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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

Lee nuestro comunicado de prensa

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo violaciones de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Partners:

Leoncio Arara

Pueblo indígena en México pide que Ley Minera sea declarada inconstitucional

Organizaciones internacionales entregan Amicus Curiae a la Corte Suprema mexicana en respaldo a la acción legal del pueblo Maseual del estado de Puebla. Se entregan también más de 4 mil firmas de apoyo ciudadano recabadas a través de change.org.mx Ciudad de México. Organizaciones internacionales de la sociedad civil han respaldado la demanda interpuesta por el pueblo indígena maseual de Cuetzalan del Progreso, asentado en la Sierra Norte del estado mexicano de Puebla, en contra de la Ley Minera, solicitando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ésta sea declarada inconstitucional debido a que viola derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Earthjustice, el Environmental Defender Law Center (EDLC) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) han decidido apoyar la causa, elaborando sendos Amicus curiae para entregar a la SCJN a fin de ofrecer argumentos encaminados a reforzar el litigio emprendido por el Consejo Maseual Altepetajpianij y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA). El sentido de los Amicus curiae, al igual que la demanda de amparo promovida en marzo de 2015, es que la Ley Minera no fue consultada de forma previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas. Por tanto, no incorporó los valores y visión indígena, lo que significa que no se desarrollaron mecanismos para proteger y respetar los derechos humanos de los pueblos indígenas, ello a pesar de que un gran número de concesiones mineras se encuentran sobre sus territorios. Pero, sobre todo, dicha Ley contraviene sus derechos a la libre determinación sobre su territorio, porque asigna a la actividad minera un carácter prioritario, que la pone por encima de las demás actividades, amenazando así las formas de vida que las comunidades han decidido mantener. “Las concesiones mineras no pueden ser otorgadas únicamente con base en la legislación minera. Se aplica obligatoriamente a situaciones como la presente un marco legal más amplio, de jerarquía superior, fundado en los derechos humanos y en el derecho ambiental y en la interrelación entre los dos temas. Este marco normativo más amplio y obligatorio condiciona y limita la concesión de títulos mineros cuando se trate de tierras y territorios”, señala EDLC en las conclusiones de su Amicus. “Nuestra aportación presentada en el Amicus destaca que las obligaciones internacionales vinculan al estado mexicano a celebrar consultas previas, libres e informadas con los pueblos indígenas antes de aprobar cualquier instrumento legislativo que les afecten, especialmente a sus derechos territoriales. Esto también incluye la forma en la que se explotan los recursos naturales que se encuentran en sus territorios, lo que se aplica directamente al caso de la Ley Minera” señaló Guillermo Zúñiga, abogado de Earthjustice. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en México, tiene la oportunidad de sentar un precedente ejemplar para la región en materia de protección de derechos indígenas”, señaló Carlos Lozano Acosta, abogado de AIDA. “A su vez, la Suprema Corte puede aprender de la experiencia regional, adoptando los estándares relevantes que tribunales de otros países han proveído en favor de pueblos indígenas, como se evidencia en nuestro Amicus”. Finalmente, también se hicieron llegar a la ministra y ministros integrantes de la Segunda Sala de la SCJN cartas de apoyo de otros pueblos indígenas asentados en México, Colombia, Brasil, Bolivia y Guatemala, así como las 4.091 firmas recabadas hasta el 26 de junio, respaldando la petición lanzada a través de la plataforma change.org.mx.   CONFERENCIA DE PRENSA Contactos Ricardo Ruiz (México), CEMDA, 5559644162, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, 5570522107, [email protected] Robert Valencia (Estados Unidos), Earthjustice, [email protected]  

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Contaminación atmosférica y COVID-19: ¿Por qué la calidad del aire no mejoró en el Valle de México?

