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Fortaleciendo la Protección Mediante el Sistema de Derechos Humanos de la ONU

Lo vemos una y otra vez. Industrias arrojan contaminantes tóxicos al aire. Operaciones de fracking contaminan el agua con químicos venenosos. Grandes represas inundan poblaciones y desplazan personas. Minas dañan tierras de cultivo. Personas pierden su salud, su trabajo, su acceso al agua, e incluso su hogar. Todos estos hechos violan derechos humanos básicos protegidos por normas internacionales.

Hacer cumplir la legislación sobre derechos humanos brinda otra estrategia efectiva para poner en la mira problemas causados por degradación ambiental. El Sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ofrece varios mecanismos que AIDA usa para proteger derechos humanos —incluido el derecho a un ambiente sano— en América Latina.


Acciones judiciales para proteger el ambiente en Colombia

By Hector Herrera, legal counsel of AIDA and coordinator of the Network for Environmental Justice in Colombia, @RJAColombia Every day, human activities impact the environment and biodiversity . They do so increasingly more intense and harmful , and effects as devastating as climate change or the disappearance of species such as the Andean Gadwall ( Podicepsandinus ). In Colombia, in this situation, the regulatory system has recognized the importance of protecting the environment and the right to a healthy environment in Article 79 of the Constitution, in national environmental law and in many other legal instruments. This time I will outline some of the most important legal actions that exist in Colombia to protect and realize the right to a healthy environment . Tutela It was created by the Constitution of 1991 and is applicable for protecting fundamental constitutional rights such as the right to life . Its relevance to protect the right to a healthy environment, the Constitutional Court of Colombia ruled in Judgment T-1527 of 2000: "Although the right to a healthy environment does not have the character of a fundamental right in our letter, but a collective right capable of being protected by popular actions (Article 88 CP) appropriate protection through exceptional mechanism tutela, when because of the act or omission of a public authority or a particular threaten or violate fundamental rights such as life, health, physical integrity, or affect the right of all people will enjoy a healthy environment . That is, it is a fundamental right for connectedness . " [1] Compared to other legal actions, the tutela is simpler in its procedures and expedite their time . popular action It is enshrined in the Constitution of Colombia, Article 88 and intended for the  protection of collective rights and interests related to the environment and public health , among others. Article 88 had its regulatory development of Law 472 of 1998, Article 4 contains a non - exhaustive list of collective rights and interests can be protected with this legal action in the public interest. Among them are  the enjoyment of a healthy environment, the existence of ecological balance and access to public services . The purpose of the popular action is  to end a danger, threat or violation of collective rights , and  restore things to their previous state  when possible. This action has a preventive, restitutionary compensation and character. In terms of implementation, an emblematic case was the popular action filed by the Corporation for the Sustainable Development of the San Andrés and Providencia (CORALINA) before the Administrative Tribunal of San Andres, Providencia and Santa Catalina to demand protection of the right to a healthy environment, the existence of an ecological balance, management and wise use of natural resources and the protection and care of species and ecosystems in the area to enable sustainable development of the community and the environment . The Court ruled in favor of CORALINA in a sentence that is available on this link . Action Group The Constitution enshrines this action under Article 88, which must be seen in conjunction with Article 79 which enshrines the right to a healthy environment. Regulatory developments in the Law 472 of 1998 makes Article 88, the group action is defined in Article 3. Unlike the popular action, which seeks to prevent injury to a public interest law, the group  seeks rather to financial compensation for the damage  that was caused to a group of people with similar characteristics regarding the activity that caused the damage. An emblematic case was the class action filed by farmers and fishermen affected by the oil spill of the trans - Andean pipeline, owned by Ecopetrol, which occurred in 2000 on the river Rosario in Nariño. The spill resulted in a severe environmental degradation . For a detailed explanation and understanding of the subject, I recommend directly consult the legal sources of the aforementioned actions . These include the Constitution, Law 472 of 1998 and the jurisprudence of the relevant Constitutional Court , among other legal instruments. [1] Judgment T-1527 2000 MP Alfredo Beltrán Sierra.  

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Grupo de científicos pide investigación de desarrollo costero en Golfo de California

