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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Tribunal de Brasil reafirma el poder del litigio para fortalecer la acción climática

El mes pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil —la corte más alta del país— determinó que el gobierno tiene el deber constitucional de asignar los recursos económicos necesarios para el funcionamiento del Fondo del Clima, creado para apoyar el combate de la crisis climática y que ha estado paralizado en los últimos años. Con esa decisión, el tribunal resolvió el primer litigio climático de su historia y sentó un precedente importante para Brasil y para el mundo. En su fallo, la corte equiparó el Acuerdo de París —que busca fortalecer la respuesta mundial a la emergencia climática— con un tratado de derechos humanos, otorgándole un estatus superior al de las leyes ordinarias y al de otras normas inferiores como los decretos del Poder Ejecutivo. Ello puede dar paso a que tribunales y jueces de otros países de América Latina hagan el mismo reconocimiento. “El Supremo Tribunal Federal creó un marco de protección privilegiado para la mitigación y la adaptación al cambio climático, uno que asegura uno de los pilares fundamentales de la acción climática: el financiamiento”, explica Marcella Ribeiro, abogada de AIDA. “Además, dejó claro que el Poder Ejecutivo —al restringir los recursos que por ley están destinados a la acción climática— va en contra de los acuerdos y convenciones internacionales en materia de derechos humanos de los que Brasil hace parte”. El litigio por la omisión del gobierno brasileño de otorgar recursos al Fondo del Clima fue interpuesto en 2020 por el Partido Socialista Brasileño, el Partido Socialismo y Libertad, el Partido de los Trabajadores y el Partido Rede Sustentabilidade, con apoyo del Observatorio del Clima y el Instituto Alana. El litigio como herramienta estratégica El caso del Fondo del Clima en Brasil demuestra que el litigio climático estratégico es una forma efectiva y necesaria para contribuir a que gobiernos y empresas del continente cumplan con sus compromisos climáticos. El mismo Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en su informe más reciente, destacó que los litigios relacionados con el clima están en aumento y, en algunos casos, han influido en los resultados y ambición de la gobernanza climática, entendida como la manera en la que los diferentes actores —Estado, sociedad civil, academia y sector privado— definen, implementan y supervisan acciones orientadas a hacerse cargo de las causas y consecuencias del cambio climático. “En el sur global, Brasil es uno de los países donde el litigio climático se desarrolla con más fuerza”, resalta Javier Dávalos, abogado sénior de AIDA. “El país se caracteriza por un creciente ecosistema de litigantes y organizaciones que están llevando la lucha climática a los tribunales”. El impulso de Brasil al litigio climático en la región es fundamental debido a que ese país alberga el 65% de la Amazonía, un ecosistema clave para la regulación del clima a nivel mundial y que está en riesgo grave. En América Latina, Brasil es el país que más emite dióxido de carbono y la deforestación es la mayor fuente de esas emisiones. En ese sentido, es fundamental que uno de los jueces que atendió el caso del Fondo del Clima señalara explícitamente el gran incremento de la deforestación de la Amazonía en 2021: más de 22% —la mayor en 15 años— y una superficie total de 13.235km². Es clave entonces exigir ante los tribunales que el Estado brasileño cumpla sus obligaciones de protección de la Amazonía y del clima mundial. La importancia de financiar las soluciones Transitar a una economía de carbono cero y evitar los peores impactos físicos del cambio climático requiere invertir unos 125 mil millones de dólares para 2050, según el estudio Net Zero Financing Roadmaps, encargado por los Campeones de Alto Nivel de las Naciones Unidas. Estos recursos deben provenir de dos fuentes complementarias, la privada y la pública. Respecto de la segunda, el financiamiento de la acción climática por parte de gobiernos representa una política pública relevante, por lo que debe ajustarse a las normas de un país. En su sentencia, el Supremo Tribunal Federal de Brasil reconoció que el Fondo del Clima es el principal instrumento federal destinado a financiar la acción climática y a cumplir los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. En ese sentido, observó que el gobierno mantuvo paralizado el fondo por dos años. Al considerar que los recursos destinados a la lucha contra la crisis climática buscan materializar derechos humanos fundamentales, el tribunal concluyó que el gobierno no puede restringirlos. “Garantizar la asignación de recursos para las acciones climáticas representa establecer un límite claro del cual no podemos retroceder”, afirma Marcella. “Pese a la clara violación de los deberes del Estado brasileño respecto al derecho al ambiente sano, reflejada en el desmantelamiento de las normas e instituciones ambientales, el fallo del Supremo Tribunal de Brasil puso un freno a la erosión de la protección jurídica del ambiente y del clima en el país”. VERSIÓN EN PORTUGUÉS   Conoce de este y otros casos en la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe.  

