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Amazon Watch / Maíra Irigaray

Barragem de Belo Monte no rio Xingu: 10 anos de impactos na Amazônia e de busca por reparações

A usina hidrelétrica de Belo Monte causou um desastre ambiental e social no coração da Amazônia: um dos ecossistemas mais importantes do planeta.

Essa situação só piorou desde que a usina começou a operar em 2016. A busca por justiça e reparação para as comunidades indígenas e ribeirinhas afetadas continua até hoje.

Em 2011, a Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) concedeu a essas comunidades medidas de proteção, que até hoje não foram totalmente implementadas pelo Estado brasileiro.

E, desde junho daquele mesmo ano, a CIDH mantém um processo contra o Estado por sua responsabilidade internacional no caso.

A CIDH pode encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, que tem o poder de emitir uma sentença condenatória contra o Estado brasileiro.

Consulta o expediente de fatos do caso

 

Após 10 anos de operação da usina hidrelétrica e mais de 15 anos de violações de direitos humanos documentadas, é hora da justiça ser feita para as comunidades afetadas.

Leia a carta aberta das organizações que levam o caso à CIDH

Leia nosso comunicado à imprensa

 

Contexto

A usina hidrelétrica de Belo Monte — a quarta maior do mundo em capacidade instalada (11.233 MW) — foi construída no rio Xingu, no estado do Pará, norte do Brasil.

Foi inaugurada em 5 de maio de 2016, com uma única turbina. Naquela época, 80% do curso do rio foi desviado e 516 km² de terra foram inundados, uma área maior que a cidade de Chicago. Desse total, 400 km² eram de mata nativa. A usina começou a operar em plena capacidade em novembro de 2019.

Belo Monte foi construída e é operada pelo consórcio Norte Energia S.A., composto principalmente por empresas estatais. Foi financiada pelo Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social (BNDES), que aportou ao consórcio 25,4 bilhões de reais (aproximadamente US$ 10,16 bilhões), o maior investimento de sua história. Portanto, o BNDES também é legalmente responsável pelos impactos socioambientais associados ao projeto hidrelétrico.

Décadas de danos ambientais e humanos

As violações dos direitos humanos e a degradação da Amazônia remontam ao início do projeto. Em março de 2011, a Norte Energia iniciou a construção da barragem sem consulta adequada e sem o consentimento prévio, livre e informado das comunidades afetadas.

A construção levou ao deslocamento forçado de mais de 40.000 pessoas, rompendo laços sociais e culturais. O plano de reassentamento em Altamira — cidade diretamente afetada pelo projeto hidrelétrico — incluía moradias na periferia da cidade, sem serviços públicos adequados, moradias dignas para as famílias reassentadas e moradias diferenciadas para aqueles pertencentes a comunidades indígenas.

A operação da barragem de Belo Monte impôs uma seca permanente e artificial na Volta Grande do rio Xingu, agravada pelas secas históricas na Amazônia em 2023 e 2024. Como resultado, a morte de milhões de ovos de peixe foi documentada por quatro anos consecutivos (de 2021 a 2024) e, nos últimos três anos, não houve migração de peixes rio acima para desovar e se reproduzir. Assim, a pesca artesanal, principal fonte de proteína para os povos indígenas e comunidades ribeirinhas, foi severamente afetada: o consumo de peixe caiu de 50% para 30% do total de proteínas consumidas, sendo substituído por alimentos processados. Em suma, houve um colapso ambiental e humanitário que resultou no colapso da pesca como modo de vida tradicional, insegurança alimentar e falta de acesso à água potável para milhares de famílias, empobrecimento e doenças.

Além disso, a construção da barragem aumentou o desmatamento e intensificou a extração ilegal de madeira e a insegurança em terras indígenas e tribais, colocando em risco a sobrevivência dessas comunidades. Outra consequência foi o agravamento da pobreza e dos conflitos sociais, bem como a sobrecarga dos sistemas de saúde, educação e segurança pública em Altamira, cidade considerada a mais violenta do país em 2017, onde houve aumento do tráfico de pessoas e da violência sexual. Também foram registrados casos de violência contra defensores de direitos humanos envolvidos no caso.

