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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

Lee nuestro comunicado de prensa

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo violaciones de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Partners:

Leoncio Arara

Sala Constitucional Reitera Protección Al Parque Marino Las Baulas: Declara Inconstitucional Reglamento Que Permitía Construcciones

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA Contactos de prensa: Rolando Castro, Abogado CEDARENA Gladys Martínez, Abogada AIDA (506) 2837080 (506) 2837080 [email protected] [email protected]   SALA CONSTITUCIONAL REITERA PROTECCIÓN AL PARQUE MARINO LAS BAULAS: DECLARA INCONSTITUCIONAL REGLAMENTO QUE PERMITÍA CONSTRUCCIONES   SAN JOSÉ, Costa Rica, 3 de junio de 2008—La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica el 23 de mayo pasado, anuló el Reglamento de Zonificación de Cabo Velas en Guanacaste, por impactar la zona de anidación más importante de la tortuga marina baula en el Océano Pacífico Oriental: el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB). En la resolución la Sala confirma la importancia del Parque para garantizar la conservación de las tortugas, declaradas internacionalmente en peligro crítico de extinción, por lo cual impide las construcciones dentro del parque.   Así, la Sala dio la razón al Fideicomiso Las Baulas, asesorados legalmente por el Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA), con el apoyo de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), en los aspectos de derecho internacional aplicable, quienes demandaron el reglamento en julio de 2006. Hace tan sólo dos semanas esta misma Sala ordenó al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) iniciar los trámites de expropiación a los terrenos privados dentro del Parque Marino, debido al impacto de los desarrollos privados sobre las tortugas baula. Esta última demanda fue interpuesta también por CEDARENA, AIDA, en conjunto con Justicia para la Naturaleza, ONG costarricense.   El Reglamento de Cabo Velas anulado por la Sala permitía a la Municipalidad de Santa Cruz autorizar construcciones dentro del Parque, ignorando los serios impactos que éstas causarían a las baulas. “Como es sabido, las baulas requieren de condiciones particulares para la anidación, por lo cual la presencia de seres humanos en las playas y los impactos de las luces de las construcciones, las afecta severamente”, señaló Mario Boza, biólogo del Fideicomiso las Baulas. El PNMB se creó con el fin de proveer las condiciones apropiadas para su desove, pero el Reglamento las estaba desconociendo.   “Nos complace mucho esta decisión de la Corte costarricense pues marca un precedente esperanzador en la conservación de esta especie” señaló Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. “Esperamos que pueda ser replicado en otros países de la región”, agregó Puentes.   La decisión de la Sala tiene carácter retroactivo por lo cual se deben revertir los permisos otorgados y construcciones desarrolladas al amparo de ese Reglamento. “Con esta decisión la Sala no sólo está protegiendo el equilibrio ecológico que establece el artículo 50 de la Constitución de Costa Rica, sino también está ordenando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el país en los convenios internacionales”, señaló Rolando Castro, abogado de CEDARENA.

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Sala Constitucional De Costa Rica Ordena Expropiaciones En Parque Nacional Marino Las Baulas

 PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 14 DE MAYO DE 2008 Contactos de prensa: Rolando Castro, Abogado CEDARENA Gladys Martínez, Abogada AIDA (506) 2837080 (506) 2837080 [email protected] [email protected]   SALA CONSTITUCIONAL DE COSTA RICA ORDENA EXPROPIACIONES EN PARQUE NACIONAL MARINO LAS BAULAS   SAN JOSÉ—La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ordenó, el pasado 5 de mayo al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) iniciar los trámites de expropiación a los terrenos privados dentro del Parque Nacional Marino Las Baulas (PNMB) en Guanacaste. Esta resolución responde a un recurso de amparo interpuesto en marzo de 2005 por AIDA y sus organizaciones participantes en Costa Rica, Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA) y Justicia para la Naturaleza (JPN) contra la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), la Municipalidad de Santa Cruz, el Ministerio de Hacienda y el MINAE, por la violación del derecho constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, derivado de la falta de protección del PNMB y por ende del sitio de anidación de las tortugas.   Este es un precedente muy importante para Costa Rica, y para el hemisferio, ahora que los desarrollos turísticos en zonas turísticas están en su máximo apogeo. La Municipalidad de Santa Cruz y la SETENA habían emitido permisos de construcción a particulares dentro del Parque, ignorando los impactos que estos desarrollos turísticos causarían a las baulas. Con la decisión de la Sala estos permisos quedan sin validez. “Esperamos que la Municipalidad y la SETENA, hayan recibido un mensaje claro que entratándose de parques nacionales se debe actuar con sumo cuidado y no aprobar proyectos que pongan en peligro el fin mismo del parque”, aseguró Rolando Castro, abogado de CEDARENA. “La construcción y operación dentro del sitio agravaría la situación de la playa”, agregó.   Las tortugas baula son animales jurásicos, declaradas internacionalmente en peligro crítico de extinción. Esta especie requiere de condiciones particulares para la anidación, por lo cual la presencia de los seres humanos en las playas y los impactos de las luces de las construcciones las afecta severamente. El PNMB se creó con ese fin, constituyéndose en la zona más importante de anidación de esta especie en el Océano Pacífico Oriental.   “Esta orden de expropiación deberá ser acatada de inmediato por el MINAE para evitar que suceda lo mismo que en otras playas de anidación Flamingo y Tamarindo”, afirmó Gladys Martínez abogada de AIDA. “Costa Rica, incluyendo a cada una de sus autoridades, tiene la obligación de proteger esta especie que es patrimonio de la humanidad, además de ser un atractivo turístico y por ende un valioso recurso económico para el país”, agregó.

