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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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El 26 de marzo de 2017, 98% de los votantes de Cajamarca, Colombia, rechazaron de manera decidida la minería en su territorio. Según la legislación colombiana, los resultados de la consulta popular son vinculantes. Las autoridades municipales deben emitir ahora regulaciones para implementar la prohibición. AIDA fue parte del equipo legal que asesoró a la comunidad de Cajamarca y que desarrolló una estrategia, que incluyó la consulta popular, para detener el proyecto de una mina que amenaza con contaminar fuentes de agua. Se trata de La Colosa, proyecto a cargo de la empresa AngloGold Ashanti que estaba en fase de exploración. El nombre es apropiado porque estaría entre las 10 minas de oro a cielo abierto más grandes del mundo, y sería la segunda más grande de América Latina. En un país que está saliendo de un conflicto armado que duró 50 años, la consulta popular constituye una victoria no solo para el ambiente, sino también para la democracia. Prohibir la minería a través de la consulta popular, demuestra un compromiso para resolver los problemas ambientales de forma pacífica y participativa. Permite además que los ciudadanos ejerzan su derecho humano a ser parte de los asuntos públicos que les afecten directamente —elemento fundamental de la verdadera democracia— , y defiendan también su derecho a un ambiente sano.
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Propuesta del Gobierno de Perú sobre estándares de calidad del aire es regresiva y afectaría la salud humana
El gobierno propone subir más de 12 veces el límite de contaminación por dióxido de azufre y duplicar el de material particulado, sustancias que causan enfermedades graves. Organizaciones consideran que la propuesta ignora evidencia científica y la obligación del gobierno de crear condiciones aptas para la vida y la salud de las personas. Lima, Perú. El Ministerio de Ambiente propone nuevos Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para aire, que afectarían a toda la población pues no previenen los riesgos de contaminantes para la salud humana y ambiental. La norma propuesta aumenta más de 12 veces el límite para las concentraciones en el aire de dióxido de azufre (SO2) y duplica el de material particulado fino. Los ECA propuestos ignoran la evidencia científica según la cual dichas sustancias pueden provocar afecciones pulmonares y otras, particularmente a población más vulnerable como personas con asma, niños, niñas y adultos mayores. “Existen pruebas científicas contundentes que concluyen que la contaminación por dióxido de azufre representa un riesgo grave para la salud, particularmente durante periodos cortos de tiempo cuando la contaminación alcanza picos elevados, algo que la propuesta no toma en cuenta”, explicó Anna Cederstav, codirectora de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). AIDA y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) presentaron comentarios sobre la propuesta. En ellos señalaron también que, a diferencia de lo que plantea el gobierno, reducir los niveles de SO2 en el aire derivaría en una menor esperanza de vida. Ello se debe a que, entre otras razones, esa sustancia también promueve la formación de PM2.5, pequeñas partículas contaminantes causantes de problemas respiratorios agudos como bronquitis y neumonía, así como mortalidad prematura. Aún más preocupante, el gobierno propone aumentar al doble el estándar de contaminación por esas partículas. Las organizaciones resaltaron además las fallas en el proceso de consulta de la propuesta. De un lado, el gobierno publicó el proyecto de norma el sábado 8 de abril, justo antes de Semana Santa, dando solo 10 días hábiles de plazo para el envío de comentarios. Y, del otro, no hizo pública la argumentación científica y técnica de la propuesta, lo cual impide entender a fondo sus argumentos. De ese modo, el gobierno vulnera los derechos a la información y a la participación ciudadana. Asimismo, en los comentarios se resalta que la propuesta gubernamental vulnera la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados internacionales de los que Perú es parte, al no garantizar derechos humanos como la vida y la salud. Los cambios propuestos impactarían en toda la población del país. Los residentes de ciudades con contaminación más alta, como La Oroya, podrían sufrir impactos más severos. Esa ciudad es un caso emblemático por el Complejo Metalúrgico que allí opera y que está en proceso de venta. Dicho complejo ha sido un macroemisor de contaminantes por décadas, afectando la salud de las personas y el ambiente. El debilitamiento de los estándares para promover su venta, argumento que el gobierno ha mencionado públicamente, podría implicar mayores impactos en la población, que ha visto mejoras significativas en el último tiempo. Personas afectadas en La Oroya demandaron al Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para proteger sus derechos y cuentan desde hace diez años con medidas cautelares debido a los riesgos de la contaminación para su salud y su vida. Recientemente, la Comisión amplió las medidas a más personas debido a que el nivel de riesgo se mantiene. “Relajar los estándares de calidad del aire para facilitar la venta del complejo y aumentar la inversión en Perú sería un retroceso para la protección de la salud y el ambiente, lo cual podría resultar en una responsabilidad internacional del Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, dijo Christian Huaylinos, de APRODEH. “Además, dichas acciones estarían violando tratados de libre comercio firmados por Perú con Estados Unidos y con la Unión Europea, por ejemplo”, puntualizó. Consulte los comentarios enviados al Ministerio de Ambiente de Perú y más información sobre el caso de La Oroya. Contactos de prensa: Rodrigo da Costa Sales, AIDA, [email protected], +51 994767961 Christian Huaylinos, APRODEH, [email protected], +51 959 789 232
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