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Contaminación del río Motagua en Guatemala: La búsqueda de justicia ambiental del pueblo maya poqomam
La cuenca del río Motagua, el más extenso e importante de Guatemala, está gravemente contaminada con aguas residuales, desechos sólidos y otro tipo de desperdicios.
La problemática es transfronteriza porque las aguas contaminadas del Motagua desembocan en el mar Caribe, alcanzan las costas de Honduras y amenazan al Sistema Arrecifal Mesoamericano.
Esto ha vulnerado por décadas los derechos a la salud, al agua, al desarrollo y al ambiente sano de todas las personas que viven en la cuenca.
En junio de 2025, la comunidad maya poqomam de Santa Cruz Chinautla —apoyada por AIDA, el Bufete de Pueblos Indígenas y organizaciones aliadas— logró una victoria judicial sin precedentes para detener la degradación en la cuenca. Como respuesta al litigio que interpuso, un tribunal guatemalteco ordenó a la municipalidad de Chinautla cumplir una serie de obligaciones para frenar la contaminación de los ríos y suelos de la zona.
La respuesta gubernamental al fallo se ha limitado al momento a reuniones de mesas técnicas de trabajo. Mientras, la comunidad continúa trabajando para que la sentencia se implemente adecuadamente y realizando otras acciones para defender su territorio y sus derechos.
Antecedentes
Con 486 km de longitud, el río Motagua atraviesa 96 municipios y 14 departamentos de Guatemala. Nace en Quiché, departamento ubicado al noroeste, y desemboca en el mar Caribe.
Las actividades contaminantes ocurren en toda su cuenca, incluyendo subcuencas y microcuencas. El mayor volumen de contaminación proviene de la ciudad de Guatemala, capital del país, transportado por las aguas del río Las Vacas, que a su vez recibe una gran cantidad de desperdicios del río Chinautla.
El río Chinautla, que atraviesa el municipio del mismo nombre, lleva los desechos sólidos de un vertedero ubicado en la Zona 3 capitalina —a donde llega la basura de al menos 14 municipios del departamento de Guatemala—, además de las aguas negras generadas por unas 500 mil personas que viven en la parte norte de la capital y que no reciben ningún tratamiento previo de limpieza.
Otras fuentes de contaminación son los numerosos vertederos ilegales que hay en el municipio de Chinautla, los desechos que vehículos particulares y camiones recolectores descargan a orillas de sus ríos, así como las empresas areneras —que comenzaron a instalarse en el territorio entre 1996 y 1997— cuyas operaciones debilitan las cuencas, haciendo que los desechos sólidos sean arrastrados más fácilmente por los caudales.

Foto: Mayela Sánchez García.
La situación trasciende fronteras. El Motagua vierte cada año unas 20 mil toneladas de plástico al mar Caribe, siendo así en uno de los ríos que más contaminación plástica aporta al océano a nivel mundial, según estimaciones contenidas en un informe de 2025 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El caudal confluye en su desembocadura con el Arrecife Mesoamericano, por lo que la contaminación amenaza también con degradar uno de los arrecifes transfronterizos más grandes y biodiversos del planeta, que abarca las aguas territoriales de Belice, Guatemala, Honduras y México.
Además, las aguas contaminadas llegan a las costas de Honduras y se esparcen a la bahía de Amatique, situada a lo largo de la costa oriental de Guatemala, afectando al mar Caribe.
Las raíces de esta problemática crónica y transfronteriza son estructurales. Datos del proyecto Gestión Ambiental Integral de la Cuenca del Río Motagua, financiado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), dan cuenta que en Guatemala el 66% de los desechos sólidos urbanos no se recolectan y no hay garantía de que el 34% restante se elimine adecuadamente. Además, del total de vertederos del territorio nacional, el 88,32% son ilegales o no tienen autorización municipal.
