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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


En Mocoa, Colombia, un megadeslizamiento arrastró masas de agua, tierra y lodo, sepultando barrios completos.

Respetar la naturaleza: ella manda

(Columna publicada originalmente en El País) Combatir el cambio climático requiere planificar políticas públicas y de desarrollo. En las últimas semanas graves deslizamientos han ocurrido en Perú y en Mocoa y Manizales (Colombia). Estos hechos, juntos, han dejado más de 500 personas fallecidas, docenas desaparecidas y más de 100.000 afectadas. Esas tragedias, y otras similares en toda América Latina y el Caribe, tienen algunas cosas en común. Ocurrieron en ciudades y regiones con tasas muy altas de deforestación y cambio de uso del suelo, y en las que se evidenció una deficiente planificación y regulación. Fueron, además, desastres anunciados. Una vez más es claro que cuidar los bosques y las orillas de los ríos, y evitar la deforestación y la erosión, es vital. Son tiempos de cambio climático por lo cual intensas lluvias, sequías, incendios y huracanes serán cada vez más frecuentes e intensos. En Mocoa (Colombia) la noche de la tragedia cayó el volumen de agua equivalente al de 10 días en condiciones normales. Es esencial tomar en serio la protección ambiental y la explotación planificada y sensata de los recursos naturales. Sin embargo, sigue habiendo en las Américas una tendencia extractivista sin adecuado control. La naturaleza se toma en cuenta, sobre todo ante las tragedias, cuando ésta reitera quién manda. La naturaleza, bien cuidada, puede ayudar a salvar vidas. En Mocoa, un bosque ayudó a salvaguardar un área del desastre. Pese a ello, la protección ambiental es vista equivocadamente por algunos como un lujo o incluso como exigencia de personas extremistas. Mientras tanto, año tras año, cientos de personas en América Latina y el Caribe –sobre todo niñas, niños y otras en situación de vulnerabilidad– mueren por sucesos vinculados con sequías o inundaciones, particularmente en los rincones más empobrecidos. En contraste, en los últimos años los Gobiernos del continente han venido debilitando políticas y normas ambientales para promover actividades extractivas más intensas, en nombre del desarrollo. Ya es hora de incorporar con seriedad el medio ambiente en las políticas públicas y en el desarrollo. Pero la tendencia es otra. Incluso personas, movimientos, alcaldes y demás autoridades que buscan proteger el ambiente y el agua de actividades como la minería, son criticados e incluso criminalizados y atacados. Es el caso de Cajamarca (Colombia). Allí, recientemente el 98% de la población decidió, en consulta popular, rechazar un proyecto minero a cielo abierto y proteger sus recursos naturales. La decisión ha desatado una polémica nacional. Se cuestiona si el resultado es obligatorio, aunque la legislación colombiana establece claramente que “la decisión del pueblo es obligatoria”. Sin ahondar en las particularidades jurídicas, lo esencial es el mensaje de fondo: priorizar la protección del agua y el ambiente. A través del voto popular, Cajamarca recordó a sus gobernantes esta prioridad. Varias poblaciones de Guatemala, Honduras, Costa Rica, Perú y El Salvador, entre otros, han votado de la misma manera. Implementar algunas actividades extractivas es necesario para la sociedad actual, pero ello no implica que deban implementarse todas, a cualquier costo y en cualquier lugar. Debe haber un buen balance, además de explorarse opciones de desarrollo más allá de las extractivas. Dos países en América Latina han demostrado que es posible. Costa Rica prohibió en 2011 por ley la minería metálica a cielo abierto. A finales de marzo, el Congreso de El Salvador hizo lo mismo. El cambio es viable, existen alternativas cuando se evalúan integralmente los costos y beneficios y se entiende que proteger el medio ambiente es ganancia. El Salvador, después de Haití, es el país con mayores índices de deforestación y de degradación ambiental, lo cual ocasiona, entre otros, escasez de agua. Por ello la prohibición de minería metálica. Esto no fue un favor a los ambientalistas. La medida fue analizada por años y tras estudios económicos y sociales, se concluyó que lo mejor para el país es cuidar y restaurar el agua y los bosques restantes. La decisión priorizó la restauración ambiental y sus beneficios sociales y económicos, por encima de los riesgos que los proyectos mineros implican. La degradación ambiental y su impacto en las personas no es un problema ajeno a los Gobiernos y a la sociedad. Por eso los Estados han firmado tratados y otros instrumentos internacionales reconociendo la obligación de proteger el medio ambiente. El Acuerdo de París sobre cambio climático, suscrito por 34 de 35 Estados del continente americano, es de los más recientes. Hoy estos acuerdos deben cumplirse realmente. No todos los proyectos extractivos son viables. Para determinar ello debe haber buena planificación, políticas y marcos legales fuertes e implementables. Herramientas como los Estudios de Impacto Ambiental deben realizarse de manera cuidadosa, objetiva e independiente. Las decisiones deben considerar impactos locales y nacionales de corto y largo plazo. En el mundo ya vivimos la realidad del cambio climático, actuar de otro modo sería ignorante e irresponsable. Y, en caso de que se nos olvide, la naturaleza, seguro nos lo recordará.

