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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Fracking, Cambio Climático

La prohibición del fracking en Colombia como un asunto de política pública

Este texto, que busca contribuir al debate sobre el fracking en Colombia, es labor de un grupo de personas expertas en diferentes materias relacionadas con el tema: ingenierías de petróleos, química y civil; geología, economía, derecho y movimientos sociales. Este grupo propone temas útiles e ilustrativos para estimular las discusiones públicas. Para ello, se trabajan cuatro aspectos, en los capítulos correspondientes:   Un contexto sobre el papel del fracking en un escenario de cambio climático, la definición de la técnica y sus antecedentes en el mundo y en Colombia. La descripción del principio de precaución y de algunos derechos que podrían estar en riesgo con la aprobación del fracking en Colombia. En este mismo capítulo, se exponen algunos daños graves originados en la técnica, sobre el ambiente y, muy especialmente, sobre el derecho al agua. También se discute cómo la aprobación del fracking podría profundizar conflictos socioambientales y, en consecuencia, ir en contravía de la construcción de paz en el país. El tercer capítulo analiza el comportamiento económico de los hidrocarburos y las políticas que, orientadas a ofrecer múltiples beneficios a empresas privadas, han intentado estimularlo. Expone además la manera en que, apostar por la explotación de hidrocarburos no convencionales, podría tener afectaciones en la economía colombiana, dada la inestabilidad en los precios internacionales del petróleo y la enfermedad holandesa, que impactaría sectores productivos como la agricultura y la industria. El sector hidrocarburos cuenta con numerosos beneficios tributarios y genera, en comparación con otros sectores económicos como la agricultura o la industria, muchos menos empleos. En la última parte, se concluye que, para proteger las verdaderas vocaciones naturales, culturales y económicas del país, basadas en su gran diversidad y en concordancia con los compromisos jurídicos y políticos constitucionales e internacionales de ambiente y derechos humanos, Colombia necesita prohíbir el fracking. En cambio, propone trazar cuanto antes un camino hacia la transición a energías limpias y justas y así aprovechar su gran potencial en esta materia. Esta transición energética debe darse en el marco de estándares ambientales y sociales que minimicen los impactos en los ecosistemas, las comunidades, las personas defensoras de derechos humanos y las personas trabajadoras con el fin de generar energía y, simultáneamente, beneficios en términos ambientales, de salud pública y de generación de empleo.       Descarga el informe

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Cómo Brasil está amenazando los derechos indígenas y ambientales