Em 2025, durante a 30ª Conferência das Nações Unidas sobre Mudanças Climáticas (COP30), realizada no Brasil, o Ministério Público Federal classificou os danos causados ​​por Belo Monte como ecocídio.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

A busca por justiça e reparação

Ao longo dos anos, o Ministério Público Federal do Pará, a Defensoria Pública e organizações da sociedade civil impetraram dezenas de ações judiciais em tribunais brasileiros para contestar as diversas irregularidades do projeto, bem como seus impactos. A maioria das ações permanece sem solução, algumas há mais de 10 anos.

Essas ações não obtiveram sucesso porque o governo federal tem reiteradamente anulado decisões favoráveis ​​às comunidades afetadas, recorrendo a um mecanismo pelo qual o presidente do Supremo Tribunal Federal pode suspender uma decisão judicial com base unicamente em argumentos genéricos como "interesse nacional" ou "ordem econômica".

Diante da falta de respostas eficazes em nível nacional, a AIDA — juntamente com uma coalizão de organizações aliadas — levou o caso à Comissão Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) e, em 2010, solicitou medidas cautelares para proteger a vida, a integridade e a saúde das comunidades indígenas afetadas.

Em 1º de abril de 2011, a CIDH concedeu essas medidas e solicitou ao Estado brasileiro a suspensão das licenças ambientais e de quaisquer obras de construção até que as condições relativas à consulta prévia e à proteção da saúde e integridade das comunidades fossem atendidas.

E, em 16 de junho de 2011, apresentamos uma denúncia formal à CIDH — juntamente com o Movimento Xingu Vivo Para Siempre, a Coordenação das Organizações Indígenas da Amazônia Brasileira, a Diocese de Altamira, o Conselho Missionário Indígena, a Sociedade Pará de Defesa dos Direitos Humanos e a Global Justice — contra o Estado brasileiro por sua responsabilidade internacional nas violações de direitos humanos contra os povos afetados neste caso. A denúncia foi apresentada em dezembro de 2015.

Em 3 de agosto de 2011, a CIDH modificou as medidas cautelares para solicitar — em vez da suspensão de licenças e obras — a proteção dos povos que vivem em isolamento voluntário, a saúde das comunidades indígenas e a regularização e proteção das terras ancestrais.  

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situação atual

As medidas de proteção concedidas pela CIDH permanecem em vigor, mas o Estado brasileiro não as cumpriu integralmente, relatando apenas ações genéricas. As comunidades documentaram as contínuas violações de seus direitos. A situação que motivou o pedido dessas medidas — o risco à vida, à segurança e aos meios de subsistência das comunidades — persiste e se agravou com a usina hidrelétrica operando em plena capacidade e com as recentes secas extremas na Amazônia.

Além do ocorrido em Belo Monte, existe o risco de maiores danos sociais e ambientais decorrentes da implementação de outro megaprojeto de mineração na Volta Grande do Xingu. Lá, a empresa canadense Belo Sun pretende construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil.

Os impactos sinérgicos e cumulativos da usina e da mina não foram avaliados. O Estado excluiu povos indígenas, comunidades ribeirinhas e comunidades camponesas do processo de licenciamento ambiental do projeto. Apesar disso, dos protestos indígenas e de outras irregularidades em torno do projeto, o governo do estado do Pará autorizou formalmente a mina em abril de 2026.

Belo Monte, assim como outras usinas hidrelétricas, agrava a emergência climática ao gerar emissões de gases de efeito estufa em seu reservatório. Além disso, é ineficiente diante das secas prolongadas e intensas causadas pela crise, pois perde capacidade de geração de energia.

