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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Admiten amparo contra ampliación del puerto de Veracruz por violar derecho al medio ambiente sano

Sienta un precedente relevante para que los proyectos sean presentados de forma completa, no fragmentada, y se puedan evaluar de forma integral sus impactos al ambiente. Se solicita a la Semarnat revocar las autorizaciones y a la Apiver, suspender las obras hasta que quede zanjada la cuestión ambiental. Veracruz, México. El proyecto de ampliación del puerto de Veracruz, promovido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), será analizado por el Poder Judicial de la Federación a fin de determinar si, al ser autorizado, se vulneró el derecho al medio ambiente sano. Lo anterior se debe a la demanda de amparo presentada por habitantes de la región, asesorados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), a inicios de diciembre de 2016, y que fue admitida a finales de mes marzo pasado[1]. El Juzgado Quinto se había negado a ello alegando falta de interés legítimo de los demandantes, pero tal situación fue combatida y resuelta ante el Segundo Tribunal Colegiado en febrero. El caso es muy importante y establece un precedente relevante en materia del derecho ambiental, pues aborda la forma en la que deben ser evaluados los proyectos de desarrollo en materia de impacto ambiental. Esos proyectos deben ser presentados de manera completa y no fragmentada para poder evaluar el impacto integral que tendrán sobre la zona y sus habitantes. Asimismo, las manifestaciones de impacto ambiental deben ser elaboradas con la mejor información científica disponible. En el caso del proyecto de ampliación el puerto de Veracruz, la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se presentó de forma fragmentada en por los menos 14 partes, evaluadas y autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) sin considerar todos los impactos acumulativos. Además, la MIA omitió manifestar la existencia de un arrecife de coral no emergido muy grande e importante, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto. Para proteger el derecho al medio ambiente sano, se han construido instituciones como las Áreas Naturales Protegidas e instrumentos como la Evaluación de Impacto Ambiental. En el caso de la ampliación del puerto de Veracruz, el mensaje que se está enviando es que  estas instituciones pueden ser sacrificadas y/o utilizadas según convenga para empujar los llamados proyectos de desarrollo. En este sentido, y en virtud del amparo, se solicita atenta y respetuosamente a la Semarnat a revocar las autorizaciones de impacto concedidas al proyecto. De igual forma, se hace un llamado atento a la Administración Portuaria Integral de Veracruz (Apiver) para que suspenda voluntariamente las obras hasta que quede zanjada la cuestión ambiental, y a los habitantes de la ciudad de Veracruz-Boca del Río-Medellín a que se apropien y cuiden el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). “La aceptación de este amparo representa un pequeño paso en la dirección correcta, pues el poder de la gente ha hecho valer su derecho a un medio ambiente sano, lo que debería ser un garantía por parte de la autoridad sin que hubiera necesidad de acudir a las instancias judiciales para hacerlo valer. Esperamos que esto abra la puerta a una revisión real y acuciosa del proyecto de ampliación del puerto de Veracruz y de los impactos reales que tendrá sobre el medio ambiente, en particular sobre el Sistema Arrecifal Veracruzano y  sobre los servicios ecosistémicos que brinda”, declaró Miguel Rivas, campañista de océanos de Greenpeace México. Por su parte, Camilo Thompson, abogado de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), señaló que "con la reducción del área del PNSAV y la ausencia de restauración de un sitio protegido bajo la Convención Ramsar, el Estado mexicano incumple con la protección amplia de su población, obligación establecida en tratados internacionales. Expone además a los habitantes del puerto de Veracruz a un mayor riesgo de impactos por huracanes y otros fenómenos climáticos. Ni el gobierno, ni la empresa a cargo del puerto, consideraron de forma adecuada la protección de los arrecifes de Veracruz, ecosistemas de importancia mundial. México está incumpliendo también los objetivos de preservación, conservación y manejo, establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica, las metas de Aichi y la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, tratados ratificados por el país". Xavier Martínez Esponda, Coordinador Técnico Operativo del CEMDA, dijo que “los océanos y los arrecifes son ecosistemas clave para el bienestar de las personas pues son fuente de importantes servicios ambientales y funciones ecológicas como la captura de carbono-generación de oxígeno, la provisión de alimento como la pesquería y la regulación del clima brindando protección contra tormentas y/o huracanes, razones por las cuales, deben de ser protegidos y conservados en beneficio de presentes y futuras generaciones”. Desde 2004, el PNSAV es considerado como un humedal de importancia internacional, pero hasta el momento el gobierno mexicano no ha cumplido sus obligaciones internacionales, ni ha expedido su programa de manejo. [1] El 29 de marzo de 2017, el Juzgado Quinto de Distrito en Veracruz admitió a trámite la demanda de amparo presentada por habitantes de la región y representados por el CEMDA. Expediente 1241/2016

