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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo una violación de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Leoncio Arara

Trascendental para defensa del ambiente que la Suprema Corte revise amparo contra ampliación del Puerto de Veracruz

El caso data de 2016, cuando se negó a habitantes de Veracruz el interés legítimo para demandar por violaciones a su derecho a un medio ambiente sano. Las obras de ampliación del Puerto de Veracruz destruirán de forma irreversible parte de los arrecifes que se encuentran en el Golfo de México.   El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), Greenpeace México, A.C. y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) se congratulan por la decisión anunciada el pasado 4 de febrero, por parte de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de aceptar la revisión de un amparo presentado en 2016 contra la Autorización de Impacto Ambiental otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para las obras de ampliación del Puerto de Veracruz.   La SCJN informó a través de un comunicado que el estudio de dicho amparo “permitirá fijar criterios para casos futuros en los que se examine el interés legítimo colectivo y el derecho humano de acceso a un medio ambiente sano, particularmente cuando se controvierten obras que, a primera vista, también pueden traer consigo beneficios para la sociedad o para la economía nacional, como el caso de la ampliación de un recinto portuario”.   Cabe recordar que el caso inició hace casi 5 años, cuando habitantes de Veracruz presentaron una demanda de amparo contra la autorización otorgada por la Semarnat a la Administración Portuaria Integral de Veracruz (Apiver) para llevar a cabo obras de ampliación del puerto. El argumento central de la demanda fue que, con ello, se violenta el derecho humano a un medio ambiente sano, entre otras cosas, debido a que la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se presentó fragmentada en al menos 14 partes, evaluadas y autorizadas por la Semarnat sin considerar todos los impactos acumulativos. Adicionalmente, se omitió la existencia de un arrecife de coral no emergido muy grande e importante, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto. De igual forma, se alegó en su momento el incumplimiento de las autoridades en aplicar los principios de progresividad, prevención y precaución en materia ambiental.   La trascendencia del caso radica en su potencial para establecer un precedente fundamental respecto de que los proyectos de desarrollo deben ser evaluados de forma completa para analizar integralmente sus impactos sinérgicos y acumulativos, al tiempo de garantizar que las manifestaciones de impacto ambiental sean elaboradas con la mejor información científica disponible.   El 13 de noviembre de 2019, el Juzgado Quinto de Distrito en el Séptimo Circuito dictó sentencia, mediante la cual sobreseyó el juicio de amparo bajo el argumento de que no se acreditó la existencia del interés legítimo de las quejosas.   Frente a lo anterior, resulta fundamental que la autoridad judicial reconozca que cualquier persona, al considerar que una obra o megaproyecto pueda afectar los servicios ambientales [1] que le presta un ecosistema –en este caso el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV)–, tiene el interés legítimo de solicitar la protección de la justicia frente al desarrollo de dichos proyectos.   Ese interés legítimo trasciende al derecho internacional e interés público global debido a que México tiene obligaciones internacionales para proteger sus entornos naturales y a las personas que dependen de ellos. Entre ellas están las establecidas en tratados firmados por el Estado mexicano como la Convención de la Diversidad Biológica, la Convención Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional, la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de Tortugas Marinas, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros [2].   Con la decisión de conocer del caso, anunciada hace unos días por la Suprema Corte, el máximo tribunal considera que podría “continuar con la construcción de una línea jurisprudencial en torno a la figura del interés legítimo de personas físicas que acuden al juicio de amparo, alegando la vulneración del derecho humano a un medio ambiente sano”.   El SAV está ubicado frente a las costas de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Alvarado, en el estado de Veracruz. Es el sistema arrecifal de mayor tamaño de la región centro del Golfo de México, alberga la mayor biodiversidad de especies arrecifales del oeste del Golfo y es además hogar de varias especies protegidas, muchas de ellas únicas en el mundo. Está integrado por un conjunto de 28 formaciones arrecifales, cayos e islas.   Además de su altísimo valor ambiental, es la base ecológica en la que se cimientan las actividades pesqueras, de buceo deportivo y de turismo de playa a lo largo de la costa de Veracruz. Se estima que el valor económico de los servicios ambientales que presta el SAV asciende a los 290 mil 500 millones de dólares.