Dicho de otro modo, las causas centrales que combatir son el mal manejo de desechos sólidos y de los recursos hídricos en Guatemala; el incumplimiento de las regulaciones existentes sobre el vertimiento de aguas residuales, disposición y tratamiento de desechos y residuos sólidos; así como la falta de una ley de aguas.
La búsqueda de justicia del pueblo maya poqomam
Los ríos de Santa Cruz Chinautla, comunidad del pueblo maya poqomam, ubicada a tan solo doce kilómetros de la Ciudad de Guatemala, se han convertido en conductos de contaminación que degradan el río Motagua.
Por décadas, su población ha visto dañada su salud y sus medios de vida —entre ellos la alfarería, una de las principales actividades económicas y fuente de identidad— debido a la falta de gestión de los residuos del municipio de Chinautla y de la zona urbana de la capital del país, así como a las actividades de empresas areneras.

Foto: Mario Winter.
Voces por el río Motagua: Olga Vázquez.
Voces por el río Motagua: Nazario Pascual.
A comienzos del año 2000, la comunidad maya se organizó para detener la extracción de arena en su territorio. En ese momento, las empresas tenían licencias mineras que estuvieron vigentes hasta 2021 y 2022. Y, aunque los permisos vencieron, algunas empresas siguieron operando tras solicitar prórrogas. En junio de 2022, las autoridades indígenas del pueblo poqomam iniciaron un plantón de resistencia frente a la empresa Piedrinera San Luis, que mantuvieron por cuatro años.
En julio de 2024, el Relator Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la CIDH visitó Santa Cruz Chinautla. Durante su visita, autoridades ancestrales e integrantes de la comunidad expusieron sobre los impactos ambientales, al agua, la salud, la economía y la cultura de la contaminación de sus ríos.
Ese mismo año, en octubre, la comunidad —con apoyo de AIDA, el Bufete de Pueblos Indígenas y organizaciones aliadas— interpuso un litigio (petición de amparo) contra la municipalidad de Chinautla por la falta de medidas para atender la contaminación de sus ríos y suelos causada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la existencia de vertederos ilegales.
El equipo científico de AIDA, junto con vecinos y autoridades de la comunidad, recolectó información clave sobre los vertederos ilegales que hay en el territorio. Este ejercicio de ciencia ciudadana sustentó el litigio al visibilizar la gravedad de la contaminación, demostrar el uso continuo de este tipo de práctica y evidenciar el incumplimiento por parte de las autoridades municipales de sus obligaciones legales respecto de la gestión de residuos.
Conoce más de esta experiencia de ciencia ciudadana.
En junio de 2025, la comunidad poqomam obtuvo el respaldo de la justicia guatemalteca cuando un tribunal de amparo ordenó a la municipalidad de Chinautla responder efectivamente a las peticiones del litigio para frenar la contaminación de los ríos y suelos de Santa Cruz Chinautla.
Es la primera vez que un tribunal guatemalteco reconoce el derecho de un pueblo a un ambiente sano y su papel central en la búsqueda de soluciones.
Entérate de los detalles de la victoria judicial.
Situación actual
Desde la emisión de la sentencia, la municipalidad de Chinautla realizó una serie de "mesas técnicas de trabajo" con representantes del gobierno central, de la sociedad civil y de la comunidad. Luego se creó un grupo más pequeño conformado por personas técnicas con la tarea de elaborar un plan de trabajo con metas claras. Han pasado varios meses sin que la municipalidad convoque a las mesas de trabajo.
Por otro lado, en diciembre de 2025, la CIDH advirtió en su informe Situación de los Derechos Humanos en Guatemala que la cuenca del río Motagua enfrenta una severa crisis de contaminación que ha generado impactos profundos en la biodiversidad y vulneraciones sistemáticas a los derechos humanos de comunidades locales, incluido el pueblo maya poqomam.
Y, en mayo de 2026, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales canceló la licencia de la empresa arenera Piedrinera San Luis por el "incumplimiento de los compromisos ambientales".
