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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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El ABC de los minerales de transición y de su rol en la producción de energía
Por Mayela Sánchez, David Cañas y Javier Oviedo* Necesitamos dejar los combustibles fósiles para afrontar la crisis climática, de eso no hay duda. Pero ¿qué implica transitar a otras fuentes de energía?Para producir una batería o un panel solar también se utilizan materias primas que provienen de la naturaleza.Algunos de esos recursos son minerales a los que, por sus características y en el contexto de transición energética, se les ha nombrado descriptivamente minerales de transición.¿Cuáles son esos minerales? ¿Dónde están? ¿Cómo se usan?A continuación respondemos las principales dudas sobre estos recursos minerales porque es crucial conocer qué bienes de la naturaleza abastecerán las nuevas fuentes de energía, así como garantizar que su extracción respete los derechos humanos y los límites planetarios para que la transición energética sea justa. ¿Qué son los minerales de transición y por qué se les llama así?Son un conjunto de minerales con alta capacidad para almacenar y conducir energía. Por esas cualidades, son utilizados en el desarrollo de tecnologías de energía renovable, como paneles solares, baterías para la movilidad eléctrica o turbinas eólicas.Se les llama así porque se les considera esenciales para el desarrollo tecnológico de fuentes de energía renovable, como las ya mencionadas. Y en el contexto de la transición energética, las fuentes de energía que usan estos minerales son las más socorridas para reemplazar a las fuentes de energía fósil.A los minerales de transición también se les suele llamar minerales "críticos" por considerarse estratégicos para la transición energética. El término "críticos" se refiere a elementos que son vitales para la economía y la seguridad nacional, pero cuya cadena de suministro es vulnerable a interrupciones. Esto significa que los minerales de transición pueden ser minerales estratégicos, pero no críticos en términos de seguridad y economía.Sin embargo, en torno a la urgencia de la acción climática, algunos Estados y organismos internacionales han catalogado a los minerales de transición como minerales "críticos" con el fin de promover y facilitar el acceso a estas materias primas. ¿Cuáles son los principales minerales de transición?Los minerales de transición más relevantes son el cobalto, cobre, grafito, litio, níquel y las tierras "raras".Pero son al menos 19 minerales los que están siendo usados en las diferentes tecnologías de energía renovable: bauxita, cadmio, cobalto, cobre, cromo, estaño, galio, germanio, grafito, indio, litio, manganeso, molibdeno, níquel, selenio, silicio, telurio, titanio, zinc, y las tierras "raras". ¿Qué son las tierras “raras” y por qué se les llama así?Las tierras "raras" son los 16 elementos químicos del grupo de los lantanoides o lantánidos, más el Itrio (Y), cuyo comportamiento químico es virtualmente igual al de los lantanoides.Son el Escandio, Itrio, Lantano, Cerio, Praseodimio, Neodimio, Samario, Europio, Gadolinio, Terbio, Disprosio, Holmio, Erbio, Tulio, Iterbio y el Lutecio.Se les llama así porque cuando fueron descubiertos, en los siglos XVIII y XIX, eran menos conocidos en comparación con otros elementos considerados similares, como la cal. Pero el nombre ya es obsoleto en la actualidad.El término "raro" tampoco hace referencia a su abundancia, pues aunque no suelen concentrarse en depósitos que puedan ser explotables (por lo que sus minas son pocas), incluso los elementos menos abundantes de este grupo son mucho más comunes que el oro. ¿Para qué se utilizan los minerales de transición? ¿Qué tecnologías dependen de los minerales de transición?Los usos de los minerales de transición en el desarrollo tecnológico de fuentes de energía renovable son diversos:Tecnologías solares: bauxita, cadmio, estaño, germanio, galio, indio, selenio, silicio, telurio, zinc.Instalaciones eléctricas: cobre.Energía eólica: bauxita, cobre, cromo, manganeso, molibdeno, tierras "raras", zinc.Almacenamiento de energía: bauxita, cobalto, cobre, grafito, litio, manganeso, molibdeno, níquel, tierras "raras", titanio.Baterías: cobalto, grafito, litio, manganeso, níquel, tierras "raras". Además, se emplean en una variedad de tecnologías modernas, por ejemplo en la fabricación de pantallas, teléfonos celulares, discos duros de computadoras y luces LED, entre otros. ¿Dónde se encuentran los minerales de transición?La geografía de los minerales de transición es amplia, abarcando de China a Canadá, desde Estados Unidos