O caso perante a Comissão Interamericana

Em outubro de 2017, a CIDH anunciou que decidiria conjuntamente sobre a admissibilidade (se o caso preenche os requisitos para admissão) e o mérito (se houve, de fato, violação de direitos humanos) da denúncia internacional contra o Estado brasileiro.

Quinze anos após a apresentação da denúncia, as comunidades afetadas e as organizações que as representam ainda aguardam essa decisão. Caso a CIDH conclua que houve violações de direitos humanos e emita recomendações que o Estado brasileiro não cumpra, poderá encaminhar o caso à Corte Interamericana de Direitos Humanos, cujas decisões são vinculativas.

Uma possível decisão da Corte Internacional de Direitos Humanos neste caso estabeleceria um precedente jurídico regional em relação aos direitos dos povos indígenas e ribeirinhos, à participação pública em megaprojetos e à responsabilidade do Estado no contexto da crise climática. Isso é particularmente relevante à luz do Parecer Consultivo nº 32 da Corte, que reafirmou as obrigações dos Estados de proteger pessoas e comunidades em todo o continente da emergência climática. 

 

Partners:


Vista aérea del Puerto de Veracruz en México

Misión civil sobre el Arrecife Veracruzano identifica riesgos ambientales y retos en el cumplimiento del fallo de la Suprema Corte

Veracruz, México. En el contexto del cumplimiento de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para la protección del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV), una misión internacional de la Convención Ramsar visitó tierras veracruzanas para brindar asesoría al gobierno mexicano, así como para emitir observaciones y recomendaciones sobre el proyecto de ampliación portuaria y sus efectos sobre el sitio Ramsar 1346.Sin embargo, contrario a los estándares y mejores prácticas en materia de participación necesarias para este tipo de mecanismos, y desoyendo la petición de  varias organizaciones de abrir el espacio al diálogo, tanto el gobierno mexicano como la Misión Ramsar de Asesoramiento omitieron la garantía de participación amplia, libre e inclusiva de la sociedad veracruzana y de los sectores interesados en el tema.Ante la falta de inclusión de todas las voces relevantes en dicho proceso, organizaciones de la sociedad civil y especialistas llevaron a cabo la Misión Civil por la Defensa del Sistema Arrecifal Veracruzano (MIDE-SAV), un ejercicio independiente de observación y documentación científica encaminado a visibilizar ante la sociedad las afectaciones y consecuencias de la ampliación del puerto de Veracruz en el  PNSAV, las cuales inciden en el derecho de las y los habitantes de la zona conurbada a un medio ambiente sano. La MIDE-SAV, realizada del 2 al 4 de mayo e integrada por la Asociación Interamericana para la  Defensa del Ambiente (AIDA) y Territorios Diversos para la Vida (TerraVida), tuvo como objetivo recabar información en campo y generar un espacio amplio de diálogo con actores que no fueron invitados a participar en la Misión Ramsar de Asesoramiento que tuvo lugar en marzo pasado. A través de conversatorios con usuarios del PNSAV, colectivos, el sector académico y organizaciones de la sociedad civil —y mediante recorridos de observación directa en zonas potencialmente afectadas—, se documentaron las condiciones actuales del ecosistema y los posibles impactos asociados a la ampliación del puerto de Veracruz.Uno de los principales hallazgos es la existencia de riesgos significativos para el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), un humedal de importancia internacional designado como Sitio Ramsar. Este sistema, que constituye