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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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Vista panorámica de la ciudad de La Oroya, Perú.

Fallo de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya sienta precedente clave para la protección del ambiente sano

El tribunal estableció la responsabilidad del Estado peruano en la violación de derechos de residentes de La Oroya, afectados por décadas de contaminación tóxica. Le ordenó adoptar medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas. San José, Costa Rica. La sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió en el caso "Comunidad de La Oroya Vs. Perú" por décadas de contaminación tóxica proveniente de un complejo metalúrgico constituye un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en la región y para la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados. El fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya.Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional y en representación de las víctimas, una coalición internacional de organizaciones presentó la denuncia contra el Estado peruano ante  la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2006. En octubre de 2021, la Comisión estableció la responsabilidad del gobierno peruano y remitió el caso a la Corte Interamericana. En octubre de 2022, más de 16 años después de iniciada la demanda internacional, las víctimas presentaron el caso ante la Corte, representadas por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), con el apoyo de Earthjustice."Esta sentencia es un avance muy importante y un precedente clave para la justicia ambiental en América Latina al ser el primer caso en el que la Corte reconoce la responsabilidad de un Estado por la violación de derecho al ambiente sano y las implicaciones que este tiene en la garantía de otros múltiples derechos", dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. "La Corte se refirió además a la dimensión colectiva e individual de ese derecho, reconociendo afectaciones diferenciadas de su violación en niños, niñas, mujeres y personas adultas mayores, así como el rol importante de las personas defensoras ambientales".En su fallo, hecho público el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional determinó la responsabilidad del Estado peruano por la violación de los derechos al ambiente sano, la salud, la integridad personal, la vida digna, el acceso a la información, la participación política, las garantías judiciales y a la protección judicial de las 80 personas del caso; por la violación a los derechos de la niñez de 57 víctimas y por la violación del derecho a la vida de dos víctimas. La Corte concluyó también que el Estado es responsable por violar la obligación de desarrollo progresivo debido a la adopción de medidas regresivas en la protección del ambiente."La decisión constituye un precedente fundamental en la jurisprudencia internacional que fija los parámetros de la obligación estatal de regular, fiscalizar y remediar los efectos de la contaminación ambiental; así como las obligaciones derivadas del derecho al ambiente sano como un derecho autónomo y de su interdependencia e indivisibilidad con otros derechos fundamentales para la existencia humana como la salud, la vida y la integridad personal", expresó Christian Huaylinos, Coordinador del Área Legal de APRODEH. "Es además una gran satisfacción por la gran lucha de dos décadas de parte de las víctimas".Por más de 20 años, residentes de La Oroya han buscado justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación por metales pesados del Complejo Metalúrgico de La Oroya, operado por la empresa Doe Run Perú entre 1997 y 2009, y la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. La ciudad ha sido catalogada como uno de los lugares más contaminados del planeta."Hace 20 años, cuando inició esta lucha, yo iba con mi pancarta que decía que la salud de los niños vale más que el oro", recuerda don Pablo, residente de La Oroya. "Nunca desistimos, ahora estoy muy alegre con la decisión de la Corte".En la sentencia, la Corte ordenó al Estado de Perú la adopción de medidas de reparación integral de los daños causados en la población de La Oroya que incluyen: identificar, juzgar y —en su caso— sancionar a las personas responsables de hostigar a las víctimas; determinar el estado de la contaminación del aire, el agua y el suelo, así como elaborar un plan de remediación ambiental; brindar atención médica gratuita a las víctimas y garantizar atención especializada a residentes con síntomas y enfermedades relacionadas con la contaminación proveniente de la actividad minero metalúrgica; compatibilizar la normativa que regula los estándares de calidad del aire para garantizar la protección del ambiente y de la salud humana; garantizar la efectividad del sistema de alerta de la ciudad y desarrollar un sistema de monitoreo de la calidad del aire, el agua y el suelo; garantizar que las operaciones del Complejo Metalúrgico de La Oroya cumplan estándares ambientales internacionales, previniendo y mitigando daños al ambiente y a la salud humana; indemnizar monetariamente a las víctimas por daño material e inmaterial."Lo que esperamos ahora es que se implemente la sentencia, que el Estado cumpla por primera vez con sus obligaciones y que garantice nuestros derechos como personas defensoras ambientales", dijo Yolanda Zurita, residente de La Oroya y peticionaria en el caso. "El cumplimiento de esta sentencia es lo mínimo que esperamos de un Estado comprometido con la garantía de los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas".Desde 1999, el gobierno de Perú sabe que todos/as los niños/as que viven cerca del complejo sufren envenenamiento por plomo, pero no les ha brindado atención médica adecuada. Durante décadas, la población de La Oroya estuvo expuesta a niveles extremos de plomo y otros contaminantes nocivos, como arsénico, cadmio y dióxido de azufre. La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros."Esta sentencia es un llamado urgente a los Estados de todo el continente a no quedarse de brazos cruzados mientras las empresas multinacionales envenenan a las comunidades locales", afirmó Jacob Kopas, abogado sénior de Earthjustice. "A partir de ahora, las empresas sabrán que exponer a las familias a niveles insalubres de contaminación industrial es una violación del derecho internacional y que los Estados deben hacer responsables a quienes contaminan". RecursosComunicado de la Corte acerca de la sentencia, disponible aquí.Resumen oficial de la sentencia, disponible aquí.Texto íntegro de la sentencia, disponible aquí.Más información del caso, disponible aquí.Carpeta con fotografías, disponible aquí.Contacto de prensaVíctor Quintanilla-Sangüeza (México), AIDA, [email protected], +521 70522107 

