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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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4 razones para respetar el NO de Cajamarca

(Texto publicado originalmente en Animal Político) “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?”. El 26 de marzo pasado, la pregunta fue sometida a consulta popular en esa ciudad colombiana. En un resultado que sienta un precedente para el resto del mundo, el 98 % de los votantes (6,165) rechazó la minería en su territorio, específicamente La Colosa, un megaproyecto de mina a cielo abierto que podría implicar, entre otros daños, la potencial contaminación de fuentes de agua. Ese resultado implica que las autoridades de Cajamarca deben ahora emitir los reglamentos necesarios para asegurar que la decisión del pueblo de prohibir la minería en su territorio se cumpla. Sin embargo, en caso de existir dudas sobre el cumplimiento del mandato popular, presento a continuación cuatro razones de peso, basadas en el derecho internacional, por las que es obligatorio acatar la decisión de Cajamarca. El derecho internacional está conformado por las normas internacionales que regulan las leyes de Estados como el colombiano. Según el mismo: 1. La consulta popular garantiza la participación democrática, que es un derecho humano En el marco de Naciones Unidas, el artículo 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966), establece que “la oportunidad de tomar parte en la conducción de los asuntos públicos, directamente o por conducto de representantes libremente elegidos”, es un derecho humano. Así también lo dispone, en su artículo 23, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969). Por lo anterior, los Estados están obligados a implementar medidas para garantizar que todas las personas participen individual o colectivamente en las decisiones que les afectan directamente. En Colombia, la consulta popular está contemplada en la Constitución como un mecanismo que hace posible dicha participación. Entonces, respetar los resultados de una consulta es indispensable para garantizar el pleno ejercicio democrático y los derechos humanos. 2. La consulta popular permite la participación de comunidades para garantizar su derecho a un ambiente sano Según el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…”. Este principio no sólo ha sido reconocido a nivel internacional como necesario para lograr un desarrollo sostenible, sino que es parte de la legislación ambiental de Colombia. La consulta popular en Cajamarca puso en marcha la aplicación del Principio 10. Las actividades mineras, especialmente aquellas de gran escala como el proyecto minero La Colosa, pueden afectar gravemente el ambiente y las formas de vida de las comunidades. Por ello su participación en las decisiones sobre actividades de ese tipo es esencial para garantizar su derecho a un ambiente sano. Otras instancias internacionales han reconocido la importancia de tomar en cuenta a las comunidades en decisiones relativas a su desarrollo. Por ejemplo, el artículo 6 de la Carta Democrática Interamericana (2001), adoptada en el marco de la OEA, señala: “[l]a participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de participación fortalece la democracia”. 3. La consulta popular hace realidad la prevención ambiental Herramientas de derecho ambiental internacional como la Declaración de Estocolmo (1972) y la Declaración de Río, reconocen la importancia de prevenir daños ambientales antes que ocurran, lo que implica adoptar medidas previas. Los habitantes de Cajamarca, conociendo los impactos graves que la minería puede tener en su territorio, especialmente megaproyectos como La Colosa, impulsaron la consulta popular. El resultado de esa votación evidencia que la comunidad quiere evitar los daños ambientales de los proyectos mineros y que dio un mandato a las autoridades para adoptar medidas en ese sentido. 4. Existen límites al derecho al desarrollo de los Estados De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los Estados tienen el derecho al desarrollo, lo que implica que pueden explotar sus recursos naturales incluso a través de concesiones. Sin embargo, el Estado debe respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas que puedan verse afectadas por proyectos orientados a conseguir ese desarrollo[1]. En ese sentido, el incumplimiento de normas ambientales y sobre derechos humanos, puede derivar en daños a las personas y a entornos naturales y violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos[2]. La decisión expresada legítimamente por la población de Cajamarca protege los recursos naturales de los efectos nocivos de la minería. Por tanto, su cumplimiento es necesario para garantizar derechos civiles, políticos y el derecho a un ambiente sano en Colombia, así como para servir de ejemplo a otros países de la región. Así lo confirma la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “El progreso social y la prosperidad económica solo se pueden mantener si nuestros pueblos viven en un entorno saludable y nuestros ecosistemas y recursos naturales se utilizan cuidadosamente y de manera responsable”[1].  El derecho internacional respalda firmemente la consulta popular y sus resultados. El Estado colombiano, en todos los niveles, debe honrar sus obligaciones y acatar la decisión. El mundo sigue con atención la experiencia de Cajamarca, un ejemplo global de participación ambiental a nivel local. [1] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997.