Las medidas adoptadas a nivel mundial para enfrentar la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 lograron la disminución de algunos contaminantes atmosféricos, lo que mejoró considerablemente la calidad del aire en diversas ciudades del planeta. Sin embargo, en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) —área conformada por la Ciudad de México y municipios conurbados de otros estados del centro del país—, la calidad del aire no mejoró pese a la suspensión de actividades asociadas a fuentes de contaminación como la circulación de vehículos y la operación de varias industrias. Meses antes de que se decretara la emergencia sanitaria a finales de marzo de 2020, la calidad del aire reportada por el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la ZMVM estaba en el rango de “regular” a “mala” debido principalmente a la congestión vehicular. Con las restricciones a la movilidad establecidas ante la pandemia, la circulación de vehículos disminuyó hasta en 70% y con ello parte de la contaminación atmosférica. Según información oficial, hubo una reducción de monóxido de carbono y de óxidos de nitrógeno —de 58 y 32%, respectivamente— debido a las medidas de distanciamiento. Sin embargo, de acuerdo con los datos oficiales, el ozono troposférico (O3), uno de los contaminantes que más daña el aire y la salud humana, no disminuyó significativamente (solo de 3 a 4%). Por ello en mayo, dos meses después de adoptadas las medidas para afrontar la crisis sanitaria, la calidad del aire en el Valle de México se mantuvo en los mismos parámetros que a comienzos de año, es decir de “regular” a “mala”, según el Sistema de Monitoreo Atmosférico. La pregunta que surge entonces es ¿a qué se debe esto? ¿Cómo ocurre la contaminación del aire? Diversos gases y compuestos contaminan el aire. Están los contaminantes primarios —como el dióxido de azufre, los óxidos de nitrógeno y los compuestos orgánicos volátiles— que se descargan directamente en la atmósfera. Y están los contaminantes secundarios, como el ozono troposférico, que se forman en la atmósfera como resultado de la transformación química de los contaminantes primarios. El ozono troposférico se forma por la interacción de la luz solar con “gases precursores”, entre ellos los compuestos orgánicos volátiles y los óxidos de nitrógeno. Ahora bien, son tres los factores que afectan la calidad del aire: las condiciones meteorológicas, la topografía y las concentraciones de uno o más contaminantes en niveles que puedan dañar el ambiente y la salud humana. Esas concentraciones son medidas por sistemas de monitoreo oficiales como el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la ZMVM. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece niveles de concentración de los contaminantes que no deben ser rebasados en un periodo específico. Para el ozono troposférico, el valor recomendado es de 50 partes por billón (ppb) en un promedio de ocho horas. Pero la normativa mexicana es más laxa y establece un límite menor a este compuesto: una concentración menor o igual a 95 ppb en un promedio horario, es decir, en el intervalo de tiempo de 60 minutos. Además, para activar una contingencia ambiental por ozono las concentraciones deben ser mayores a 154 ppb (promedio horario). Este estándar implica una menor protección para la salud de la población. A inicios de este año, en la ZMVM registraba que la concentración horaria de ozono era en promedio de solo 23 ppb, pero subieron desde entonces. A pesar de las restricciones derivadas de la crisis sanitaria, el promedio de la concentración horaria de ozono fue de 41 ppb en abril y de 45 ppb en mayo. Asimismo, del periodo de enero a mayo, se registró 99 días en los que las concentraciones de ozono superaron el límite de 95 ppb. ¿Por qué las concentraciones del ozono subieron? La restricción de la movilidad durante la contingencia sanitaria no fue suficiente para disminuir las concentraciones de ozono en la atmósfera debido principalmente a dos razones: la primera es que las fuentes de ese compuesto no se limitan al uso de vehículos; y la segunda es que el periodo de aislamiento social coincidió con la llamada temporada de ozono, época del año en la que se incrementan las concentraciones de este contaminante por el aumento de radiación solar y la disminución de lluvias y viento. Como dijimos, el ozono troposférico es formado por la interacción de la luz solar