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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Entregan Informe lapidario a CONAF: salmonicultura es incompatible con la Reserva Nacional Kawésqar

El 43% de los centros que operan dentro de la reserva han arrojado condiciones anaeróbicas en el marco de sus operaciones, lo que —acompañado del uso intensivo de antibióticos, escape de salmones e incidentes como accidentes navales, mortalidades masivas y basura en los mares— pone en riesgo su alto valor ecosistémico.   Este martes 24 de enero, representantes de las organizaciones AIDA, FIMA y Greenpeace entregaron al director de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Christian Little, el informe Incompatibilidad de la salmonicultura con la Reserva Nacional Kawésqar: Antecedentes y contribuciones para el proceso de elaboración del plan de manejo de la Reserva. El informe tiene como objetivo contribuir en el proceso de generación del Plan de Manejo de la reserva. El documento concluye que la posibilidad de desarrollar la actividad de salmonicultura dentro de la Reserva Nacional Kawésqar es incompatible desde un punto de vista ecosistémico y legal. Actualmente en la reserva existen 68 concesiones de salmonicultura aprobadas y 57 en trámite, las que ponen en riesgo el alto valor de las áreas a proteger, el interés en la conservación de las eco-regiones terrestres involucradas y el atractivo turístico de la zona. "Esperamos que este informe contribuya a que —de una vez por todas— se declare la incompatibilidad de la salmonicultura con la categoría de Reserva Nacional, conforme la ley de pesca y los tratados internacionales lo ordenan y, ahora último, las luces del tribunal ambiental”, dice Macarena Martinic, coordinadora de Acceso a la Justicia de ONG FIMA. La reserva presenta características únicas de sus ecosistemas, los fiordos presentes en ella absorben dióxido de carbono y contribuyen al enfriamiento global del océano, procesos claves para enfrentar el cambio climático.  “Los argumentos técnicos y jurídicos están, por lo que hacemos un llamado a cumplir con la ley y no permitir la aprobación e instalación de centros salmoneros en la Reserva Nacional Kawésqar, junto con poner un freno definitivo a la expansión de esta industria”, afirma Estefanía González, Coordinadora de campañas de Greenpeace. El informe también agrega que la industria, en particular la empresa Nova Austral, ha sido objeto de numerosos procedimientos sancionatorios por sus reiteradas infracciones cometidas dentro del Parque Nacional Alberto de Agostini. Estas infracciones transcurren entre sobreproducción, fraccionamiento, daño ambiental, así como la ocultación de información solicitada por el órgano fiscalizador y anaerobia, donde 14 de sus 19 concesiones ubicadas dentro del Parque Nacional se han presentado en estas condiciones. Las sanciones, que van desde multas a revocación de sus resoluciones de calificación ambiental, no han sido un disuasivo suficiente para que la empresa se ajuste a la ley. “Este informe da cuenta de la incompatibilidad ambiental y jurídica de permitir la salmonicultura en espacios de especial protección ambiental como la Reserva Kawésqar. Si la autoridad va a diseñar políticas, planes, programas y normas con la mejor ciencia disponible -y en línea con los compromisos de Chile-, debe prohibir sin excepciones la acuicultura marina de especies invasoras”, señala Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Descarga el informe completo aquí. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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Reserva Nacional Kawésqar

Incompatibilidad de la salmonicultura con la Reserva Nacional Kawésqar

El Decreto N°6/2019 del Ministerio de Bienes Nacionales recategorizó la Reserva Nacional Alacalufes creando en su espacio terrestre el Parque Nacional Kawésqar y en su espacio marítimo la Reserva Nacional Kawésqar. Su dictación significó un hito importante ya que no solo protegió un área terrestre y marina de gran valor ecosistémico, sino que extendió el reconocimiento a la cultura del pueblo Kawésqar.Con el propósito de contribuir en el proceso de generación del Plan de Manejo de la Reserva Nacional Kawésqar, el presente informe analiza, a la luz de datos científicos y de las normas aplicables, la posibilidad de desarrollar la actividad de salmonicultura dentro de la Reserva, concluyéndose que es incompatible desde un punto de vista ecosistémico y legal.   Lee y descarga el informe 

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Corte Constitucional tiene la oportunidad de reencaminar el proceso de transición energética en Colombia

