcionarios objeto del sumario fueron absueltos de todos los cargos sin argumentos suficientes. Las auditorías identificaron que una importante cantidad de concesiones operaba en condiciones anaeróbicas (generando falta o ausencia de oxígeno), que titulares de concesiones (al menos 100) tomaron muestras en sitios diferentes para comprobar el retorno de las condiciones aeróbicas, que el 31% de los centros revisados operaba fuera del área autorizada de concesión y que el Sernapesca no estaba verificando que las concesiones no cayeran en causal de caducidad por no iniciar sus operaciones luego de un año de su entrega material. Pese a la gravedad que implica que un porcentaje importante de las concesiones esté generando condiciones anaeróbicas —en las cuales la vida marina no puede prosperar—, el sumario no abordó esa falta. Con relación a los otros cargos, los funcionarios llamados a declarar deslindaron toda responsabilidad sin justificaciones válidas. Para mencionar sólo algunos ejemplos, se excusaron de las concesiones desplazadas aduciendo a un rango de tolerancia del desplazamiento que contradice la ley, carece de fundamentos científicos y que además en muchos casos se incumple; se excusaron de haber tomado muestras en sitios diferentes en el hecho de que las concesiones estaban desplazadas; y para explicar la falta de declaraciones para concesiones caducadas, argumentaron que no existen disposiciones legales ni reglamentarias que ordenen al Sernapesca constatar de oficio la caducidad de una concesión, lo que no puede ser una excusa para permitir que empresas sigan manteniendo sus concesiones cuando legalmente caducaron. Con base en el proceso descrito, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), ONG FIMA y Greenpeace Chile consideramos que pese a la intención declarada por las autoridades, todavía enfrentamos problemas graves en la fiscalización de la salmonicultura en Chile y el adecuado freno a su expansión. La generación de anaerobismo, que está ocurriendo en muchas de las concesiones de salmonicultura, es un problema ambiental gravísimo y muchas veces irreversible. Los lugares sin oxígeno rápidamente se convierten en verdaderos desiertos submarinos donde la vida no prospera. La concientización de este problema, sin embargo, es muy baja porque ocurre debajo del agua, donde no podemos verlo. Los organismos a cargo de regular y fiscalizar la industria tienen un trabajo fundamental. La Contraloría dio un paso importante al llevar a cabo las auditorías a Subpesca y Sernapesca. Ahora necesitamos que los organismos se hagan cargo de las debilidades evidenciadas y se pongan a la altura del trabajo importantísimo que tienen de fiscalizar y sancionar a la industria. Instamos a la Contraloría General de la República a dar un seguimiento adecuado a las auditorías de 2016. Está claro que la fiscalización a la industria, así como la imposición de sanciones cuando corresponde, no está funcionando como debería y los mares del sur de Chile no pueden seguir desprotegidos. Urge avanzar hacia el freno de la expansión de una industria que ha demostrado ser incompatible con la salud de los ecosistemas marinos y llevar adelante las sanciones correspondientes que deriven y abran los procesos para la caducidad de concesiones y permisos ambientales de los centros involucrados en los graves impactos ambientales. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107
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México: El OCCA exige no retrasar la implementación de la norma ambiental que controla las emisiones de vehículos pesados
La NOM-044 es el instrumento normativo más importante para controlar las emisiones del transporte en México. El gobierno y la industria de vehículos pesados en México han retrasado el calendario de la NOM-044, lo que impide beneficios ambientales, avanzar en la mitigación de la crisis climática y evitar riesgos graves para la salud, así como muertes prematuras asociadas a las emisiones de los vehículos pesados en los años por venir. La indebida postergación de la NOM-044 por Comarnat va en contra de la evidencia reconocida de protección a la salud pública: un incremento de 1 μg/m3 de PM2.5 se asocia con un 8% de incremento en la tasa de mortalidad por COVID-19. Las organizaciones que conforman el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA)[1] consideran