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Seminario virtual "El aire limpio y la salud en Perú peligran, conoce el porqué"

El Gobierno de Perú propuso nuevos Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para el aire, aumentando los niveles permitidos de contaminación por dióxido de azufre y material particulado, sustancias que causan enfermedades graves en las personas, sobre todo en niños, niñas y adultos mayores. AIDA preparó, y luego presentó junto con APRODEH, argumentos que demuestran que la propuesta gubernamental ignora la evidencia científica sobre los daños que ambos contaminantes provocan, y las obligaciones internacionales que tienen las autoridades de brindar a su población las condiciones necesarias para una vida digna. En este seminario virtual, expertas y expertos en el tema explicaron en detalle las razones por las que ningún país debe permitir una mayor contaminación del aire.   Presentaciones 1. Presentación introductoria:   2. Presentación de Anna Cederstav, Codirectora de AIDA:   Grabación  

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4 razones para respetar el NO de Cajamarca

(Texto publicado originalmente en Animal Político) “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?”. El 26 de marzo pasado, la pregunta fue sometida a consulta popular en esa ciudad colombiana. En un resultado que sienta un precedente para el resto del mundo, el 98 % de los votantes (6,165) rechazó la minería en su territorio, específicamente La Colosa, un megaproyecto de mina a cielo abierto que podría implicar, entre otros daños, la potencial contaminación de fuentes de agua. Ese resultado implica que las autoridades de Cajamarca deben ahora emitir los reglamentos necesarios para asegurar que la decisión del pueblo de prohibir la minería en su territorio se cumpla. Sin embargo, en caso de existir dudas sobre el cumplimiento del mandato popular, presento a continuación cuatro razones de peso, basadas en el derecho internacional, por las que es obligatorio acatar la decisión de Cajamarca. El derecho internacional está conformado por las normas internacionales que regulan las leyes de Estados como el colombiano. Según el mismo: 1. La consulta popular garantiza la participación democrática, que es un derecho humano En el marco de Naciones Unidas, el artículo 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966), establece que “la oportunidad de tomar parte en la conducción de los asuntos públicos, directamente o por conducto de representantes libremente elegidos”, es un derecho humano. Así también lo dispone, en su artículo 23, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969). Por lo anterior, los Estados están obligados a implementar medidas para garantizar que todas las personas participen individual o colectivamente en las decisiones que les afectan directamente. En Colombia, la consulta popular está contemplada en la Constitución como un mecanismo que hace posible dicha participación. Entonces, respetar los resultados de una consulta es indispensable para garantizar el pleno ejercicio democrático y los derechos humanos. 2. La consulta popular permite la participación de comunidades para garantizar su derecho a un ambiente sano Según el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…”. Este principio no sólo ha sido reconocido a nivel internacional como necesario para lograr un desarrollo sostenible, sino que es parte de la legislación ambiental de Colombia. La consulta popular en Cajamarca puso en marcha la aplicación del Principio 10. Las actividades mineras, especialmente aquellas de gran escala como el proyecto minero La Colosa, pueden afectar gravemente el ambiente y las formas de vida de las comunidades. Por ello su participación en las decisiones sobre actividades de ese tipo es esencial para garantizar su derecho a un ambiente sano. Otras instancias internacionales han reconocido la importancia de tomar en cuenta a las comunidades en decisiones relativas a su desarrollo. Por ejemplo, el artículo 6 de la Carta Democrática Interamericana (2001), adoptada en el marco de la OEA, señala: “[l]a participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de participación fortalece la democracia”. 3. La consulta popular hace realidad la prevención ambiental Herramientas de derecho ambiental internacional como la Declaración de Estocolmo (1972) y la Declaración de Río, reconocen la importancia de prevenir daños ambientales antes que ocurran, lo que implica adoptar medidas previas. Los habitantes de Cajamarca, conociendo los impactos graves que la minería puede tener en su territorio, especialmente megaproyectos como La Colosa, impulsaron la consulta popular. El resultado de esa votación evidencia que la comunidad quiere evitar los daños ambientales de los proyectos mineros y que dio un mandato a las autoridades para adoptar medidas en ese sentido. 4. Existen límites al derecho al desarrollo de los Estados De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los Estados tienen el derecho al desarrollo, lo que implica que pueden explotar sus recursos naturales incluso a través de concesiones. Sin embargo, el Estado debe respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas que puedan verse afectadas por proyectos orientados a conseguir ese desarrollo[1]. En ese sentido, el incumplimiento de normas ambientales y sobre derechos humanos, puede derivar en daños a las personas y a entornos naturales y violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos[2]. La decisión expresada legítimamente por la población de Cajamarca protege los recursos naturales de los efectos nocivos de la minería. Por tanto, su cumplimiento es necesario para garantizar derechos civiles, políticos y el derecho a un ambiente sano en Colombia, así como para servir de ejemplo a otros países de la región. Así lo confirma la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “El progreso social y la prosperidad económica solo se pueden mantener si nuestros pueblos viven en un entorno saludable y nuestros ecosistemas y recursos naturales se utilizan cuidadosamente y de manera responsable”[1].  El derecho internacional respalda firmemente la consulta popular y sus resultados. El Estado colombiano, en todos los niveles, debe honrar sus obligaciones y acatar la decisión. El mundo sigue con atención la experiencia de Cajamarca, un ejemplo global de participación ambiental a nivel local. [1] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997.

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