
Project
Mitchell Gilbert para AIDA.
Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú
Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado.
El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.
A dos años de emitida la sentencia de la Corte, su implementación continúa en una etapa inicial, con avances mínimos, debido principalmente a la falta de voluntad política del Estado peruano y a su cambio constante de argumentos para retrasar el proceso.
Antecedentes
La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.
Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico.
El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.
Décadas de daños a la salud pública
El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones.
Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.
La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

Foto: Mitchell Gilbert para AIDA.
La búsqueda de justicia
Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas.
AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes.
En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.
Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población.
En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.
Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.
En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.
Situación actual
Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya.
Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.
En marzo de 2024, el Complejo Metalúrgico de La Oroya reinició sus operaciones y actualmente está generado nuevamente niveles de contaminación en la ciudad que superan los recomendados por la Organización Mundial de la Salud.

Foto: Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El caso ante la Corte Interamericana
En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.
La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.
Tras dos años de la emisión de la sentencia, no existen avances significativos en su cumplimiento por parte del Estado peruano. Las víctimas del caso aún esperan la adopción de las medidas de reparación ordenadas por la Corte; incluyendo atención integral y especializada en salud, la mitigación de la contaminación del Complejo Metalúrgico de La Oroya y el pago de indemnizaciones.
Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya
Partners:

Proyectos relacionados

Perspectiva de cambio climático en los Estudios de Impacto Ambiental
Todos los proyectos sujetos a estudio de impacto ambiental (EIA) pueden contribuir a la cuantificación y reducción de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar el cambio climático. Además, tienen la oportunidad de reducir su vulnerabilidad al cambio y la variabilidad climática. Esta publicación está orientada a brindar herramientas y elementos para incluir la perspectiva de cambio climático en los EIA de proyectos en América Latina, considerando su posible contribución y vulnerabilidad a los impactos del cambio en el clima. Descarga la publicación
Leer más
Protección de la Amazonía de los derrames de petróleo, en manos del Tribunal Constitucional de Perú
El Tribunal prevé conocer y resolver en estos días la demanda de amparo presentada por comunidades de la Quebrada de Cuninico, Loreto, para pedir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y evitar más derrames. La demanda recibió respaldo legal con argumentos sobre las obligaciones internacionales del Estado peruano de garantizar los derechos a una vida digna y a un ambiente sano, entre otros. Lima, Perú. El Tribunal Constitucional tiene en sus manos frenar los derrames de petróleo en la Amazonía peruana y con ellos la violación sistemática de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas que allí habitan. Está previsto que este jueves 4 de marzo el Tribunal conozca y resuelva la demanda de amparo presentada por miembros de comunidades ubicadas en la Quebrada de Cuninico, distrito de Urarinas de la provincia Loreto, para exigir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y así evitar nuevos derrames. En 2014, debido a una fuga en el Oleoducto Norperuano, se derramaron 2500 barriles de petróleo en la quebrada, lo que impactó negativamente el ambiente y salud de las comunidades nativas de San Francisco, Nueva Esperanza, Cuninico y Santa Rosa. El amparo inconstitucional, presentado en junio de 2018 con apoyo del Instituto de Defensa Legal (IDL), busca una decisión judicial final que obligue a la empresa estatal Petroperú a fiscalizar y monitorear las operaciones del Oleoducto Norperuano, el más largo del país, así como dar mantenimiento a sus tuberías en condiciones seguras para evitar nuevos derrames. “Es urgente que las autoridades peruanas pongan fin a esta problemática estructural que viene afectado por décadas a la Amazonia peruana”, aseguró Juan Carlos Ruiz, abogado de IDL. Recientemente, la demanda de las comunidades fue respaldada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) con la presentación de un escrito legal (Amicus Curiae) que recoge argumentos del derecho internacional de los derechos humanos sobre la obligación que tiene el Estado peruano de garantizar la adopción las medidas administrativas, jurídicas, políticas y culturales necesarias para proteger los derechos a una vida digna y a un medio ambiente sano. “La Amazonía es un ecosistema indispensable para conservar el clima del planeta”, dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. “En contextos de crisis climática, la protección de este ecosistema y de los pueblos indígenas que habitan en él es un mandato urgente y vital”. Además, el escrito resalta la toxicidad del petróleo para el ambiente y los deberes del Estado peruano y de Petroperú de garantizar la salud e integridad de las personas más vulnerables a sustancias peligrosas como los niños, niñas, mujeres y comunidades tradicionales. “Hay evidencia disponible de que los derrames del petróleo en la Amazonía peruana, que afectan a pueblos indígenas, se deben en su mayoría a la corrosión de los ductos”, señala Connie Espinoza, Coordinadora Técnica Regional del Programa Todos los Ojos en la Amazonía (TOA). “El volumen derramado es tan grande que estamos evidenciando la imposibilidad de atender todos los requerimientos de remediación derivados de todos y cada uno de