[3]   Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 1992, el gobierno de México declaró al sitio Área Natural Protegida (ANP). En el 2000, fue recategorizado como Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) y en 2004, designado como “Humedal de Importancia Internacional” bajo la Convención Ramsar.   Desafortunadamente, en 2012, el PNSAV sufrió una modificación en su polígono, al incluirse dentro del ANP una porción del arrecife Punta Gorda, pero excluyendo el área que comprende la Bahía de Vergara. Cuando la Apiver planteó las obras de ampliación del puerto, optó por hacerlas justamente hacia la Bahía de Vergara, con el consecuente riesgo de destruir de forma irreversible parte de los arrecifes que se encuentran en el SAV y actuando de forma regresiva. La Suprema Corte de Justicia tiene la tarea de asegurar un mecanismo que garantice la protección y gobernanza del interés legítimo colectivo de sus nacionales y del interés público global.   [1] Algunos de los servicios ambientales que presentan los ecosistemas son la captación y filtración de agua, generación de oxígeno, mitigación de impactos por cambio climático, protección de biodiversidad, provisión de alimento y belleza escénica, entre otros. [2] El Amicus Curiae (Amigo de la Corte) presentado por AIDA en febrero de 2018 ante el Juzgado Quinto respaldó la demanda de amparo de pobladores de Veracruz con información detallada sobre los tratados y estándares internacionales en materia de ambiente y derechos humanos que el gobierno mexicano pasó por alto al autorizar el proyecto. [3] Los datos son estimados específicamente para la zona, para el año 2009 (Arceo et al., 2010) citados por la Opinión del 27 de septiembre de 2011 de académicos, presentada ante la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en relación con la modificación del Decreto de creación del PNSAV. Contactos de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz Esparza Ortega, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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México: Iniciativa del gobierno federal en materia de electricidad conlleva graves impactos a la salud y al ambiente

Fomenta un modelo basado en combustibles fósiles, los cuales generan emisiones que deterioran la calidad del aire y de vida de las personas. Las modificaciones propuestas obstaculizan poder alcanzar los objetivos climáticos establecidos en la Ley General de Cambio Climático y lo comprometido por México en la Contribución Nacionalmente Determinada para cumplir con el Acuerdo de París.   La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), presentada a la Cámara de Diputados por el titular del Poder Ejecutivo el pasado 29 de enero, atenta contra la calidad de vida de generaciones presentes y futuras al fomentar un modelo eléctrico cuya implementación favorece mayores emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes climáticos de vida corta (CCVC), cuyos impactos en la salud y en el ambiente han sido científicamente comprobados. Las organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación al respecto y hacemos un llamado a las y los legisladores del Congreso de la Unión para que tomen en cuenta las siguientes consideraciones dentro de la discusión de esta Iniciativa: La Iniciativa pone en riesgo el cumplimiento de los derechos humanos a la salud y al ambiente sano, pues al relegar el despacho de energía de los proyectos de energías renovables y favorecer a las hidroeléctricas y a las centrales más contaminantes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que generan energía a partir de carbón o combustóleo, se favorecen proyectos que generan emisiones de gases con comprobados efectos en a) la salud, tales como enfermedades y trastornos respiratorios por efecto del material particulado derivado de dichos proyectos y b) en el ambiente, pues los GEI son la principal causa del cambio climático y algunos de ellos contribuyen también a la contaminación atmosférica. La Iniciativa profundiza la pobreza energética, pues cabe recordar que las energías renovables, lejos de poner en riesgo el sistema eléctrico nacional, pueden construir un sistema más resiliente, justo y accesible (1). En un país en el que más del 30% de los hogares sufren algún tipo de pobreza energética (2), está claro que el sistema eléctrico basado en proyectos fósiles centralizados no ha sido efectivo en lograr que más personas puedan disponer de la energía a precios más accesibles. Las energías renovables, además de coadyuvar a que México alcance sus metas climáticas, combaten la pobreza energética, generan empleos y fomentan el ahorro y eficiencia en el consumo de energía (3). La Iniciativa del Ejecutivo federal aleja a México del cumplimiento de compromisos internacionales en materia de cambio climático ya que representa un obstáculo y una amenaza a la ya insuficiente política climática y a la consecución de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas que el Estado mexicano presentó en cumplimiento al Acuerdo de París y que están estipuladas en la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Transición Energética. Esto debido a que: a) relega la operación de las plantas de generación renovable; b) modifica el mecanismo de los Certificados de Energía Limpia (CEL), dejando