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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú
Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado.
El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.
Antecedentes
La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.
Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico.
El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.
Décadas de daños a la salud pública
El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones.
Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.
La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.
La búsqueda de justicia
Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas.
AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes.
En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.
Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población.
En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.
Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.
En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.
Situación actual
Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya.
Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.
En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.
La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.
Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya
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San Francisco, EEUU. Pronunciamiento de Earthjustice, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, y Public Citizen, Organizaciones Internacionales: En 1997, hace quince años Doe Run Perú (DRP), una compañía estadounidense, compró al gobierno del Perú, la fundición de metales localizada en La Oroya, Perú. Como condición de la compra, DRP aceptó cumplir con un número de requerimientos destinados a proteger el ambiente y la salud de la población de la zona. Durante todo este tiempo DRP ha incumplido este compromiso. Hoy, en lugar de asumir sus responsabilidades, DRP y su matriz, el Grupo Renco, están usando tácticas legales y políticas cuestionables para continuar evadiendo sus responsabilidades – fundamentalmente mediante una demanda de arbitraje internacional comercial contra el Estado de Perú. En 2011 el Grupo Renco, al cual pertenece DRP, presentó una demanda en contra del Estado de Perú ante un tribunal de arbitramento internacional por $800 millones de dólares, argumentando supuestos incumplimientos del Estado peruano en honrar sus obligaciones legales. Sin embargo, el Perú no debe ser disuadido de sus esfuerzos para exigir que la empresa descontamine La Oroya. Estas son sólo algunas de las razones del por qué: Aun si el Estado peruano le otorgara a DRP otra extensión del PAMA, la responsabilidad de los reclamos en el caso del arbitraje contra el Estado permanecerá, porque la demanda de arbitraje del Grupo Renco contra el Estado peruano abarca más elementos que la extensión del PAMA contemplada la propuesta de ley. Asombrosamente el Congreso peruano se encuentra debatiendo en este momento una norma para otorgar una extensión del plazo para el cumplimiento de las obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) por tercera vez. El proyecto de ley fue aprobado de forma singularmente rápida en la Comisión de Energía y Minas del Congreso. Sin embargo, los legisladores no deben asumir que el Grupo Renco desistirá de llevar adelante la demanda de arbitraje contra el Estado si el Congreso otorga dicha extensión. Es más, la empresa muy posiblemente encuentra ventajoso mantener en curso una demanda (o empezar nuevas) con el fin de presionar al gobierno a través del proceso del arbitraje internacional. La empresa está usando el arbitraje para aislarse de penalidades en el caso de la demanda en la Corte de Missouri, EEUU. En el 2007 un grupo de abogados presentó una demanda en Missouri (donde se encuentra la sede principal de Doe Run) en representación de los niños de La Oroya, alegando sufrir serios problemas de salud como resultado de la exposición a la contaminación de la fundición de propiedad de la empresa en el Perú. En un caso similar en Missouri resuelto el año pasado sobre daños a 16 niños, la Corte de Missouri emitió un fallo favorable a los afectados requiriendo un pago de US$ 358 millones de dólares estadounidenses. En el mencionado caso sobre La Oroya en Missouri, Doe Run ha insistido que el gobierno peruano – no la empresa – debe ser responsable de dichas demandas por envenenamiento (aunque los reclamos a favor de los niños sólo comprenden los daños ocurridos después que DRP compró la fundición). Por lo tanto, es muy probable que la empresa trate de mantener en curso la demanda de arbitraje contra el Estado peruano hasta que se haya resuelto el caso en Missouri, para que el Grupo Renco pueda usar el arbitraje con el fin que los contribuyentes peruanos paguen la condena contra la empresa. El Grupo Renco está utilizando la demanda de arbitraje para trasladar el caso de Missouri a las cortes federales y evadir su responsabilidad. Doe Run ha tratado agresivamente de desviar el caso en Missouri al insistir que los reclamos de los niños de La Oroya sean atendidos en las cortes federales de los EEUU dónde parece que Doe Run crea que es más probable ganar el caso. En dos oportunidades la juez en Missouri rechazó esta intención de la empresa. Luego de iniciar un arbitraje internacional comercial contra el Estado, Doe Run formuló un nuevo argumento y convenció a la juez de trasladar el caso de los niños de La Oroya a las cortes federales de EEUU, quienes tienen jurisdicción sobre reclamos relacionados con tratados internacionales. Dado que Doe