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ShutterstockHacia el fin de los subsidios a la sobrepesca
La sobrepesca es uno de los principales problemas para la salud de nuestro océano. Y la entrega de subsidios negativos al sector pesquero es una de las causas fundamentales de esa sobreexplotación.
Los subsidios a la pesca son contribuciones financieras, directas o indirectas, que entidades públicas otorgan a la industria pesquera.
Según sus impactos, pueden ser beneficiosos cuando fomentan el crecimiento de las poblaciones de peces mediante herramientas de conservación y gestión de los recursos pesqueros. Y son considerados negativos o perjudiciales cuando promueven la sobrepesca con apoyos para, por ejemplo, incrementar la capacidad de captura de una flota pesquera.
Se estima, cada año, los gobiernos gastan aproximadamente 22 mil millones de dólares en subsidios negativos para compensar costos por combustible, artes de pesca y mejoras a embarcaciones, entre otros.
Datos recientes evidencian que, como resultado de ese apoyo, el 63% de las poblaciones de peces en todo el mundo deben ser reconstituidas y el 34% son pescadas a niveles “biológicamente insostenibles”.
Aunque las negociaciones internacionales para poner fin a los subsidios negativos a la pesca, en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), comenzaron oficialmente en 2001, no fue hasta la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017 cuando los países se comprometieron a tomar acciones y a lograr un acuerdo.
Ello sucedió finalmente en junio de 2022, durante la duodécima Conferencia Ministerial de la OMC, cuando los países miembros alcanzaron, tras más de dos décadas, un acuerdo vinculante para frenar algunas subvenciones pesqueras perjudiciales, un avance crucial para la sostenibilidad de los recursos pesqueros a corto, mediano y largo plazo, así como para garantizar la seguridad alimentaria y los modos de vida de comunidades costeras.
El acuerdo establece la creación de un marco global que reduzca los subsidios a la pesca ilegal, no declarada y no regulada; los subsidios a la pesca de poblaciones sobreexplotadas; y los subsidios a los buques que pescan en alta mar, una zona no regulada. Contempla también medidas orientadas a una mayor transparencia y responsabilidad en cuanto a la forma en la que los gobiernos apoyan a su sector pesquero.
Los países acordaron seguir negociando normas para frenar otros subsidios nocivos como aquellos que promueven la pesca en aguas de otros países, la sobrepesca y la capacidad excesiva de una flota para capturar más peces de lo que es sostenible.
Si queremos tener recursos pesqueros abundantes y saludables, es momento de cambiar la forma en que hemos concebido la pesca hasta ahora. Debemos enfocar nuestros esfuerzos en la creación de modelos de aprovechamiento de las pesquerías que permitan su conservación en el largo plazo.
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“El agua vale más que el litio”: Resistencia a una transición energética injusta
“El agua vale más que el litio” es la consigna con la que las organizaciones sociales, sindicales y pueblos indígenas expresan desde hace meses su resistencia a la reforma constitucional de la provincia de Jujuy, ubicada en el extremo norte de Argentina. Denuncian que la reforma, impulsada por el gobernador Gerardo Morales, no respeta la legislación internacional en materia de derechos indígenas, incluyendo el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece el derecho a la consulta libre, previa e informada de los pueblos acerca de proyectos a desarrollarse en sus territorios ancestrales. En este sentido, dicha reforma habría sido aprobada, el 16 de junio pasado, mediante un proceso breve que no permitió una amplia participación y deliberación pública y en el que no hubo la debida consulta a los pueblos indígenas. Además, el texto constitucional presenta retrocesos significativos en temas ambientales y de derechos humanos; abre las puertas a la megaminería —incluida la de litio— bajo el amparo de la transición energética, criminaliza la protesta y permite la privatización tanto del agua como de las tierras indígenas. Los pueblos originarios han denunciado que el avance indiscriminado de proyectos de minería de litio en la provincia profundizará la crisis hídrica que allí se vive. Ante la creciente demanda internacional de litio —posicionado como un recurso estratégico debido a su capacidad de almacenamiento de energía (útil a las industrias de las baterías y de los vehículos eléctricos)— en años recientes, se ha puesto en marcha un proceso acelerado de extracción y producción a nivel global, enfocado en regiones ricas en este mineral, como los salares andinos de Argentina, Bolivia y Chile, donde se encuentra más del 53% de las reservas probadas globales. El litio puede estar contenido en salmueras, pegmatitas y rocas sedimentarias, siendo más fácil de extraer en las primeras. Pero es un proceso que demanda altas cantidades de agua y que se lleva a cabo en ecosistemas frágiles, con deficiencia hídrica y fuertemente golpeados por los efectos de la crisis climática, como son los salares. La resistencia social a la reforma constitucional en Jujuy es también la resistencia a una tendencia mundial que busca la permanencia de modelos extractivistas que vulneran