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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Avioneta rocía una mezcla química con glifosato sobre cultivos y cerca de una casa.

¿Por qué Colombia no debe reanudar la fumigación aérea con glifosato?

En 2015, el Gobierno de Colombia apostó por el ambiente y la salud humana cuando decidió suspender en el país la fumigación aérea de cultivos considerados ilícitos con glifosato y otros químicos. Sin embargo, existe un proceso judicial en curso ante la Corte Constitucional colombiana al cabo del cual podría haber un fallo que abra camino para una posible reanudación de ese tipo de fumigación. Dicha práctica tiene su origen en el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con Glifosato (PECIG), parte del llamado Plan Colombia, lanzado hace casi dos décadas con el apoyo de Estados Unidos. La Corte deberá decidir ahora si la fumigación respeta o no los derechos humanos. En AIDA creemos firmemente que la respuesta es no. A continuación les contaré porqué Colombia no debe retroceder en sus esfuerzos de evitar los impactos negativos de la fumigación aérea con glifosato en comunidades y ecosistemas. Según la Agencia Internacional para la Investigación en Cáncer de la Organización Mundial de la Salud, el glifosato es una sustancia probablemente cancerígena para las personas. También se ha reconocido, a partir de información científica, que puede causar problemas dermatológicos, abortos, daño a nivel celular o enfermedades neurodegenerativas.[1] Además, de acuerdo con la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de Estados Americanos (OEA), la mezcla de glifosato y la forma en que se utiliza, amenaza la biodiversidad, especialmente a peces y anfibios. El Principio de Precaución “Principio 15. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.” Así está definido el principio de precaución en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992). Su objetivo es evitar riesgos inciertos, graves e irreversibles para las personas y el ambiente. El principio está incorporado en la legislación colombiana desde 1993 y, en el caso de la fumigación aérea con glifosato, es claramente aplicable. De hecho, con base en el mismo, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales decidió, en septiembre de 2015, suspender el Plan de Manejo Ambiental del programa de fumigaciones y detenerlas. Aunque no se cuenta con estudios sobre la dimensión de los impactos de la implementación del programa, existe evidencia científica sobre los impactos graves e irreversibles del glifosato en la salud humana y el ambiente. En consecuencia y en cumplimiento de sus obligaciones nacionales e internacionales, el Estado colombiano debe seguir aplicando el principio de precaución para proteger a la población y al patrimonio natural del país de los daños del glifosato y demás químicos nocivos. Ante la Corte Los argumentos mencionados arriba fueron presentados también ante la Corte Constitucional por AIDA y la Red por la Justicia Ambiental en Colombia, como parte del proceso judicial relacionado con el programa de fumigaciones. Le dijimos a la Corte que aún es necesario que el Estado mantenga la suspensión de las fumigaciones para evitar la consumación de los daños de su implementación durante muchos años. Hasta no contar con estudios científicos objetivos, independientes e integrales que demuestren que el programa de fumigaciones es seguro, dicha actividad no puede ser reactivada. Los estudios deberán tener en cuenta las características específicas del programa y las condiciones ambientales y sociales de los lugares afectados. Asimismo, se deberá considerar los impactos ambientales acumulativos. El proceso judicial responde a una acción legal presentada por el municipio de Nóvita, región del Chocó, contra varias entidades del gobierno por vulnerar derechos fundamentales de comunidades indígenas y afrodescendientes a raíz de la fumigación aérea con glifosato para erradicar cultivos de coca y amapola en la zona. AIDA apoyó esos esfuerzos locales con argumentos de derecho internacional, abogando por la aplicación del principio de precaución para velar por la salud y el ambiente. Quedamos ahora a la espera de la decisión de la Corte sobre un tema de trascendental importancia para el país y el continente. ¡CONSULTA el documento que AIDA y la Red por la Justicia Ambiental en Colombia presentaron ante la Corte Constitucional! [1] http://www.ideaspaz.org/img/website/documents/informe-c-comision-asesora.pdf

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Seminario virtual "Políticas públicas, impactos y resistencias al fracking en América Latina"

La explotación de hidrocarburos no convencionales a través del fracking ha buscado expandirse en distintos países del continente, aún con las evidencias ya existentes sobre sus graves impactos negativos para las poblaciones, el ambiente y el clima. Ante esta situación, la Alianza Latinoamericana Frente al Fracking da a conocer Última frontera. Políticas públicas, impactos y resistencias al fracking en América Latina, informe que aborda la situación del fracking en seis países del continente, alerta sobre los impactos e informa sobre las resistencias locales. Desde la Alianza queremos contribuir a instalar la discusión sobre un urgente cambio en el modelo energético de nuestra región, hacia uno que sea sostenible y justo. En este seminario virtual, expertas y expertos de diferentes organizaciones y países de América Latina, presentaron el informe regional sobre el avance del fracking en América Latina, haciendo énfasis en los casos de Colombia y Chile. Grabación   Presentaciones      

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Belo Monte debe cumplir con condiciones antes de seguir operando

Un tribunal federal de Brasil suspendió la licencia de operación de la represa Belo Monte debido a que Norte Energía, empresa a cargo del proyecto, no ha completado los trabajos de saneamiento básico en la ciudad de Altamira, directamente afectada por la hidroeléctrica.  La decisión del tribunal responde a un recurso legal presentado por el Ministerio Público Federal. Las obras de saneamiento eran una condición para la licencia otorgada por el Instituto Brasileño de Ambiente y Recursos Naturales (IBAMA) y debían completarse antes del llenado del embalse de la represa, lo que no ocurrió. "Esta es la primera vez que un tribunal federal suspende un recurso de suspensão de segurança respecto a Belo Monte; ese recurso garantizaba el funcionamiento de la hidroeléctrica aunque la empresa no hubiera completado las condicionantes de la licencia. En la práctica, la decisión significa que las operaciones de la represa deben parar inmediatamente, aunque la construcción de obras pendientes pueda continuar”, explicó Marcella Ribeiro, abogada de AIDA. “Más allá de una cuestión relacionada a la falta de saneamiento básico, este fallo representa un paso fundamental para que la empresa a cargo del proyecto cumpla adecuadamente con las condiciones para operar, las cuales favorecen a la población afectada. Esperamos que la justicia brasileña continúe garantizando la protección de los derechos de las comunidades afectadas por la represa frente al interés corporativo”.

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