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Vista de la costa del océano Pacífico, al norte de Tocopilla, Chile.
Contaminación Tóxica

Pobladores de Tocopilla y ONG ambientales presentan recurso de protección para detener la quema de 94.000 t de carbón

El Coordinador Eléctrico Nacional autorizó a AES Andes la quema de 94.000 toneladas de carbón sin justificación legal ni ambiental y sin haberse evaluado potenciales perjuicios para terceros y para el equilibrio del mercado. Esto significa, además, el incumplimiento de las Resoluciones de Calificación Ambiental de las unidades Norgener 1 y 2. La quema viene ocurriendo desde el 18 de febrero.   Habitantes de Tocopilla —acompañados por las organizaciones ambientales Chile Sustentable, Greenpeace y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)— presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago solicitando que se ordene el cese inmediato de la quema forzada y acelerada de los excedentes de carbón de las unidades Norgener 1 y 2 de la empresa AES Andes SA, que ascienden a 94.000 toneladas. La quema en Tocopilla comenzó el 18 de febrero y fue autorizada por el Coordinador Eléctrico Nacional (CNE). AES argumenta que es la única alternativa viable para cumplir con sus obligaciones ambientales luego de confirmarse el cierre anticipado de sus unidades Norgener 1 y 2. En el recurso de protección se solicita también que se revoque la autorización otorgada a la empresa, que se respete el orden de despacho económico que rige el sistema eléctrico nacional y que se ordene a la empresa cumplir con su obligación de elaborar los Planes de Abandono correspondientes para sus unidades Norgener 1 y 2 en retiro. "La quema intensiva de 94.000 t de carbón en Tocopilla genera impactos en su población y en el ambiente de los que ni la empresa ni el Coordinador Eléctrico se harán cargo", dijo Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "La autorización de la quema responde a la necesidad comercial de AES de deshacerse rápido de su carbón y no es aceptable que las personas y el ambiente tengan que cargar con las consecuencias". La autorización recién se conoció públicamente el 26 de febrero, fecha en la que Sara Larraín, representante de la Fundación Chile Sustentable, envió una carta a los ministros de Energía y Medio Ambiente para solicitar el cese inmediato de la operación. La alarma levantada no fue suficiente para terminar con la quema ni con la desproporcionada carga ambiental que ya pesa sobre Tocopilla, declarada zona saturada de contaminación y reconocida públicamente como zona de sacrificio ambiental. Entre los argumentos que sostienen el recurso de protección destacan la omisión de AES de tramitar los permisos ambientales pertinentes para ejecutar la gestión de sus excedentes de carbón. En las comunicaciones dirigidas al CNE, la empresa admite expresamente no haberse comunicado con la autoridad ambiental para buscar alternativas a la quema ni haber evaluado los potenciales perjuicios a terceros ni al equilibrio de mercado. Esta omisión implica un incumplimiento de las obligaciones ambientales de AES contenidas en las autorizaciones ambientales para la operación de sus unidades Norgener 1 y 2. Las resoluciones de calificación ambiental, que constituyen la licencia ambiental de la termoeléctrica, imponen la obligación de elaborar un Plan de Abandono para cada unidad antes de su retiro, lo que no ha ocurrido. En la acción de protección también se denuncia el actuar ilegal del CNE por haber autorizado la quema de los excedentes de carbón sin fundamentos legales ni ambientales, pasando por encima de su obligación de seguir el orden económico de despacho en el sistema eléctrico nacional, por la cual debe priorizar siempre la energía más económica, que es también la más limpia. Además de ser una vulneración a los derechos humanos y ambientales de los habitantes de Tocopilla, lo sucedido afecta injustamente a las generadoras de energía renovable y limpia, que quedan desplazadas y deben verter su energía. Todos estos hechos deben ser reconocidos en el contexto actual de Tocopilla, zona saturada de contaminación y cuyo Plan de Descontaminación vigente no ha logrado revertir la situación. Diversos estudios evidencian las desproporcionadas tasas de morbilidad que afectan a sus habitantes. Su población ya estaba vulnerada incluso antes de autorizarse la quema. "Estamos ante una gravísima situación de vulneración de derechos fundamentales, en la que se está ahogando a una población que ya ha sufrido demasiado", dijo Florencia Ortúzar, abogada sénior de la AIDA. "Haremos todo lo necesario para detener la quema indiscriminada de ese carbón, exigiendo que se respete la regulación vigente". Lo que se espera con la presentación de la acción es una actuación rápida de la Corte, que ponga cese inmediato al acto violatorio, asegurando el respeto y la protección de los derechos fundamentales a la vida, la salud y a un medio ambiente libre de contaminación para las y los habitantes de Tocopilla. Contacto de prensa Víctor Quintanilla-Sangüeza (México), [email protected], +521 5570522107  

