Project

Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

Partners:


Fracking

A histórica queda dos preços do petróleo demonstra, mais uma vez, a inviabilidade do fracking

As medidas adotadas diante da pandemia, como a redução nos números de vôos, o fechamento de indústrias e o confinamento das pessoas, têm acarretado uma diminuição na demanda de hidrocarbonetos a nível internacional que, junto com outros fatores como a superprodução e a especulação associada aos contratos de petróleo, têm repercutido na queda do preço do petróleo e gerado perdas nas principais empresas petroleiras. No dia 20 de abril, pela primeira vez na história, o preço do barril de petróleo de referência nos Estados Unidos teve uma cotação negativa, enquanto os mares do mundo todo se enchem de embarcações de armazenamento de petróleo e os projetos de energia extremas se desfazem em pedaços pelos seus altos custos, incompatíveis com os preços atuais. O fracking requer ainda maiores investimentos e, para ser viável, um mercado que lhe ofereça preços altos. Além disso, seus impactos socioambientais não são contabilizados nos seus custos de produção. É inviável embasar a matriz energética e a receita fiscal de nossos países em supostas rendas que esta técnica produziria porque, além dos preços atuais, a imprevisibilidade dos preços do petróleo e seus derivados impossibilita qualquer política soberana baseada em hidrocarbonetos. O planeta sofre uma crise de grandes dimensões: a climática, cujos impactos pioram se decidirmos continuar na rota da dependência dos hidrocarbonetos e da autorização do fracking. As origens da crise climática e da pandemia que vivemos são comuns: a destruição dos ecossistemas por modos de vida e de economia insustentáveis. Quem promove os hidrocarbonetos mostra, mais uma vez, a sua insensatez, especialmente nos momentos difíceis como este que vivemos, que apresentam o extrativismo atual como causador de zonas de sacrifício, que impõe os passivos ambientais sobre os mais vulneráveis, extingue povos indígenas, destrói a biodiversidade e alimenta a violência que sufoca comunidades e assassina seus defensores e defensoras. Para sair das duas crises, é necessário iniciar uma transição energética justa e democrática na América Latina e deixar a maior parte dos combustíveis fósseis no subsolo. A saída não está nos resgates e investimentos em empresas - públicas ou privadas - que exploram hidrocarbonetos. Nossos diversos e riquíssimos países contam com fontes alternativas de produção e usos sustentáveis de energia sem a necessidade de continuar aquecendo o planeta e destruindo os ecossistemas do qual fazemos parte. A transição energética é uma oportunidade para a democracia, a justiça e a paz, e nossa garantia de condições de vida saudáveis no futuro. Em muitas regiões do mundo o fracking foi proibido e foi comprovada a sua inviabilidade ambiental e econômica. Na América Latina devemos também impedi-lo e apostar em uma transição energética justa. Somos uma região megadiversa, sábia e criativa, com infinitas possibilidades de diversificar a sua economia de forma sólida e estável, de tal forma que regenere os territórios e nos proteja de eventos climáticos extremos e pandemias. Esta é a maior exigência dos nossos tempos por cada uma das pessoas, pelas comunidades e povos, pelas crianças e pelas próximas gerações: Não ao fracking! Sim a transição! Assinado, Alianza Colombia Libre de Fracking Alianza Latinoamericana Frente al Fracking Alianza Mexicana Contra el Fracking   Contato de imprensa: Victor Quintanilla, vquintanilla@aida-americas.org, +5215570522107  

Leer más

Fracking

El histórico derrumbe de los precios del petróleo demuestra una vez más la inviabilidad del fracking