AIDA continúa haciendo seguimiento a la ejecución del fallo judicial para garantizar el derecho a un ambiente sano de la comunidad maya poqomam y de todas las personas que habitan en la cuenca del Motagua. Mientras, la población de Santa Cruz Chinautla sigue organizada y movilizada para mejorar su entorno y defender sus derechos.

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El 12 de diciembre de 2015, la represa Belo Monte, en Brasil, comenzó a ser llenada. El proyecto más importante del programa energético de la presidenta Dilma Rousseff es también un monumento a cómo no debe producirse energía en el siglo XXI. Además de su alto costo, la represa está asociada con corrupción y grandes impactos socioambientales. Belo Monte sería la tercera represa más grande del mundo. Se construye al noreste de Brasil, en el río Xingú, afluente clave del Amazonas. Produciría en promedio solo la tercera parte de su capacidad máxima. Inundará 516 km2 (el tamaño de la ciudad de Chicago) de bosque amazónico, áreas cultivables y zonas urbanas de Altamira, Pará. “…el gobierno y la sociedad brasileños no toleran y no tolerarán la corrupción. La democracia brasileña se fortalece cuando la autoridad asume el límite de la ley como su propio límite. Muchos de nosotros luchamos para eso justamente cuando las leyes y los derechos fueron vilipendiados durante la dictadura…”, dijo Rousseff ante la Asamblea de Naciones Unidas en septiembre pasado. Habló de incluir las “cuestiones de las comunidades indígenas” en los compromisos climáticos del país. También en septiembre, la casa de doña Antonia Melo en Altamira fue demolida por Norte Energía, consorcio constructor de Belo Monte. Antonia lidera el Movimiento Xingú Vivo para Siempre que defiende los derechos de los habitantes de la cuenca del Xingú. La de Antonia es una de las cerca de 3,000 familias desplazadas por una represa que afectará a 40,000 personas en total, muchas de ellas indígenas. El 24 de noviembre de 2015, la autoridad ambiental autorizó la operación de Belo Monte pese al incumplimiento de condicionantes socioambientales esenciales e ignorando dictámenes técnicos ambientales y de la autoridad de protección de los indígenas. Desde 2011, cuando la construcción comenzó, varias comunidades indígenas han sufrido daños serios a su salud, integridad, territorio y cultura. Éstos han empeorado ante la proximidad de la operación de la represa. Los servicios públicos, incluyendo los de centros de salud y de atención a la niñez —de por sí precarios—, colapsaron. La violencia creció exponencialmente: los asesinatos se duplicaron, los accidentes de tránsito aumentaron 144% y la violencia sexual y prostitución estallaron, afectando a niñas y adolescentes sin que las denuncias al respecto sean atendidas. Aunque se entregaron más de 2,600 viviendas a las familias desplazadas, éstas denuncian defectos estructurales, falta de transporte público y servicios esenciales. Las casas no tienen conexión al alcantarillado, una de las condicionantes de la licencia. El discurso de Rousseff resulta paradójico frente a la realidad. Ella fue víctima de la dictadura, pero ahora usa recursos de ese régimen para implementar Belo Monte. El Ministerio Público Federal presentó más de 20 demandas contra el proyecto y jueces ordenaron la suspensión de sus obras en al menos seis ocasiones. Dichos fallos fueron anuladas por petición del gobierno de Rousseff, aplicando la suspensión de seguridad, intrumento legal irónicamente creado por la dictadura. La última vez fue en enero pasado cuando el Tribunal Federal de Justicia suspendió el llenado de la represa por el incumplimiento de obligaciones referidas a la protección de las comunidades indígenas. El fallo fue anulado día después. La corrupción también salpicó al proyecto. Según confesaron ejecutivos de las empresas Camargo Correa y Andrade Gutiérrez, se pagaron sobornos millonarios para su implementación. El tema es parte de Lava Jato, la mayor investigación contra la corrupción de la historia de Brasil. Los impactos de Belo Monte han sido denunciados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Naciones Unidas. Las respuestas fueron lentas