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Hacia el fin de los subsidios a la sobrepesca

La sobrepesca es uno de los principales problemas para la salud de nuestro océano. Y la entrega de subsidios negativos al sector pesquero es una de las causas fundamentales de esa sobreexplotación.

Los subsidios a la pesca son contribuciones financieras, directas o indirectas, que entidades públicas otorgan a la industria pesquera.

Según sus impactos, pueden ser beneficiosos cuando fomentan el crecimiento de las poblaciones de peces mediante herramientas de conservación y gestión de los recursos pesqueros. Y son considerados negativos o perjudiciales cuando promueven la sobrepesca con apoyos para, por ejemplo, incrementar la capacidad de captura de una flota pesquera.

Se estima, cada año, los gobiernos gastan aproximadamente 22 mil millones de dólares en subsidios negativos para compensar costos por combustible, artes de pesca y mejoras a embarcaciones, entre otros. 

Datos recientes evidencian que, como resultado de ese apoyo, el 63% de las poblaciones de peces en todo el mundo deben ser reconstituidas y el 34% son pescadas a niveles “biológicamente insostenibles”.

Aunque las negociaciones internacionales para poner fin a los subsidios negativos a la pesca, en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), comenzaron oficialmente en 2001, no fue hasta la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017 cuando los países se comprometieron a tomar acciones y a lograr un acuerdo.

Ello sucedió finalmente en junio de 2022, durante la duodécima Conferencia Ministerial de la OMC, cuando los países miembros alcanzaron, tras más de dos décadas, un acuerdo vinculante para frenar algunas subvenciones pesqueras perjudiciales, un avance crucial para la sostenibilidad de los recursos pesqueros a corto, mediano y largo plazo, así como para garantizar la seguridad alimentaria y los modos de vida de comunidades costeras.

El acuerdo establece la creación de un marco global que reduzca los subsidios a la pesca ilegal, no declarada y no regulada; los subsidios a la pesca de poblaciones sobreexplotadas; y los subsidios a los buques que pescan en alta mar, una zona no regulada. Contempla también medidas orientadas a una mayor transparencia y responsabilidad en cuanto a la forma en la que los gobiernos apoyan a su sector pesquero.

Los países acordaron seguir negociando normas para frenar otros subsidios nocivos como aquellos que promueven la pesca en aguas de otros países, la sobrepesca y la capacidad excesiva de una flota para capturar más peces de lo que es sostenible.

Si queremos tener recursos pesqueros abundantes y saludables, es momento de cambiar la forma en que hemos concebido la pesca hasta ahora. Debemos enfocar nuestros esfuerzos en la creación de modelos de aprovechamiento de las pesquerías que permitan su conservación en el largo plazo.

 

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Buenas Prácticas a Nivel Mundial para los Estudios de Impacto Ambiental (EIA)

Con su trabajo en relación a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), AIDA busca ampliar el alcance de lo que se puede lograr con los procesos de evaluaciones de impacto socioambiental en América Latina y el Caribe, así como esbozar su potencial en el largo plazo. Hoy en día, los EIA son objeto de un debilitamiento constante en la región, por lo que esperamos que este documento pueda ser usado en todo el continente americano para evaluar los EIA y mejorar la protección ambiental en todos sus países. Este documento, que contiene tres partes, comienza describiendo a los EIA como un proceso de varias etapas destinado a garantizar que las consideraciones socioambientales sean incluidas en las decisiones referidas a proyectos de desarrollo potencialmente perjudiciales. Luego, el informe señala los desafíos y avances de la práctica de los EIA en la región. Finalmente, el documento proporciona un resumen de las buenas prácticas a nivel mundial que definen los principios y características básicas que deben estar presentes en todas las etapas operacionales de los EIA y establece algunas conclusiones.       Descarga el informe  

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Buenas Prácticas a Nivel Mundial para los Estudios de Impacto Ambiental (EIA)

Con su trabajo en relación a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), AIDA busca ampliar el alcance de lo que se puede lograr con los procesos de evaluaciones de impacto socioambiental en América Latina y el Caribe, así como esbozar su potencial en el largo plazo. Hoy en día, los EIA son objeto de un debilitamiento constante en la región, por lo que esperamos que este documento pueda ser usado en todo el continente americano para evaluar los EIA y mejorar la protección ambiental en todos sus países. Este documento, que contiene tres partes, comienza describiendo a los EIA como un proceso de varias etapas destinado a garantizar que las consideraciones socioambientales sean incluidas en las decisiones referidas a proyectos de desarrollo potencialmente perjudiciales. Luego, el informe señala los desafíos y avances de la práctica de los EIA en la región. Finalmente, el documento proporciona un resumen de las buenas prácticas a nivel mundial que definen los principios y características básicas que deben estar presentes en todas las etapas operacionales de los EIA y establece algunas conclusiones.       Descarga el informe  

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Reglamentación del fracking en Mendoza vulnera compromisos climáticos de Argentina

AIDA presentó ante la Corte Suprema de Justicia de Mendoza un escrito legal para solicitar, con base en argumentos de derecho internacional, la inconstitucionalidad del decreto que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracturación hidráulica en la provincia argentina.   Mendoza, Argentina. En respaldo a la demanda interpuesta por la Asociación Oikos Red Ambiental contra el gobierno de Mendoza, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia un escrito legal (Amicus curiae) para solicitar la inconstitucionalidad del Decreto 248, que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracking o fracturación hidráulica. El escrito contiene evidencia con argumentos de derecho internacional que la reglamentación vulnera los compromisos climáticos del Estado argentino, así como el principio de precaución. “Como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y signatario del Acuerdo de París, el Estado argentino asumió obligaciones internacionales de reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar la crisis climática”, dijo Claudia Velarde, abogada de AIDA. “Apostar por el fracking implica un incremento de esas emisiones y el incumplimiento de los compromisos climáticos del país. Existen estudios que asocian un incremento considerable de metano en la atmósfera con la fuga y quema de ese gas en la extracción de hidrocarburos vía fracking. Las emisiones de metano son responsables de casi el 25% del calentamiento global. El Decreto 248 no contempla ninguna disposición ni medida efectiva para controlar las emisiones de GEI generadas por las actividades de fracking y sus efectos en el clima. “Esto pone en evidencia que la norma es insuficiente en su contenido y que desconoce el principio de precaución”, explicó Velarde. “No existen las bases suficientes para que el gobierno de Mendoza regule el fracking de manera efectiva”. El principio de precaución establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá evitar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación ambiental. En el fracking, siendo una técnica no convencional con un alto grado de dificultad técnica y científica, no existe certeza sobre sus impactos, lo que amerita aplicar el principio de precaución. El escrito documenta la aplicabilidad de este argumento a partir de casos similares en otros países de la región. Uno de ellos es Colombia, donde actualmente existe una moratoria judicial al fracking basada en dicho principio. “El Decreto 248 es incompatible con una adecuada observancia del principio de precaución”, recalcó Velarde. “En las últimas décadas, el desarrollo de esta técnica extrema ha despertado alarma a nivel mundial ante la evidencia de daños graves e irreversibles en el ambiente y en la salud humana, los cuales se agudizan con la crisis climática”. El escrito presentado por AIDA se suma a otras acciones similares presentadas contra el decreto que reglamenta el fracking en Mendoza por organizaciones nacionales e internacionales, entre ellas la Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos-Xumek, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Earthjustice. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107  

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