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Foto: UNFCCCSiguiendo las negociaciones climáticas en la ONU
Los fenómenos derivados de los cambios en el clima son cada vez más extremos e impactan con mayor dureza a comunidades de países en desarrollo. Vigente desde 1994, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático establece acciones para limitar el incremento de la temperatura promedio global y enfrentar los efectos de la crisis climática.
Los países parte de la Convención y del Acuerdo de París se reúnen cada año en la llamada Conferencia de las Partes (COP) para revisar sus compromisos, los avances en el cumplimiento de los mismos y los desafíos pendientes en la lucha global contra la crisis climática.
El Acuerdo de París fue adoptado en la COP21 de 2015. Busca fortalecer la respuesta mundial ante la emergencia climática, estableciendo un marco común de trabajo para todos los países en función de sus capacidades y mediante la presentación de Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) que permitan:
- Limitar el aumento de las temperaturas globales a 2°C en comparación con los niveles preindustriales y continular los esfuerzos para limitarlo a 1,5°C;
- Aumentar la capacidad de los países para adaptarse a los impactos del cambio climático; y
- Garantizar que el financiamiento responda al objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Nuestras áreas de trabajo
CRISIS CLIMÁTICA Y DERECHOS HUMANOS
La crisis climática, por su carácter transversal, tiene repercusiones en distintos ámbitos, geografías, contextos y personas. En ese sentido, el preámbulo del Acuerdo de París señala que es obligación de los Estados "respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional".
A través del litigio climático y la incidencia política, AIDA trabaja para lograr una transición energética justa y respetuosa de los derechos humanos y con enfoque de género.
AIDA en las COP
COP25: Chile-Madrid 2019
En la COP25, celebrada en Madrid, España, abogamos por la inclusión de la perspectiva de derechos humanos en diversos temas de la agenda. Promovimos la incorporación de amplias salvaguardas socioambientales en la reglamentación del artículo 6 del Acuerdo de París, referido a los mercados de carbono. Seguimos de cerca la adopción del Plan de Acción de Género, así como la Red de Santiago, creada “para catalizar la asistencia técnica […] en países en desarrollo que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático”. Impulsamos además la inclusión en los compromisos climáticos de los países de metas ambiciosas y medibles de reducción de los contaminantes climáticos de vida corta.
COP26: Glasgow 2021
AIDA asistió a la COP26 en Glasgow, Escocia, llevando la voz de América Latina. Tras la cancelación de las negociaciones en 2020, la COP26 generó un momento importante para retomar las acciones de incidencia en cuanto al aumento de la ambición climática y el cierre del libro de reglas del Acuerdo de París. AIDA abogó por la inclusión de los más altos estándares de derechos humanos en las decisiones relativas a los mercados de carbono, el financiamiento climático y la regulación de las pérdidas y daños. Durante nuestra participación, brindamos información de fácil acceso sobre estos temas a nuestros aliados y socios en la región. Además, expusimos los avances del litigio climático en América Latina junto con nuestros aliados de Climate Action Network (CAN) y Climate Action Network Latin America (CANLA), entre otras otras redes y grupos de trabajo.
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AIDA cuestiona las fumigaciones en la frontera con Ecuador y establece en nuevo análisis que las fumigaciones aéreas en Colombia no son seguras para el ambiente El gobierno colombiano está violando un acuerdo bilateral con Ecuador al fumigar con una mezcla de herbicidas dentro de la zona de 10 kilómetros de la frontera ecuatoriana, con el fin de destruir cultivos de coca. Colombia se basa en estudios realizados por un equipo de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de Estados Americanos (OEA) para sostener que la mezcla de herbicidas utilizada es segura. Sin embargo, una revisión de AIDA a los informes recientes de la CICAD muestra que realmente no se ha probado que la mezcla de herbicidas utilizada sea segura para el medio ambiente y que, por lo tanto, Ecuador tiene sólidos motivos para oponerse a las fumigaciones. La primera Evaluación del Ambiente y la Salud Humana del Programa de Fumigación Aérea para el Control de la Coca y la Amapola en Colombia, publicada en 2005, no evaluó gran parte de los mayores riesgos potenciales para la ecología y la salud humana que plantea el programa de erradicación aérea en Colombia. El Congreso de los Estados Unidos solicitó estudios adicionales para determinar si la mezcla es verdaderamente peligrosa. Resultados preliminares de los estudios de seguimiento, publicados en agosto del 2006, muestran que, en efecto, la mezcla utilizada es potencialmente peligrosa para el medio ambiente y en particular para los anfibios, ya que dentro de las 96 horas de la aplicación, mató el 50% de los anfibios expuestos. El Departamento de Estado de EEUU tampoco ha proporcionado información adecuada sobre la ubicación y el riesgo por las fumigaciones a cuerpos de agua vulnerables, ni ha hecho nada para evaluar si es probable que otras especies amenazadas se estén perjudicando. Sin considerar estas conclusiones, la afirmación del gobierno colombiano de que la mezcla de herbicidas es suficientemente segura para ser asperjada a lo largo de la frontera ecuatoriana no es exacta.