con gases precursores. Entre esos gases están los óxidos de nitrógeno —generados principalmente por los procesos de combustión de automóviles, especialmente de motores a diésel— y los compuestos orgánicos volátiles, que surgen de fuentes más diversas: el uso de solventes, fugas de gas licuado de petróleo en calentadores y estufas, productos cosméticos y de limpieza, y combustible evaporizado en estaciones de servicio y en automóviles sin control de emisiones evaporativas. Según datos oficiales, durante el aislamiento social, los compuestos orgánicos volátiles solo se redujeron un 15%, lo cual incluye a todas sus fuentes de emisión. De otro lado están los incendios forestales, que son una fuente importante de los gases precursores de ozono. Del 1 de enero a 3 de mayo de este año, tan solo en la Ciudad de México se registraron 644 incendios forestales, que en comparación con el mismo periodo de 2019 fueron menores en número, pero igual de intensos. En cuanto a la temporada de ozono, que inicia en la última semana de febrero y concluye en junio con las primeras lluvias, la temperatura promedio en el Valle de México fue mayor este año. En abril fue de 2°C mayor que el promedio registrado el mismo mes entre 1981 y 2010, partiendo de una tendencia global según la cual abril de 2020 terminó siendo el más caliente que cualquier otro abril en la historia. Debido a que la temperatura está directamente relacionada con la radiación solar y la falta de viento, su aumento permite explicar las mayores concentraciones de ozono. La suma de estos factores contribuyó a que las concentraciones de ozono no solo no se redujeran pese a las restricciones establecidas por la pandemia, sino que aumentaran. Ello incidió a su vez en que los habitantes del Valle de México continuaran viviendo una mala calidad del aire y sufriendo sus impactos negativos en la salud. La importancia de reducir el ozono para la salud pública y el clima El ozono troposférico no solo afecta la calidad del aire y con ello la salud de las personas, sino que tiene la capacidad de absorber luz solar y calentar la atmósfera, por lo que también es un Contaminante Climático de Vida Corta (CCVC). Debido a que sus emisiones agravan la crisis climática, mas de 11 mil científicos del mundo han resaltado la necesidad urgente de reducir los CCVC para combatir rápidamente el calentamiento global. Precisamente la intensidad de los incendios forestales y las temperaturas particularmente elevadas de la “temporada de ozono” de este año son una muestra de los efectos de la crisis climática que no estamos combatiendo adecuadamente. Por ello es imperativo implementar acciones gubernamentales para disminuir las emisiones de los gases precursores del ozono troposférico, no solo durante la emergencia sanitaria, sino también cuando salgamos de ella, cuando se reactive el transporte motorizado, fuente de óxidos de nitrógeno, uno de los precursores del ozono. Un mejor control del tipo de automóviles que circulan con base en su potencial contaminante y acciones tan simples como el uso de la bicicleta, recomendado para reducir los riesgos de contagio, ayudarían a ese objetivo, así como a reducir el calentamiento global y a mejorar la salud de las personas que viven en la ZMVM. Además, debemos apostar por medidas de regulación, comunicación, educación y otras que frenen los hábitos de consumo y los procesos de producción y distribución de bienes y servicios que siguen emitiendo diariamente compuestos orgánicos volátiles, otro precursor del ozono. Restringir la producción y uso de productos en aerosol, así como reparar y evitar fugas de gas licuado de petróleo, ayudarían a reducir estas emisiones. Finalmente, es necesario fortalecer la endeble política ambiental del país y combatir el incumplimiento de las normas de salud ambiental, el cual ha resultado en una reducción insuficiente de la contaminación atmosférica. Urge actualizar las normas mexicanas de calidad del aire para fijar límites más estrictos y compatibles con estándares internacionales y con la protección del derecho humano a la salud. Los anteriores son solo algunos ejemplos de acciones que autoridades y sociedad podemos realizar para mostrar que aprendimos la lección y que haremos lo necesario para mejorar la calidad del aire y para afrontar posibles nuevas crisis sanitarias, así como la crisis climática que amenaza con acabar con el mundo como hoy lo conocemos.  

