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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Alarma a sociedad civil nuevo intento de simulación de consulta para hidroeléctrica Las Cruces en Nayarit

En el marco del Día Internacional de Acción contra las Represas y por los Ríos, el Agua y la Vida, comunidades indígenas y organizaciones de la sociedad civil urgen a las autoridades a garantizar los derechos de los pueblos indígenas, y a cumplir con la legislación vigente en toda determinación relacionada con el proyecto hidroeléctrico Las Cruces. CDMX. En México, como en otras partes del mundo, la construcción y operación de grandes represas ha impactado irreversiblemente el patrimonio natural y cultural de las zonas donde se erigen.  De manera reiterativa, las comunidades indígenas y campesinas sufren afectaciones a su cultura, su modo de vida, su religión y su territorio[i].  El derecho a la consulta previa es uno de sus  derechos violentados con mayor frecuencia. Tal es el caso del proyecto hidroeléctrico Las Cruces, promovido por la Comisión Federal de Electricidad en Nayarit, la cual pretende construir un sistema de represas en la cuenca del río San Pedro Mezquital, última corriente fluvial del océano Pacífico con recorrido libre hasta el mar desde la Sierra Madre Occidental. Además de la afectación al río San Pedro, este proyecto también impactaría gravemente al bosque de manglar Marismas Nacionales, reserva de la biosfera y humedal de importancia internacional reconocido por la Convención Ramsar. De imponerse este proyecto hidroeléctrico, es importante destacar que Las Cruces estaría sin operar el 66 por ciento de su vida útil. Esto significa que sólo operaría regularmente cuatro de los 12 meses al año[ii], cubriría apenas el 0.9 por ciento de la demanda energética del Centro Occidente de México, y únicamente el 0.28 por ciento de la demanda total del país[iii]. Cabe recordar que la resolución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) del 14 de septiembre de 2014, pone en entredicho la legitimidad del proceso de consulta que la CFE dijo haber realizado, y se condiciona la construcción de la presa a que se haga una consulta previa y adecuada para garantizar los derechos de las comunidades indígenas afectadas[iv]. Existe alarma entre las comunidades porque al parecer, mediante la organización Kinto Sol, se busca sacar adelante el proyecto hidroeléctrico Las Cruces a través de la elaboración y aprobación de un supuesto Plan de Desarrollo Regional 2015-2025. Se cuenta con indicios suficientes para considerar que este plan pudiera manipularse como ejercicio de consulta previa a las comunidades indígenas de la zona del San Pedro Mezquital[v]. El derecho internacional ha reconocido reiteradamente el deber de los Estados de consultar[vi] y, en algunos casos, de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de tomar acciones que afecten sus derechos[vii], incluyendo la aprobación e implementación de proyectos de desarrollo en sus territorios ancestrales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha establecido que, para que un proceso de consulta se considere adecuado, la consulta debe ser[viii]: a) previa; b) de buena fe y con la finalidad de llegar a un acuerdo; c) adecuada y accesible; d) debe llevarse a cabo un estudio previo de impacto ambiental y social independiente y objetivo, y e) debe ser informada[ix].  “Si alguno de los criterios señalados por la CIDH se incumple, se estaría en presencia de un proceso de difusión de información, pero no de una consulta previa que garantice los derechos de las poblaciones afectadas”, dijo Sandra Moguel, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente. A través de acciones como las que al parecer se realizan desde Kinto Sol, se busca simular acuerdos para hacerlos pasar como una supuesta consulta indígena. Sin embargo, aun cuando este proceso se hubiese dado, estaría viciado de origen, ya que la consulta no se dio desde la primera vez, cuando se menciona el sitio donde se situaría la hidroeléctrica, su capacidad de producción e infraestructura y los territorios afectados; esto es, se debió involucrar