derechos humanos en nombre de una transición energética que dista mucho de ser justa. Vulneración de derechos humanos en Jujuy AIDA —junto con otras siete organizaciones de la sociedad civil con amplia trayectoria en la defensa del ambiente y de los derechos humanos— fue parte de una misión internacional que visitó Jujuy del 21 al 25 de agosto para conocer de primera mano las posibles vulneraciones a los derechos a la protesta y a la participación en el marco de la reforma constitucional. La misión estuvo en los principales focos de protesta y documentó testimonios de personas de pueblos y comunidades indígenas, de asociaciones campesinas, de sindicatos y de organismos de derechos humanos; así como de referentes sociales, docentes, abogados/as y de autoridades de la provincia. Las conclusiones preliminares apuntan a que: Aunque los pueblos indígenas y sus comunidades solicitaron participar en la reforma constitucional, esta se llevó a cabo sin un amplio proceso de deliberación. Existen preocupaciones respecto de la incompatibilidad de la reforma con los derechos humanos y los derechos ambientales. Pese al contexto de crisis climática y escasez hídrica, la reforma no aborda de manera adecuada la gestión integral de cuencas ni la preservación de ecosistemas. La reforma parece favorecer el uso industrial, agrícola y ganadero de gran escala de los recursos hídricos; así como abrir las puertas a concesiones que pueden dar origen a la privatización de las aguas, dañando los ciclos ecosistémicos y desprotegiendo la agricultura y la ganadería a pequeña escala, vitales para la existencia de las comunidades originarias. Hay una preocupación reiterada y manifiesta de las comunidades indígenas por los impactos negativos de la minería, en particular de los proyectos de extracción de litio. Testimonios dan cuenta de casos de represión de la protesta social, detenciones arbitrarias, hostigamiento y presuntas torturas por parte de la policía contra personas involucradas en la resistencia; así como de un uso desproporcionado de la fuerza. La misión está en proceso de sistematizar la información recabada para elaborar recomendaciones orientadas a visibilizar la compleja situación en la provincia de Jujuy y a contribuir a un diálogo que permita la mejor resolución de la conflictividad social y el respeto de los derechos humanos. ¿Hacia qué tipo de transición apunta la reforma constitucional en Jujuy? Abordar esta interrogante es importante para comprender que una transición energética justa es incompatible con un contexto donde los intereses económicos privados prevalecen sobre las consideraciones sociales y ambientales y donde las acciones gubernamentales desconocen los impactos de la extracción de litio y el reclamo justo de las comunidades locales en relación con la gestión de su agua y su territorio. Jujuy es hogar de más de 12 pueblos indígenas y de unas 400 comunidades, cuyos integrantes se han dedicado milenariamente a la extracción de sal de Salinas Grandes, el cuarto salar más grande de Sudamérica. Su vínculo con el agua es sagrado y ancestral. Representa una conexión cultural amenazada por la explotación de litio, que compromete la disponibilidad de un recurso de por sí escaso. “Para producir una tonelada de litio (a través del método de evaporación), se evaporan 2 millones de litros de agua desde las pozas, es decir, 2 mil toneladas de agua que no es posible recircular”, señala Ingrid Garcés, docente del Departamento de Ingeniería Química y Procesos de Minerales de la Universidad de Antofagasta, en Chile. Esto “es rentable para la industria porque significa un proceso sin costo de energía, pero lamentablemente tiene el costo de la pérdida de agua de un sistema que no es renovable, más es una región desértica” (como es la de los salares). La reforma constitucional en Jujuy no estipula un orden de prioridad para los usos de agua, sino que pone al mismo nivel el consumo humano y el industrial. El acceso limitado al agua es una preocupación central en la provincia debido a que hay pocos acuíferos para satisfacer la demanda de uso humano y doméstico, además de la producción agrícola y ganadera a pequeña escala. Un cambio de rumbo urgente La crisis hídrica es una de las crisis más apremiantes en todo el mundo y está intrínsecamente ligada a la crisis climática y a la necesidad de transitar hacia la generación de otras energías. Los patrones climáticos extremos —como las sequías prolongadas, inundaciones y las tormentas más intensas— afectan directamente la disponibilidad y distribución de agua en diferentes regiones del mundo con una consecuente disminución de los recursos hídricos. En este escenario, la competencia por el uso del agua se intensifica y se requiere una gestión social del agua que beneficie a las comunidades. Solo así es posible abordar la situación en términos de sostenibilidad y de justicia ambiental. La extracción de litio para satisfacer intereses corporativos ejemplifica la paradoja de afrontar la crisis climática a expensas de las comunidades y los ecosistemas. La falta de una distribución justa y equitativa de los beneficios y la externalización de los costos ambientales y sociales subrayan la urgencia de repensar y transformar radicalmente la relación que tenemos con los bienes naturales y la forma en que abordamos la crisis climática.