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Tribunal brasileiro reafirma o poder da litigância para fortalecer a ação climática

Em julho, o Supremo Tribunal Federal (STF) do Brasil - a mais alta Corte brasileira - decidiu que o Governo tem o dever constitucional de alocar os recursos econômicos necessários para apoiar o funcionamento do Fundo Verde do Clima, criado para apoiar o combate da crise climática e que estava paralisado nos últimos anos. Com esta decisão, o Supremo julgou o primeiro litígio climático de sua história e estabeleceu um importante precedente para o Brasil e o mundo. No julgado, a Corte brasileira equipara o Acordo de Paris - que busca fortalecer a resposta global à emergência climática - a um tratado de direitos humanos, concedendo-lhe um status mais elevado do que as leis ordinárias e outras normas inferiores, como os decretos do Poder Executivo. Isto pode estimular que tribunais e juízes de outros países latino-americanos façam o mesmo reconhecimento. "O Supremo Tribunal Federal criou um marco de proteção privilegiado para a mitigação e adaptação às mudanças climáticas, o qual garante um dos pilares fundamentais da ação climática: o financiamento", explica Marcella Ribeiro, advogada da AIDA. "Além disso, deixou claro que o Poder Executivo, ao restringir recursos que por lei são destinados à ação climática, está deixando de cumprir os acordos e convenções internacionais sobre direitos humanos dos quais o Brasil é parte". O Partido Socialista Brasileiro, o Partido Socialismo e Liberdade, o Partido dos Trabalhadores e o Partido da Rede de Sustentabilidade apresentaram em 2020, com o apoio do Observatório do Clima e do Instituto Alana, uma ação judicial sobre a omissão do governo brasileiro em outorgar recursos ao Fundo Climático. A LITIGÂNCIA COMO UMA FERRAMENTA ESTRATÉGICA O caso do Fundo Verde do Clima no Brasil demonstra que a litigância climática estratégica é uma forma eficaz e necessária para impulsionar que os governos e empresas do continente cumpram seus compromissos climáticos. Em seu relatório mais recente, o Painel Intergovernamental sobre Mudanças Climáticas (IPCC, da sigla em inglês) destacou que a litigância relacionada ao clima está em ascensão e, em alguns casos, tem influenciado os resultados e a pretensão da governança climática, entendida como a forma pela qual diferentes atores - Estado, sociedade civil, academia e setor privado - definem, implementam e monitoram ações destinadas a enfrentar as causas e consequências das mudanças climáticas. "No sul global, o Brasil é um dos países onde a litigância climática está se desenvolvendo mais fortemente", destaca Javier Dávalos, advogado sênior da AIDA. "O país é caracterizado por um crescente ecossistema de litigantes e organizações que estão levando a luta climática aos tribunais". O impulso do Brasil para a litigância climática na região é essencial, uma vez que o país abriga 65% da Amazônia, um ecossistema chave para a regulação climática global e que está em sério risco. O Brasil é o maior emissor de dióxido de carbono da América Latina, com o desmatamento representando a maior fonte dessas emissões. Neste sentido, foi de grande relevância o pronunciamento de um dos juízes responsáveis pelo caso do Fundo do Clima, que apontou explicitamente o grande aumento – mais de 22% – do desmatamento na Amazônia em 2021: o maior em 15 anos – em uma área total de 13.235 km². Portanto, é imprescindível exigir perante os tribunais que o Estado brasileiro cumpra suas obrigações de proteger a Amazônia e o clima global. A IMPORTÂNCIA DAS SOLUÇÕES DE FINANCIAMENTO A transição para uma economia de carbono zero de modo a evitar os piores impactos físicos da mudança climática requer investimentos de quase US$ 125 bilhões até 2050, de acordo com o estudo "Net Zero Financing Roadmaps" encomendado pelos Campeões de Alto Nível das Nações Unidas. Estes recursos devem vir de duas fontes complementares, financiamento privado e público. O financiamento governamental da ação climática representa uma política pública relevante e, portanto, deve estar de acordo com as leis de um país. Em sua decisão, o Supremo Tribunal Federal brasileiro reconheceu o Fundo Verde do Clima como o principal instrumento federal para financiar a ação climática e cumprir as metas nacionais de redução das emissões de gases de efeito estufa. Também assinalou que o Governo manteve o fundo paralisado por dois anos. A esse respeito, considerando que os recursos destinados a combater a crise climática buscam materializar os direitos humanos fundamentais, o Tribunal concluiu que o Governo não poderia restringi-los. "Garantir a alocação de recursos para as ações climáticas significa estabelecer um limite claro do qual não podemos retroceder", afirma Marcella Ribeiro. "Apesar da clara violação dos deveres do Estado brasileiro com relação ao direito a um meio ambiente saudável, refletida no desmantelamento das normas e instituições ambientais, a decisão do STF brasileiro freou a erosão da proteção legal do meio ambiente e do clima no país". VERSÃO EM ESPANHOL   Conheça este e outros casos na Plataforma de Litigância Climática para América Latina e o Caribe.  

