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Foto: Alberto Peña KayCuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria
En la región andina, bosques y humedales situados a gran altitud, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. En Colombia, cerca de dos millones de personas dependen del páramo de Santurbán para su provisión de agua.
Los páramos en buen estado capturan además grandes cantidades de carbono, mitigando el cambio climático, y son refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico ojo de anteojos.
La tierra en y alrededor del páramo de Santurbán contiene oro y otros minerales. Una empresa canadiense, Eco Oro Minerals, quiere construir la mina de oro Angostura, la cual liberaría grandes cantidades de cianuro y arsénico en el agua que viene del páramo.
El trabajo legal de AIDA ayudó a convencer al Gobierno colombiano de:
- Negar una licencia ambiental a la mina Angostura en mayo de 2011.
- Proteger, en 2013, 76 por ciento del páramo de Santurbán de actividades industriales, un porcentaje mayor al propuesto inicialmente.
De otro lado, AIDA, junto con sus socios, abogó para que el Banco Mundial retire su inversión de la mina Angostura, lo que finalmente ocurrió en diciembre de 2016.
Apoyamos también el litigio que condujo a que el más alto tribunal de Colombia reafirmara en febrero de 2016 que la minería en páramos está prohibida.
Sin embargo, 24 por ciento de Santurbán aún está desprotegido porque no fue designado oficialmente como páramo en la delimitación hecha por el gobierno, la cual fue además invalidada por la justicia en noviembre de 2017 porque no se consultó a las comunidades afectadas.
El gobierno debe ahora realizar un nuevo proceso de delimitación en diálogo con la población de la zona. Y las amenazas para Santurbán continúan ya que Eco Oro todavía quiere construir su mina y existe otro proyecto minero que se busca implementar en sus cercanías.
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Tribunal de arbitraje favorece a empresa canadiense y pone a la inversión extranjera por encima del derecho de Colombia a proteger Santurbán
Bucaramanga, Bogotá, Washington, Ottawa. Organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil rechazamos ampliamente la decisión del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) dada a conocer el pasado 10 de septiembre, en el caso de la demanda de Eco Oro contra Colombia, por al menos tres razones. Consideramos que (i) es inconsistente y refleja un desconocimiento profundo de la complejidad socioambiental del caso; (ii) es producto de un sistema de arbitraje de inversiones ampliamente discrecional e injusto que facilita actuaciones arbitrarias de quienes resuelven los casos; y (iii) profundiza el riesgo sobre otros arbitrajes que se adelantan en contra del Estado Colombiano ante el CIADI. El CIADI es una de las instituciones encargadas de la resolución de controversias entre inversionistas y Estados, en este caso en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Canadá. En el caso Eco Oro vs. Colombia, el tribunal del CIADI concluyó que, si bien las medidas de protección de los páramos adoptadas por Colombia fueron legítimas y no configuraron expropiación de los derechos de la canadiense, sus actuaciones en la delimitación del Páramo de Santurbán sí violaron el “estándar mínimo de trato” a los extranjeros. El tribunal aún debe decidir sobre la compensación de daños a la empresa y ha pedido más información a ambas partes para decidir. La decisión fue el resultado de un proceso iniciado por una demanda de arbitraje supranacional interpuesta por la empresa canadiense Eco Oro contra Colombia en 2016, en la que se cuestionaban las decisiones adoptadas por el Estado colombiano de proteger sus páramos que son la fuente natural de agua para el 70% de sus habitantes. Cabe recordar que la inversionista canadiense pretende ejecutar el proyecto de minería de oro Angostura en el páramo de Santurbán, ubicado al nororiente del país. Una decisión inconsistente y de espaldas a las complejidades socioambientales del caso. La mayoría del tribunal sostuvo que las medidas cuestionadas fueron tomadas de acuerdo al derecho nacional colombiano y bajo la finalidad legítima de avanzar en la protección del ambiente. Además, reconocieron que los páramos están amenazados tanto por la intervención humana como por el cambio