el complejo coralino más grande del Golfo de México, alberga una alta biodiversidad (incluyendo corales, manglares y diversas especies marinas) y sostiene actividades económicas y medios de vida de comunidades locales.La información recabada señala que la ampliación portuaria podría comprometer la integridad ecológica del sistema, particularmente debido a la ausencia de una evaluación integral de impactos que considere de manera adecuada los efectos acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto.Asimismo, la misión analizó el estado de cumplimiento de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual determinó que el derecho a un medio ambiente sano fue vulnerado como consecuencia de una evaluación ambiental fragmentada. A cuatro años de dicha resolución, se identifican desafíos relevantes en su implementación.En particular, la autorización de impacto ambiental otorgada en 2022 presenta elementos que requieren revisión, tales como la omisión de generar nuevos estudios, la exclusión de ecosistemas clave, el uso de metodologías que pueden resultar inadecuadas o limitadas, la falta de un análisis integral de los impactos del proyecto y la no consideración del cambio climático. Estos aspectos evidencian la necesidad de fortalecer la alineación con lo establecido por la SCJN.Adicionalmente, se observa la importancia de consolidar procesos de participación pública más amplios, incluyentes y transparentes, que garanticen la incorporación efectiva de diversas perspectivas en la toma de decisiones. En la sentencia de la Corte, la palabra “participación” se usa hasta 18 ocasiones y México es parte del Acuerdo de Escazú. Sin embargo, en el proceso de cumplimiento de la sentencia, no se ha aperturado un solo espacio para que las personas y comunidades afectadas o beneficiadas puedan dialogar sobre el proyecto de ampliación portuaria.Como resultado de la misión civil de observación, se elaborará un informe sombra que sistematizará los hallazgos, preocupaciones y recomendaciones, el cual será compartido con instancias nacionales e internacionales, incluida la Convención Ramsar.Dentro de los hallazgos más destacados, se encontraron:Impactos no tenidos en cuenta sobre el Archipiélago de Lagunas Interdunarias, humedal de importancia internacional, Sitio Ramsar 1450.Impactos asociados con sitios de extracción de roca para la construcción de escolleras, no considerados en la evaluación ambiental. Desde la perspectiva técnico y social, el desbalance en los sedimentos de los ecosistemas asociados y la pérdida de espacios playa en comunidades al sur del SAV. Desplazamiento de actividades en espacios públicos, como actividades deportivas y de turismo.  En este marco, las organizaciones firmantes  llamamos a las autoridades a:Cumplir de manera integral la sentencia de la SCJN.Alinear el desarrollo del proyecto portuario con las obligaciones internacionales en materia de protección de humedales.Garantizar mecanismos de participación pública efectivos, incluyentes y transparentes.Proteger de manera integral el SAV.Ampliar la Misión Ramsar de Asesoramiento con el objetivo de garantizar la participación efectiva de todas las voces relevantes, particularmente de comunidades locales y otros actores clave que deben ser considerados en la toma de decisiones. La protección del Sistema Arrecifal Veracruzano es fundamental para asegurar la conservación de la biodiversidad, la sostenibilidad de los medios de vida locales y el cumplimiento de los compromisos internacionales del Estado mexicano.Contacto de prensaTerritorios Diversos para la Vida (TerraVida) | 55 8462 5917 | [email protected] 

