Project

Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

Partners:


Seminario virtual "Políticas públicas, impactos y resistencias al fracking en América Latina"

La explotación de hidrocarburos no convencionales a través del fracking ha buscado expandirse en distintos países del continente, aún con las evidencias ya existentes sobre sus graves impactos negativos para las poblaciones, el ambiente y el clima. Ante esta situación, la Alianza Latinoamericana Frente al Fracking da a conocer Última frontera. Políticas públicas, impactos y resistencias al fracking en América Latina, informe que aborda la situación del fracking en seis países del continente, alerta sobre los impactos e informa sobre las resistencias locales. Desde la Alianza queremos contribuir a instalar la discusión sobre un urgente cambio en el modelo energético de nuestra región, hacia uno que sea sostenible y justo. En este seminario virtual, expertas y expertos de diferentes organizaciones y países de América Latina, presentaron el informe regional sobre el avance del fracking en América Latina, haciendo énfasis en los casos de Colombia y Chile. Grabación   Presentaciones      

Leer más

Belo Monte debe cumplir con condiciones antes de seguir operando

Un tribunal federal de Brasil suspendió la licencia de operación de la represa Belo Monte debido a que Norte Energía, empresa a cargo del proyecto, no ha completado los trabajos de saneamiento básico en la ciudad de Altamira, directamente afectada por la hidroeléctrica.  La decisión del tribunal responde a un recurso legal presentado por el Ministerio Público Federal. Las obras de saneamiento eran una condición para la licencia otorgada por el Instituto Brasileño de Ambiente y Recursos Naturales (IBAMA) y debían completarse antes del llenado del embalse de la represa, lo que no ocurrió. "Esta es la primera vez que un tribunal federal suspende un recurso de suspensão de segurança respecto a Belo Monte; ese recurso garantizaba el funcionamiento de la hidroeléctrica aunque la empresa no hubiera completado las condicionantes de la licencia. En la práctica, la decisión significa que las operaciones de la represa deben parar inmediatamente, aunque la construcción de obras pendientes pueda continuar”, explicó Marcella Ribeiro, abogada de AIDA. “Más allá de una cuestión relacionada a la falta de saneamiento básico, este fallo representa un paso fundamental para que la empresa a cargo del proyecto cumpla adecuadamente con las condiciones para operar, las cuales favorecen a la población afectada. Esperamos que la justicia brasileña continúe garantizando la protección de los derechos de las comunidades afectadas por la represa frente al interés corporativo”.

Leer más

Admiten amparo contra ampliación del puerto de Veracruz por violar derecho al medio ambiente sano

Sienta un precedente relevante para que los proyectos sean presentados de forma completa, no fragmentada, y se puedan evaluar de forma integral sus impactos al ambiente. Se solicita a la Semarnat revocar las autorizaciones y a la Apiver, suspender las obras hasta que quede zanjada la cuestión ambiental. Veracruz, México. El proyecto de ampliación del puerto de Veracruz, promovido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), será analizado por el Poder Judicial de la Federación a fin de determinar si, al ser autorizado, se vulneró el derecho al medio ambiente sano. Lo anterior se debe a la demanda de amparo presentada por habitantes de la región, asesorados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), a inicios de diciembre de 2016, y que fue admitida a finales de mes marzo pasado[1]. El Juzgado Quinto se había negado a ello alegando falta de interés legítimo de los demandantes, pero tal situación fue combatida y resuelta ante el Segundo Tribunal Colegiado en febrero. El caso es muy importante y establece un precedente relevante en materia del derecho ambiental, pues aborda la forma en la que deben ser evaluados los proyectos de desarrollo en materia de impacto ambiental. Esos proyectos deben ser presentados de manera completa y no fragmentada para poder evaluar el impacto integral que tendrán sobre la zona y sus habitantes. Asimismo, las manifestaciones de impacto ambiental deben ser elaboradas con la mejor información científica disponible. En el caso del proyecto de ampliación el puerto de Veracruz, la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se presentó de forma fragmentada en por los menos 14 partes, evaluadas y autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) sin considerar todos los impactos acumulativos. Además, la MIA omitió manifestar la existencia de un arrecife de coral no emergido muy grande e importante, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto. Para proteger el derecho al medio ambiente sano, se han construido instituciones como las Áreas Naturales Protegidas e instrumentos como la Evaluación de Impacto Ambiental. En el caso de la ampliación del puerto de Veracruz, el mensaje que se está enviando es que  estas instituciones pueden ser sacrificadas y/o utilizadas según convenga para empujar los llamados proyectos de desarrollo. En este sentido, y en virtud del amparo, se solicita atenta y respetuosamente a la Semarnat a revocar las autorizaciones de impacto concedidas al proyecto. De igual forma, se hace un llamado atento a la Administración Portuaria Integral de Veracruz (Apiver) para que suspenda voluntariamente las obras hasta que quede zanjada la cuestión ambiental, y a los habitantes de la ciudad de Veracruz-Boca del Río-Medellín a que se apropien y cuiden el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). “La aceptación de este amparo representa un pequeño paso en la dirección correcta, pues el poder de la gente ha hecho valer su derecho a un medio ambiente sano, lo que debería ser un garantía por parte de la autoridad sin que hubiera necesidad de acudir a las instancias judiciales para hacerlo valer. Esperamos que esto abra la puerta a una revisión real y acuciosa del proyecto de ampliación del puerto de Veracruz y de los impactos reales que tendrá sobre el medio ambiente, en particular sobre el Sistema Arrecifal Veracruzano y  sobre los servicios ecosistémicos que brinda”, declaró Miguel Rivas, campañista de océanos de Greenpeace México. Por su parte, Camilo Thompson, abogado de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), señaló que "con la reducción del área del PNSAV y la ausencia de restauración de un sitio protegido bajo la Convención Ramsar, el Estado mexicano incumple con la protección amplia de su población, obligación establecida en tratados internacionales. Expone además a los habitantes del puerto de Veracruz a un mayor riesgo de impactos por huracanes y otros fenómenos climáticos. Ni el gobierno, ni la empresa a cargo del puerto, consideraron de forma adecuada la protección de los arrecifes de Veracruz, ecosistemas de importancia mundial. México está incumpliendo también los objetivos de preservación, conservación y manejo, establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica, las metas de Aichi y la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, tratados ratificados por el país". Xavier Martínez Esponda, Coordinador Técnico Operativo del CEMDA, dijo que “los océanos y los arrecifes son ecosistemas clave para el bienestar de las personas pues son fuente de importantes servicios ambientales y funciones ecológicas como la captura de carbono-generación de oxígeno, la provisión de alimento como la pesquería y la regulación del clima brindando protección contra tormentas y/o huracanes, razones por las cuales, deben de ser protegidos y conservados en beneficio de presentes y futuras generaciones”. Desde 2004, el PNSAV es considerado como un humedal de importancia internacional, pero hasta el momento el gobierno mexicano no ha cumplido sus obligaciones internacionales, ni ha expedido su programa de manejo. [1] El 29 de marzo de 2017, el Juzgado Quinto de Distrito en Veracruz admitió a trámite la demanda de amparo presentada por habitantes de la región y representados por el CEMDA. Expediente 1241/2016

Leer más