injustificable no reducir las emisiones contaminantes de los vehículos pesados a diésel. Consideran que ello impide mejorar la calidad del aire, reducir los riesgos a la salud, disminuir los impactos de la crisis climática y evitar las muertes prematuras asociadas a la contaminación del transporte. Es inexcusable porque el carbón negro que compone el material particulado fino (PM2.5), proveniente de la combustión incompleta del diésel, tiene graves impactos en la salud y contribuye al calentamiento global. Asimismo, las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) generadas por estos motores contribuyen a la formación del ozono asociado con la mala calidad del aire, la crisis climática y las contingencias ambientales que aquejan a varias ciudades en México. Es inaceptable porque existen las condiciones necesarias para que el calendario original de la norma se cumpla y para que, a partir de 2021, todos los vehículos nuevos integren las tecnologías que cumplen con los estándares ambientales más estrictos. Sin embargo, el gobierno y la industria de vehículos pesados en México han postergado el calendario de la NOM-044, retrasando la entrada de los vehículos certificados bajo estándares EPA 2010 / EURO VI, estándares que eliminan hasta el 99% de las partículas PM2.5 y reducen más del 90% de los óxidos de nitrógeno (NOx) de los vehículos a diésel, en comparación con los EPA 2007 / EURO V, tecnologías que la industria dejaría de comercializar a partir del 31 de diciembre 2020 de no haberse postergado indebidamente la NOM-044. El 17 de septiembre de 2020, en sesión del Comité de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT), el gobierno federal y el sector privado votaron a favor de retrasar la aplicación de la norma. El argumento utilizado fue que la emergencia sanitaria por la COVID-19 afectó la fabricación e importación de los vehículos pesados y que ante esta coyuntura los fabricantes requieren un periodo para ajustarse. Este argumento no tiene sustento por diversas razones. Desde hace una década, los vehículos fabricados por la industria mexicana cumplen con los estándares EPA 2010 / EURO VI. Sin embargo, ocho de cada diez vehículos pesados producidos en México son para exportación, siendo su principal mercado los Estados Unidos, con una participación del 94%, que desde 2010 adoptó los estándares EPA 2010. Por lo tanto, el argumento de que la industria necesita más tiempo para dar cumplimiento a la Norma carece de fundamento técnico. Además, la NOM-044-SEMARNAT-2017 fue publicada en febrero de 2018, por lo que la industria contó con tres años para planear y realizar las acciones necesarias para estar listos al 1 de enero de 2021. Sin embargo, sus esfuerzos se enfocaron en argumentar y presionar desde antes de la emergencia sanitaria para no cumplir el calendario establecido. Las tecnologías EPA 2010 / EURO VI requieren necesariamente del diésel de ultra bajo azufre (DUBA), con contenido menor a 15 partes por millón (ppm) de azufre, para su correcto funcionamiento y durabilidad. La industria ha presentado este argumento en repetidas ocasiones para condicionar la implementación de una norma para vehículos nuevos a la distribución del 100% de DUBA en México. Lo anterior carece de fundamento, ya que desde 2018 más del 80 % del diésel comercializado en México es DUBA, cantidad más que suficiente para asegurar una distribución estratégica con plena cobertura para los vehículos nuevos que se vendan a partir de 2021 y que representan en promedio un 4% del total de la flota. En suma, los esfuerzos del gobierno y la industria deben enfocarse, no en postergar una norma ambiental, sino en trabajar de manera coordinada junto con la sociedad civil y academia para implementar un sistema de distribución, etiquetado e identificación adecuado del combustible, así como de los correspondientes programas de vigilancia y cumplimiento. El desarrollo e implementación de los mejores estándares de emisiones y calidad de combustibles para el sector del transporte en México ha implicado más de 15 años de negociaciones, por lo que sus constantes retrasos violan el derecho humano a un ambiente sano y otros derechos conexos como la salud, la vida y la integridad personal. Seguir permitiendo el retraso de las regulaciones que obligan a la adopción de estos estándares, previamente aprobados, es una