a la comunidades indígenas antes del diseño del proyecto en cuestión. Por lo tanto, la consulta previa, libre e informada a los pueblos y comunidades indígenas afectados debió realizarse desde el 2008, cuando la CFE obtuvo autorización por parte de la SEMARNAT para realizar los estudios de exploración y factibilidad de la hidroeléctrica Las Cruces[x], de tal forma que pudiesen involucrar a los pueblos indígenas en el diseño del proyecto desde una fase temprana para que dichos pueblos decidieran cómo visualizar el proyecto en su propio concepto de desarrollo. Esto, antes siquiera de autorización o exploración[xi] alguna. Nuestro territorio es parte fundamental de nuestra cultura. Por la falta de respeto a nuestra cultura con la simulación de una consulta, y la amenaza de despojo que entraña, solicitamos la cancelación definitiva del proyecto hidroeléctrico Las Cruces”, dijo Julián López Cánare del Consejo Náyeri. [i] Según la Comisión Mundial de Represas, entre 40 y 80 millones de personas han sido desplazadas por grandes represas, lo que equivale aproximadamente a una de cada cien personas vivas hoy en día. [ii] Cap. II Pág. 77 de la Manifestación de Impacto Ambiental  http://www.aida-americas.org/sites/default/files/MIA%20Las%20Cruces%20Resumen%20Ejecutivo.pdf [iii] Cap. II Págs.18 y 19 de la Manifestación de Impacto Ambiental [iv] SEMARNAT, Autorización de Impacto Ambiental del proyecto Hidroeléctrico Las Cruces, disponible en http://www.aida-americas.org/sites/default/files/MIA%20Las%20Cruces%20Resumen%20Ejecutivo.pdf [v] https://drive.google.com/a/aida-americas.org/file/d/0B37flPaDBcIoNHZQU3N6VFVYUzg/view?usp=sharing [vi] Asamblea General de las Naciones Unidas, Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos  indígenas, A/RES/61/295, art. 18; Convenio No 169 de la OIT, Artículo 6.1a., 6.2, 15.2. [vii] Ibid, art. 32.2. [viii] Corte IDH. Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 27 de junio de 2012, Serie C No. 245, párr. 178, y Caso del Pueblo Saramaka Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172, párr. 133. [ix] Ídem. [x] Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, oficio 138.01.00.01/4323/08 del 11 de noviembre de 2008, disponible en http://www.aida-americas.org/sites/default/files/Autorizacion%20de%20Impacto%20Ambiental%20Hidroelectrica%20Las%20Cruces.pdf [xi] Ídem.

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Mi primera visita a La Oroya

“¿Qué piensas de La Oroya?”, un residente local me preguntó al conocerme. Siendo sincero, no estaba seguro qué responder. Percibiendo rápidamente mi incomodidad, él bromeó: “Es muy bonito, hay mucha biodiversidad y el cielo es tan azul…”. Aliviado, me reí con él y, desde ese momento, he estado buscando las palabras que describan este sitio. La Oroya es una ciudad de 33.000 habitantes, ubicada al margen del río Mantaro, en la región central de Perú, a casi 5.000 metros de altitud. Fue mi primera vez allí y me quedé solo dos días. Son cinco horas de viaje desde Lima por una carretera con curvas terribles y vistas impresionantes de las montañas alrededor. Una vez en La Oroya, el paisaje cambia drásticamente. La ciudad está cubierta por un manto gris, tiene poco o nada de vida natural, sus calles están llenas de camiones transportando hierro y otros metales pesados…Nada más destaca.  Lo que más quería al estar en La Oroya era conocer a las personas que representamos en nuestro caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Después de trabajar en él por seis meses, quería finalmente ponerle rostros a los nombres que tan bien había llegado a conocer en el papel. Nuestra reunión fue programada para el final del día, cuando los residentes estaban libres de sus compromisos laborales y familiares. Allí les presentamos a estudiantes de la Universidad de Yale, quienes están elaborando un informe importante sobre la relación entre la calidad del aire de La Oroya y la salud de sus habitantes. Aunque interesados en el estudio, y felices de oír del mismo, los residentes nos bombardearon pronto con preguntas acerca del caso. Lo  que más querían saber —algo que han estado esperando desde que presentamos