los derrames”. De acuerdo con La sombra del petróleo, informe de OXFAM, de los 474 derrames ocurridos en lotes petroleros amazónicos y en el Oleoducto Norperuano entre 2000 y 2019 —que afectaron el territorio de 41 pueblos indígenas— el 65% se debió a corrosión de los ductos y a fallas operativas, mientras que el 28% fue causado por terceros. Ello prueba que la responsabilidad de la gran mayoría de los derrames recae sobre las operadoras. El documento evidencia también que de los 2.000 sitios impactados y contaminados por la actividad petrolera en el Lote 192, solo 32 fueron priorizados para su remediación, y que el volumen de contaminación equivale, en promedio, a llenar 231 estadios nacionales. En suma, la falta de mantenimiento al Oleoducto Norperuano afecta gravemente la Amazonía peruana y genera una violación a los derechos fundamentales a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, a la salud, a la integridad física, a los recursos naturales, al territorio y a otros derechos de rango constitucional de las comunidades nativas afectadas por los derrames de petróleo en la zona. Contactos de prensa: Gerardo Saravia, IDL, +51 997 574 695, [email protected] Nora Sánchez, HIVOS, +593 99 821 5617, [email protected] Victor Quintanilla, AIDA, +521 5570522107, [email protected]
Leer más
Reafirmando la protección legítima del derecho a un ambiente sano
En diciembre de 2016, dos mujeres de Veracruz decidieron defender en los tribunales al Sistema Arrecifal Veracruzano frente a los impactos graves e irreversibles que la ampliación del puerto de Veracruz implica para el ecosistema de coral más grande del Golfo de México y para los beneficios que brinda a la biodiversidad y a la población local. Representadas por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, las residentes de la zona metropolitana de Veracruz presentaron una demanda de amparo contra el proyecto debido a que su permiso ambiental resultó de una evaluación de impactos fragmentada que no consideró la totalidad de los riesgos para los arrecifes. En AIDA apoyamos estos esfuerzos desde el comienzo y presentamos un primer escrito legal (Amicus Curiae) para respaldar la demanda con información detallada sobre la importancia de los servicios que los arrecifes prestan: captura de carbono, generación de oxígeno, provisión de alimentos, protección contra tormentas y huracanes, entre otros. En abril de 2017, el juzgado que atendió el caso rechazó el amparo —y con ello la solicitud de las demandantes de suspender las obras del proyecto— argumentando que no demostraron tener “una afectación real y relevante” en sus derechos; es más, que no tenían un “interés legítimo” en la causa. Hablar de interés legítimo —conocido también como legitimación activa— es referirnos a la capacidad de una persona para reclamar por un daño ante una corte, en cualquier ámbito. En un accidente de tránsito, por ejemplo, sólo tú tienes el interés legítimo para reclamar la reparación del daño que tu vehículo pudo sufrir, que debe ser individual y cuantificable. Sin embargo, en temas de daño ambiental, la situación es más compleja. La degradación de un ecosistema afecta a más de una persona e incluso trasciende generaciones. Las residentes de Veracruz apelaron el revés judicial a su demanda y el caso pasó a revisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo tribunal del país. Ante las limitaciones del juzgado para reconocer en su fallo el derecho de todas las personas de acceder por igual a justicia en temas ambientales, AIDA —en alianza con Earthjustice— presentó ante la Suprema Corte un segundo escrito legal, solicitando la ampliación de los requerimientos para el interés legítimo. Aportamos evidencia técnica y jurídica para el reconocimiento de los derechos humanos al ambiente sano y al acceso a la justicia, consagrados en el derecho internacional. Estos derechos obligan al gobierno mexicano a permitir que toda persona, cuyos derechos fundamentales sean amenazados por la degradación ambiental, tenga la posibilidad de lograr justicia sin importar que su conexión con el ecosistema amenazado sea indirecta o remota. La Environmental Law Alliance Worldwide se unió a la lucha con un escrito que analiza decisiones judiciales de distintas jurisdicciones que reconocen el derecho de cualquier persona, organización de la sociedad civil o residentes de un lugar para presentar demandas contra proyectos y decisiones que pueden afectar negativamente el ambiente. El 9 de febrero pasado, más de cinco años después de interpuesta la demanda, las residentes de Veracruz y los arrecifes de la zona obtuvieron una importante victoria. En una decisión unánime —que como tal genera un precedente obligatorio para todos los tribunales del país— la Suprema Corte determinó que las autoridades violaron el derecho al ambiente sano de las personas de Veracruz al autorizar la ampliación portuaria. Se trata de un fallo histórico, valioso para México y para la región por varias razones: Ratifica que la proximidad a un proyecto no define quiénes son las personas afectadas ni quiénes pueden reclamar la protección de su derecho al ambiente sano ante las cortes. Reafirma que no necesariamente se debe probar un daño cuantificable e individualizable para acceder a la justicia ambiental; basta con demostrar que un proyecto o actividad, al degradar un ecosistema, daña o amenaza con causar daños (económicos, sociales, culturales, sanitarios, etc.) a una comunidad. Reconoce un interés legítimo ampliado, así como el carácter colectivo del derecho a un ambiente sano y de la participación pública en los procesos de evaluación ambiental. Sienta un precedente con capacidad para transformar la manera en la que se realiza la evaluación de impacto ambiental en el país, resaltando la incorporación de los principios de prevención y de precaución. Señala las obligaciones internacionales de México; entre ellas las adquiridas bajo el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú). En AIDA, como organización y como personas, celebramos este gran paso en el fortalecimiento de la defensa del derecho al ambiente sano en la región. Estamos felices de haber contribuido a su logro y esperamos que la implementación de la sentencia ocurra siguiendo los más altos estándares.
Leer más