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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Defensores de derechos humanos afectados por hidroeléctrica Las Cruces son víctimas de criminalización e intimidación

Los líderes del movimiento de defensa de los pueblos indígenas afectados por el proyecto en Nayarit llevan detenidos dos meses sin derecho a fianza; denuncian abuso de autoridad. El proyecto fue autorizado por SEMARNAT pese a que no se garantizó el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas afectadas. Nayarit, México. Los incidentes de intimidación contra los líderes indígenas del movimiento de defensa del territorio que será afectado por el proyecto hidroeléctrico Las Cruces, han aumentado en la primera mitad del año. El Secretario General de Gobierno, José Trinidad Espinoza Vargas, acusó que las movilizaciones tienen el apoyo del crimen, lo cual es falso  A ello se suma la criminalización de la que son víctimas autoridades ejidales y tradicionales de los territorios que serán afectados por la hidroeléctrica, ya que cinco de ellos denuncian abuso de autoridad por estar detenidos de manera arbitraria hace dos meses sin derecho a fianza. En el contexto de megaproyectos como la hidroeléctrica Las Cruces, el gobierno ha conformado estrategias de intimidación y criminalización de defensores de derechos humanos que se oponen a la explotación de su territorio; ése es el caso de los cinco presos políticos, acusados de delitos sin pruebas. Los líderes han sido acusados del delito de asociación delictuosa por la Procuraduría local derivado de la intención de crear un sistema de vigilancia comunitaria. Lo anterior fue expresado a manera de opinión en sus reuniones comunitarias. Ante ello, Lucía Chávez, Coordinadora de Investigación de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, expresó la necesidad de que el gobierno del Estado de Nayarit, así como todas las dependencias involucradas en el proyecto, reconozcan la legitimidad de las personas defensoras de derechos humanos. En una conferencia de prensa realizada esta mañana, hizo notar que la labor de las y los defensores de derechos humanos es fundamental en un Estado democrático, por lo que se debe transmitir el mensaje de que las agresiones de criminalización hacia su labor están totalmente fuera de lugar y los colocan en riesgo; por lo que deben parar las descalificaciones hacia las personas y colectivos que se oponen al megaproyecto. Asimismo, hizo hincapié en la responsabilidad del Estado mexicano de proteger y asistir a personas y grupos que corren el riesgo de ser desplazados tanto por un megaproyecto, como por los actos de hostigamiento derivados de la defensa de sus derechos. La protección contra el desplazamiento interno es un mandato constitucional que se desprende de las obligaciones de proteger, garantizar y defender los derechos humanos; así como de los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Al respecto, tanto el Convenio 169 de la OIT (artículos 15 y 16) como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (artículo 10) establecen que los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios, ni se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, y sin la existencia de un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa, y siempre que sea posible la opción del regreso. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) otorgó el permiso ambiental al proyecto sin haber garantizado el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas Náyeri, Wixárica, Mexicanero y Tepehuano. La SEMARNAT condicionó la autorización a que la Secretaría de Energía compruebe la realización de una consulta a los pueblos indígenas, lo cual debería haber ocurrido antes de emitir el permiso.  “Conforme a los estándares internacionales, la consulta previa y el consentimiento libre e informado de  los pueblos indígenas no sólo consiste en comunicarles el proyecto como lo condiciona la SEMARNAT en la autorización de impacto ambiental de Las Cruces; en este caso, la Comisión Federal de Electricidad, entidad a cargo del proyecto, debió de consultar de manera, previa, libre, informada y de buena fe a estos pueblos desde el diseño del plan hidroeléctrico, conforme a las instituciones indígenas, y a sus usos y costumbres para proteger su integridad cultural, social y económica”, indicó Astrid Puentes, codirectora de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), en la conferencia de prensa. Por su parte, Manuel Rebolledo, presidente del Grupo Ecológico Manglar, mencionó la falta de adecuación del proyecto con diversos estándares internacionales en materia de derechos humanos como el Convenio 169 de la OIT en virtud de la falta de realización de una consulta libre, previa e informada. Raúl Nacía Coutiño, funcionario de la Comisión Federal de Electricidad informó que la construcción de Las Cruces iniciará en enero de 2016. De construirse la hidroeléctrica, el poblado de San Blasito y algunas tierras comunales cultivables quedarán bajo el agua. En consecuencia, sus pobladores se verán obligados a desplazarse. Al represar el río San Pedro Mezquital, se afectarán sitios sagrados que están sobre el caudal, dañando así la cultura, religión y las fuentes de subsistencia de los pobladores de la zona.

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El Fondo Verde Climático decepciona al acreditar entidades con antecedentes inadecuados de forma apresurada y poco transparente

Durante su décima reunión, realizada en Songdo, Corea del Sur, y en un proceso poco transparente, la Junta Directiva del Fondo Verde Climático acreditó a 13 entidades para el manejo del financiamiento que el Fondo otorgará para actividades de adaptación y mitigación del cambio climático. La Junta acreditó a las entidades en paquete, sin hacer un análisis debido caso por caso. Y lo hizo sin tener en cuenta que algunas de ellas habían sido penalizadas por financiar terrorismo y lavado de dinero, y que su cartera principal de financiamiento son los combustibles fósiles. Tampoco consideró que algunas de ellas no demostraron capacidad suficiente para manejar proyectos de cambio climático de alto riesgo que pueden conllevar impactos sociales y ambientales irreversibles, y que no cumplen con estándares fiduciarios internacionales para manejar ese tipo de actividades. “Estamos decepcionados al ver que el Fondo Verde Climático muestra un comportamiento orientado a los negocios, nada diferente a otros organismos financieros; ello no ayuda a que el Fondo contribuya a un cambio paradigmático y brinde mayor acceso a recursos a los actores locales”, dice Andrea Rodríguez, abogada sénior de AIDA y observadora de la sociedad civil durante las reuniones de la Junta Directiva del Fondo. El proceso de toma de decisiones para la acreditación de las 13 entidades no fue transparente ya que no se conocieron los nombres de los candidatos sino hasta que la decisión fue tomada. Pese a ello, las organizaciones de la sociedad civil lograron obtener información para identificar los antecedentes inadecuados de algunas de las entidades que buscaban ser acreditadas y solicitaron a la Junta decidir caso por caso. Pidieron además que la Junta evalúe la existencia de evidencia suficiente sobre la capacidad de estas instituciones para el manejo de proyectos de alto riesgo, y asegure que sólo las mejores entidades sean acreditadas. Sin embargo, la Junta optó por tomar una decisión apresurada. Revisó las propuestas en una Sesión Ejecutiva, es decir secreta, y acreditó a las 13 entidades en conjunto sin considerar sus antecedentes problemáticos. “Al actuar de ese modo, la Junta pone en riesgo la reputación, credibilidad y legitimidad del Fondo Verde”, señala Rodríguez. La Junta Directiva debe asegurar que las entidades que buscan acreditación cumplan con todos los estándares requeridos para acceder a los recursos del Fondo. De ello depende también que países en desarrollo accedan al financiamiento necesario para implementar acciones frente a los daños cada vez más severos del cambio climático. Y es vital también que la Junta garantice procesos transparentes de toma de decisión.

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