hasta Australia. Pero su extracción se ha concentrado en países del sur global.Varios países de América Latina están entre los principales productores de distintos minerales de transición. Dichos materiales se encuentran en territorios complejos y ricos en diversidad biológica y cultural, como la Amazonía y los humedales andinos.Argentina: litioBrasil: aluminio, bauxita, litio, manganeso, tierras raras, titanioBolivia: litioChile: cobre, litio, molibdenoColombia: níquelMéxico: cobre, estaño, molibdeno, zincPerú: estaño, molibdeno, zinc ¿Cómo apoyan los minerales de transición a la transición energética y la descarbonización?Los minerales de transición se consideran eslabones indispensables de la transición energética que busca la descarbonización, es decir dejar atrás las fuentes de energía fósil.Pero el interés mundial por estos materiales también abre preguntas sobre los beneficios y desafíos de la minería de minerales de transición.El tema ha tomado tal relevancia que en septiembre pasado el Panel de Naciones Unidas sobre Minerales Críticos para la Transición Energética emitió una serie de recomendaciones y principios para asegurar una gestión equitativa, justa y sostenible de estos minerales.Además, a raíz de la intensificación y expansión de su extracción en países de la región, el tema fue llevado por primera vez ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el pasado 15 de noviembre.En audiencia pública, representantes de comunidades y organizaciones de Argentina, Bolivia, Chile y Colombia, y regionales, presentaron información y testimonios sobre los impactos ambientales y sociales de la minería de minerales de transición.Frente al actual proceso de transición energética es necesario saber de dónde provendrán los recursos que posibilitarán las tecnologías para lograrla.La extracción y uso de minerales de transición debe evitar que sus costos ambientales y sociales recaigan de forma desproporcionada en las comunidades y ecosistemas locales. *Mayela Sánchez es especialista en comunidad digital de AIDA; David Cañas y Javier Oviedo son asesores científicos.Fuentes consultadas:-Olivera, B., Tornel, C., Azamar, A., Minerales críticos para la transición energética. Conflictos y alternativas hacia una transformación socioecológica, Fundación Heinrich Böll Ciudad de México/Engenera/UAM-Unidad Xochimilco.-Science History Institute Museum & Library, "History and Future of Rare Earth Elements".-ONG FIMA, Narrativas sobre la extracción de minerales críticos para la transición energética: Críticas desde la justicia ambiental y territorial.-Haxel, Hedrick & Orris, "Rare Earth-Elements. Critical Resources for High Technology", 2005.-USGS 2014, "The Rare-Earth elements. Vital to modern technology and lifestyle", 2014.-Informe final para la audiencia temática de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): Minerales para la transición energética y su impacto en los derechos humanos en las Américas, 2024.
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Pueblos indígenas y organizaciones sociales exigen protección urgente de los derechos territoriales en Argentina
Enviaron una solicitud de reunión urgente a Relatorías Especiales de la ONU en la que denuncian que el país está al borde de una crisis institucional y territorial debido a desalojos inminentes de comunidades indígenas y por la posible derogación de su protección legal ante proyectos extractivos.A fin de abordar las crecientes amenazas contra los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Argentina, diversas comunidades y organizaciones indígenas, junto con organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos, solicitaron una reunión urgente con las Relatorías Especiales de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas y sobre el derecho a un ambiente limpio, sano y sostenible.La posible derogación de la Ley 26160, que prohíbe el desalojo de comunidades indígenas de sus territorios ancestrales, ha encendido las alarmas debido al riesgo que representa de un aumento en los desplazamientos forzosos, de la expansión de proyectos extractivos sin el consentimiento adecuado y, como consecuencia, de un incremento en la violencia y criminalización contra estas comunidades.La Ley 26160 (actual DNU 805/2021), vigente desde 2006, suspende los desalojos de comunidades indígenas y promueve el relevamiento de sus territorios comunitarios. Sin embargo, la situación actual amenaza la estabilidad y la frágil seguridad jurídica de alrededor de 2.000 comunidades que dependen de esta normativa para preservar sus territorios y sus modos de vida tradicionales.La situación se agravó con la reciente resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que