climático y que su posibilidad de recuperación frente a actividades mineras es muy baja, razón por la cual es necesario protegerlos. Por eso, rechazaron el argumento de Eco Oro de que el principio de precaución no era aplicable, y señalaron que este caso era un ejemplo en donde sí era relevante. Esta fue la razón por la cual no se acogió una de las peticiones de Eco Oro que apuntaba a que se declarara que sus derechos habían sido expropiados indirectamente por Colombia. Por el contrario, el tribunal encontró que las medidas adoptadas por el país fueron un ejercicio legítimo de protección ambiental. No obstante, al estudiar un segundo cargo, el tribunal explicó que la inconsistencia, vacilación e inacción de Colombia en torno a la delimitación del páramo de Santurbán había frustrado las expectativas de inversión de Eco Oro sin tener ninguna “justificación legítima aparente”, por lo que no había otorgado a la inversionista un “trato justo y equitativo” de acuerdo con el “estándar mínimo de trato” a los extranjeros. Este último juicio del tribunal es incongruente, ignora la complejidad socioambiental del caso y los desafíos de materializar el derecho a la participación ambiental dentro del proceso de delimitación del páramo. Aunque, a lo largo del laudo, reconoce que la delimitación implica la gestión de intereses ampliamente dispares, al final, en un ejercicio de profunda distancia con la realidad de Santurbán y sus comunidades, el tribunal ve este proceso con ligereza, desestima sus complejidades, y parece no tomarlo como suficiente justificación legítima. Un sistema de arbitraje impredecible, limitante e injusto. “Las decisiones del tribunal no son predecibles pues los laudos no vinculan la forma de fallar de los árbitros en el futuro sobre temas ambientales, por lo que no existe la figura del precedente tradicionalmente entendido en el sistema. La amplitud de las cláusulas y la libertad de interpretación de los árbitros son excesivas, lo cual es problemático no solo para Colombia sino para todos los países de la región”, señaló Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Esta decisión hace prevalecer la inversión minera por encima de la obligación del Estado colombiano de proteger el ambiente y el agua de los colombianos. Cuestionamos que el tribunal se haya pronunciado pero no haya juzgado la falta de diligencia de la canadiense que desde el inicio sabía que su proyecto minero se traslapaba con zona de páramo; ecosistema sensible protegido por el derecho nacional. Este caso demuestra la arbitrariedad y los excesos del sistema de arbitraje supranacional, y la forma en que disciplina y castiga a los gobiernos del Sur Global. Además, cabe recordar que el tribunal, en febrero del 2019, rechazó la posible participación del Comité Santurbán en el proceso. La incertidumbre para Colombia. Por su parte, Carla García Zendejas, Directora del Programa de Pueblos, Tierra y Recursos del Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL) precisó que “la inseguridad jurídica que representa para Colombia el sistema de arbitraje supranacional de inversiones es enorme. Los altos niveles de arbitrariedad en la interpretación que caracterizan al sistema se prestan para condenar a los Estados por cualquier circunstancia que afecte las ganancias esperadas. Y esto es especialmente crítico para Colombia, pues hay otras demandas contra el país en el marco de proyectos extractivos asociados tanto a Santurbán como a otros ecosistemas frágiles. Esto puede significar un efecto dominó de demandas y cuantiosas condenas en contra de los colombianos.” Actualmente, están en curso otras dos demandas ante el CIADI contra el país por parte de empresas mineras canadienses (Red Eagle Exploration y Galway Gold) por las medidas tomadas para proteger el páramo de Santurbán. Asimismo, existen más demandas en el marco de otros proyectos extractivos presentadas por Cosigo Resources, South32 Investments Limited, Gran Colombia Gold, Glencore International y Anglo American. Hacemos un llamado al Estado colombiano a denunciar los tratados de libre comercio y los acuerdos bilaterales de protección a la inversión de los que es parte y a abstenerse de seguir firmando este tipo de instrumentos en el futuro. Es por estas razones que hoy el Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán está llevando a cabo una jornada de protesta frente