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Proyecto de Belo Sun pone a la Amazonía brasileña en grave riesgo de contaminación

Basándose en información contradictoria, la empresa canadiense no contempla medidas suficientes para evitar que la mina de oro que busca construir en Brasil contamine aguas subterráneas y superficiales. Prevé además usar altas cantidades de cianuro, sustancia altamente peligrosa para la salud de las personas y de los ecosistemas, y emplear procesos que generarían fluidos ácidos. Altamira, Brasil. Una evaluación técnica concluyó que la mina de oro que la empresa canadiense Belo Sun Mining Corp. pretende instalar en la Volta Grande del río Xingú, en el estado brasileño de Pará, en plena Amazonía, implica un grave riesgo de contaminación para el ambiente y para las comunidades indígenas y ribereñas de la zona. Ello se debe, entre otras cosas, a la posible infiltración de fluidos contaminantes, al uso de altas cantidades de cianuro y al empleo de procesos químicos que generarían fluidos ácidos que podrían llegar a ríos y acuíferos. El análisis fue elaborado por Andrés Ángel, geólogo y asesor científico de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), quien encontró inconsistencias en la información que la empresa ha publicado en el marco del proceso de licenciamiento ambiental. Ángel encontró que, en el informe de factibilidad de 2015, presentado a los inversionistas del proyecto, la empresa señaló que el suelo y las rocas de la zona son impermeables, es decir, que no pueden permitir la infiltración de contaminantes. Sin embargo, en los estudios de impacto ambiental de 2012 y 2016, Belo Sun muestra a las autoridades reguladoras datos, descripciones y análisis que contradicen lo expuesto en 2015, llegando incluso a decir que los suelos y rocas se comportan como acuíferos porosos o fracturados. Por ello, en los estudios reciente, el diseño general del proyecto y las medidas de manejo propuestas por la empresa, que ni siquiera contemplan impermeabilizar ciertas estructuras, resultan insuficientes para disminuir la probabilidad de contaminación de aguas superficiales y subterráneas, explicó el experto. El dictamen alerta además del uso de grandes cantidades de cianuro como método escogido para la separación del oro. Se prevé usar entre 330 y 390 gramos por tonelada de material procesado, de un total estimado de 116 millones de toneladas de mineral. “Existen alternativas menos contaminantes y peligrosas, entre ellas la exportación de concentrados polimetálicos en los que la separación del material de interés económico se da posteriormente. Sería indispensable considerar esta opción en la selva amazónica”, señala Ángel. El informe también resalta que el cianuro puede ser letal incluso en dosis muy bajas tanto para fauna acuática como para personas. Otro de los graves riesgos evidenciados por el estudio es la generación de fluidos ácidos como resultado del proceso químico previsto por la empresa para eliminar el cianuro empleado (dióxido de azufre y aire) y como impacto acumulativo posterior al tiempo de vida del proyecto, teniendo en cuenta que algunas unidades fueron clasificadas como con potencial moderado de generación de ácido. Si bien para esto se propone un tratamiento activo (adición de cal a los fluidos), tal medida implica mayor demanda de reactivos y, por tanto, mayores impactos ambientales totales. Finalmente, Ángel evidenció la falta de información sobre los impactos sinérgicos entre la represa Belo Monte —que ya afecta a la zona— y el proyecto minero aguas abajo en la sección de caudal reducido del río Xingú, que a su vez determinarán el tipo y alcance de los riesgos de la mina en caso de fallas graves. La justicia brasileña suspendió la Licencia de Instalación del proyecto en 2017 porque la empresa no realizó estudios sobre el impacto de la mina en las comunidades indígenas ni cumplió con la exigencia de realizar un proceso de consulta libre, previa e informada. Belo Sun presentó a inicios de 2020 los estudios del componente indígena a la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) y está a la espera de una evaluación y respuesta por parte de la entidad. La evaluación hecha por Ángel fue presentada a la FUNAI y a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMAS) de Pará, entidades responsables de la concesión de licencias para el proyecto. El dictamen se suma a otros dos presentados antes como parte de un esfuerzo conjunto de investigadores independientes cuyo trabajo demuestra explícitamente la inviabilidad del proyecto de Belo Sun tal como está concebido actualmente. Los dictámenes anteriores se enfocaron en los impactos negativos del proyecto en la ictiofauna y en la fragilidad de los estudios de impacto ambiental presentados por Belo Sun desde el punto de vista geológico. Además de los investigadores independientes, varias organizaciones han denunciado la inviabilidad social y ambiental del proyecto, entre ellas la Red Xingú +, el Movimiento Xingú Vivo por Siempre, Amazon Watch, el Instituto Socioambiental (ISA), International Rivers, Above Ground y AIDA. Contactos Marina Terra (Brasil), ISA, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107  

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