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El Complejo Metalúrgico Doe Run En La Oroya, Perú, Pierde Su Certificado Ambiental

PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 10 de Abril de 2008 Contactos de prensa: Perry Gottesfeld, Executive Director OK International, 415-362-9898 [email protected] Anna Cederstav, Ph.D. AIDA y Earthjustice, 510-550-6700 [email protected] EL COMPLEJO METALÚRGICO DOE RUN EN LA OROYA, PERÚ, PIERDE SU CERTIFICADO AMBIENTAL Lima, Perú  — Doe Run Perú, que opera una de las mayores fundiciones metalúrgicas del hemisferio, ha perdido su Certificado Ambiental a través de una medida poco común que han adoptado los auditores externos e independientes de la compañía.  En principio, TÜV Rheinland había concedido el certificado hace menos de dos años, pero lo revocó el 11 de marzo de 2008 alegando que el complejo incumplía las leyes ambientales peruanas y que carecía de medidas adecuadas para evitar la contaminación.   La pérdida del certificado es otra muestra que Doe Run Peru no está cumpliendo con sus responsabilidades ambientales.  El año pasado, a Doe Run Perú se le impuso una multa de USD$234,000 por diversas violaciones graves de las leyes ambientales de Perú. Además, la semana pasada, las autoridades peruanas publicaron un informe que detalla dichas violaciones, incluyendo haber sobrepasado los niveles máximos permitidos de plomo y partículas suspendidas en el aire. Doe Run Perú obtuvo el certificado ambiental ISO 14001 en el 2006, que definió como un “hito importante en lo que se refiere a cumplir nuestros compromisos con nuestras comunidades, nuestros empleados y el medio ambiente.”  El sitio web de Doe Run Company define el certificado ISO como un “símbolo reconocido de la dedicación de una compañía por una calidad superior, la satisfacción del cliente y una mejora continua.” No obstante, varios estudios que han llevado a cabo tanto el Gobierno como expertos internacionales en salud, han demostrado que casi todos los niños que viven en la zona que rodea el complejo metalúrgico de Doe Run Perú presentan niveles inaceptablemente altos de plomo en el organismo.  Muchos de ellos han estado gravemente expuestos y requieren tratamiento médico inmediato. “TÜV Rheinland ha actuado responsablemente al llevar a cabo esta medida sin precedentes para subrayar el deber de Doe Run Perú de hacer más para proteger la salud pública en La Oroya”, dijo Perry Gottesfeld, Director Ejecutivo de Occupational Knowledge International (Estados Unidos). Anna Cederstav, científica de AIDA y Earthjustice, y autora del libro La Oroya No Espera ha afirmado que “para Doe Run, la revocación del certificado debería significar claramente que les queda mucho trabajo por hacer,”  y añadió que “no obstante, todavía nos preocupa que, si se les paga suficiente, otro organismo de certificación aceptará otorgar un certificado similar a Doe Run”. En el 2006, varias organizaciones presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA), con la intención de que se recomendara al gobierno peruano poner en práctica medidas urgentes para detener estas graves violaciones contra la salud y la vida de los residentes de La Oroya.  El año pasado, la Comisión aceptó esta petición y solicitó al Estado implementar tales medidas cautelares. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 120 millones de personas están siendo sometidas a una exposición excesiva al plomo (aproximadamente tres veces más que el número de infectados por el VIH/SIDA) y que el 99% de los más afectados viven en países en vías de desarrollo.  El plomo afecta tanto a niños como a adultos y provoca daños cerebrales, retraso mental y otros problemas de aprendizaje en niños.  Además del plomo, la población de La Oroya ha estado expuesta también a niveles extremos de otros contaminantes dañinos, entre ellos arsénico, cadmio y dióxido de azufre.

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