sin incentivos a la introducción de nuevos proyectos de energía renovable; y c) de acuerdo con su Plan de Negocios 2021-2025, la CFE estableció relegar la implementación de cualquier proyecto de renovables hasta 2027 (4). La Iniciativa ignora criterios constitucionales que debe seguir el Sistema Eléctrico Nacional toda vez que, por efecto de esta reforma, los proyectos de energías renovables son relegados al amparo del supuesto cumplimiento de un criterio de “confiabilidad”  y se hace caso omiso al criterio de “sustentabilidad”, como lo mandatan la Constitución Política y la propia LIE. A fin de cumplir a cabalidad con los preceptos constitucionales, se debe atender también la sustentabilidad del desarrollo. Lo anterior es sumamente grave y preocupante en el contexto actual pues, además de los retos en materia de salud que nos ha dejado ver la pandemia de la COVID-19, existe la necesidad de reconstruir las economías de los países a partir de medidas y políticas más sostenibles que fortalezcan la resiliencia de las poblaciones en el mediano y largo plazo. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción. Es, precisamente, la generación de energía a partir de fuentes renovables y limpias, una solución clave para esta recuperación. Desde ya, los gobiernos deberían estar generando las condiciones y los incentivos apropiados para que suceda esta transición energética que debe ser justa y con enfoque de derechos humanos. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción.   Firmas de organizaciones: Alianza Jaguar, A.C Alianza mexicana contra el fracking Cambio de Ruta A.C. CartoCrítica. Investigación, mapas y datos para la sociedad civil CEJA CERCA Colectivo Ecologista Jalisco, A.C. Energía, género y ambiente, A.C. (ENGENERA) Legado Sustentable, A. C. Mundo Sustentable A.C. Naturalia Prodefensa del Nazas AC (Durango) Proyecto sobre Organización, Desarrollo e Investigación (PODER) Red Mexicana de Carta de la Tierra Revive México AC Ruedas del Desierto AC (Durango y Coahuila) Sostenibilidad Global The Climate Reality Project   Integrantes del Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, FOTCA, Fundación Tláloc, Greenpeace México, ICCT, ICM, ITDP México, REDIM, Redspira, Transita Seguro, WWF.   Firma de personas físicas: Antonio Azuela de la Cueva Erik Eduardo Saracho Aguilar Francisco Valdés Perezgasga Germán González Dávila Gonzalo Chapela José Giberth García Campoy León Gutiérrez Ferretis Luis Fueyo Mac Donald María Elena Mesta Fernández Octavio Carvajal Trillo (1) Paredes, Juan Roberto y Ramírez C, John J., Energías renovables variables y su contribución a la seguridad energética: complementariedad en Colombia, Banco Interamericano de Desarrollo, 2017, p. 16, https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Energ%C3%ADas-renovables-variables-y-su-contribuci%C3%B3n-a-la-seguridad-energ%C3%A9tica-Complementariedad-en-Colombia.pdf (2) Villarreal J. Tornel C. La Transición Energética en México: retos y oportunidades para una política ambientalmente sustentable y socialmente justa, Friedrich Ebert Stiftung (FST), México, 2017. Disponible en: https://bit.ly/3dlV82d (3) International Energy Transition (IET), Making Societies More Resilient! The role of renewables in COVID-19 recovery packages, Hamburg, 2020. (4) Comisión Federal de Electricidad (CFE), Plan de Negocios 2021 -2025, México, 2021. Disponible en: https://www.cfe.mx/finanzas/Documents/Plan%20de%20Negocios%20CFE%202021.pdf CONTACTOS DE PRENSA: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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México: Iniciativa del gobierno federal en materia de electricidad conlleva graves impactos a la salud y al ambiente

Fomenta un modelo basado en combustibles fósiles, los cuales generan emisiones que deterioran la calidad del aire y de vida de las personas. Las modificaciones propuestas obstaculizan poder alcanzar los objetivos climáticos establecidos en la Ley General de Cambio Climático y lo comprometido por México en la Contribución Nacionalmente Determinada para cumplir con el Acuerdo de París.   La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), presentada a la Cámara de Diputados por el titular del Poder Ejecutivo el pasado 29 de enero, atenta contra la calidad de vida de generaciones presentes y futuras al fomentar un modelo eléctrico cuya implementación favorece mayores emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes climáticos de vida corta (CCVC), cuyos impactos en la salud y en el ambiente han sido científicamente comprobados. Las organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación al respecto y hacemos un llamado a las y los legisladores del Congreso de la Unión para que tomen en cuenta las siguientes consideraciones dentro de la discusión de esta Iniciativa: La Iniciativa pone en riesgo el cumplimiento de los derechos humanos a la salud y al ambiente sano, pues al relegar el despacho de energía de los proyectos de energías renovables y favorecer a las hidroeléctricas y a las centrales más contaminantes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que generan energía a partir de carbón o combustóleo, se favorecen proyectos que generan emisiones de