o inexistentes. En abril de 2011, la CIDH urgió a Brasil suspender las obras por la falta de consulta libre, previa e informada con las comunidades indígenas. La reacción de Brasil fue contundente: retiró su candidato a la CIDH, a su embajador ante la OEA, dejó de enviar sus aportes anuales a ese organismo e inició un proceso de “fortalecimiento” del Sistema Interamericano que terminó reformando el reglamento de la Comisión. La CIDH dejó de pedir la suspensión de obras, pero sí acciones urgentes para proteger a las comunidades indígenas afectadas. En 2011, éstas demandaron a Brasil y cuatro años después, en diciembre de 2015, la Comisión inició el trámite del caso. Ese organismo podría priorizar el caso, tomar una decisión pronto y evitar mayores daños. Como dice doña Antonia, la lucha continúa. Rousseff aún puede demostrar que su gobierno no tolera la corrupción y que, a diferencia de la dictadura, no vilipendia las normas. La CIDH y otras autoridades tienen la oportunidad histórica de exigir respetar los derechos humanos y ayudar a que los países alcancen un desarrollo que no sacrifique las personas. Deben hacerlo pronto, pues Belo Monte ya esta llenándose
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Los páramos: protegidos por la Corte
El fallo de la Corte Constitucional que hace unos días prohibió la minería en los páramos vino a zanjar una prolongada controversia sobre el tema. Ahora queda claro que los derechos o expectativas económicas de particulares deben subordinarse al interés general. Pero la disputa seguirá y habrá reacomodo de fuerzas en torno a la interpretación del fallo. La sentencia en cuestión responde a una demanda contra el Plan de Desarrollo 2014-2018 interpuesta por la Cumbre Agraria y el Polo Democrático Alternativo, y sin duda es el pronunciamiento más importante de la Corte Constitucional en materia ambiental en su historia reciente. El debate sobre extractivismo en páramos es uno de los pulsos ambientales más intensos que hayamos visto en Colombia en los últimos años. A diferencia de otros temas, esta cuestión se instaló para quedarse en el debate nacional. El movimiento ambiental fue muy hábil al conectar la importancia de los ecosistemas de páramo con el agua que los ciudadanos del común reciben en sus casas y con ello logró el consenso en la opinión sobre la necesidad de protegerlos. El asunto fue ampliamente comentado por los medios y por las redes sociales, de modo que hoy la gente sabe bien que sin páramos no hay agua en las ciudades. Esto tuvo una gran influencia sobre el “ambiente” que rodeó el litigio en la Corte. El gobierno perdió el caso ante la opinión y volvió a perderlo ante el tribunal. Antes de la sentencia, no había un pronunciamiento autorizado que impidiera contundentemente la minería en páramos. Pese a algunas decisiones de la propia Corte y a un concepto del Consejo de Estado, este debate seguía estando en vigencia. Pero cuando el gobierno incluyó el tema en el Plan de Desarrollo, cometió un error estratégico porque lo expuso a la competencia de la Corte. En resumen, la Corte sostuvo que: La minería en páramos pone en peligro el derecho al agua porque desconoce la obligación del Estado de proteger sus fuentes. La licencia ambiental no otorga derechos adquiridos en los páramos y el Estado puede prohibir la minería en esas zonas incluso después de haberla expedido. Es desproporcionado afectar los páramos para garantizar derechos patrimoniales de privados. Los páramos tienen un déficit de protección inaceptable desde el punto de vista constitucional, pues no todos ellos se encuentran en áreas protegidas y no hay reglas claras sobre hasta dónde llega la discrecionalidad del gobierno en la delimitación. Los páramos son interdependientes con otro tipo de ecosistemas y dañarlos libera carbono y contribuye al cambio climático. El primer Plan de Desarrollo del gobierno Santos le quitó piso jurídico a la minería en páramos, pero el segundo se lo devolvió y esa regresión es inconstitucional. Asimismo, la Corte hizo uso del derecho ambiental internacional y reconoció que los páramos son sumideros de carbono, reservas de biodiversidad y fuentes de agua