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Mi experiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

"Nuestro miedo más profundo no es que seamos inadecuados. Nuestro miedo más profundo es que somos poderosos sin medida. Es nuestra luz, no nuestra oscuridad, lo que más nos asusta.” - Marianne Williamson Sentada ante la Corte, una mujer en una larga fila de observadores, mi pulso se aceleró. Por primera vez en mi vida me quedé sin palabras, sobrecogida de asombro. Frente a mí, sentados en el estrado y vestidos con sus togas, estaban seis hombres y una mujer. Eran los siete jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Hablar en público es algo que hago frecuentemente y con facilidad, pero esta vez estaba ¡realmente nerviosa! Mi corazón iba a explotar y tenía un nudo en la garganta. Estaba muy consciente del poder de lo que estaba a punto de decir. Sentí profundamente la fuerza de mis colegas de AIDA. Me senté erguida, respiré hondo y me incliné para acercarme al micrófono. Comencé a hablar. Mis palabras llevaban la influencia de los últimos 20 años. Estaba representando a AIDA en nuestra primera intervención ante el organismo internacional de derechos humanos más importante del continente americano. Habíamos sido invitados por la Corte para comentar la opinión consultiva hecha por el Gobierno colombiano acerca del vínculo entre la degradación ambiental y los derechos humanos, una cuestión que es la esencia de nuestra misión. La pregunta básica a tratar era la siguiente: Si un megaproyecto daña el ambiente marino del Gran Caribe y, como resultado, vulnera o amenaza derechos humanos, ¿de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, el Estado que implementa el proyecto debería ser responsable? Cuando comencé mi carrera en derecho ambiental hace 20 años, justo ésta fue una de mis metas. Soñaba con estar involucrada en este tipo de conversación ante la Corte, con influir en la jurisprudencia de la institución encargada de proteger los derechos humanos de las personas del continente. Ahora, siendo orgullosamente codirectora de AIDA, esos sueños se han hecho realidad. No solo para mí, también para las y los valientes y dedicados abogados con quienes trabajo. El documento que elaboramos representa incontables horas de investigación y análisis, las contribuciones de personas expertas en derechos humanos y en derecho ambiental, décadas de experiencia, y vidas profesionales de dedicación. Lo elaboramos para que la Corte reconozca la protección ambiental como una cuestión de derechos humanos, y que un ambiente sano es esencial para el disfrute de todos los derechos humanos. Esperamos que el documento muestre a los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que incorporar estándares y derecho ambiental internacional, puede ayudarles a cumplir su misión. Recordar los meses de trabajo y las opiniones expertas contenidas en el documento, me dieron tranquilidad ese día. Los testimonios que escuché fueron música para mis oídos: más de 20 personas de Estados y de organizaciones de la sociedad civil, una tras otra, hablaron de la relación entre derechos humanos y ambiente; se refirieron al poder de usar el derecho ambiental internacional para proteger a personas y comunidades. Los argumentos que construimos juntos, hicieron que el vínculo entre ambiente y derechos humanos quedara claro como el agua. Tuvimos la oportunidad histórica de resaltar cómo, en algunas situaciones, la destrucción ambiental viola derechos humanos. Proteger nuestro ambiente, por tanto, es una obligación internacional de todos los Estados de las Américas. Cuando terminé de hablar, respiré profundo de nuevo, me alejé del micrófono y me recosté en la silla. Sonreí al ver mi teléfono iluminarse con mensajes de mis colegas de todos los rincones del continente. Finalicé reflexionando con felicidad sobre los últimos 20 años, y totalmente revitalizada para 20 más. Terminé la audiencia llena de gratitud y orgullo hacia mi equipo. Reiteré el poder que tenemos —como AIDA, como abogados y abogadas, como ciudadanos, como seres humanos— para lograr cambios. Sin duda, aunque parezcamos pequeños, no estamos solos. Juntos somos poderosos y, juntos, somos capaces de construir un mundo mejor. La decisión está ahora en manos de la Corte, cuya opinión tiene el poder de influir en el futuro del desarrollo en el continente americano.  