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El mar es fuente de alimento, recursos genéticos para producir medicamentos y de medios de sustento para millones de familias.
Océanos, Cambio Climático

Los océanos necesitan mucho más de nosotros

Por décadas, los océanos nos han protegido de los impactos del cambio climático, absorbiendo el 90% del exceso de calor provocado por el calentamiento global. Son fuente de alimento y de recursos genéticos con los que se producen medicamentos como aquellos que combaten el cáncer. Y, por si eso fuera poco, millones de familias dependen del turismo y otras actividades económicas relacionadas con el mar para subsistir.  Pese a su importancia, gran parte de los océanos está desprotegida. Se trata de alta mar, las aguas internacionales que ocupan el 64% de la superficie total del océano, y que no están gobernadas por ningún país. Las medidas de gestión que sí existen por parte de ciertos organismos, dan lugar a un mosaico de protecciones sin ningún mecanismo de coordinación. El mes pasado, participé en la tercera reunión del Comité Preparatorio de Naciones Unidas, un proceso que busca crear un nuevo tratado, bajo la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, para proteger la vida en alta mar. La negociación busca, entre otras cosas, la creación y el manejo adecuado de Áreas Marinas Protegidas en alta mar, regiones que permitirían conservar y rescatar la rica biodiversidad albergada en los océanos. He estado involucrada desde la primera reunión del Comité. AIDA es miembro del High Seas Alliance, una coalición de organizaciones que participa activamente del proceso. También somos la única organización de Latinoamérica con representación en las reuniones.   En la tercera reunión, los representantes de gobiernos de la región participaron de forma activa, expresando la necesidad de un acuerdo fuerte. Se espera que la siguiente reunión, prevista del 10 al 21 de julio, dé paso a una Conferencia Intergubernamental, instancia en la que se negociará el contenido del tratado. Protección a un costo muy alto Además de absorber la mayor parte del exceso de calor del planeta, los océanos absorben casi el 30% de todos los gases de efecto invernadero, los cuales son responsables del cambio climático. Esta protección natural les trae graves consecuencias. Al interactuar y absorber agentes contaminantes como el dióxido de carbono, los océanos sufren de acidificación —fenómeno que reduce los niveles de calcio, sustancia necesaria para las conchas de varias especies de fauna marina— y de pérdida de oxígeno, esencial para la vida bajo el mar. Esos impactos afectan, en consecuencia, la provisión de alimentos y la generación de fuentes de empleo en rubros como el pesquero y el turístico. A la luz del nuevo pacto climático, el Acuerdo de París, y de la negociación de este nuevo tratado para alta mar, los gobiernos deben hacer mucho más para proteger a los ecosistemas marinos de los impactos del cambio climático. Áreas Marinas Protegidas El Congreso de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza ha llamado a los gobiernos a proteger el 30% de los océanos mediante la creación de Áreas Marinas Protegidas y otras medidas para asegurar la salud de los mismos. Hace dos años, Palau, uno de los países más pequeños del planeta, dio un gran paso hacia el cumplimiento de la meta global de preservar nuestros mares. La nación isleña del Pacífico Norte, reconociendo los beneficios de una reserva marina totalmente protegida, designó al 80% de su territorio marítimo (el tamaño de España) como reserva en la que no puede haber pesca de arrastre, minería u otra actividad extractiva dañina. De ese modo, Palau protegió a las cerca de 1.300 especies de peces y 700 tipos de coral que viven en las aguas de ese rincón del mundo. En América Latina, países como Chile, Ecuador y Costa Rica han seguido el ejemplo de Palau y han salvaguardado áreas en sus aguas nacionales. Pero esas acciones necesitan incluir también a alta mar. Ese impulso debe seguir creciendo para desarrollar el nuevo tratado de alta mar y asegurar que el mismo incluya un proceso para establecer Áreas Marinas Protegidas, incluyendo reservas. En más de 10 años de trabajo como abogada ambiental, he aprendido una valiosa lección: toda la vida que nos rodea proviene de los océanos. Es hora de cuidarlos como ellos cuidan de nosotros.

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Victoria en Colombia: Ciudadanos votan para prohibir la minería en su territorio

El 26 de marzo de 2017, 98% de los votantes de Cajamarca, Colombia, rechazaron de manera decidida la minería en su territorio. Según la legislación colombiana, los resultados de la consulta popular son vinculantes. Las autoridades municipales deben emitir ahora regulaciones para implementar la prohibición. AIDA fue parte del equipo legal que asesoró a la comunidad de Cajamarca y que desarrolló una estrategia, que incluyó la consulta popular, para detener el proyecto de una mina que amenaza con contaminar fuentes de agua. Se trata de La Colosa, proyecto a cargo de la empresa AngloGold Ashanti que estaba en fase de exploración. El nombre es apropiado porque estaría entre las 10 minas de oro a cielo abierto más grandes del mundo, y sería la segunda más grande de América Latina. En un país que está saliendo de un conflicto armado que duró 50 años, la consulta popular constituye una victoria no solo para el ambiente, sino también para la democracia. Prohibir la minería a través de la consulta popular, demuestra un compromiso para resolver los problemas ambientales de forma pacífica y participativa. Permite además que los ciudadanos ejerzan su derecho humano a ser parte de los asuntos públicos que les afecten directamente —elemento fundamental de la verdadera democracia— , y defiendan también su derecho a un ambiente sano.  

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