dulce. También utilizó datos científicos para demostrar que son ecosistemas muy frágiles y difíciles de restaurar. Con esta decisión el tribunal avanzó bastante en la jurisprudencia y demostró que el litigio ambiental por tipo de ecosistemas es más comprehensivo que aquel que se realiza por especies. Además, envió un mensaje a los países de la región que también tienen páramos, pues la minería avanza a paso firme en áreas protegidas de Ecuador y Bolivia. La cuestión de los páramos es un debate andino y el movimiento ambiental en esos países está seriamente debilitado. Pero, sobre todo, la Corte innovó con la regla según la cual el gobierno no puede apartarse de la delimitación de páramos hecha por el Instituto Humboldt, a menos que tenga una base científica y que ello represente un mayor nivel de protección para los páramos. Este es un diseño constitucional de incentivos sin precedentes que, al tiempo que garantiza la independencia del Instituto, mantiene cierto margen de discrecionalidad para el Ministerio de Ambiente. Por último, la Corte reconoció implícitamente que el sistema de licencias ambientales no da garantías de protección a los páramos y que el margen de discrecionalidad del gobierno en la delimitación, tal como venía operando, no podía seguir. Este es un claro llamado de atención al funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y a las CAR, y un reconocimiento de la necesidad de fortalecer nuevamente el Sistema Nacional Ambiental. Sin duda, la Corte sentó un precedente que dificulta el avance de la minería en los páramos. Pero la disputa por el sentido del fallo y las presiones sobre el tribunal continuarán, porque el diablo está en los detalles. La Ley 1450 de 2011 daba como referencia mínima para hacer efectiva la prohibición de minería en páramos el Atlas del Humboldt, si no se tenía una más detallada. Esa regla desapareció con en la Ley 1753 de 2015. Si bien la Corte hizo ajustes en su reciente decisión, el argumento según el cual si no hay delimitación no hay prohibición de minería, será utilizado para seguir pidiendo licencias en zonas de páramo, o para defender las que ya han sido aprobadas. Por otro lado, los ambientalistas sostendrán que las licencias en esas zonas, al ser actos administrativos, pierden sustento jurídico con la sentencia de la Corte y deben ser revocadas o anuladas. En todo caso, la protección de los páramos no debe estar supeditada a la delimitación. Las decisiones de la Corte tienen efectos inmediatos y la protección de los derechos fundamentales relacionados con páramos no puede estar sujeta a la expedición de un acto administrativo. El otro desafío que surge tras la decisión es qué hacer con los pequeños mineros. Si bien la Corte dijo que los derechos patrimoniales no están por encima del interés general, en el caso de productores artesanales el acceso al trabajo o al mínimo vital puede verse en peligro, particularmente en Santander y Boyacá. El gobierno debe ofrecer alternativas para evitar el desplazamiento de estos grupos. Finalmente, vendrá la discusión sobre los costos económicos de la decisión. Sin duda habrá un ajuste en los planes de inversión e incluso pérdidas en el sector minero, que cuenta con vías legales para reclamarlas frente al Estado. Pero los costos de los pasivos ambientales por la explotación (pérdida de servicios ecosistémicos, impacto de la contaminación sobre la agricultura y la salud) son mucho más importantes y, en últimas, también tendrán que ser asumidos por el Estado y por los ciudadanos. El problema radica en que esos costos ambientales normalmente no son contabilizados. Con esta decisión ganó la Corte, que demostró ser capaz de decisiones audaces para proteger los ecosistemas del país. También ganó el movimiento ambiental, que supo combinar la movilización ciudadana con el litigio estratégico. Pierden el gobierno, porque su punto de vista sobre el tema resultó derrotado (por ahora), así como el sector minero, que sin duda verá reducidas sus expectativas de ganancias. Pero el debate sigue y la implementación de la sentencia puede ser aún más disputada que el litigio.
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