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PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 12 de mayo de 2006 Contactos: Dra. Anna Cederstav, Earthjustice/AIDA, (510) 457-4010 [email protected] Dr. Carlos Chirinos, SPDA, (+511) 441-9171 [email protected] Hunter Farrell, MOSAO/Mesa Técnica, (+511) 97094921 ¡Victoria legal! Tribunal constitucional ordena al Ministerio de Salud disponer urgente Atención de niños y gestantes contaminados con plomo en La Oroya Dispone además que se realicen acciones tendientes a la declaratoria del Estado de Alerta en esta ciudad LIMA, PERÚ — El Tribunal Constitucional (TC) dispuso ordenar al Ministerio de Salud, para que en el plazo de 30 días, implemente un sistema de emergencia para atender a las personas contaminadas con plomo en la sangre en el caso de la ciudad de la Oroya, debiendo priorizar la atención médica especializada de niños y mujeres gestantes, a efectos de su inmediata recuperación, bajo apercibimiento de aplicar las medidas coercitivas a que hubiera lugar. Así lo señala en la sentencia que declara fundada la demanda de cumplimiento, recaída en el Exp. Nº2002-2006-PC/TC. El TC encuentra que tal como se aprecia en una serie de estudios, desde el año 1999, la propia Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), así como diferentes instituciones, acreditaron la existencia de exceso de contaminación en el aire de la ciudad de La Oroya, y que en el caso de contaminación por plomo en la sangre, sobre todo de niños, se sobrepasó el límite máximo establecido por la Organización Mundial de la Salud. Del mismo modo el TC ordena que el Ministerio de Salud, a través de DIGESA, que en el plazo de 30 días, cumpla con realizar todas aquellas acciones tendientes a la expedición del diagnóstico de línea base conforme lo exige el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, de modo tal que a la brevedad posible puedan implementarse los respectivos planes de acción para el mejoramiento de la calidad del aire en la ciudad de La Oroya. También se ordena al Ministerio de Salud, para que en el mismo plazo, cumpla con realizar todas aquellas acciones tendientes a la declaratoria del Estado de Alerta en la ciudad de La Oroya conforme lo exigen los artículos 23º y 25º del Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM y el artículo 105º de la Ley Nº 26842. En el caso concreto de la población de la ciudad de La Oroya, sobretodo de los niños y mujeres gestantes, considerando que desde el año 1999, en que se realizaron los primeros estudios que determinaron la existencia de población contaminada con plomo en la sangre, hasta la actualidad, han transcurrido más de 7 años, sin que el Ministerio de Salud haya implementado un sistema de emergencia que proteja, recupere y rehabilite la salud de la población afectada. Por ello, al profundizar el análisis del problema, el TC plantea la siguiente interrogante: ¿Qué más se debe esperar para que el Ministerio de Salud cumpla su deber de dictar las medidas indispensables e inmediatas para que se otorgue atención médica especializada a la población de La Oroya cuya sangre se encuentra contaminada con plomo?. En su extensa sentencia el TC considera que si bien en la labor de atención de la salud de la población resulta importante la actuación conjunta entre el Ministerio de Salud y empresas privadas, es necesario precisar que ante situaciones de grave alteración de la salud como la contaminación por plomo en la sangre, como sucede en el caso de los niños y mujeres gestantes de la ciudad de La Oroya, el Ministerio de Salud, en tanto ente rector del Sector Salud, es el principal responsable de la recuperación inmediata de la salud de los pobladores que se encuentran afectados en las situaciones antes descritas. Finalmente, el TC exhorta al Gobierno Regional de Junín, Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, Ministerio de Energía y Minas, Consejo Nacional del Ambiente y empresas privadas tales como la Empresa Doe Run Perú SRL, entre otras, que desarrollan sus actividades mineras en la zona geográfica que comprende a la ciudad de La Oroya, a participar, urgentemente, en las acciones pertinentes que permitan la protección de la salud de los pobladores de la referida localidad, así como la del medio ambiente de La Oroya, debiendo priorizarse, en todos los casos, el tratamiento de los niños y las mujeres gestantes.
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