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¿Qué significa que un litigio sea climático?
De acuerdo con un informe publicado recientemente por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), los litigios climáticos se han duplicado en los últimos años a nivel mundial, consolidándose como una herramienta clave, cada vez más recurrida, para combatir la crisis climática. Más aún, el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC por sus siglas en inglés), declaró, en su sexto informe, que actualmente hay “un acuerdo académico cada vez mayor en el sentido de que el litigio climático se ha convertido en una fuerza poderosa en la gobernanza climática". Es que realmente el litigio climático ha venido para quedarse en la caja de herramientas usada por activistas para promover la acción climática. Y son los niños, niñas, jóvenes, pueblos indígenas, organizaciones de la sociedad civil, mujeres y las comunidades locales quienes han asumido el liderazgo en la presentación de estas acciones judiciales. El litigio climático es por esencia un litigio estratégico, lo que significa que busca cambios amplios en la sociedad, que van más allá de un caso particular. Por lo general, esto se logra promoviendo la protección de derechos o cambios en las políticas públicas. Así, estos litigios han servido para responsabilizar a gobiernos, autoridades, empresas y a otros actores no estatales por la crisis climática ante los tribunales, obligándolos —entre otras cosas— a la adopción, implementación y aumento progresivo de medidas concretas para frenar sus emisiones y a mitigar los impactos de la crisis climática. Hace poco más de un año, AIDA lanzó la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, un sitio web de consulta que reúne muchos de los casos de litigio climático en la región. El objetivo detrás de esta iniciativa es promover el intercambio de experiencias diversas para fortalecer los casos en favor de los cambios estructurales que se necesitan. La Plataforma contiene información sistematizada y actualizada de acciones de litigio interpuestas ante cualquier autoridad jurisdiccional (judicial, administrativa, internacional o autónoma). Incluye los argumentos que sustentan los casos, relativos a las obligaciones legales de los Estados y otros actores frente a la crisis climática. Pero la Plataforma alberga también casos que, si bien no se refieren directamente a la crisis climática, contribuyen a la búsqueda de justicia climática en el continente. Y es ahí donde surge la confusión y se gesta la pregunta: ¿Qué hace que un litigio sea considerado como climático? La verdad es que no existe una definición aceptada que permita identificar qué litigios son climáticos y cuáles no. Es un nicho relativamente nuevo en el campo del derecho ambiental y, como muchas cosas en la vida, tiene bordes difusos. Y es que hoy en día nuestro planeta sufre de múltiples crisis, todas interconectadas y muy vinculadas a la degradación ambiental. En este sentido, es posible casi siempre ligar los litigios ambientales, de alguna forma u otra, con el clima cambiante. De todos modos, y con el objetivo de proponer una discusión al respecto, nos atrevemos aquí a reflexionar sobre posibles definiciones que nos den luces y nos permitan delinear este concepto que tanta relevancia está cobrando. Un acercamiento al concepto de litigio climático y a sus elementos Una manera de abordar el asunto acerca de lo que hace que un litigio sea climático pasa por decir que el litigio climático es todo aquel que contiene argumentos relacionados con la crisis climática en su demanda o en la sentencia que lo resuelve. Otro abordaje está relacionado con el objetivo del litigio, pudiendo decir que el litigio climático es todo aquel que tiene un objetivo relacionado con la acción climática. Esto implica una alta complejidad y una variedad importante de casos, muchos entrecruzados. Así, bajo esta definición, entrarían por ejemplo casos que: buscan la mitigación de las emisiones contaminantes que están causando el calentamiento global; demandan el cumplimiento (o aumento) de parte de los Estados de sus compromisos climáticos internacionales; promueven medidas de adaptación a los efectos inevitables de la crisis climática; demandan la reparación de daños generados por la crisis climática; tienen como objetivo hacer que las empresas se responsabilicen por su participación en el problema; persiguen cambios regulatorios o en políticas en favor de la acción climática; exigen la transparencia o rendición de cuentas de acciones gubernamentales o corporativas relacionadas con la crisis climática; piden que instituciones financieras eleven sus estándares para que en sus decisiones consideren el clima y el ambiente; buscan detener algún proyecto que pueda ser nocivo para el clima; tienen como finalidad proteger ecosistemas, sobre todo aquellos que funcionan como sumideros naturales de carbono; en algunas ocasiones, buscan aumentar la toma pública de conciencia respecto de los problemas relacionados con la crisis climática. Una herramienta viva y en crecimiento constante Como se ve, la variedad de casos que pueden llevar la etiqueta de litigio climático es enorme, casi tan amplia como la creatividad de las personas que están poniendo la herramienta en uso. Algo interesante es que, a pesar de ser un concepto más o menos nuevo, el litigio climático se construye sobre sí mismo. Mientras más lo usemos, mientras más