gases con comprobados efectos en a) la salud, tales como enfermedades y trastornos respiratorios por efecto del material particulado derivado de dichos proyectos y b) en el ambiente, pues los GEI son la principal causa del cambio climático y algunos de ellos contribuyen también a la contaminación atmosférica. La Iniciativa profundiza la pobreza energética, pues cabe recordar que las energías renovables, lejos de poner en riesgo el sistema eléctrico nacional, pueden construir un sistema más resiliente, justo y accesible (1). En un país en el que más del 30% de los hogares sufren algún tipo de pobreza energética (2), está claro que el sistema eléctrico basado en proyectos fósiles centralizados no ha sido efectivo en lograr que más personas puedan disponer de la energía a precios más accesibles. Las energías renovables, además de coadyuvar a que México alcance sus metas climáticas, combaten la pobreza energética, generan empleos y fomentan el ahorro y eficiencia en el consumo de energía (3). La Iniciativa del Ejecutivo federal aleja a México del cumplimiento de compromisos internacionales en materia de cambio climático ya que representa un obstáculo y una amenaza a la ya insuficiente política climática y a la consecución de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas que el Estado mexicano presentó en cumplimiento al Acuerdo de París y que están estipuladas en la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Transición Energética. Esto debido a que: a) relega la operación de las plantas de generación renovable; b) modifica el mecanismo de los Certificados de Energía Limpia (CEL), dejando sin incentivos a la introducción de nuevos proyectos de energía renovable; y c) de acuerdo con su Plan de Negocios 2021-2025, la CFE estableció relegar la implementación de cualquier proyecto de renovables hasta 2027 (4). La Iniciativa ignora criterios constitucionales que debe seguir el Sistema Eléctrico Nacional toda vez que, por efecto de esta reforma, los proyectos de energías renovables son relegados al amparo del supuesto cumplimiento de un criterio de “confiabilidad”  y se hace caso omiso al criterio de “sustentabilidad”, como lo mandatan la Constitución Política y la propia LIE. A fin de cumplir a cabalidad con los preceptos constitucionales, se debe atender también la sustentabilidad del desarrollo. Lo anterior es sumamente grave y preocupante en el contexto actual pues, además de los retos en materia de salud que nos ha dejado ver la pandemia de la COVID-19, existe la necesidad de reconstruir las economías de los países a partir de medidas y políticas más sostenibles que fortalezcan la resiliencia de las poblaciones en el mediano y largo plazo. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción. Es, precisamente, la generación de energía a partir de fuentes renovables y limpias, una solución clave para esta recuperación. Desde ya, los gobiernos deberían estar generando las condiciones y los incentivos apropiados para que suceda esta transición energética que debe ser justa y con enfoque de derechos humanos. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción.   Firmas de organizaciones: Alianza Jaguar, A.C Alianza mexicana contra el fracking Cambio de Ruta A.C. CartoCrítica. Investigación, mapas y datos para la sociedad civil CEJA CERCA Colectivo Ecologista Jalisco, A.C. Energía, género y ambiente, A.C. (ENGENERA) Legado Sustentable, A. C. Mundo Sustentable A.C. Naturalia Prodefensa del Nazas AC (Durango) Proyecto sobre Organización, Desarrollo e Investigación (PODER) Red Mexicana de Carta de la Tierra Revive México AC Ruedas del Desierto AC (Durango y Coahuila) Sostenibilidad Global The Climate Reality Project   Integrantes del Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, FOTCA, Fundación Tláloc, Greenpeace México, ICCT, ICM, ITDP México, REDIM, Redspira, Transita Seguro, WWF.   Firma de personas físicas: Antonio Azuela de la Cueva Erik Eduardo Saracho Aguilar Francisco Valdés Perezgasga Germán González Dávila Gonzalo Chapela José Giberth García Campoy León Gutiérrez Ferretis Luis Fueyo Mac Donald María Elena Mesta Fernández Octavio Carvajal Trillo (1) Paredes, Juan Roberto y Ramírez C, John J., Energías renovables variables y su contribución a la seguridad energética: complementariedad en Colombia, Banco Interamericano de Desarrollo, 2017, p. 16, https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Energ%C3%ADas-renovables-variables-y-su-contribuci%C3%B3n-a-la-seguridad-energ%C3%A9tica-Complementariedad-en-Colombia.pdf (2) Villarreal J. Tornel C. La Transición Energética en México: retos y oportunidades para una política ambientalmente sustentable y socialmente justa, Friedrich Ebert Stiftung (FST), México, 2017. Disponible en: https://bit.ly/3dlV82d (3) International Energy Transition (IET), Making Societies More Resilient! The role of renewables in COVID-19 recovery packages, Hamburg, 2020. (4) Comisión Federal de Electricidad (CFE), Plan de Negocios 2021 -2025, México, 2021. Disponible en: https://www.cfe.mx/finanzas/Documents/Plan%20de%20Negocios%20CFE%202021.pdf CONTACTOS DE PRENSA: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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