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Alberto Peña Kay
Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria
En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.
Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.
La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.
El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.
Antecedentes
El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.
Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.
En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.
Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.
Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.
El largo camino de defensa del páramo
Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.
Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.
En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).
Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.
Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.
También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.
En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.
Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.

Foto: Aztlec.
Situación actual
En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.
Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.
De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.
En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.
Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.
Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina
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Fallo judicial deja en firme la consulta popular y el “No” al proyecto La Colosa en Cajamarca
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Alto tribunal ordena al gobierno colombiano adoptar acciones concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática
Tras evidenciar que el Ministerio de Ambiente incumplió obligaciones climáticas contenidas en la legislación nacional, el Consejo de Estado ordenó que la entidad adopte, en el plazo de un año, medidas específicas para honrarlas. Es la decisión final de la acción judicial presentada por diversos actores para que el Estado incluya los impactos climáticos del sector carbón en su gestión de la crisis climática. El Consejo de Estado emitió una sentencia en la que ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptar, en el plazo de un año, medidas concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática para cumplir así parte de los compromisos climáticos del país. 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Esta debe incorporar la gestión de cambio climático, la integración con el enfoque en ecosistemas, así como los aportes a la economía, los beneficios a la biodiversidad y a las comunidades humanas.Determinar las metodologías para el cálculo de las emisiones directas e indirectas que deberán ser reportadas; los métodos, instrumentos, procesos y periodicidad del reporte de las emisiones de GEl y la información y documentación para la elaboración de inventarios de GEI.Regular las condiciones que establezcan los requerimientos para la verificación, certificación y registro de las emisiones, reducciones de emisiones y remociones de GEI; así como determinar los procedimientos de seguimiento y control previstos. Con base en el resultado, este litigio se constituye en el primer caso exitoso de litigio estratégico y climático para el continente al haber evidenciado que el Estado incumplió compromisos climáticos específicos, y haber logrado que se ordenará a una de las autoridades competentes la adopción de acciones concretas para la adecuada gestión climática. La estrategia empleada y el precedente alcanzado bien pueden ser replicados en otros países de la región.La acción de cumplimiento fue presentada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo de Abogados y Abogadas “José Alvear Restrepo” (CAJAR), Censat Agua Viva, el de Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), POLEN Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas.En julio, ese tribunal emitió la sentencia de primera instancia en el caso. En ella, generó ocho órdenes dirigidas no solo al Ministerio de Ambiente, sino también al Ministerio de Minas y Energía, para que cumplan las leyes 1931 de 2018 y 2165 de 2021, normas que establecen las acciones mínimas que el país debe realizar para honrar sus compromisos climáticos a nivel internacional.La acción judicial demostró que, en los últimos seis años, el gobierno ha omitido las obligaciones recogidas en esas leyes, particularmente en relación con los impactos en el clima generados por el sector carbón.El caso pasó luego al Consejo de Estado, cuya decisión final reitera parte de lo dictaminado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.Colombia, al ser el mayor exportador de carbón en Latinoamérica, tiene la obligación de incorporar en sus compromisos climáticos la dimensión real de los impactos de dicho sector. Así lo han pedido comunidades de La Guajira, quienes por décadas han sido afectadas directamente.Estas comunidades, si bien no firmaron la acción judicial, sí la apadrinaron, además de acompañar su presentación con baile y música tradicional. Contacto de prensa:Víctor Quintanilla-Sangueza (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107
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Yasuní: Crece la ambición climática gracias al pueblo de Ecuador