derogó el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, esencial para el reconocimiento jurídico de estas comunidades. Esta medida, señalan las organizaciones, ha generado un estado de indefensión e inseguridad, en franca violación a los derechos constitucionales e internacionales que protegen la autodeterminación de los pueblos indígenas como consecuencia de los desalojos, la criminalización, la militarización de territorios y el incumplimiento de la consulta libre, previa e informada."El año 2024 no ha sido un año fácil para los pueblos indígenas en un escenario marcado por la violencia, el negacionismo y el racismo estructural. Los cambios políticos y el ascenso al poder político (y económico) de sectores vinculados a la derecha han intensificado una retórica que deslegitima y hostiliza a los pueblos indígenas al no reconocerlos como legítimos e históricos sujetos de derecho, cuestionando y vulnerando sus derechos constitucionales y convencionales", expresa Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, abogada indígena y Responsable del Área de Pueblos Indígenas de Xumek.Por su parte, Paula Alvarado Mamani, abogada indígena e integrante de la Comunidad Multiétnica Tres Ombúes, manifiesta: "Lamentablemente nos encontramos en tiempos en donde la perspectiva capitalista, colonial y racista se encuentra en crecimiento, a ello se le suman los fuertes negociados de empresas privadas (nacionales/internacionales) que tienen intereses particulares en despojarnos de nuestros territorios y apropiarse de ellos y de las demás fuerzas naturales (bienes comunitarios) que se encuentran allí, además de la complicidad del poder judicial que, existiendo una normativa que lo prohíbe, han tenido éxito en despojar algunas comunidades de sus territorios ancestrales".Desde Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), Mariana Katz, abogada de esa organización social y docente universitaria, señala: "A pesar de tener una norma que ha declarado la emergencia territorial, por la que solo se reconoce la posesión y que ha sido útil en muchos casos para evitar los desalojos, en la actualidad se la está desvirtuando en su aplicación, incluso han aumentado los casos de desalojos de comunidades y la violencia que sufren como consecuencia de la resistencia. A pesar de ello, tenemos conocimiento de la intención de derogarla. Además de esto, nos preocupa muchísimo la falta de voluntad de una sanción de ley de propiedad comunitaria indígena, tan necesaria para garantizar de manera efectiva la seguridad jurídica de los territorios"."Las comunidades indígenas enfrentan una situación crítica ante la posible derogación de la Ley 26160 y la derogación del Registro Nacional de Comunidades Indígenas, lo que podría generar graves impactos en sus derechos territoriales y culturales", destacó Sofía Barquero, abogada del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "Sin embargo, confiamos en que la intervención de las Relatorías de la ONU pueda promover soluciones constructivas, garantizar la protección de los derechos humanos y territoriales, y contribuir a un diálogo que refuerce la paz social y el desarrollo sostenible en Argentina".La posible derogación representa un retroceso drástico en la protección de los derechos territoriales y culturales de las comunidades indígenas. Esto sucede en un contexto de crecientes presiones de actividades mineras, de hidrocarburos, desmontes y otros proyectos económicos que conllevan desalojos violentos y criminalización de las comunidades indígenas.Las comunidades indígenas y organizaciones firmantes solicitan la intervención urgente de la ONU para intentar frenar los desalojos, proteger los territorios, asegurar la protección ambiental y garantizar la consulta libre, previa e informada a las comunidades sobre cualquier proyecto o medida que afecte sus derechos.Se adhieren:Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)Xumek Organización Territorial Malalweche Servicio Paz y Justicia (SERPAJ)Comunidad Mapuche-Tehuelche INAN KUME RUPU Comunidad Indígena Diaguita Mala Mala, Dpto Lules Tucumán Comunidad Indigena Diaguita Mala Mala P/J 220/09 Tucumán Argentina Comunidad Sikiman/Ancon (Punilla Sur-Córdoba) Organización territorial KAMI Henen (Cmiare-Camichingon/Sanavirón/Ranquel) Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) Instituto de Cultura Popular (Incupo)Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa)Observatorio de Justicia Sanitaria y Climática de Latinoamérica EarthJustice Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina Amnistía Internacional Asociación Americana de Juristas Rama Argentina Red Argentina de Abogacía Comunitaria Centro de Políticas Públicas para el Socialismo Comunidad Mapuche Urbana Pillan, Olavarría, Buenos Aires Comunidad Plurinacional Diaguita Olongasta Comunidad Indígena Tres Ombúes Contactos de prensa:Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107Mariana Katz, SERPAJ, [email protected]Ñushpi Quilla Mayhuay Alancay, Xumek, [email protected], +5492616807798Gabriel Jofré, Organización Identidad Territorial Malalweche, +54 9 2604 59 2679María Natalia Echegoyemberry, [email protected]