nuestra petición hace siete años— era cuándo la Comisión tomaría su decisión. Nos hicieron saber los muchos comentarios ofensivos que han tenido que soportar, tanto de los trabajadores del complejo metalúrgico como de sus propios vecinos, durante su larga espera por un fallo. Ellos han sufrido amenazas de otros residentes de La Oroya, quienes erróneamente creen que el propósito del caso es cerrar el complejo, lo cual dejaría sin trabajo a muchas personas. En una ocasión especialmente preocupante, un “doctor” dijo en televisión que la contaminación por plomo no causaba ningún problema de salud. Afirmó que los habitantes de la Oroya eran la prueba de que las personas, aunque contaminadas con plomo y otros metales pesados, aún podían tener una vida normal. Nosotros les recordamos que un proceso ante un organismo internacional involucra años de espera, y que nos solidarizábamos con ellos por todo lo que habían tenido que pasar en los pasados años. Pero la verdad es que yo también sentí tal frustración. Fue la primera vez que vi, así de cerca, ese deseo personal por una decisión internacional. Entendí que una decisión en el papel podría en realidad constituir una forma de reparación. El largamente esperado informe de la Comisión mostrará al mundo que los efectos de la contaminación con metales pesados en una población constituyen de hecho una violación a su integridad personal y a su derecho a la salud. El objetivo de este caso no es cerrar el complejo metalúrgico, sino forzar la adopción de medidas para garantizar cierta calidad de vida para los residentes de La Oroya. En este caso, el informe de la Comisión será el instrumento por el cual las normas internacionales y de derechos humanos se harán reales, efectivas y transformadoras. Regresé de La Oroya hace casi una semana y aún estoy buscando las palabras para describir un lugar como ése. A decir verdad, La Oroya no se veía muy bien al principio. Pero rápidamente me di cuenta que la belleza de un lugar no proviene solo de sus atracciones naturales o aquellas hechas por el hombre; también resulta, y tal vez de una manera más importante, de la belleza de su gente. En ese sentido, nunca he visto una ciudad tan hermosa como La Oroya. Esta entrada está dedicada a todas las víctimas del caso de La Oroya. Espero que logren justicia y que, gracias a ellas, un caso como éste no se repita nunca en ningún lugar del mundo. También está dedicada a Astrid Puentes y María José, las abogadas de AIDA a cargo del caso, quienes me inspiran cada día a trabajar por un mundo más justo.

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La Oroya Aún Espera por Justicia

Juana[1] está cansada. Ella y sus vecinos llevan ocho años esperando por un fallo; por una decisión que pueda mejorar sus vidas, limpiar su aire y atender a sus hijos y familias enfermas. Lo que comenzó como una búsqueda de justicia valiente y llena de esperanza se ha convertido en un compás de espera desalentador. En 2007, un grupo de residentes de La Oroya, Perú, presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Comunidad de La Oroya Vs. Perú. Por casi un siglo, su ciudad ha sido contaminada por las operaciones de un complejo metalúrgico (fundición) ubicado dentro de sus confines. La fundición ha oscurecido su aire, envenenado sus cuerpos, y liberado químicos tóxicos en sus tierras y agua. La Oroya fue identificada alguna vez como una de las ciudades más contaminadas del mundo. La contaminación severa tuvo, y aún tiene, impactos graves en la salud de los habitantes de la ciudad. Las realidades de La Oroya Cuando Anna Cederstav, codirectora ejecutiva de AIDA, visitó La Oroya por primera vez, en 1997, vio a mujeres que caminaban con bufandas cubriendo sus rostros, en un intento vano de evitar el dolor que les producía respirar. Juana, por su parte, explica que desde que tiene memoria sentía un ardor constante en sus ojos y garganta por efectos de la contaminación, pero que no le prestaba atención. Como la mayoría de la población, ella pensaba que era normal. No sabía en realidad lo que era el aire limpio porque nunca lo había respirado. AIDA ha trabajado por casi dos décadas con