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Amazonas Brasil

Hablemos del cierre y salida responsable de proyectos

Ningún proyecto minero, de extracción de combustibles fósiles y de generación de energía dura para siempre. Su vida útil está condicionada a factores internos, como la cantidad de reservas de los recursos, y externos, como la disminución de la demanda o problemas financieros, entre otros.Pero, sin importar la duración del proyecto o cómo esta pueda verse afectada, quienes lo promuevan —sean actores públicos o privados— deben prever un proceso de cierre y salida responsable con el entorno natural y con la sociedad, el cual tiene que ser deseado y promovido por todas las personas involucradas.Este asunto es aún más relevante en el contexto de las acciones necesarias para enfrentar la crisis climática, relacionadas en gran parte con la transición energética, la cual implica en términos generales sustituir los proyectos de extracción y uso de combustibles fósiles; así como promover energías renovables bajas en emisiones, que están asociadas a la extracción de minerales. En ambos escenarios, los temas de cierre y salida cobran gran importancia.En el primero, es necesario incluir en los proyectos vigentes obligaciones concretas y exigibles de cierre y salida responsable. En el segundo, estos requerimientos deben incluirse desde la etapa de planificación y la de prefactibilidad, integrándolos también las evaluaciones de impacto ambiental y en fases posteriores.En todos los proyectos, el rol de sus promotores, sean públicos o privados, es esencial. De igual forma, la obligación de supervisión y fiscalización de los Estados tiene mucha importancia para la protección y garantía de los derechos de quienes puedan verse afectados. En ocasiones, la responsabilidad de la salida incluye otros actores clave que forman parte de las cadenas de valor y suministro de los proyectos: inversionistas, financiadores, aseguradoras, proveedores, distribuidores y compradores, entre otros.Por lo señalado, la conversación en torno al cierre y salida responsable de proyectos es fundamental para abonar a la protección del ambiente y la gestión climática en América Latina.¿Qué entendemos por cierre y por salida de un proyecto?Todos los proyectos minero-energéticos tienen distintas fases a lo largo de su ciclo de vida: inicio, planificación, ejecución, seguimiento y control, cierre y poscierre. A su vez, tienen cadenas de suministro y de valor en las que participan —como dijimos— actores de diversos sectores.En este contexto, el cierre se refiere a la etapa de un proyecto en la cual este deja de operar y se da por finalizado. Por su parte, la salida se refiere a la decisión y posterior proceso en el cual los distintos actores de la cadena de valor y de suministro del proyecto, desde su propio rol, se desvinculan por completo de este.  ¿Qué implica que un proceso de cierre y de salida sea responsable?Actualmente no existe un consenso sobre la definición y el alcance de los procesos de salida y de cierre de proyectos para que sean responsables y justos. En ocasiones, estos términos se utilizan de forma indiscriminada, lo que puede generar confusiones acerca de las responsabilidades de los actores involucrados y el alcance de los procesos que deben llevarse a cabo. Sin embargo, hay elementos que permiten explicar estos conceptos con precisión:El cierre responsable y justo de un proyecto es un proceso planificado, realizado con anticipación, que debe contemplarse desde las fases iniciales del proyecto y actualizarse constantemente según su desarrollo.Por medio del cierre responsable se garantiza un cese de actividades y un desmantelamiento planificado, coordinado y participativo, garantizando también el derecho a un ambiente sano.La planificación y el desarrollo de un plan de cierre deben estar enfocados en la gestión de riesgos, así como en la prevención y mitigación de impactos. Ello asegura un cierre responsable en el que las áreas afectadas puedan readecuarse y ser seguras tanto para la naturaleza como para las comunidades, permitiendo además que los ecosistemas recuperen sus funciones.La obligación general del promotor del proyecto es identificar en debida forma los impactos que este puede causar y dar cumplimiento adecuado y oportuno a las medidas aprobadas por el Estado en sus instrumentos de gestión ambiental.La principal obligación del Estado (además de su deber general de regulación) es supervisar y fiscalizar el proyecto para verificar el cumplimiento de las obligaciones del promotor, previniendo que se generen daños ambientales y/o sociales.El rol de los demás actores de la cadena de valor y de suministro es actuar con debida diligencia, utilizando su influencia para incentivar que el promotor del proyecto cumpla con sus obligaciones y, en caso de notar incumplimientos, tomar medidas desde su papel y capacidad de influencia para que se adopten las acciones correctivas necesarias.La salida responsable y justa se refiere al proceso llevado a cabo por los distintos actores de la cadena de valor y de suministro cuando deciden desvincularse por completo de un proyecto, atendiendo las responsabilidades propias de su rol, que implican cumplir sus obligaciones en materia de respeto y debida diligencia en derechos humanos.   En América Latina, han existido avances importantes para regular aspectos vinculados con la autorización, el inicio y la puesta en marcha de proyectos minero-energéticos. Sin embargo, la experiencia ha demostrado que existen importantes desafíos para que los procesos de cierre y salida sean responsables con los ecosistemas y comunidades intervenidas.Para conocer más del tema, consulta nuestro informe El cierre y la salida responsable. Un requerimiento para la justicia ambiental y climática en América Latina En el siguiente video, explicamos los principales hallazgos del informe, que documenta y analiza casos en varios países del continente:  

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Paisaje amazónico.

