
Project
Amazon Watch / Maíra Irigaray
La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación
La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.
Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.
En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.
Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.
La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño.
Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas.
Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH
Lee nuestro comunicado de prensa
Antecedentes
La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.
Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.
Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica.
Décadas de daños al ambiente y a las personas
Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.
La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.
La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.
Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.
En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.
La búsqueda de justicia y reparación
Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.
Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".
Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.
El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.
Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.
El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales.

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.
Situación actual
Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.
A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.
Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.
Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía.
El caso ante la Comisión Interamericana
En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo violaciones de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.
Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.
Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.
Partners:

Proyectos relacionados

Preocupa a organizaciones que máximo tribunal de Mendoza rechace su participación en litigio sobre fracking, pero acepte la de la industria petrolera
Las diferencias de tratamiento por parte de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ocurrieron en el marco de una demanda acerca de la autorización del fracking o fractura hidráulica para explotar petróleo y gas de la formación Vaca Muerta en la provincia argentina. Mendoza, Argentina. Organizaciones de la sociedad civil lamentan la negativa de parte de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a recibir información sobre los impactos perjudiciales de la extracción de hidrocarburos mediante fracking para los pueblos indígenas y el ambiente en Mendoza. La corte rechazó la participación de siete organizaciones —entre ellas una organización del pueblo indígena Mapuche y organizaciones argentinas e internacionales de protección ambiental y de los derechos humanos— en un litigio que afectará la regulación de la industria de los hidrocarburos en la provincia.En cambio, el tribunal mostró una marcada preferencia hacia la industria de los combustibles fósiles, habiendo permitido la participación de varios grupos que representan los intereses de empresas petroleras en la misma causa judicial sin objeción alguna.El tribunal está considerando una demanda sobre la autorización de la fracturación hidráulica o fracking (por su nombre en inglés) para explotar petróleo y gas de la formación Vaca Muerta en el territorio mendocino. Aunque el fracking todavía no ha sido utilizado ampliamente en Mendoza, esta técnica ha supuesto riesgos para la salud y la seguridad pública en otros países debido a sus graves impactos en el ambiente.Las organizaciones buscaron participar en el litigio bajo la figura de "Amigos del Tribunal" (o amicus curiae), una práctica común en varios países y que se encuentra regulada por la ley mendocina, que permite a personas no vinculadas con un caso judicial compartir información con los tribunales en causas que afectan al interés público.Uno de los miembros disintió de la decisión de la corte, criticando que esta resolución "se aleja de las exigencias de escucha que claman atención del juez en la resolución de causas de indubitable interés social, tal como la que aquí tramita". Además, el magistrado puntualizó que “[l]as entidades que solicitan a esta corte se les otorgue participación como amicus poseen vasta experiencia y especialización en temas ambientales”.Hasta el momento, la Suprema Corte ha rechazado las intervenciones de las siguientes organizaciones: Organización Identidad Territorial Malalweche (Mendoza), Xumek (Mendoza), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS, nacional), la Asociación Interamericana para la Defensa Ambiental (AIDA, internacional), el Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL, internacional), Earthjustice (internacional) y el Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW, internacional). Declaraciones de las organizaciones Ana Laura Piccolo, directora ejecutiva de XUMEK:"Desde Xumek nos preocupan los reiterados rechazos a la participación de organizaciones de la sociedad civil, a través de la figura del ‘Amigo del Tribunal’ por parte de la Suprema Corte provincial. Las organizaciones que nos presentamos para colaborar contamos con reconocida trayectoria en la materia de la causa y realizamos nuestros aportes desde una perspectiva seria y objetiva, conforme los conocimientos y experticia técnicos y jurídicos que poseemos. Además, hemos participado como amicus curiae en numerosos planteos jurisdiccionales tanto en el ámbito local como internacional". Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, abogada responsable del Área de Pueblos Indígenas de XUMEK:"Tal como ha sido expresado en el voto en disidencia, desoír todas las voces de la sociedad civil en casos que revisten una elevada complejidad social afecta el diálogo entre la justicia y la ciudadanía, debilitando los procesos democráticos en causas de interés social en donde se pueden ver afectados los derechos humanos de la sociedad". Erika Schmidhuber, abogada del CELS:"Consideramos esencial que la provincia cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos sobre la consulta libre, previa e informada a pueblos indígenas por proyectos de desarrollo en su territorio ancestral, sin importar que tengan o no un reconocimiento jurídico sobre tal territorio. El Estado argentino ya fue condenado internacionalmente por no cumplir con estos estándares. Es menester que la corte mendocina evalúe los argumentos que hemos presentado en tanto dan cuenta de las obligaciones que Mendoza debe cumplir". Jacob Kopas, abogado de Earthjustice:"La amplia evidencia científica procedente de otros países ya ha demostrado que el fracking conlleva graves riesgos de contaminación, en particular por la filtración de sustancias químicas tóxicas en los acuíferos y otros recursos de agua cercanos. Es fundamental que la Corte Suprema de Mendoza tome en consideración esta experiencia junto con los elogios que ya ha recibido sobre el fracking por parte de grupos que lucran con la extracción petrolera". Sofía Barquero, abogada del Programa de Ecosistemas de AIDA:"Nuestro interés en este caso surge del deseo de garantizar que la protección ambiental y los derechos de los pueblos indígenas sean parte integral de cualquier decisión que pueda afectar a estas comunidades. En ese sentido, hacemos un llamado respetuoso a la corte para que reconsidere su decisión y permita la inclusión de las voces de la sociedad civil en este proceso judicial. Confiamos en que la corte tomará en consideración la importancia de escuchar a todas las partes interesadas en este caso". Upasana Khatri, abogada del CIEL:"El fracking plantea peligros a largo plazo para el medioambiente y la salud que duran mucho más que la producción. Es esencial que la corte escuche a los expertos de la sociedad civil sobre la evidencia de tales daños y el deber legal de prevenirlos —no solo a los actores de la industria con intereses en la producción de combustibles fósiles — para asegurar una decisión informada sobre los riesgos y la regulación del fracking en Mendoza".Contactos de prensaOrganización Identidad Territorial Malalweche, Werken Gabriel Jofre, +54 2604592679XUMEK Asociación para la promoción y protección de los derechos humanos, Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, +54 9 2616807798CELS, Martina Noailles, [email protected], +54 9 11 6562-6566AIDA, Víctor Quintanilla, [email protected], +521 5570522107Earthjustice, Jacob Kopas, [email protected], +1 5862924603CIEL, oficina de prensa, [email protected]
Leer más
AIDA solicita a tribunal argentino proteger derechos humanos frente a la minería de litio
En un escrito legal que respalda el litigio de comunidades indígenas de la Puna en Argentina, solicitamos que la Corte de Justicia de Catamarca anule los permisos para dos proyectos mineros a fin de evitar impactos ambientales irreversibles en el territorio del Salar del Hombre Muerto. Pedimos además que ordene la realización de una evaluación de impactos ambientales acumulativos e integrales que cumpla con los estándares internacionales y garantice la participación de las comunidades. En respaldo al litigio interpuesto por la comunidad indígena Atacameños del Altiplano, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó un escrito legal (Amicus Curiae o "Amigo del Tribunal") ante la Corte de Justicia de Catamarca para solicitar que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, el gobierno nacional y el de la provincia de Catamarca protejan los derechos de las comunidades locales frente a los impactos ambientales acumulados de los proyectos de minería de litio en el territorio y en la cuenca del Salar del Hombre Muerto. "La acumulación de actividades de extracción de litio en el Salar del Hombre Muerto ha agravado el estrés hídrico en la provincia y hoy amenaza con afectar la salud de las comunidades indígenas debido al uso de grandes cantidades de agua y de sustancias químicas contaminantes”, dijo Yeny Rodríguez, abogada sénior de AIDA. “En aplicación de los principios de prevención y de precaución, es imperativo que el Estado adopte medidas para evitar mayores impactos; de no hacerlo, puede incurrir en responsabilidad internacional por los daños causados". El escrito aporta fundamentos para la aplicación de justicia y para la defensa de los derechos al ambiente sano, al agua y al proyecto de vida de las comunidades. En el documento se evidencia que el gobierno nacional y provincial están obligados —en virtud de tratados y estándares internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención sobre los Humedales, entre otros—, a emplear una evaluación ambiental que aborde los impactos integrales y acumulativos para autorizar los proyectos mineros existentes, los propuestos y los asociados. El escrito fue presentado dentro de la acción de amparo interpuesta en agosto de 2021 por la comunidad indígena Atacameños del Altiplano. En ella solicitaron a la Corte de Justicia de Catamarca revocar los permisos otorgados por las autoridades ambientales a los proyectos "Ampliación de proyecto Fénix" de la empresa Livent y "Sal de Vida" de la empresa Galaxy Lithium S.A., hasta que se realice una evaluación de impacto ambiental adecuada. En una decisión judicial hecha pública el 13 de marzo pasado, el tribunal ordenó al gobierno provincial —como medida cautelar— abstenerse de otorgar nuevos permisos hasta que se realice un estudio de impacto ambiental "acumulativo e integral" respecto de todos los proyectos de minería de litio que se desarrollan en la zona, así como garantizar el libre acceso a la información y que todo proyecto cumpla con la consulta previa, libre e informada a las comunidades. Sin embargo, el tribunal no acogió la solicitud de detener la explotación de litio en el territorio, por lo que los riesgos socioambientales permanecen. En este sentido, para proteger el ecosistema y no afectar irremediablemente el proyecto de vida de los pueblos indígenas, en