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Envían alerta internacional sobre amenazas a reservas forestales y comunidades rurales en Colombia

La alerta fue enviada a las secretarías a cargo de tratados internacionales que se verían desconocidos por la aplicación de la Resolución 110 de 2022 del Ministerio de Ambiente. En ella se pide instar al gobierno a que revoque la norma y la reemplace con instrumentos que respondan a las obligaciones de Colombia en materia de ambiente, clima y derechos de comunidades rurales.   La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Red por la Justicia Ambiental en Colombia (RJAC) mandaron una alerta internacional acerca de los riesgos que una regulación expedida por el gobierno colombiano implica para las reservas forestales y humedales del país, así como para los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos que allí habitan. La regulación a la que se hace referencia es la Resolución 110 de 2022, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia. "Esta regulación flexibiliza el control ambiental y los requisitos para desarrollar actividades como la exploración minera y petrolera en áreas de reserva forestal; cuya conservación es clave en la lucha contra la crisis climática y la deforestación", dijo Yeny Rodríguez, abogada de AIDA. "Pese a ello, la norma fue emitida en desconocimiento del derecho a la consulta previa, libre e informada y a la participación de los pueblos que habitan estos puntos críticos de biodiversidad". La alerta fue enviada a las autoridades a cargo de tratados internacionales adoptados por el Estado colombiano: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Ramsar sobre los Humedales, la Convención de las Naciones Unidas contra la Desertificación y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En el documento se detalla la importancia ecológica y social de las reservas forestales, además de los potenciales impactos de realizar en ellas actividades extractivas. Con la Resolución 110 de 2022, el gobierno nacional modificó la regulación referida a la sustracción de territorio de una reserva forestal para la realización de actividades económicas en ella. Dicha norma "eximió a algunos sectores y actividades del trámite de sustracción de reserva forestal, permitiendo que puedan adelantarse algunas actividades contaminantes sin el control de la autoridad ambiental. Además, flexibilizó el trámite para la obtención de los permisos de sustracción de reservas forestales", se lee en la alerta. En ese sentido, en la alerta se demuestra que la norma: incentiva la extracción de hidrocarburos convencionales y no convencionales, así como la técnica del fracking; incentiva la actividad minera; desconoce los múltiples impactos ambientales que la exploración minera o petrolera pueden generar; impide la recuperación y reparación de territorios deforestados; ignora afectaciones socioambientales que pueden generarse por el traslape de las áreas de reserva forestal con pueblos étnicos y población campesina; suprime el control y seguimiento ambiental; y desconoce los fines de las reservas forestales. En la alerta, AIDA y la RJAC solicitan a las autoridades a cargo de los tratados internacionales instar al gobierno de Colombia a que: Revoque la Resolución 110 de 2022 en cumplimiento de sus obligaciones internacionales de mitigación del cambio climático, reducción de la deforestación, preservación de la diversidad biológica y protección de comunidades rurales. Garantice el cumplimiento de estándares constitucionales e internacionales respecto de la protección de las zonas de reserva forestal en Colombia. Reemplace la resolución con instrumentos que respondan a dichas obligaciones y que los mismos se construyan mediante procesos que garanticen los más altos estándares del derecho a la participación real y efectiva y a la consulta previa de las comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas del país. Contacto de prensa Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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