la comunidad de La Oroya. En 2002, presentamos el informe La Oroya No Espera junto con la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. Ese informe comenzó a revelarle a la comunidad la gravedad de la contaminación y de los riesgos a la salud que estaba enfrentando a diario. La comunidad supo que tenía que hacer algo. A decir de Juana, fue en 2003, más de 80 años después de que la fundición comenzara a operar, cuando ella se percató de la contaminación. Mediante el trabajo con su parroquia, pudo acceder a información y aprendió sobre lo que estaba ocurriendo en su ciudad. A partir de entonces, ató cabos: los problemas respiratorios en su familia eran, de hecho, resultado de la contaminación extrema de su ciudad. La búsqueda de justicia Los residentes llevaron su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos luego de que sus intentos ante la justicia en Perú no dieran resultado. En 2006, un fallo del Tribunal Constitucional peruano le ordenó al Estado adoptar medidas para proteger la salud de la comunidad, pero el Estado no hizo tal cosa. En 2007, la Comisión solicitó al Estado peruano implementar medidas cautelares a favor de 65 residentes de La Oroya consistentes en un diagnóstico médico especializado y un tratamiento para aquellos que mostraran daños irreversibles a su vida o integridad personal. Juana cuenta que recibir la noticia del otorgamiento de las medidas cautelares fue una alegría. “Sabíamos que estábamos ganando algo; al inicio todo estuvo muy bien y creíamos que todo se podía solucionar, [pero] con el pasar de los meses, los años, no hubo respuestas”. En 2009, la Comisión emitió un informe admitiendo la petición de AIDA, y declarando que las omisiones del Estado ante la contaminación podrían, de ser probadas, constituir violaciones de derechos humanos. Aún así, casi una década después de haber acudido a la Comisión, las víctimas aún esperan una decisión de fondo, las medidas cautelares aún tienen que ser implementadas plenamente y la responsabilidad del Estado por los hechos todavía no ha sido establecida. “Está tomando mucho tiempo, y no todos tienen la paciencia o el deseo de seguir esperando”, afirma Juana. El tiempo afecta a las víctimas, las desgasta hasta que comienzan a flaquear o renunciar a luchar por su derecho a la justicia. Ellas se hacen aún más vulnerables mientras se enfrentan a un ciudad que es hostil con cualquiera que lucha por sus derechos a la salud y a la vida, a un Estado que niega su responsabilidad y busca cualquier excusa para no asumirla, y a una empresa que quiere limpiar su reputación y que usa su poder económico para manipular al gobierno. ¿Dónde está la ley en estos casos? ¿Dónde está la justicia? Juana señala que dejar La Oroya sería imposible para su familia porque allí tienen trabajo. Ella mantiene su compromiso de conseguir un cambio mediante la demanda, pero eso no ocurre con todos. La Oroya alberga miles de historias de familias cuyas vidas cambiaron radicalmente por la contaminación de la ciudad y los consecuentes daños a su vida y a salud.  Están quienes tuvieron que abandonar sus hogares porque no veían un futuro en la ciudad, personas que no se han podido ir de La Oroya porque toda su vida y su familia están ahí. También están aquellos que han sufrido con dolor ataques e insultos de sus propios vecinos y de toda su comunidad, pero que siguen adelante con la firme convicción de que algún día llegará el cambio y de que La Oroya será un lugar mejor y más justo para ellos/as, sus hijos/as y nietos/as. Espero y confío que la decisión de fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos llegue con justicia a reivindicar esos años de espera. [1] El nombre fue cambiado para proteger a la persona. Esta entrada de blog está basada en La Oroya: A Painful Wait for Justice (La Oroya: Los Años de una Dolorosa Espera por Justicia), un artículo más extenso escrito por María José y publicado como Capítulo 8 del libro de DeJusticia Human Rights in Minefields: Extractive Economies, Environmental Conflicts and Social Justice in the Global South. Lea aquí el relato completo.

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