Por Caropna Herrera, especiapsta para Latinoamérica del Consejo para la Defensa de Recursos Naturales (NRDC por sus siglas en inglés). Este post fue pubpcado originalmente en Pulso Verde.  Veintisiete científicos expresaron su preocupación sobre el riesgo que la construcción de complejos turísticos de gran escala supone para los impresionantes ecosistemas marinos del Golfo de Capfornia. En una carta dirigida a la Comisión para la Cooperación Ambiental de Norte América (CCA )**, este grupo de expertos marinos y de ciencias naturales de México, Estados Unidos y Costa Rica pidió que se elabore una investigación sobre el proceso de aprobación de proyectos turísticos que amenazaron a ecosistemas de manglares y arrecifes de coral vulnerables, así como a  la abundante y diversa vida marina del Golfo.  La CCA está actualmente evaluando una petición ciudadana presentada por once organizaciones de México y Estados Unidos, entre las que se incluye NRDC, que pone de repeve que durante la autorización de cuatro desarrollos turísticos de gran escala hubo una falta de cumppmiento de la normativa mexicana en materia de protección ambiental. La reciente carta es el último ejemplo de expertos científicos y ambientales expresando preocupación de que mega resorts al estilo de Cabo Cortés, que fue propuesto cerca del Parque Nacional de Cabo Pulmo, pueden ocasionar daños al hábitat marino. El grupo de científicos incluye destacados expertos de más de quince instituciones que llevan años estudiando la región del  Golfo de Capfornia. La psta de científicos incluye a la Dra. Sylvia Earle, oceanógrafa y exploradora residente del National Geographic Society, cuyas iniciativas han resaltado que el Golfo de Capfornia es un "punto de esperanza” – un lugar que es esencial para la salud del océano. En su carta a la CCA, los expertos científicos escriben que les "preocupa la amenaza a la integridad de sitos de gran importancia par la la biodiversidad en México, causada por la rápida expansión de infraestructura turística masiva". Además señalan que les alarma la aprobación de proyectos que demuestran tendencias inquietantes como evaluaciones de impacto ambiental que  ignoran cierta información científica, o que  incluso se basan en datos erróneos. La carta está disponible aquí. El uso de la mejor información disponible en las evaluaciones de impacto de los proyectos es requerido por la normativa mexicana. La falta de cumppmiento con este requisito es sólo uno de los problemas documentados en la petición ciudadana a la cual NRDC y nuestros apados nos unimos en abril de 2013. La petición presenta cuatro proyectos que recibieron autorizaciones a pesar de contar con evaluaciones ambientales que no cumplían con las leyes y reglamentos vigentes. Los grupos que presentaron la petición -ahora acompañados por los 27 científicos– quieren que la CCA inicie una investigación a fondo de la situación y elabore un expediente de hechos sobre la falta de appcación de protecciones ambientales durante el proceso de aprobación de cuatro proyectos: Entre Mares y Paraíso del Mar, ambos planificados en la Bahía de La Paz, que se considera entre las aguas más productivas del Golfo de Capfornia y que es un sitio clave para la anidación de aves. Playa Espíritu, que afectaría la reserva de Marismas Nacionales, el bosque de manglar más extenso y mejor conservado en la costa occidental de México. Cabo Cortés, que fue propuesto justo al norte y adyacente al Parque Nacional Cabo Pulmo, un refugio para los arrecifes de coral más importantes del Pacífico Americano que es reconocido como un Sitio del  Patrimonio Mundial por la UNESCO y como un Humedal Ramsar de Importancia Internacional. En el caso de Cabo Cortés, por ejemplo, se concedieron ciertos permisos importantes a pesar de que la manifestación de impacto ambiental era insuficiente y determinaba que el proyecto no afectaría al parque porque las corrientes de agua marinas sólo fluían de sur a norte. Esta conclusión se basó en datos pmitados e ignoró artículos científicos que demostraban que, de hecho, las corrientes en la zona fluyen en direcciones múltiples y varían según  las estaciones del año. La carta de este grupo de científicos no representa la primera ocasión en que los expertos internacionales consideran  los riesgos que los mega desarrollos turísticos pueden suponer para el Parque Nacional de Cabo Pulmo y otras zonas frágiles en el Golfo de Capfornia. En noviembre del  2011, una misión conjunta de Ramsar, la UNESCO y la UICN visitó el parque para evaluar el impacto potencial de la propuesta de Cabo Cortés. Su informe final señaló que en la evaluación de Cabo Cortés no se tuvieron en cuenta todos los impactos indirectos y acumulativos del proyecto y que, dada su magnitud y el alcance del proyecto, representaba una amenaza bajo pneamientos de la Convención Ramsar. Del mismo modo, en septiembre del 2012, el Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN aprobó una resolución instando a México a garantizar la protección de Cabo Pulmo, incluida la protección ante arriesgados desarrollos turísticos e inmobiparios de gran escala. La misma resolución también sopcitó que México asegurase que las leyes ambientales son appcadas estrictamente en lo que respecta a los proyectos que puedan tener un impacto directo o indirecto en la salud de los ecosistemas circundantes. Una oportunidad para hacer lo correcto en el futuro La propuesta de Cabo Cortés, que amenazaba el ecosistema y la comunidad local de Cabo Pulmo fue, afortunadamente, eventualmente detenida por el expresidente Feppe Calderón en junio de 2012. Sin embargo, dos meses después de que se anunció la cancelación, un proyecto muy similar fue propuesto temporalmente en el mismo sitio. Esto indicó que el interés en desarrollar la zona aledaña al parque no había desaparecido. En el caso de que se vuelva a proponer otro proyecto cerca de Cabo Pulmo,  o cerca de otras zonas ecológicamente frágiles en el Golfo, será esencial que las autoridades mexicanas cumplan con sus responsabipdades y aseguren que la evaluación del impacto ambiental cumple con todas las leyes appcables y con las más altas normas técnicas y científicas. La CCA tiene ahora un trabajo importante que llevar a cabo. Al desarrollar y hacer púbpco un exhaustivo expediente de hechos sobre la falta de implementación efectiva de las protecciones ambientales de México en el Golfo de Capfornia, la CCA ayudará a arrojar luz sobre la forma en que México puede fortalecer su proceso de revisión ambiental para evitar que futuros proyectos de alto impacto dañen algunos de los lugares más emblemáticos del Golfo. Únete a los 27 científicos que han alzado la voz para proteger a Cabo Pulmo y otros tesoros naturales en el Golfo de Capfornia. Toma acción (en inglés) y pide a la CCA que investigue la falta de appcación de las leyes ambientales durante la aprobación de mega proyectos. ** La Comisión para la Cooperación Ambiental es un organismo internacional creado bajo el Acuerdo de pbre Comercio de Norteamérica para promover la cooperación entre Canadá, México y los EE.UU. en los asuntos ambientales de importancia continental.