El Cierre y la Salida Responsable

Un requerimiento para la justicia ambiental y climática en América Latina Ningún proyecto de extracción de recursos naturales (materia o energía) dura para siempre. Su vida útil está sujeta a muchas variables, que incluyen factores endógenos —como la cantidad de reservas de los recursos o la tasa de extracción— y factores exógenos —como las decisiones para atender la crisis climática, la disminución en la demanda, los problemas financieros, etc.— que condicionan el momento en que el proyecto debe cerrar o el momento en el cual un actor de su cadena de valor y de suministro debe salir. Sin importar la duración de la vida útil del proyecto o como pueda verse afectada, se debe contemplar un proceso de cierre responsable con el entorno natural y la sociedad, el cual tiene que ser deseado y promovido por todos los actores involucrados.Este asunto es aún más relevante en el contexto de crisis climática que estamos viviendo, que hace urgente la puesta en marcha de medidas para gestionarla en el corto, mediano y largo plazo. Muchas de las acciones requeridas para cumplir con las metas de mitigación de gases de efecto invernadero (GEI) están relacionadas con la transición energética, la cual implica, en términos generales, al menos dos cosas: 1) la sustitución de los proyectos de extracción y uso de combustibles fósiles y 2) la promoción de energías renovables bajas en emisiones, que están asociadas a la extracción de minerales. En ambos escenarios, los temas de cierre y salida cobran una gran importancia.Tanto en los proyectos de extracción como en los de generación, el rol de sus promotores, sean públicos o privados, es esencial. De igual forma, la obligación de supervisión y fiscalización de los Estados tiene mucha importancia para la protección y garantía de los derechos de quienes puedan verse afectados. En ocasiones, la responsabilidad de la salida incluye otros actores clave que hacen parte de las cadenas de valor y suministro de los proyectos: inversionistas, aseguradoras, distribuidores y compradores, entre otros.En América Latina, han existido avances importantes para regular aspectos vinculados con la autorización, el inicio y la puesta en marcha de proyectos minero-energéticos. En estas fases, principios en materia ambiental como el de prevención y el de precaución, además de derechos como la consulta previa y el consentimiento previo libre e informado, y los derechos de acceso, han tenido un rol crucial en la determinación de la viabilidad y el avance de los proyectos, así como en la protección y garantía de los derechos de las comunidades de la región. Sin embargo, la experiencia ha demostrado que existen importantes desafíos para que los procesos de cierre y salida sean responsables con los ecosistemas y comunidades intervenidas. En efecto, la falta de un proceso de cierre, así como de claridad sobre las obligaciones alrededor de los procesos de transición social y superación de las condiciones de dependencia económica, son obstáculos complejos que pueden agudizar los impactos ambientales y sociales.   Este informe surge con la idea de proponer enfoques basados en el derecho y la ciencia para abordar el cierre y la salida responsable de los proyectos. Con ese propósito, en la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), en el período 2022-2024, entrevistamos a diversos actores y sistematizamos 12 casos que ejemplifican la problemática situación de múltiples proyectos de extracción de combustibles fósiles, de minerales y de generación de energía, que se encuentran en fase de cierre o en procesos de salida en diferentes países de la región. Estos casos evidencian los actuales desafíos y vacíos legales, técnicos y administrativos sobre el cierre y la salida en contextos específicos.Con la publicación, buscamos dar respuestas a las siguientes preguntas: ¿qué se entiende por cierre y salida de un proyecto?, ¿cuáles son los fundamentos de las obligaciones de cierre y salida desde el derecho internacional?, ¿cómo deben ser el cierre y la salida?, ¿quiénes deben participar en estos procesos? y ¿cómo se deben atender los desafíos e impactos en materia social, ambiental, económica y de derechos humanos que se derivan de ellos? Lee y descarga el informe 

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