pongamos a los tribunales a examinar las obligaciones de empresas y Estados en favor de la acción climática, iremos generando más jurisprudencia, capacidades y experiencias útiles para seguir avanzando. El derecho nacional e internacional se fortalece mediante el uso del litigio climático y es importante mantenerlo vivo y en constante crecimiento, así como vincularlo con la responsabilidad que tienen Estados y empresas de hacerse cargo de la crisis climática, fundada en el derecho humano y universal a un ambiente sano. Es importante aclarar que el litigio estratégico —sea climático o ambiental— es difícil, complejo y oneroso. Requiere de tiempo, recursos, capacidad y dedicación. Iniciar un litigio climático no es una decisión fácil que pueda tomarse a la ligera. Muchas veces no es la mejor opción para lograr un objetivo. Pero sí podemos decir, con toda seguridad, que es una herramienta clave en la acción climática, que ha permitido llevar las voces de personas y grupos en situación de alta vulnerabilidad, con frecuencia invisibilizados, a los foros donde se toman decisiones, donde se hace justicia. Es, además, la última instancia de juego en el campo de lo institucional y lo legal. Visita la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe
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Fallo judicial deja en firme la consulta popular y el “No” al proyecto La Colosa en Cajamarca
La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca celebra la decisión que protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en la despensa agrícola de Colombia. En una sentencia de primera instancia del primero de noviembre de 2023, el Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué reiteró la legalidad del Acuerdo No. 003 de 2017, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca. En esta decisión, el juez negó las pretensiones del demandante, Guillermo Reyes en contra del Acuerdo y dejó en firme la consulta popular por medio de la cual las y los cajamarcunos le dijeron ‘NO’ al proyecto de megaminería de oro La Colosa, de la multinacional Anglogold Ashanti. Se trata de un triunfo para la democracia participativa y para la defensa de los territorios campesinos frente al extractivismo que se les ha querido imponer. La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca —integrada por COSAJUCA, SIEMBRA, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), PODION, DeJusticia, la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP), la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, la Clínica Jurídica de las Universidades de Antioquia y Libertadores— celebra la decisión por ser un hito que protege una participación democrática efectiva en asuntos ambientales, con capacidad de incidencia directa, como lo ordena el derecho internacional. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: "este fallo garantiza que la decisión tomada el 26 de marzo de 2017 en las urnas —que defendió los derechos colectivos al ambiente sano, la alimentación, la vida y el agua— sea respetada. También es un hecho de vital importancia debido a los múltiples procesos judiciales iniciados por la empresa minera Anglogold que tienen como objetivo reactivar La Colosa. Este fallo truncará varias de sus pretensiones". En la sentencia, el juez respaldó los argumentos presentados por el municipio de Cajamarca en su contestación y por la coalición, que presentó coadyuvancias en favor del Acuerdo 003/17. Las razones que soportan la decisión del juez son que el acuerdo fue expedido en debida forma, que sigue los requisitos legales y constitucionales, y que se ajusta a la normatividad vigente sobre la consulta popular. Además, contrario a lo que indicó el demandante, las Sentencias SU-095 de 2018, C-053 de 2019 y T-342 de 2019 de la Corte Constitucional no tenían la capacidad de afectar la legalidad del Acuerdo 003, pues no resultaban aplicables. Dichas sentencias, emitidas después del Acuerdo 003, señalan que las consultas populares no son un mecanismo para decidir sobre el subsuelo. En palabras del juez: "Al momento de expedir el acuerdo municipal 003 de 2017, no solo las normas constitucionales y legales daban la autonomía al municipio de Cajamarca para adelantar la consulta popular de iniciativa popular, sino que las sentencias dictadas en la materia, hasta entonces, constituían un precedente pacífico y reiterado frente a la protección del medio ambiente y las garantías de la descentralización territorial, así como de las competencias frente al uso del suelo y subsuelo, y las decisiones frente a la vocación extractivista de los territorios, como decisión propia dentro del ejercicio de la participación ciudadana". Sin duda alguna, este fallo resulta trascendental, no solo para el ejercicio democrático y la efectividad de los derechos de participación en Cajamarca, sino para las demás consultas populares que se promovieron y votaron en el país. También es un precedente fundamental para los demás países de América Latina en donde los municipios y departamentos reclaman su derecho a decir ‘NO’, a conservar su vocación agrícola y a no tener megaminería en sus territorios. #LasConsultasSeRespetan Contactos de prensa Robinson Mejía, COSAJUCA, 300 218 36 41, [email protected] Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 300 568 33 33, [email protected] Víctor Quintanilla, AIDA, +52 5570522107, [email protected]
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