Run necesita que el arbitraje internacional se mantenga pendiente para sostener su argumento que el caso debe llevarse en la corte federal, el Grupo Renco tiene un incentivo para mantener la demanda de arbitraje contra el Estado. Dicha demanda de arbitraje está pendiente sin importar si el poder legislativo peruano extienda el PAMA. Ceder a la amenaza del arbitraje internacional de inversión establecería un mal precedente para Perú y el mundo. Como fue mencionado arriba, el Grupo Renco está tratando de usar los procedimientos de arbitraje internacional comercial para atender intereses muy diferentes. En todo caso, el factor común es que el arbitraje amenaza con responsabilizar al Perú – y a sus ciudadanos – por la contaminación en La Oroya y de cualquier sanción que esto implique. Si el gobierno responde a esta amenaza dando un trato especial a DRP a expensa de los niños y niñas de La Oroya, ello enviaría el mensaje a DRP y a las compañías multinacionales en el mundo, que dichas amenazas son efectivas. Esto debilitaría la posibilidad del Perú de proteger sus intereses, incluyendo el ambiente y los derechos humanos, frente al mal comportamiento de las empresas. DRP usa argumentos falsos para tratar de echar la culpa a otros. Adicionalmente a las demandas del arbitraje, DRP ha argumentado por mucho tiempo que la empresa estatal Activos Mineros debería culminar las obligaciones de la ejecución del PAMA para remediar los suelos alrededor del complejo metalúrgico en La Oroya. Ahora, DRP está reclamando ser víctima de un tratamiento injusto porque Activos Mineros aún no ha sido requerido para hacerlo. Este argumento no tiene sentido. Es ampliamente conocido que los suelos limpiados serán contaminados nuevamente si continúa la contaminación. En Missouri, las autoridades estimaron que los suelos cercanos a la fundición de Doe Run se volverían a contaminar pocos años después de la ejecución de medidas de rehabilitación que costaron millones de dólares. DRP debe tener conocimiento de esto, sin embargo argumenta que los contribuyentes peruanos deberían gastar millones de dólares en la limpieza de los suelos de La Oroya que se volverían a contaminar al poco tiempo del reinicio de operaciones de la fundición, si no se instalan todos los sistemas de control de contaminación necesarios. Esto sería un gasto inútil de recursos y no resolvería los problemas de salud de La Oroya. Es cierto que urge que el Estado remedie los suelos contaminados. Sin embargo, no tiene sentido hacerlo hasta que DRP complete la instalación de la tecnología para el control de la contaminación que ha prometido y que no ha cumplido por 15 años. El gobierno del Perú debe tener en cuenta estos hechos y asegurar que su decisión NO sea tomada por la presión para abrir el complejo nuevamente. El gobierno del Perú debe garantizar que está considerando y protegiendo no solamente los derechos de los trabajadores, la economía de la región, la salud y derechos humanos de los ciudadanos de La Oroya, los que podrían ser perjudicados por la reapertura del complejo; sino también que se están protegiendo los intereses económicos nacionales. La reapertura del complejo sin deslindar las responsabilidades en casos de reclamos de terceros como aquel en curso en Missouri, sería una medida disparatada y representaría un riesgo económico significativo para la nación. Ello podría resultar incluso en mayores costos económicos para los peruanos que los beneficios obtenidos por la operación del complejo. Si el Congreso peruano siente que puede otorgar una extensión al PAMA, este debería insistir en al menos tres puntos no negociables: Primero, que el Grupo Renco desista de continuar con la demanda de arbitraje internacional comercial. Segundo, que Doe Run acuerda que ella asumirá toda responsabilidad en los EEUU relacionada con la contaminación proveniente de la fundición. Finalmente, DRP debería cumplir con la totalidad de sus compromisos del PAMA, antes del inicio de cualquier operación, de tal manera que el Estado peruano pueda empezar la remediación de suelos y de esa manera proteger la salud y derechos humanos de los niños de La Oroya. Cada día que la suerte del complejo de La Oroya permanece indefinida sin una solución final de la contaminación, las personas de La Oroya siguen expuestos a riesgos graves a la salud y al mismo tiempo aumentan los daños que los aquejan. Por lo tanto, tanto DRP como el gobierno del Perú podrían ser declarados responsables.
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La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) felicita a Manuel Pulgar–Vidal por haber sido nombrado titular del Ministerio del Ambiente en Perú. Pulgar-Vidal es un abogado ambientalista y líder de opinión que fungió como presidente de Consejo Directivo de AIDA por ocho años. Con su nueva encomienda, es el tercer peruano que ha jurado ese importante cargo gubernamental. Estamos muy agradecidos por todo el trabajo y la dirección que Pulgar-Vidal ha dado a AIDA desde que ayudó a fundar la organización en 1996. El nombramiento es un reconocimiento bien merecido a un hombre que ha dedicado su vida a defender derechos humanos y el medio ambiente. Su nueva posición no será sencilla. Pulgar-Vidal se une a un nuevo gobierno en funciones que enfrenta su primera crisis: disenso popular por los impactos potenciales en la construcción de una gigantesca mina de oro, pero la oportunidad de fortalecer la gobernanza ambiental y de institucionalizar la protección de la salud ambiental no tienen precio. Sabemos que está a la altura del reto.
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