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 Parque Nacional Palo Verde, provincia Gunacaste, Costa Rica

Costa Rica da un gran paso por sus humedales

Desde el pasado 6 de marzo, los ríos, lagos, manglares y otros humedales en Costa Rica, gozan de una mejor protección. En esa fecha, el gobierno de ese país emitió por primera vez una política pública orientada al manejo sostenible de esos ecosistemas. Se trata de la Política Nacional de Humedales 2017-2030, creada para preservar y revitalizar esos entornos, y la gran biodiversidad que albergan, sin afectar a las comunidades cercanas que dependen de ellos. Tras casi año y medio de trabajo conjunto, el Ministerio de Ambiente, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) lograron concretar este histórico instrumento de política pública. Desde AIDA fuimos parte del proceso de elaboración de la política, aportando comentarios desde la perspectiva del derecho ambiental internacional. En el pasado, hicimos una contribución similar en México. “Buscamos asegurar que la Política Nacional de Humedales estuviera en línea con las obligaciones de Costa Rica con la Convención Ramsar, tratado intergubernamental que establece que todos los países necesitan una política de ese tipo, además de otras acciones para proteger a los humedales de su territorio”, explica Gladys Martínez, abogada sénior del Programa de Biodiversidad Marina y Protección Costera de AIDA. La Ley Orgánica del Ambiente de Costa Rica define a los humedales como ecosistemas que dependen de regímenes acuáticos tanto dulces como salobres, naturales o artificiales, y que pueden ser permanentes o temporales. Por lo tanto, los humedales no son solo cuerpos de agua como ríos y lagos, sino también esteros, manglares, llanuras de inundación, arrecifes de coral y aguas marinas, entre otros. “En Costa Rica tenemos miles de humedales que representan el 7% del territorio nacional y esta Política ayudará a mejorar la gobernanza y la protección de estos recursos, saldando una deuda histórica con un elemento vital para nuestros ecosistemas”, informó el Ministro de Ambiente y Energía, Edgar Gutiérrez en un comunicado difundido por su despacho el 6 de marzo, con motivo del lanzamiento de la política. Los cinco componentes principales de la política El plan de acción de la política pública se basa en cinco ejes centrales: Conservación de los humedales, sus bienes y servicios: Busca evitar futuras pérdidas de humedales y mitigar factores que pongan en riesgo su salud y funcionamiento. Se propone además ordenar el territorio en el que están mediante un Inventario Nacional de Humedales. Adaptación climática y uso racional: Busca identificar cuáles son los humedales más vulnerables ante el cambio climático y llevar a cabo acciones de mitigación. Rehabilitación ecológica: Una vez identificados los humedales vulnerables, se prevé llevar a cabo acciones de recuperación. Fortalecimiento institucional para una gestión adecuada: Se aboga por lograr una mejor coordinación y articulación entre las entidades a cargo de la administración y conservación de humedales. Participación inclusiva: Se pretende que la ciudadanía se involucre y participe en los procesos de conservación de humedales. Consulta ciudadana y ejemplo a seguir Cabe destacar el último punto, referido a la inclusión de las comunidades, porque en lugar de alejarlas de la toma de decisiones, el gobierno reconoce que es importante consultarles ya que muchas de ellas basan sus medios de subsistencia en la salud de los humedales y otros entornos. “Lo más importante es que además de cumplir con la Convención Ramsar, se está cumpliendo con otras convenciones internacionales que hablan sobre la consulta”, dice Gladys. La nueva política costarricense representa un avance significativo en la defensa del ambiente. Cada vez más países se alinean a Ramsar y demuestran a la región que las políticas ambientales son posibles y efectivas, superando así el obstáculo común de la burocracia. En AIDA estamos felices de decir “¡pura vida!” a los humedales. ¡Esperamos que más países se unan a su protección!

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