Con la nueva presidencia, el Estado brasileño ha iniciado un desafortunado periodo de cambios —a su legislación, su estructura, su política exterior y sus políticas públicas— que amenazan con hacer que Brasil retroceda décadas en asuntos climáticos, ambientales y de derechos humanos. En los primeros meses de la nueva administración hubo varias modificaciones extremadamente cuestionables porque apuntan al debilitamiento de las garantías para los derechos indígenas y ambientales. Entre esas reformas, destacan las siguientes: La transferencia al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento de las funciones más importantes del Ministerio de Medio Ambiente. La precarización de entidades gubernamentales responsables de fiscalizar casos de crímenes ambientales. La transferencia de la competencia para la demarcación de tierras indígenas de la Fundación Nacional del Indio a manos del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento. La suspensión de contratos firmados entre entidades estatales y organizaciones de la sociedad civil. El debilitamiento del proceso para otorgar permisos ambientales. La amenaza constante de retirar a Brasil de acuerdos internacionales sobre la protección del ambiente y de los pueblos indígenas, incluida la reciente de retirar al país de la Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Estos cambios parecen ser solo el comienzo pues el panorama podría agravarse. Hace poco, en uno de los mayores eventos sobre minería a nivel mundial (la convención de la Asociación de Exploradores y Desarrolladores de Canadá), el Ministro de Minas y Energía anunció que buscará la autorización de actividades mineras en territorios indígenas y zonas fronterizas. Afirmó que los pueblos indígenas no tendrán autonomía para impedir la instalación de minas en sus tierras. El anuncio da a entender que la prioridad del Estado estará en promover un desarrollo irresponsable y no en garantizar los derechos humanos. La amenaza de la minería a tierras indígenas El año pasado, con la aprobación del Decreto 9.406, se establecieron cambios importantes y flexibilizaciones para las actividades mineras, entre ellas prórrogas sucesivas para los permisos y la consideración de que los fundamentos para la minería son el interés nacional y la utilidad pública. En sí misma, la minería es una actividad que implica grandes daños ambientales porque rompe con el equilibrio natural de los ecosistemas. No puede ser pensada como una forma de desarrollo sostenible, sino como una actividad de muy alto riesgo que genera destrucción y contaminación. Más aún cuando Brasil no ha sido capaz de regular la minería en términos de seguridad mínima. Basta recordar el rompimiento, en menos de cuatro años, de dos presas de desechos mineros en el estado de Minas Gerais. El primer caso es considerado la mayor tragedia ambiental de la historia del país, y el segundo resultó en 197 muertes y 111 personas desaparecidas. Si para el gobierno la necesidad de la minería es innegable, también lo es la necesidad de un control estricto, del uso de las técnicas más seguras, y de una evaluación nacional seria sobre la viabilidad de cada mina. Ante los graves daños ambientales asociados a la minería, su implementación en tierras indígenas implica trasladar esos daños a una población minoritaria y vulnerable que depende directamente de la salud del ambiente para su sobrevivencia física y cultural. Las comunidades indígenas tienen el derecho constitucional a ser escuchadas ante proyectos que puedan afectarles. Algunas comunidades han creado protocolos sobre la forma en que quieren ser consultadas. Construir una mina contra la voluntad de una comunidad es violar sus derechos a la vida, a la autodeterminación, a la autonomía, al mantenimiento de su cultura, a no ser desplazados forzadamente, a beneficiarse de sus territorios originarios y al ambiente sano, entre muchos otros.  Con sus declaraciones, el Ministro de Minas y Energía muestra una falta total de compromiso con los derechos fundamentales establecidos en la Constitución brasileña y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Revela su intención de apaciguar a los inversores, principalmente a la empresa canadiense detrás del proyecto minero Belo Sun, el cual busca instalar en las tierras indígenas ya afectadas por la construcción de la represa Belo Monte. En defensa de los pueblos indígenas La minería en tierras indígenas no es un tema regulado de forma adecuada y suficiente en Brasil, siendo necesaria una ley aprobada por el Congreso Nacional que respete los derechos fundamentales de las comunidades indígenas. El Congreso debe aprobar una ley que represente la protección de tierras indígenas y que incluya a las comunidades en el proceso. Ante los retrocesos planteados por el gobierno actual, la resistencia de las comunidades indígenas y de quienes las apoyan, se ha fortalecido. Organizaciones de la sociedad civil como AIDA están comprometidas con la defensa de los derechos humanos, la protección de los territorios indígenas y con la rendición de cuentas de gobiernos y empresas cuando sea necesario.  

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Os retrocessos dos direitos ambientais e indígenas brasileiros