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Río San Juan, Nicaragua

Comunidades en Nicaragua logran salida del Fondo Verde del Clima de proyecto que vulneraba sus derechos

En una decisión sin precedentes, que resuelve una queja presentada en 2021, el Fondo Verde del Clima dio por terminado un proyecto forestal debido a que los desarrolladores incumplieron las políticas y procesos de la entidad en materia de salvaguardas socioambientales. Dicho incumplimiento vulneraba los derechos humanos de comunidades indígenas y afrodescendientes. El Fondo Verde del Clima, la principal entidad multilateral de financiamiento climático a nivel mundial, decidió dar por terminado el financiamiento comprometido para un proyecto de conservación forestal en Nicaragua debido a que los desarrolladores incumplieron las políticas y procedimientos de la institución en cuanto a salvaguardas socioambientales. El incumplimiento vulneraba derechos de comunidades indígenas y afrodescendientes pues el proyecto amenazaba con agravar la situación de violencia que ya sufren. El Fondo no había realizado desembolsos para el proyecto y la implementación del mismo no había comenzado.La decisión, primera de este tipo en la historia del Fondo, es la respuesta a una queja presentada en junio de 2021 por representantes de las comunidades afectadas —con el apoyo de organizaciones locales e internacionales— ante el Mecanismo Independiente de Reparación del Fondo, instancia que se ocupa de los reclamos de personas que se ven o pueden verse afectadas por proyectos o programas financiados por la entidad."Esta decisión es un reconocimiento a los esfuerzos incansables de las comunidades detrás del caso, que lograron demostrar la difícil situación que enfrentan, así como un recordatorio de la importancia de incluir a las comunidades locales en todas las etapas de un proyecto, desde su concepción", dijo Florencia Ortúzar, abogada sénior de AIDA, una de las organizaciones que acompañó y apoyó legalmente el proceso de la queja.En la queja las comunidades argumentaron que la ejecución del proyecto —denominado Bio-CLIMA: Acción climática integrada para reducir la deforestación y fortalecer la resiliencia en las Biosferas BOSAWÁS y Río San Juan— implicaría afectaciones graves ya que:No hubo divulgación adecuada de información, consulta indígena, ni consentimiento libre, previo e informado.El proyecto causaría degradación ambiental y aumentaría la violencia que sufren las comunidades en sus territorios indígenas por la colonización de tierras.Se estaban incumpliendo las condiciones que la Junta Directiva del Fondo impuso para la aprobación del proyecto (entre ellas la supervisión independiente de la  implementación del proyecto y la garantía de la legítima participación de los pueblos indígenas).Existía falta de confianza en el Banco Centroamericano de Integración Económica, entidad acreditada para canalizar los fondos, respecto del cumplimiento de las políticas del Fondo.Existía falta de confianza acerca de la capacidad del gobierno de Nicaragua, como entidad implementadora, para cumplir con sus obligaciones al ejecutar el proyecto. El objetivo del proyecto, para el cual el Fondo comprometió 64 millones de dólares en 2020, era restaurar paisajes forestales degradados en la región más biodiversa de Nicaragua (hogar del 80% de sus bosques y de la mayoría de sus pueblos indígenas) y canalizar inversiones hacia la gestión sostenible del uso de la tierra y bosques.Sin embargo, el proyecto fue diseñado sin las consultas adecuadas, con absoluta falta de transparencia por parte del banco promotor e ignorando el difícil contexto de violencia y desprotección de derechos humanos que todavía sufren las comunidades indígenas en Nicaragua, particularmente en la zona del proyecto.En las últimas décadas, la dura situación local solo ha empeorado producto del crimen organizado, el narcotráfico, la expansión de la agricultura y la ganadería, así como por la promoción de políticas extractivistas en general y la falta de protección por parte del Estado.La investigación abierta por el Mecanismo Independiente de Reparación, que incluyó trabajo en terreno, entrevistas presenciales y virtuales con todas las partes interesadas, confirmó algunas acusaciones de la queja, incluyendo la falta de procesos adecuados de consulta y del consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas. Así consta en el informe final de la investigación.En julio de 2023, la Junta Directiva del Fondo, llamada a decidir el futuro del proyecto en base al informe de la investigación, traspasó la tarea a la Secretaría de la entidad. Con esto, ni el Mecanismo Independiente de Reparación ni los reclamantes tuvieron más voz en el asunto.Finalmente, el 7 de marzo de este año, la Secretaría dio a conocer su decisión: dar por terminado el acuerdo de financiamiento con el proyecto, reconociendo que los desarrolladores incumplieron las políticas del Fondo, tal como alegaron las comunidades en la queja.“La decisión representa una lección valiosa para el Fondo Verde del Clima, cuyas políticas y salvaguardas existen para prevenir estas lamentables situaciones y deben aplicarse con rigor y coherencia desde la concepción misma de los proyectos que buscan financiamiento”, afirmó Ortúzar. Contacto de prensaVíctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +52 5570522107 

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