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Preservando el legado de la Sierra Nevada de Santa Marta, corazón del mundo
Elevándose abruptamente desde las costas del Caribe colombiano, la Sierra Nevada de Santa Marta alcanza los 5.775 metros de altura en sus picos Bolívar y Colón. Es el sistema montañoso costero más alto del mundo y un sitio donde la sabiduría de la naturaleza y la indígena convergen.
El macizo montañoso conforma un territorio único en el que existen todos los pisos térmicos y donde la variedad de ecosistemas, animales y plantas es exuberante. Allí el mar está muy cerca de montañas y de nevados cuyo deshielo forma ríos y lagunas.
Pueblos indígenas protegen y cuidan esta riqueza natural con la autoridad que heredaron de sus antepasados. Se trata de los pueblos Arhuaco, Kogi, Wiwa y Kankuamo. En su cosmovisión, el territorio es sagrado e implica la comunión entre seres humanos, animales, plantas, ríos, cerros y divinidades ancestrales.
Pero su opinión no ha sido tomada en cuenta para el desarrollo de proyectos en la zona. Actualmente la existencia de la Sierra Nevada de Santa Marta está gravemente amenazada por 251 concesiones mineras, proyectos de hidroeléctricas, ganadería, urbanizaciones extensivas y obras de infraestructura.
Muchas de las concesiones fueron otorgadas sin procesos de consulta previa a los pueblos indígenas, lo que constituye una vulneración masiva, persistente y generalizada a sus derechos.
La minería —al implicar la contaminación y sedimentación de caudales— pone en riesgo la fuente de agua de los departamentos de Magdalena, César y Guajira, que se abastecen de los más de 30 ríos que nacen en la Sierra.
Todo ello ha hecho que este paraíso natural esté borde del no retorno, al igual que la vida tradicional de los pueblos indígenas, que depende enteramente de su territorio, de su espacio de sitios sagrados.
La Sierra alberga al parque arqueológico Ciudad Perdida, conocida como Teyuna, cuna de la civilización Tayrona y —según la tradición— origen de la naturaleza y corazón del mundo.
Los cuatro pueblos guardianes de la Sierra no están dispuestos a permitir que este legado natural y cultural desaparezca.

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La ONU da un paso importante para priorizar la justicia ante la extracción de minerales de transición
El Panel de las Naciones Unidas sobre Minerales Críticos para la Transición Energética emitió una serie de recomendaciones y principios voluntarios con el objetivo de garantizar una gestión equitativa, justa y sostenible de estos minerales. Los lineamientos están dirigidos a gobiernos, a la industria y a otras partes interesadas en los procesos de transición energética. Esto ocurre en un contexto en el que el movimiento mundial hacia las energías renovables, que busca reducir las emisiones que agravan la crisis climática, ha puesto de manifiesto cómo los costos ambientales y sociales de la extracción de los minerales de transición recaen de forma desproporcionada en las comunidades y los ecosistemas locales. Ante esto, Claudia Velarde, codirectora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), expresó: "Para América Latina, las recomendaciones y principios son muy importantes pues gran parte de las reservas de recursos esenciales para la transición energética están en la región, en territorios complejos y ricos en diversidad biológica y cultural. Es significativo que el panel ponga los derechos humanos y la justicia en el centro, reconociendo la complejidad de la transición energética y la desigualdad entre los países del sur global, que albergan los minerales, y los del norte, que los necesitan para su propia transición. Para avanzar con justicia, la transición energética debe romper con el statu quo del desarrollo, incluyendo perspectivas del sur global, respetando los derechos humanos de las comunidades locales y reconociendo los límites ecosistémicos. Aunque queda mucho camino por recorrer para lograr una verdadera transición energética justa y popular para América Latina, esperamos que este insumo sea un paso que nos permita avanzar hacia ella”. Las recomendaciones y principios están contenidos en un informe en el que el panel explica cómo basar el paso a las energías renovables en la justicia y la equidad, promoviendo el desarrollo sostenible, el respeto a las personas y la protección del ambiente en los países en desarrollo. El panel propone siete principios rectores voluntarios, basados en normas, compromisos y obligaciones jurídicas establecidas en textos de las Naciones Unidas: Los derechos humanos deben estar en el centro de todas las cadenas de valor de los minerales. La integridad del planeta, el ambiente y la biodiversidad debe ser salvaguardada. La justicia y la equidad deben ser la base de las cadenas de valor de los minerales. El desarrollo debe ser promovido mediante el reparto de beneficios, la adición de valor y la diversificación económica. Las inversiones, las finanzas y el comercio deben ser responsables y justos. La transparencia, la rendición de cuentas y las medidas anticorrupción son necesarias para garantizar la gobernanza adecuada. La cooperación internacional y multilateral deben apoyar la acción mundial y promover la paz y la seguridad. Lee el informe del panel (en inglés): https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/report_sg_panel_on_critical_energy_transition_minerals_11_sept_2024.pdf Conoce más de panel: https://www.un.org/en/climatechange/critical-minerals Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107