a la Embajada de Canadá en Bogotá, exigiendo que el CIADI respete la lucha legítima de la defensa del agua, Santurbán y los páramos de Colombia. Igualmente, frente al Congreso de la República, exigiendo que se rechacen los Acuerdos de Protección a la Inversión con Emiratos Arabes Unidos-Minesa. Contactos de prensa Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected], +57 3012080622 Carla García Zendejas, Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL), [email protected], +1 202 374 2550 Yeny Rodríguez Junco, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), [email protected], +57 3107787601 Jamie Kneen, MiningWatch Canada, [email protected], +1(613) 761-2273 Manuel Pérez Rocha, Institute for Policy Studies - Global Economy Program, [email protected], +1 240 838 6623
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Colombia: Convocar a audiencias virtuales viola el derecho a la participación de las comunidades
En el contexto de la pandemia y desde el inicio del aislamiento obligatorio impuesto en el país, empresarios han solicitado al gobierno de Colombia la “simplificación de trámites ambientales”. El 3 de abril, 25 empresarios enviaron una carta al presidente Iván Duque pidiendo simplificar trámites como la consulta previa, la licencia ambiental y de regalías. Relacionadas con esa solicitud, están varias acciones que vulneran los derechos fundamentales de comunidades étnicas. Una de los primeras medidas fue el intento de simplificar la consulta previa, proponiendo hacerla virtual. Ante ello, las comunidades indígenas y la Procuraduría solicitaron al Ministerio del Interior respetar los derechos humanos y que se retrocediera en la medida, solicitud que fue aceptada. Sin embargo, la búsqueda por cambiar la forma de realizar consultas continúa. A solicitud del Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Licenciamiento Ambiental (ANLA) están impulsando varias audiencias ambientales virtuales, proponiendo incluso realizarlas en radio y en plataformas digitales como Facebook y YouTube. Se trata de audiencias que atienden asuntos neurálgicos en materia ambiental para el país. El problema es que en esas plataformas la comunicación es unilateral, anulando la posibilidad de discutir temas técnicos y presentando un obstáculo para quienes tienen un acceso limitado a internet, denunció la organización DeJusticia. Con la expedición de la Resolución 642 del 13 de abril de 2020, la ANLA abrió la vía para que la participación fuese virtual. Días después, programó una audiencia virtual para discutir un tema muy importante para la región: el regreso de las aspersiones con glifosato. En dicha audiencia, planeada para el 27 de mayo, se buscaba abordar la modificación del plan de manejo ambiental del glifosato. Gracias a una acción judicial, la audiencia fue suspendida el 18 de mayo por una jueza del departamento de Nariño. Como es evidente, existe una intención constante de llevar a cabo propuestas similares durante la pandemia, que han sido detenidas por la alerta tempana de la ciudadanía, acciones judiciales y pronunciamientos de las autoridades de control. El 20 de mayo, el Tribunal Administrativo de Santander ordenó al Ministerio de Ambiente planificar mesas de trabajo virtuales. Y se ha convocado a realizar el trámite virtual de la audiencia pública sobre el páramo de Santurbán, donde un megaproyecto minero amenaza con dañar este ecosistema estratégico para la provisión de agua y para la mitigación de la crisis climática. Hacer audiencias virtuales implica un perjuicio para las comunidades campesinas, indígenas, urbanas y para la sociedad colombiana en general, que además de estar pasando por uno de los peores momentos, no tienen acceso a internet ni necesidades básicas satisfechas que garanticen su participación virtual. En Colombia, así como en la región, los derechos de acceso a la información, a la justicia y a la participación son de los más vulnerados. Debemos activar todas las alertas para que la pandemia no se convierta en una excusa para seguirlos vulnerando. Es necesario que se suspendan de inmediato los trámites hasta que no existan garantías para el debido ejercicio del derecho a la participación y para el ejercicio de la veeduría nacional e internacional.
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Caminando por donde alguna vez corrió un arroyo: ¿Carbón o vida?