Las medidas adoptadas ante la pandemia, como la reducción en el número de vuelos, el cierre de industrias y el confinamiento de las personas, han ocasionado una disminución en la demanda de hidrocarburos a nivel internacional que, junto con otros factores como la sobreproducción y la especulación asociada a los contratos de petróleo, ha repercutido en la caída en los precios del crudo y generado pérdidas en las principales compañías petroleras. El día 20 de abril, por primera vez en la historia, el petróleo de referencia en Estados Unidos cotizó en negativo, mientras los mares de todo el mundo se llenan de barcos de almacenamiento de crudo y los proyectos de energías extremas se caen a pedazos por sus altos costos, incompatibles con los precios actuales. El fracking requiere todavía de mayores inversiones y, para ser viable, un mercado que le ofrezca precios altos. Además, sus impactos sociales y ambientales no se contabilizan en sus costos de producción. Es inviable basar la matriz energética y el ingreso fiscal de nuestros países en los supuestos ingresos que produciría esta técnica porque, más allá de los precios actuales, la imprevisibilidad de los precios del petróleo hace imposible cualquier política soberana basada en hidrocarburos. El planeta sufre una crisis de mayores dimensiones: la climática, cuyos impactos se agudizarán si se decide seguir por la ruta de la dependencia de los hidrocarburos y la autorización del fracking. Los orígenes de la crisis climática y la pandemia que vivimos son comunes: la destrucción de los ecosistemas por formas de vida y de economía insostenibles. Quienes promueven los hidrocarburos muestran una vez más su insensatez, especialmente en momentos difíciles como el que vivimos, que exhiben al extractivismo actual como el generador de territorios de sacrificio, que vuelca sobre los más vulnerables los pasivos ambientales, extingue pueblos indígenas, destruye la biodiversidad y alimenta la violencia que sofoca a pueblos y asesina a sus defensoras y defensores. Para salir de ambas crisis, es necesario iniciar una transición energética justa y democrática en Latinoamérica y dejar la mayor parte de los combustibles fósiles en el subsuelo. La salida no está en los rescates o inversiones en empresas -públicas oprivadas- que exploten hidrocarburos. Nuestros diversos y riquísimos países cuentan con fuentes alternativas de producción y usos sustentables de energías sin necesidad de seguir calentando el planeta y destruyendo los ecosistemas de los que somos parte. La transición energética es una oportunidad para la democracia, la justicia y la paz, y nuestra garantía de condiciones de vida saludables para el futuro. En muchas regiones del mundo se ha prohibido el fracking y se ha evidenciado su inviabilidad ambiental y económica. En Latinoamérica debemos también impedirlo y apostar por la transición energética justa. Somos una región megadiversa, sabia y creativa, con infinitas posibilidades de diversificar la economía de forma sólida y estable, de tal forma que regenere los territorios y nos proteja de eventos climáticos y pandemias. Esta es la mayor exigencia de nuestros tiempos; por cada una de las personas, por las comunidades y pueblos, por los niños, las niñas y las próximas generaciones: ¡no al fracking, sí a la transición! Firman: Alianza Colombia Libre de Fracking Alianza Latinoamericana Frente al Fracking Alianza Mexicana Contra el Fracking   Contacto de prensa: Victor Quintanilla, vquintanilla@aida-americas.org, +5215570522107  