el escrito, AIDA presentó argumentos a la Corte de Justicia de Catamarca apoyando las solicitudes de las comunidades: En aplicación de los principios ambientales internacionales de prevención y precaución, revocar las autorizaciones para los proyectos señalados en el litigio y para todo proyecto situado en la cuenca del salar hasta que se realice una evaluación ambiental conforme al derecho internacional. Ordenar a las autoridades competentes la realización de una evaluación de impactos ambientales acumulativos e integrales respetando en todas las etapas el derecho a la consulta o consentimiento, así como a la participación ambiental oportuna y efectiva de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano. "AIDA reiteró ante el tribunal que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dispuso que la evaluación de impactos ambientales es la medida que garantiza la subsistencia de las comunidades indígenas ante las restricciones impuestas por las concesiones otorgadas en su territorio", señaló Rodríguez. En el escrito se indica que, en este caso —dado que la minería de litio y demás proyectos han provocado ya una grave degradación ambiental y afectado la capacidad de carga de agua del ecosistema, además de poner en riesgo el proyecto de vida de la comunidad—, existía un deber del Estado de realizar una evaluación de impactos ambientales acumulativa e integral. Por la escasa precipitación y la evaporación de agua, el Salar del Hombre Muerto —humedal andino ubicado al noroeste de Argentina, entre las provincias de Catamarca y Salta— tiene un balance hídrico natural negativo, el cual ha sido exacerbado en los últimos 27 años por la explotación de litio. En esta actividad se extraen grandes cantidades de salmuera (agua con altos niveles de sal) y de agua dulce (superficial y subterránea). La región de la cuenca del salar ha sido habitada desde hace más de 10 mil años por comunidades indígenas originarias que tienen un vínculo especial con el entorno que garantiza su supervivencia individual y colectiva, su cultura y sus tradiciones. Debido a la minería de litio, sus miembros han tenido que modificar sus prácticas tradicionales, además de sufrir escasez de agua y significativas pérdidas de animales. El proyecto minero Fénix ha desviado el río Trapiche al punto de secarlo en su tramo final. Y la expansión de la actividad minera en la zona amenaza con secar también el río Los Patos. En el desarrollo de los proyectos aludidos en el litigio, las empresas no brindaron información a las comunidades, no realizaron audiencias públicas con su participación ni un proceso de consulta previa, libre e informada. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107
Leer más
La ONU da un paso importante para priorizar la justicia ante la extracción de minerales de transición
El Panel de las Naciones Unidas sobre Minerales Críticos para la Transición Energética emitió una serie de recomendaciones y principios voluntarios con el objetivo de garantizar una gestión equitativa, justa y sostenible de estos minerales. Los lineamientos están dirigidos a gobiernos, a la industria y a otras partes interesadas en los procesos de transición energética. Esto ocurre en un contexto en el que el movimiento mundial hacia las energías renovables, que busca reducir las emisiones que agravan la crisis climática, ha puesto de manifiesto cómo los costos ambientales y sociales de la extracción de los minerales de transición recaen de forma desproporcionada en las comunidades y los ecosistemas locales. Ante esto, Claudia Velarde, codirectora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), expresó: "Para América Latina, las recomendaciones y principios son muy importantes pues gran parte de las reservas de recursos esenciales para la transición energética están en la región, en territorios complejos y ricos en diversidad biológica y cultural. Es significativo que el panel ponga los derechos humanos y la justicia en el centro, reconociendo la complejidad de la transición energética y la desigualdad entre los países del sur global, que albergan los minerales, y los del norte, que los necesitan para su propia transición. Para avanzar con justicia, la transición energética debe romper con el statu quo del desarrollo, incluyendo perspectivas del sur global, respetando los derechos humanos de las comunidades locales y reconociendo los límites ecosistémicos. Aunque queda mucho camino por recorrer para lograr una verdadera transición energética justa y popular para América Latina, esperamos que este insumo sea un paso que nos permita avanzar hacia ella”. Las recomendaciones y principios están contenidos en un informe en el que el panel explica cómo basar el paso a las energías renovables en la justicia y la equidad, promoviendo el desarrollo sostenible, el respeto a las personas y la protección del ambiente en los países en desarrollo. El panel propone siete principios rectores voluntarios, basados en normas, compromisos y obligaciones jurídicas establecidas en textos de las Naciones Unidas: Los derechos humanos deben estar en el centro de todas las cadenas de valor de los minerales. La integridad del planeta, el ambiente y la biodiversidad debe ser salvaguardada. La justicia y la equidad deben ser la base de las cadenas de valor de los minerales. El desarrollo debe ser promovido mediante el reparto de beneficios, la adición de valor y la diversificación económica. Las inversiones, las finanzas y el comercio deben ser responsables y justos. La transparencia, la rendición de cuentas y las medidas anticorrupción son necesarias para garantizar la gobernanza adecuada. La cooperación internacional y multilateral deben apoyar la acción mundial y promover la paz y la seguridad. Lee el informe del panel (en inglés): https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/report_sg_panel_on_critical_energy_transition_minerals_11_sept_2024.pdf Conoce más de panel: https://www.un.org/en/climatechange/critical-minerals Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107
Leer más