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Organizaciones exigen justicia ante criminalización de Rigoberto Juárez, autoridad ancestral y defensor del ambiente y los DD. HH. en Guatemala
Organizaciones dedicadas a la protección de personas defensoras de derechos humanos y organizaciones nacionales e internacionales dedicadas a la promoción y protección de los derechos humanos y de los derechos de los pueblos indígenas manifestamos nuestra preocupación por el proceso de criminalización en contra de Rigoberto Juárez, autoridad ancestral, defensor de los derechos humanos y del ambiente y coordinador general del Gobierno Ancestral Plurinacional de las Naciones Originarias Mayas Akateka, Chuj, Q’anjob’al y Popti’. El proceso judicial contra Rigoberto se originó en 2015 como consecuencia de su ejercicio de mediación como autoridad ancestral en el marco de un conflicto territorial generado en territorio Q'anjob'al, específicamente en la microrregión de Ixquisis, a raíz de actos de resistencia de la comunidad indígena maya local frente a la implementación inconsulta y deficiente de dos proyectos hidroeléctricos de la empresa Energía y Renovación S.A., financiados por el BID Invest. El proceso judicial ha carecido de una perspectiva intercultural y diferencial; además, las decisiones adoptadas en segunda instancia y en sede de casación han obviado los argumentos de hecho y de derecho presentados por la defensa en torno al papel de Rigoberto Juárez como autoridad ancestral en el marco de los hechos del caso, que le implicaron, a solicitud de la comunidad, asumir un rol de mediador de la situación de alta conflictividad. Desde la perspectiva de las organizaciones firmantes, este proceso ha sido utilizado como un mecanismo de represalia en contra de la legítima labor de defensa de derechos humanos de Rigoberto, dado su importante rol en la visibilización y denuncia del caso de Ixquisis en una queja presentada ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del Banco Interamericano de Desarrollo. Indicios de esto se encuentran en los cruces temporales de este proceso con momentos cruciales de la queja presentada ante el MICI. Ante esta preocupante situación, solicitamos a las autoridades judiciales valorar los argumentos presentados por la defensa de Rigoberto en la acción de amparo presentada el 22 de agosto y proceder a fallar en derecho, teniendo en cuenta las garantías particulares de Rigoberto al ser autoridad ancestral y defensor de los derechos humanos y del ambiente. De igual forma, solicitamos a los organismos internacionales de derechos humanos, exhortar al Estado guatemalteco a resolver el caso de Rigoberto acorde a sus obligaciones internacionales, así como a prevenir y atender este grave fenómeno de criminalización en contra de autoridades indígenas en ejercicio de sus derechos y competencias. Firman: Plataforma Internacional contra la Impunidad Protection International Mesoamérica Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Franciscans International Red Nacional por la Defensa de la Soberanía Alimentaria en Guatemala (REDSAG) Bank Information Center International Service for Human Rights Front Line Defenders NISGUA (Network in Solidarity with the People of Guatemala) ASERJUS P. Marco Tulio Recinos Torres. CPPS. Center for International Environmental Law (CIEL) María Eugenia Solís García Alba Cecilia del Rosario Mérida Piedrasanta Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107
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Corte Constitucional de Colombia confirma la violación del derecho a la consulta previa en proyectos piloto de fracking en el Magdalena Medio
