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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

Lee nuestro comunicado de prensa

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo violaciones de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Partners:

Leoncio Arara

La ciencia como derecho humano y herramienta de justicia ambiental

Por María Fernanda Ordoñez y Andrés Ángel Según la Enciclopedia Británica, la ciencia es todo sistema de conocimientos que estudia el mundo físico y sus fenómenos, implicando observaciones imparciales y experimentación sistemática. Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) define ciencia como la herramienta creada por el ser humano para comprender el mundo que le rodea, siendo el acceso a ella fundamental para la toma de decisiones personales, profesionales y políticas. Si es una herramienta tan importante, ¿por qué no está al alcance de todos y todas? Queda mucho camino por recorrer en el reconocimiento mundial del derecho humano a la ciencia. Además, los avances alcanzados al momento no son del todo conocidos. El denominado derecho a la ciencia tiene sus antecedentes en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, cuyo artículo 27 establece “toda persona tiene derecho a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”. También está contemplado en la Carta de la OEA (artículo 38) y en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. Además, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales —que entró en vigor en 1976— reconoce en su artículo 15 el derecho de toda persona a “gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones”. Justamente para generar mayor conciencia en la opinión pública sobre el uso responsable de la ciencia para el beneficio de las sociedades es que cada 10 de noviembre se celebra el Día Mundial de la Ciencia para la Paz y el Desarrollo. Grandes brechas Si bien el derecho a la ciencia es promovido por diversas organizaciones científicas de talla mundial como la American Association for the Advancement of Science (AAAS), su aplicación aún es relativamente discreta. Esto puede deberse en parte al desconocimiento y a las dificultades económicas en algunos países. En América Latina y el Caribe, las brechas socioeconómicas, raciales y de género son los grandes obstáculos para la universalización del derecho a la ciencia, íntimamente ligado a otros derechos, como el derecho a la educación. Según el informe de seguimiento de la educación en el mundo 2017-2018 de la Unesco, el 52% y el 36% de niños, niñas y adolescentes en la región no alcanzan niveles mínimos de matemáticas y lectura, respectivamente. Además, la tasa de jóvenes fuera de la escuela en edad escolar de secundaria llegó a 15,3% en 2015. Un indicador más diciente es el porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) destinado a educación pública, el cual se ubica en promedio en 5,0%. En cuanto al porcentaje del PIB destinado a investigación y desarrollo, datos del Banco Mundial dan cuenta que los países que destinaron más recursos a este propósito en 2017 fueron Brasil (1,26%) y Argentina (0,54%), seguidos por Cuba (0,43%) y Costa Rica (0,42%). Y las cifras más bajas se registraron en Guatemala (0,03%), Honduras (0,04%) y Perú (0,12%). Estas cifras demuestran que existen retos profundos que enfrentar para crear las condiciones necesarias para el ejercicio efectivo del derecho a la ciencia. La ciencia al servicio de la justicia ambiental Los avances científicos permiten encontrar soluciones a los nuevos desafíos económicos, sociales y ambientales que enfrentamos en nuestro camino hacia un futuro más justo y sostenible. En temas ambientales, la mayoría de las comunidades de la región no tiene acceso a herramientas básicas ni cuentan con entrenamiento para desarrollar programas de monitoreo independiente de parámetros ambientales, como la calidad del aire o del agua. Así, ante propuestas de grandes proyectos mineros, petroleros, agroindustriales o de otro tipo, se produce una asimetría muy pronunciada que pone a las comunidades en grave desventaja en el contexto de los conflictos socioecológicos que se puedan generar. Sin embargo, es alentador saber de comunidades empoderadas que han decidido implementar programas de monitoreo comunitario de calidad de agua, iniciativas de epidemiología popular y muchas otras que vale la pena destacar y promocionar. Existe esperanza además porque los datos de la Unesco reflejan también un avance significativo de la tasa bruta de matriculación en la educación superior entre 2000 y 2015, que pasó de 22% a 46%. Asimismo, muchas organizaciones de la sociedad civil están apoyando el reconocimiento del derecho a la ciencia en la región. En AIDA, el conocimiento científico es empleado para fortalecer nuestras estrategias legales para proteger a las personas y entornos de la región. En octubre de 2019, participamos en la Conferencia sobre Ciencia, Tecnología y Derechos Humanos organizada por la AAAS. Allí explicamos el nexo entre ciencia y defensa de los derechos humanos y cómo lo aplicamos en nuestro trabajo. Dos meses antes, en agosto, la UNESCO organizó un taller en Argentina, el primero desarrollado por ese organismo en América Latina, para discutir el desarrollo e implicaciones del derecho a la ciencia, definiéndolo como uno de los ejes principales de su trabajo en la región. Aunque lentamente, estamos avanzando en el reconocimiento y promoción de tan importante derecho, lo que nos llena de esperanza. Evidentemente, queda mucho por hacer. Fortalecer el derecho a la ciencia en América Latina es vital para promover sociedades más justas y sostenibles, donde las brechas socioeconómicas, raciales y de género no sean impedimento para acceder a la información como bien común. Es indispensable involucrar a personas capacitadas y comprometidas con la investigación y con la sociedad en proyectos, organizaciones y entidades que promueven la justicia social y ambiental. Además, el apoyo de los y las profesionales científicos es fundamental en los procesos de transferencia de conocimiento entre países y regiones y es indispensable para la elaboración de políticas públicas efectivas y eficientes. Finalmente, cabe señalar que la ciencia no sólo debe contribuir a superar las asimetrías de información entre actores de la sociedad, sino que debe practicarse y desarrollarse en un marco de respeto a los derechos de la naturaleza y a los derechos humanos. Desde AIDA continuaremos promoviendo el derecho a la ciencia, construyendo capacidades nuevas y fortaleciendo las existentes, tanto de nuestros socios como de las comunidades que apoyamos.  