Leer más

Corte Interamericana ratifica los derechos de pueblos indígenas en Argentina

En el departamento Rivadavia de la provincia argentina de Salta, fronteriza con Bolivia y Paraguay, existen tierras habitadas por indígenas desde hace al menos 60 años. Se trata de pueblos que viven de la caza, la recolección y la pesca. La batalla de varios de esos pueblos ancestrales para que el derecho de propiedad sobre sus tierras sea reconocido por el gobierno lleva también mucho tiempo, remontándose a 1984, año que marcó el inicio del retorno a la democracia en el país tras la dictadura. La falta de reconocimiento de ese derecho ha obligado a los indígenas a cambiar por años sus formas de vida, afectadas por la interferencia de actividades ajenas a sus usos y costumbres. El asentamiento en su territorio de familias criollas, así como el pastoreo, la tala ilegal y la construcción inconsulta de alambrados y de un puente internacional han modificado su modo tradicional de alimentación y su acceso al agua, dañando además su identidad cultural. Ante la falta de protección del Estado argentino, las comunidades pertenecientes a los pueblos indígenas Wichí (Mataco), Iyjwaja (Chorote), Komlek (Toba), Niwackle (Chulupí) y Tapy’y (Tapiete) —agrupadas en la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra)— llevaron su lucha ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1998, representadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales. La Comisión emitió su informe de fondo del caso en 2012, estableciendo la violación de derechos de las comunidades indígenas y ordenando al Estado la adopción de medidas de reparación. Y, tras el incumplimiento de la disposición por parte del Estado, el caso fue derivado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya sentencia —hecha pública el pasado 2 de abril­— declaró al Estado argentino responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la propiedad comunitaria, a la identidad cultural, al medio ambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua de las comunidades indígenas. El fallo marca un hito importante para la lucha de los pueblos originarios por sus derechos. Es la primera vez que la Corte, en un caso contencioso, analiza esos derechos en forma autónoma a partir del artículo 26 de la Convención Americana, ordenando medidas específicas para su restitución, incluyendo acciones para el acceso al agua y a la alimentación, la recuperación de recursos forestales y para la recuperación de la cultura indígena. Acciones de reparación Entre otras implicaciones, la decisión de la Corte podría dar paso a soluciones a la emergencia sanitaria que aqueja a las comunidades indígenas de la Asociación Lhaka Honhat. La vulneración de sus derechos a la alimentación y al agua ha causado muertes por desnutrición y deshidratación. En ese sentido, la Corte exigió al Estado presentar en seis meses un estudio que identifique situaciones críticas de falta de acceso a agua potable o alimentación, que formule un plan de acción para enfrentarlas y que comience su implementación. Dispuso también la creación de un fondo de desarrollo comunitario y su implementación en un plazo no mayor a cuatro años. En cuanto al territorio, el Estado deberá Territorio, en un plazo máximo de seis años: Delimitar, demarcar y otorgar un título único colectivo sin subdivisiones ni fragmentaciones para las comunidades indígenas. Trasladar a la población criolla fuera del territorio indígena a través de mecanismos específicos que promuevan, sobre todo, el traslado voluntario. Quitar de las tierras indígenas los alambrados y el ganado perteneciente a pobladores criollos. Abstenerse de realizar actos, obras o emprendimientos en el territorio indígena. Adicionalmente, la Corte la Corte pidió la adopción de medidas legislativas y/o de otro tipo para dar seguridad jurídica al derecho a la propiedad comunitaria indígena en Argentina. Apoyando la lucha indígena En marzo de 2019, AIDA y los otros miembros del grupo de litigio de la Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales —Asociación Civil por Igualdad y Justicia, Amnistía Internacional, la Comisión Colombiana de Juristas, Dejusticia, FIAN International, International Women’s Rights Action Watch - Asia Pacific y Minority Rights Group International— presentamos ante la Corte un escrito legal (Amicus) para respaldar las demandas de las comunidades indígenas de la Asociación Lhaka Honhat. Los argumentos contenidos en el escrito resaltaron la importancia de reconocer los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales como verdaderos derechos exigibles — al igual que otros derechos como la vida o la integridad personal— debido a su naturaleza independiente e indivisible. En ese sentido, AIDA recordó el avance importante que la Corte promovió con la Opinión Consultiva 023, que reconoce el derecho a un ambiente sano como fundamental para la vida humana. En el escrito, las organizaciones solicitamos hacer respetar los derechos a un ambiente sano, a la identidad cultural, a la alimentación y al agua de los pueblos indígenas bajo el artículo 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos. La decisión de la Corte establece un precedente regional importante para la protección del ambiente en el continente pues contribuye a la consolidación de estándares para proteger la tierra de comunidades indígenas, el derecho a un ambiente sano, el derecho al agua y el derecho a la cultura.   

Leer más