La cita fue en un domingo caluroso de julio. Junto a comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes desplazadas por la minería de carbón, miembros de organizaciones sociales y de derechos humanos, empleados de la empresa Cerrejón y funcionarios de gobierno caminé por más de cinco horas por donde alguna vez corrió el cauce natural del arroyo Bruno. Lo que vi a mi paso fueron restos de caracoles que murieron de sed, pegados al fango, y el cuerpo sin vida de un tigrillo que, inerte, nos muestra lo que no debería pasar de nuevo. El Bruno es una vena de agua que irrigaba el departamento de la Guajira, ubicado en el extremo norte de Colombia y azotado hace años por una sequía extrema. El arroyo es un generoso tributario del río Ranchería, una de las fuentes hídricas más importantes del departamento, y hace parte de los sistemas subterráneos de agua que han dado vida a las comunidades de la región. Fue doloroso caminar por donde alguna vez el Bruno fluía libre, pensar —mientras lo hacía— que lo que ahora es un tramo seco, antes era un caudal rebosante de vida. Ese domingo también recorrimos lo que ahora pretende ser el cauce artificial del arroyo después que, en 2014, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales autorizara a Cerrejón desviar 3,6 kilómetros del caudal del Bruno para favorecer la continuidad de la explotación de carbón en la Guajira. Varias cosas me impresionaron ese día. Una de ellas fue que pese a que los ríos nos pertenecen a todos y las fuentes naturales de agua son públicas, estuvimos siempre acompañado por empleados de la empresa. Entramos a terrenos “de propiedad” de la concesionaria de explotación de carbón en la Guajira. Las comunidades que antes transitaban libremente la rivera del arroyo hoy no pueden hacerlo. Aunque el Bruno es una de las pocas vertientes de agua del departamento menos lluvioso de Colombia y una de las escasas fuentes de agua dulce de las comunidades, su cauce fue taponado y desviado para facilitar la minería. Una obra de ingeniería afectó una de las vertientes más importantes para una región sedienta y creó un camino artificial por el que no corre ni un hilo de agua. “Si llevan agua son ríos; si no, son caminos, nos enseña uno de los versos del poeta indígena guatemalteco Humberto Ak'abal. El nuevo “cauce” del Bruno no es río, “sino camino estéril” que atestigua el deterioro de un ecosistema sensible. El “camino” no recupera ni mitiga los daños de la desviación del arroyo. Por el contrario, produce nuevos. El mundo enfrenta una crisis climática y la minería de carbón es una de sus principales causas. Mientras varios países están reemplazando el uso de carbón en sus matrices energéticas por opciones limpias, en Colombia se decide secar un río para explotar cada vez más carbón. Recorriendo caminos de justicia Pese a todo, al día siguiente de la caminata, la frustración por lo absurdo no impidió un asomo de esperanza. El lunes, a la audiencia pública convocada por algunos congresistas para la rendición de cuentas sobre lo ocurrido con el Bruno, llegaron los representantes de las comunidades y organizaciones. La fuerza y dignidad de sus palabras, en donde se cifran décadas de resistencia, me abrazaron el alma. “Este territorio es nuestro, nuestros ríos son nuestra vida y la vida se cuida, por nuestros hijos, por nuestro presente y por nuestro futuro y el del mundo”. Como en muchas ocasiones antes, la Guajira le habló al país y al mundo. Les dijo que no es posible que se priorice el uso del agua para la minería sobre su consumo humano Les advirtió que el país debe transitar a formas de producción de energía que no generen los daños que la minería de carbón ha provocado por décadas en el clima, los derechos humanos y en los ecosistemas y especies que nos sostienen. El arroyo debe volver a su cauce, los caracoles deben beber nuevamente de sus aguas y ningún tigrillo debe seguir muriendo por la destrucción de su mundo. En una sentencia de 2017, la Corte Constitucional evidenció que existen incertidumbres sobre los impactos ambientales y sociales del proyecto de modificación del cauce del arroyo Bruno. Y ordenó la creación de una Mesa Interinstitucional para resolver las denuncias de las personas afectadas. Las comunidades seguirán exigiendo el cumplimiento de ese fallo y demostrando que las incertidumbres son en realidad certezas de daños que siguen minando sus vidas. AIDA, junto con otras organizaciones, seguirá acompañando esa lucha para evidenciar los daños de la minería de carbón y promover alternativas limpias y justas que respeten el ambiente y a las personas.
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