Com o novo mandato presidencial, o Estado brasileiro está no início de uma infeliz jornada de mudanças — na sua legislação, na sua estrutura, na sua política externa e nas suas políticas públicas— que ameaçam retroceder o Brasil em décadas nos assuntos de mudança climática, meio ambiente e direitos humanos. Nos primeiros meses da nova administração houve diversas modificações extremamente questionáveis visto que levam ao enfraquecimento da garantia dos direitos humanos indígenas e ambientais. Entre essas mudanças, destacam-se: A transferência das funções mais importantes do Ministério do Meio Ambiente para o Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento. A precarização de órgãos governamentais responsáveis pela fiscalização de crimes ambientais. A transferência da competência para demarcação de terras indígenas da Fundação Nacional do Índio para o Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento. A suspensão dos contratos celebrados entre organizações estatais e entidades da sociedade civil. A fragilização do licenciamento ambiental. A constante ameaça de retirar o Brasil de acordos internacionais sobre proteção indígena e ambiental, incluindo a recente ameaça de se retirar da Convenção 169 da OIT Essas alterações são apenas o começo pois o panorama pode piorar. Recentemente, em um dos maiores eventos sobre mineração do mundo (o Prospectors and Developers Association of Canada), o Ministro de Minas e Energia anunciou que buscará a autorização para realizar mineração em territórios indígenas e em faixas de fronteiras. Acrescentando que os povos indígenas não terão autonomia para vetar a instalação das minas em suas terras. O anúncio esclarece que a prioridade do Estado brasileiro está em promover um desenvolvimento irresponsável, e não em garantir os direitos humanos. A AMEAÇA DE MINERAÇÃO EM TERRAS INDÍGENAS Ano passado, com a aprovação do Decreto nº 9.406, se estabeleceram mudanças importantes e flexibilizações para as atividades de mineração, entre elas a previsão expressa do interesse nacional e utilidade pública como fundamentos da atividade mineral; e a possibilidade de prorrogações sucessivas do alvará na hipótese de falta de acesso, bem como na falta de assentimento ou licença do órgão ambiental.  A mineração é por si só uma atividade de imenso impacto ambiental que rompe o equilíbrio de biomas e ecossistemas. Não pode ser pensada como forma de desenvolvimento sustentável, mas sim como uma atividade humana de altíssimo risco que gera destruição e poluição. Principalmente, quando o Brasil demonstra ter dificuldade em regular a mineração de forma minimamente segura. Basta lembrar dos dois grandes rompimentos de barragens, nos últimos quatro anos no estado de Minas Gerais. O primeiro deles sendo a maior tragédia ambiental da história do país, destruindo rios, biodiversidade, e o segundo resultando em 197 mortos e 111 desaparecidos. Se para o governo a necessidade da mineração é inegável, também é inegável a necessidade de um controle rígido, da utilização das técnicas mais seguras, e de uma avaliação nacional séria de viabilidade individual de cada mina. Com todos esses graves impactos ao meio ambiente, o desenvolvimento da mineração em terras indígenas vai alocar os prejuízos ambientais à uma minoria que depende diretamente da saúde do meio ambiente para sua sobrevivência física e cultural. As comunidades indígenas têm o direito constitucional a serem ouvidas diante de projetos que possam afetá-las. Algumas comunidades já criaram protocolos que determinam de que forma querem ser consultadas. Construir uma mina contra a vontade de uma comunidade indígena é violar seus direitos à vida; à autodeterminação; à autonomia; à manutenção de sua cultura; à não serem deslocados contra sua vontade; ao usufruto de seus territórios originais; ao meio ambiente sadio, entre diversos outros. Com suas declarações o Ministro mostra uma total falta de comprometimento com os direitos fundamentais estabelecidos na Constituição brasileira e com os direitos humanos internacionalmente reconhecidos. Revela a intenção de apaziguar investidores, principalmente, a respeito do projeto de Belo Sun (mineradora canadense) em processo de licenciamento para se estabelecer em Terras Indígenas já vulneráveis pela construção da Usina Hidroelétrica Belo Monte. EM DEFESA DOS POVOS INDÍGENAS A mineração em terras indígenas não é um tema regulado de forma adequada e suficiente no Brasil, sendo necessária a aprovação de lei pelo Congresso Nacional que respeite os direitos fundamentais das comunidades indígenas. O Congresso deve aprovar uma lei que garanta a proteção constitucional das terras indígenas e que inclua as comunidades em sua elaboração. Diante de tantos retrocessos pelo atual governo, a resistência das comunidades indígenas e de quem as apoia, tem se fortalecido. Organizações da sociedade civil, como a AIDA, estão comprometidas com a defesa dos direitos humanos, a proteção de territórios indígenas, e com a responsabilização de governos e empresas quando necessário.  

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