El alto tribunal constató la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada de la comunidad afrodescendiente Afrowilches en el trámite de licenciamiento ambiental de los proyectos piloto Kalé y Platero en Puerto Wilches. Bogotá, Colombia. En su sentencia T-514 de 2023, publicada el pasado martes, la Corte Constitucional de Colombia constató la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada de la comunidad afrodescendiente Afrowilches en el trámite de licenciamiento ambiental de los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) Kalé y Platero en yacimientos no convencionales (1) del municipio con el uso de la técnica de fracking. Con esta decisión, el alto tribunal resolvió dos acciones de tutela —una por vulneración del derecho a la participación interpuesta por varias organizaciones de campesinos, pescadores, mujeres, jóvenes y sindicatos de Puerto Wilches; y otra por violación del derecho a la consulta previa, interpuesta por La Corporación Afrowilches con representación de la Corporación PODION y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR)— para proteger los derechos a la participación ambiental y a la consulta previa de las comunidades locales que podrían verse afectadas por la implementación de los PPII. Ambas tutelas fueron respaldadas mediante escritos legales (Amicus Curiae) por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Las organizaciones firmantes celebramos que la Corte concluyó que la comunidad Afrowilches logró probar "la existencia de la afectación directa e intensa que sufriría sobre su territorio por el desarrollo, implementación y ejecución de los PPII". Además, el tribunal encontró que la ejecución de estos proyectos piloto perturbó aspectos de la organización interna, cultura y espiritualidad de la comunidad afrocolombiana y que podría afectar en forma directa el entorno ambiental en que se desenvuelve su existencia y formas de vida. En su fallo, la Corte indicó que "no cuenta con los elementos que le permitan llegar a la conclusión de que los PPII no serán ejecutados" pues no existe un acto definitivo y conclusivo acerca de la ejecución de los mismos. Por ello, aunque actualmente están suspendidos, el tribunal señaló que su pronunciamiento aún es necesario ante el riesgo de que los proyectos puedan ser reanudados en el futuro. No obstante, las organizaciones manifestamos nuestra preocupación dado que el tribunal declaró improcedente la solicitud de amparo de los derechos a la participación en materia ambiental de campesinos, pescadores, mujeres y otros habitantes del municipio que se verían afectados. En las tutelas, se alegó que la realización de los PPI de fracking en la zona de influencia de las ciénagas de Paredes y Yarirí —entre otros cuerpos de agua— fueron autorizadas de manera unilateral por el gobierno nacional, sin tener en cuenta los planes de vida, preocupaciones y necesidades de las comunidades residentes. Con este fallo, la Corte continúa avalando la toma de decisiones ambientales sin un verdadero "control democrático" y a partir de meros procesos de socialización de decisiones en los que se desconoce el derecho humano a la participación ambiental efectiva, contenido en diversos tratados internacionales. "Expertos indican que no hay ninguna evidencia de que el fracking pueda ser practicado de una forma que no implique amenaza para la salud humana", aseguró Rosa María Mateus, abogada del CAJAR. En el fracking se utilizan cargas explosivas y se inyectan líquidos con gran cantidad de químicos muy contaminantes a muy alta presión para liberar gas y petróleo. Por eso, la técnica ha generado preocupación por la posible filtración de gases y por la contaminación del agua para uso humano y agrícola, así como del aire, en las áreas de las operaciones, entre otros riesgos. "Este fallo es el resultado del proceso de resistencia territorial y la amplia movilización de las y los wilchenses que denunciaron hace más de tres años el avance de los pilotos de fracking sin licencia social, sin participación y consulta, sin enfoque de género, y en un contexto de graves amenazas a las personas defensoras ambientales que se oponían a los proyectos", se señaló desde la Corporación PODION. Por su parte, Yeny Rodríguez, abogada sénior de AIDA, dijo que la sentencia "constituye un hito para la región, pues el máximo tribunal reconoció que los procedimientos ambientales y regulatorios relacionados con la acción climática y la transición energética deben ser justos y garantizar la participación democrática y el derecho a la consulta previa de comunidades afrodescendientes e indígenas". Las organizaciones firmantes invitamos al Estado colombiano a que, en cumplimiento de esta sentencia, adopte medidas que permitan proteger de forma definitiva los proyectos de vida de las comunidades del Magdalena Medio, la fauna y la flora, las ciénagas, caños, ríos y demás humedales de esta región megadiversa de Colombia. (1) Yacimientos de hidrocarburos que se encuentran en rocas de baja porosidad y permeabilidad, que se extraen mediante técnicas no convencionales como el fracking. Contactos de prensa: Ximena Ordoñez, PODION, [email protected], +57 3176430036 Prensa CAJAR, [email protected], +57 321 3819733 Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107 Julián Trujillo G., Clínica Jurídica U.Javeriana, [email protected], +57 3123615473
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