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Ordenamiento territorial para la defensa del territorio

Con el propósito de aportar a la defensa de los ecosistemas y de las comunidades, AIDA y el Semillero en Estudios sobre Minería de la Universidad de Antioquia (Colombia) elaboramos una cartilla pedagógica dirigida a las comunidades que presenta, desde una perspectiva didáctica, las principales herramientas de planificación del ordenamiento territorial como estrategia para la defensa del territorio, con un enfoque ambiental y participativo. La cartilla está dividida en tres módulos que abordan de manera consecuencial la temática. Los dos primeros comprenden los aspectos básicos de la planeación y el ordenamiento territorial, y en el tercero se desarrolla el tema de la participación ciudadana. El proceso de elaboración de la cartilla derivó en esta publicación como producto complementario que amplía la información y que está pensado para comunidades y para autoridades territoriales locales y regionales. Es un recurso didáctico que reúne y presenta las alternativas que desde el ordenamiento jurídico se pueden implementar para la protección y defensa del territorio y de las áreas de especial importancia ecológica y ambiental en el marco de los ejercicios de planificación del ordenamiento territorial. Se trata de un texto que compila y sistematiza las principales categorías conceptuales que deben ser comprendidas y tomadas en cuenta en los procesos de elaboración de los planes de ordenamiento territorial, con fundamento en la función de reglamentación de los usos del suelo, asignada constitucionalmente a los concejos municipales. El texto constituye entonces una herramienta pedagógica adicional a la cartilla. Aquí se desarrollan de manera más extensa y profunda los conceptos que permiten entender la práctica y ejercicio de la función ordenadora del territorio, poniendo de relieve los espacios y mecanismos de participación que pueden así ser conocidos y apropiados por parte de las comunidades y de las autoridades locales en el marco de la planeación del espacio físico. Este ejercicio conjunto permite promover la formación jurídica y política entre las comunidades, haciéndolo desde la perspectiva de la justicia ambiental y la participación ciudadana en defensa de la autonomía territorial, alternativa relevante para las reivindicaciones y demandas de los movimientos sociales y ambientales en el contexto de la aguda conflictividad socioambiental que se vive actualmente en Colombia. Finalmente, esta publicación representa un esfuerzo coordinado con el Movimiento Nacional Ambiental, una alianza que congrega a todos los procesos de consultas populares del país. El esfuerzo ha sido liderado por el Comité Ambiental del Tolima y apoyado por la Fundación Heinrich Böll, que se han hecho cargo del proceso de edición e impresión final de la cartilla y de este texto.       Descarga la publicación Descarga la cartilla  

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Mujer indígena boliviana.

Derechos humanos y perspectiva de género en las NDC en América Latina

Este documento tiene como objetivo proporcionar una serie de elementos clave relativos a la inclusión del marco de derechos humanos y perspectiva de género en la elaboración, actualización e implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) de los países de América Latina. Así, este documento busca ser una herramienta para que tanto las y los tomadores de decisión, como las organizaciones de la sociedad civil, puedan verificar la adecuada integración de estos temas fundamentales en los mencionados instrumentos de planificación de la acción climática. En ese sentido, con base en diversos estándares y tratados internacionales y regionales, se provee una lista de elementos generales y acciones clave que deben ser considerados en la elaboración e implementación de las NDC, con el fin de incluir de manera transversal los derechos humanos y la perspectiva género en las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, aplicables a diversos sectores y actividades.       Lee y descargue la publicación  

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