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Organizaciones alertan a Naciones Unidas sobre violaciones a derechos humanos de construirse la hidroeléctrica Las Cruces en Nayarit, México

Piden a Relatores Especiales de la ONU exhortar al Estado mexicano a garantizar los derechos de los pueblos indígenas y comunidades ribereñas afectadas por el proyecto. Distrito Federal, México. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) envío una alerta urgente a los Relatores Especiales de Naciones Unidas sobre una vivienda adecuada, sobre los derechos de los pueblos indígenas, sobre el derecho a la alimentación, sobre el derecho humano al agua potable y el saneamiento, y sobre la extrema pobreza y los derechos humanos; y al Experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible por la inminente violación a los derechos humanos que la construcción de la hidroeléctrica Las Cruces implica para las comunidades ribereñas y para los pueblos indígenas Cora, Tepehuano, Huichol y Mexicanero asentados a lo largo de la cuenca del río San Pedro Mezquital en el estado de Nayarit. Esta acción fue presentada en representación de los distintos sectores económicos,  organizaciones ambientales y comunitarias de la región afectada por el proyecto: el Consejo Intercomunitario del Río San Pedro, el Consejo Indígena Náyeri, la Federación Ribereña de Nayarit, Nuiwari, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), el Grupo Ecológico Manglar, SuMar y representantes de la localidad Boca de Camichín. En la alerta se solicita a los Relatores Especiales instar al Estado mexicano “a garantizar  los derechos a la información y la participación, consulta y consentimiento, a la alimentación, al agua potable y saneamiento y al disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible de los pueblos indígenas y comunidades ribereñas del río San Pedro Mezquital”. Se les pide además visitar el sitio donde se prevé construir la hidroeléctrica para que conozcan “de primera mano” las afectaciones que el proyecto ocasionará en el ambiente y los derechos humanos. La afectación al territorio indígena, en su mayoría Cora, el desalojo forzoso de sus habitantes y los daños a sus sitios sagrados implican la inminente violación de los derechos humanos a la vivienda adecuada, al agua y a los medios de subsistencia, así como a la cultura y a la educación. “Nuestras tierras y recursos naturales son los aspectos más importantes de nuestra cultura; todos los días tememos que inunden o afecten nuestros sitios sagrados", dijo Julián López Cánare, coordinador del Consejo Indígena Náyeri y miembro del Consejo Intercomunitario del Río San Pedro. Por su parte, Ernesto Bolado, director de SuMar, señaló que la acción presentada ante la ONU resalta el hecho de que los miembros de las comunidades Cora, Huichol, Tepehuana y Mexicanera nunca fueron consultados en los términos que establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Y el consentimiento para el cambio de uso de suelo y expropiación de sus tierras fue solicitado a las asambleas comunales bajo engaños, condicionamiento de apoyos gubernamentales y hasta la intimidación. La Comisión Federal de Electricidad propone construir y operar la hidroeléctrica Las Cruces sobre el río San Pedro Mezquital, 65 kilómetros al norte de la ciudad de Tepic, Nayarit, con una capacidad proyectada de 240MW generada por tres turbinas y con una cortina de 188 metros de alto en una superficie de 5,349 hectáreas. El proyecto operará de manera regular sólo cuatro meses al año, y cubrirá el 0.9 % de la demanda energética del Centro Occidente de México para el 2026, apenas el 0.28% del total de la capacidad instalada en el país[1]. “La acción urgente es una solicitud para que los Relatores de Naciones Unidas realicen una investigación sobre los hechos que afectan el goce efectivo de los derechos humanos de las personas y comunidades que serán afectadas por el proyecto hidroeléctrico”, precisó Sandra Moguel, abogada de AIDA. El estudio de impacto ambiental de la hidroeléctrica Las Cruces reconoce que a raíz del proyecto la agricultura prácticamente de subsistencia y la ganadería en pequeña escala serían sustituidas por la pesca dentro del embalse. “Es impensable convertir agricultores de subsistencia en pescadores o en operadores turísticos”, afirmó Marcos Moreno, ostricultor de Boca de Camichín e integrante del Consejo Intercomunitario del río San Pedro. Consulte la alerta enviada a los Relatores Especiales de la ONU.

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