En el marco de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley de transición energética por vicios de forma, el fallo del tribunal puede encauzar el proceso, hacerlo participativo y promover mejores condiciones de justicia climática y ambiental en el país.   Bogotá, Colombia. En este momento, la Corte Constitucional conoce de la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 2099 de 2021, conocida como ley de transición energética. Su eventual fallo es una oportunidad para reencaminar el proceso de transición energética en el país debido a que en la expedición de la norma se incumplieron las formalidades del proceso legislativo —no hubo los debates necesarios, en los tiempos establecidos y con la información requerida—, eludiendo el debate democrático e impidiendo un análisis completo de las implicaciones e impactos de la ley. La norma, expedida con trámite de urgencia, da vía libre a proyectos de generación de energía a partir de hidrógeno azul (el cual usa combustibles fósiles) y de procesos de captura de carbono. Además, promueve el uso de materias primas como el gas, impulsando la técnica de fracking. Algunas de estas actividades tienen impactos previsibles y riesgosos para los derechos humanos y el clima; otras tendrían efectos inciertos en el ambiente y en las personas. La acción de inconstitucionalidad por vicios de forma contra la Ley 2099 fue presentada por el Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T), en alianza y articulación con académicos y organizaciones de la sociedad civil. Luego de una profunda reflexión acerca de la importancia del proceso de transición energética en Colombia y de la protección de los derechos humanos, los demandantes concluyeron que, si bien dicho proceso es urgente y necesario para cumplir con los objetivos y compromisos nacionales e internacionales para enfrentar la crisis climática, el trámite de la ley presentó inconsistencias graves en su expedición, relacionadas con la falta de publicidad y la elusión del debate público y democrático. En efecto, los cargos admitidos de la acción abordan dos asuntos: 1) la vulneración de los principios de consecutividad y publicidad; pues el legislador omitió leer y exponer el contenido de las proposiciones aprobadas y no aprobadas por las comisiones conjuntas y las plenarias de las Cámaras, eludiendo así el debate; y 2) la violación de la reserva del trámite en la iniciativa legislativa debido a que uno de los ejes de la ley demandada se refiere a las normas de contenido tributario, las cuales por su naturaleza debían iniciar su trámite legislativo en la Cámara de Representantes y no fue así. La demanda fue admitida el 19 de septiembre de 2022. Para mediados de enero del presente año, se tendrá un borrador de fallo por parte de la magistrada sustanciadora, Paola Andrea Meneses Mosquera. La sentencia definitiva se espera a finales de abril. La transición energética es un paso fundamental para Colombia. Por tanto, este proceso requiere un debate amplio y democrático en el Congreso y a través de la participación ciudadana directa. Esta participación debe ser informada, oportuna, amplía y efectiva, en escenarios que permitan reflexionar y buscar consensos respecto del camino que la transición energética debe seguir en el país. Eludir el debate impide la construcción colectiva y el diálogo democrático acerca de un proceso fundamental para el país en los próximos años. Para la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP), esta acción es una oportunidad para reconducir el camino hacia la transición justa. “Es fundamental desarrollar y acordar una comprensión amplia de la justicia climática que parta del reconocimiento de las cargas y daños que histórica y estructuralmente han sufrido las comunidades, que las repare de manera integral, que establezca obligaciones de participación de estas comunidades en la toma de decisiones y, por último, que priorice la soberanía energética de las comunidades, la autogestión y el autogobierno”. El debate iniciado con la demanda ante la Corte Constitucional es clave para una discusión más completa y plural del proceso de transición energética, la cual no se llevó a cabo en el legislativo y está aún pendiente en Colombia. La importancia de dialogar sobre las diferentes alternativas dentro de la transición energética permitirá al país contar con una planificación regulatoria y de política pública que responda a las múltiples complejidades que se establecen en este proceso. Solamente la legitimidad que otorga el debate público podrá garantizar la verdadera transición energética que requiere el país. Desde la perspectiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), “el proceso de transición energética requiere procesos amplios y participativos, con un rol activo de las personas en ciudades y zonas rurales, para que el mismo contribuya no sólo a atender la crisis climática, sino también a reconocer y reducir brechas, permitiendo la consolidación de mejores condiciones para la justicia climática y ambiental en la región. Colombia puede convertirse en un actor global clave si promueve la transición energética con un enfoque de derechos humanos”.   Organizaciones firmantes que han apoyado la acción de inconstitucionalidad: Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T) Semillero de investigación en transición energética de la Universidad del Magdalena Mauricio Madrigal - Director Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Climalab CENSAT Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], 525570522107  

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