medida regresiva en detrimento de la calidad del aire y del ambiente, algo indispensable para gozar de una buena salud. Ese retraso es además contrario a las obligaciones internacionales adoptadas por el Estado mexicano en materia de reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero. Es una decisión opuesta a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos[2] para hacer frente a la vulnerabilidad revelada por la pandemia del COVID-19. Incluso otros países comparables con México como la India dieron un salto tecnológico de dos generaciones en plena pandemia. La postergación de la NOM-044 por COMARNAT va en contra de la evidencia referida a la protección a la salud pública: un estudio de la Universidad de Harvard estima que un incremento de 1 μg/m3 de PM2.5 se asocia con un 8% de incremento en la tasa de mortalidad por COVID-19 (95% intervalo de confianza: 2%, 15%).[3] Y tomando en cuenta la lenta renovación de la flota a diésel, dado que la vida promedio es de 18 años por unidad,[4] se necesitarán varias décadas antes de que el estándar EPA 2010 / Euro VI penetre hasta la saturación completa de la flota circulante, lo cual demuestra la apremiante necesidad de implementar a cabalidad la NOM-044. Un estudio del ICCT[5] indica que en 2015 murieron más de 3 mil personas por enfermedades respiratorias y cardiovasculares relacionadas con las emisiones de los miles de vehículos a diésel que transitan en todo el país. Sin embargo, si se cumple el calendario de la NOM-044, se calcula que se evitarían hasta 6 mil muertes prematuras al año, incluso a pesar del crecimiento previsible de la flota en las próximas décadas, lo cual se traduce en ahorros estimados de $14,300 millones de dólares (precios de 2010).[6] La NOM-044 es el instrumento normativo más importante para controlar las emisiones del transporte en México. Su retraso es una medida regresiva para el cumplimiento y garantía de los derechos humanos a un ambiente sano, a la salud, la vida y la integridad de las personas. El retraso impedirá beneficios ambientales, avanzar en la mitigación de la crisis climática y evitar los riesgos graves para la salud y las muertes prematuras asociadas a las emisiones de los vehículos pesados de aquí en adelante. [1] Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA): Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Greenpeace México, International Council on Clean Transportation, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Red por los Derechos de la Infancia en México, Redspira, Transita Seguro y World Wildlife Fund. [2] En las Directrices esenciales para incorporar la perspectiva de derechos humanos en la atención a la pandemia por COVID-19, se indica “bajar estándares medio ambientales, suspender requerimientos de monitoreo ambiental, reducir medidas de aplicación y restringir la participación pública] son irracionales, irresponsables y ponen en riesgo los derechos de las personas vulnerables”. Véase: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/V1.7_Directrices_ONU-DH_Covid19-y-Derechos-Humanos_MX.pdf [3] Wu, X., Nethery, R.C., Sabath, B.M., Braun, D. and Dominici, F., 2020. Air pollution and COVID-19 mortality in the United States: strengths and limitations of an ecological regression analysis. Science Advances (in press). Updated April 24, 2020. Disponible en https://projects.iq.harvard.edu/covid-pm [4] Secretaría de Comunicaciones y Transporte. Estadística Básica 2018; http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/estadistica/2018/ [5] Anenberg et al. A global snapshot of the air pollution-related health impacts of transportation sector emissions in 2010 and 2015. ICCT 2019. https://theicct.org/sites/default/files/publications/Global_health_impacts_transport_emissions_2010-2015_20190226.pdf [6] Pineda et al. Air quality and health benefits of improved fuel and vehicle emissions standards in Mexico. ICCT 2018. https://theicct.org/publications/mexico-emissions-review Contactos para prensa: El Poder del Consumidor (EPC), 5512989928, [email protected] Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), 5559644162, [email protected] International Council on Clean Transportation (ICCT), 55 1016 2304, [email protected] Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), 5570522107, [email protected]
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