La decisión del pueblo ecuatoriano de dejar el petróleo en el subsuelo en una parte del Parque Nacional Yasuní, en plena Amazonía, es una respuesta a la historia de contaminación de la tierra, el agua y el aire de las comunidades amazónicas tras 50 años de explotación petrolera. Es además una muestra de ambición climática esperanzadora que debe ser reconocida y respaldada a nivel regional y global. El 20 de agosto pasado, en una consulta popular nacional, el pueblo ecuatoriano optó por detener la extracción petrolera en el bloque 43 ITT (Ishpingo, Tiputini, Tambococha), uno de los tres en producción dentro del parque. Con esta decisión, la población de Ecuador dio un paso importante hacia la transición ordenada para dejar una parte del petróleo bajo tierra. Implementarla es una obligación legal para el gobierno ecuatoriano. De hacerlo de manera adecuada, respetando los principios de transición justa y salida responsable, Ecuador será el primer país en cumplir con las demandas que el Secretario General de la ONU y los organismos científicos y energéticos —como el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático y la Agencia Internacional de la Energía— vienen haciendo a los actores nacionales acerca de un abandono progresivo de la explotación de combustibles fósiles. Resulta clave ahora que la sociedad civil regional y global acompañe la salida responsable de las operaciones petroleras en el bloque 43 del Yasuní, en el término establecido (18 meses calendario), aplicando veedurías independientes y apoyando alternativas de transición justa para el territorio y sus habitantes. ¿Cómo se llegó a este resultado? Este avance importante para la protección del Yasuní, un ecosistema clave para la adaptación y mitigación de la crisis climática mundial, es fruto de diversos factores, previos a la decisión del 60% del pueblo ecuatoriano el pasado 20 de agosto. Entre ellos están: La lucha histórica de los movimientos indígenas por la defensa territorial y el acompañamiento de varios sectores de la sociedad civil que dieron origen a la Iniciativa Yasuní ITT, que trató de conseguir una compensación económica de la comunidad internacional, que entregaría fondos equivalentes a una parte de las ganancias de la comercialización, a cambio de dejar el crudo bajo tierra. La creación del colectivo social Yasunidos en el año 2013, a raíz del cese de la Iniciativa Yasuní ITT, para oponerse a la declaración de interés nacional de la explotación petrolera del Yasuní, realizada por parte de la Asamblea Nacional de Ecuador. La lucha incansable de este y otros colectivos, que demostró el fraude realizado por el Consejo Nacional Electoral ante su pedido de consulta popular en 2014, antes del inicio de la explotación petrolera. La decisión de la Corte Constitucional de dar paso a la consulta y el reconocimiento de la violación de los derechos de participación de los miles de personas que firmaron el pedido de consulta en 2014. ¿Qué implica la decisión? Esta histórica decisión tiene implicaciones nacionales, regionales y mundiales, como se detalla a continuación. A nivel nacional, el resultado de la consulta implica —según el dictamen de la Corte Constitucional—, adoptar las siguientes medidas: i) suspender las actividades de extracción; ii) no iniciar actividades nuevas ni firmar nuevos contratos; iii) tomar medidas para proteger a los pueblos en aislamiento voluntario; iv) tomar medidas de reparación a la naturaleza; v) otras acciones. Todas ellas son oportunidades para generar un espacio de transición justa en la zona. La decisión implica el reconocimiento y reparación de los derechos humanos a la participación de miles de ecuatorianos/as que pudieron decidir con su voto el destino de esta zona, además de la protección de los derechos humanos relacionados con la vida y protección los pueblos indígenas en aislamiento voluntario que habitan el Parque Yasuní. Se trata de un paso que promueve la conservación del Parque Nacional Yasuní y de su enorme biodiversidad al ser parte de la Amazonía, un ecosistema regulador del clima y clave para la adaptación a la crisis climática a nivel mundial. Con la adecuada implementación de esta decisión, Ecuador dejará de emitir alrededor de 400 millones de toneladas de CO2, asociadas a la explotación petrolera de alrededor de 58 mil barriles diarios, que ahora debe ser suspendida. El resultado de la consulta contempla un plazo de 18 meses calendario para suspender la explotación petrolera y dejar el crudo bajo tierra de forma indefinida. Con ello se asoma el gran reto de implementar una medida que puede ser ejemplar para el mundo: el cierre y abandono responsable de un campo petrolero en la Amazonía. Los retos para la implementación Para ser exitoso, el proceso de salida responsable en el bloque 43 debe garantizar: i) la protección del territorio para evitar la deforestación ilegal y ii) el cuidado de las comunidades con el fin de brindarles alternativas económicas (investigación, bioconocimiento, bioeconomía y turismo sostenible, entre otras). Además, su implementación requiere espacios de veeduría y observatorios ciudadanos locales, así como el respaldo de la comunidad internacional y regional a través de mecanismos financieros y de capacitación técnica. Esa es la promesa de los programas de trabajo de Transición Justa y de Mitigación generados en las negociaciones climáticas. Ante el llamado urgente a que los mayores emisores de carbono del mundo dejen rápidamente de quemar combustibles fósiles, el pueblo de Ecuador ha respondido con un avance importante hacia la transición, uno que comienza desde abajo, en una geografía determinada de la Amazonía. Por ello, su decisión debe ser reconocida en la plataforma para la Acción Climática Mundial (NAZCA por sus siglas en inglés) de la ONU, que recoge la acción climática de actores no estatales. También es fundamental que el próximo gobierno ecuatoriano selle este compromiso climático incluyéndolo en la actualización de sus contribuciones determinadas a nivel nacional. Implementar la decisión del pueblo ecuatoriano en la consulta popular para proteger el Parque Nacional Yasuní es una obligación legal a nivel local y un precedente exitoso que puede impulsar la necesaria transición energética a nivel mundial.
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