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Organizaciones y comunidades piden intervención de la CIDH ante impactos a los derechos humanos de la minería para la transición energética
El viernes 15 de noviembre, representantes de organizaciones nacionales y regionales de América Latina, junto con miembros de comunidades y pueblos indígenas, participaron de la audiencia pública regional ante Comisionados/as y el Relator de Derechos Económicos Sociales Culturales y Ambientales (REDESCA) de la la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para exponer sobre las violaciones a derechos humanos que la extracción de minerales para la transición energética está causando en el continente.En concreto, pidieron a la CIDH urgir a los Estados a:Crear o fortalecer zonas intangibles libres de minería en consideración a sus valores culturales, climáticos o ecosistémicos.Abstenerse de modificar los marcos normativos de protección ambiental y de pueblos indígenas con el propósito de facilitar la inversión en proyectos de minería para la transición energética sin considerar la protección de los derechos humanos.Respetar y garantizar el marco de protección del derecho a un ambiente sano, considerando los impactos sinérgicos, acumulativos, a perpetuidad y climáticos; e implementar mecanismos efectivos de supervisión y fiscalización a actores públicos y privados involucrados en la extracción de estos minerales.Fortalecer sus sistemas de administración de justicia, considerando los principios de prevención y precaución frente a daños irreparables a los ecosistemas, personas y comunidades. Solicitaron además que la CIDH elabore un informe en la que se examinen las medidas que deben adoptarse por parte de los Estados de la región para garantizar que la promoción de los minerales para la transición no promueva la vulneración de los derechos humanos, especialmente de las comunidades que habitan zonas altamente vulnerables a los impactos de las actividades mineras.En la audiencia se evidenciaron —con base en casos concretos— las graves problemáticas de derechos humanos asociadas a la minería de litio, cadmio, cobre, cobalto y otros minerales utilizados en el desarrollo de tecnologías para la generación de energías renovables.Al inicio, Felipe Pino, coordinador de proyectos en ONG FIMA, Chile, enfatizó que a medida que se acelera el despliegue de proyectos de transición energética, se multiplican las voces que demandan una transición justa, lo cual debe interpretarse como un llamado de atención sobre la falta de coherencia de las estrategias de transición con el fundamento de la acción climática: climática: el resguardo de las personas y los ecosistemas del planeta. "Las comunidades más afectadas por la crisis climática, hoy se ven amenazadas por las estrategias para combatir el cambio climático. El éxito de nuestros esfuerzos dependerá de si somos capaces de resolver esta supuesta paradoja de aceleración versus justicia, la cual se expresa con particular fuerza en nuestra región", señaló.Pia Marchegiani, directora ejecutiva adjunta de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), indicó: "El gran interés alrededor de estos minerales se refleja también en la enorme disputa geopolítica para lograr su control. Países de Norteamérica, Europa y Asia dictaron sus regulaciones para aprovechar estos minerales, y asegurar su suministro. Organismos internacionales como el Grupo del Banco Mundial, o el G20, desarrollaron sus políticas para asegurar financiamiento con ciertas salvaguardas en su aprovechamiento”.También, Marchegiani mencionó que esta problemática ha adquirido tal relevancia que el propio Secretario General de las Naciones Unidas estableció una serie de principios rectores destinados a garantizar la justicia, la equidad y la sostenibilidad en la transición energética global. El primero de estos principios subraya la importancia de colocar los derechos humanos en el centro de las cadenas de valor de los minerales. El segundo destaca la necesidad de abordar la transición de manera integral, teniendo en cuenta la protección del planeta, la biodiversidad y el medio ambiente."Se estima que la demanda de estos minerales crecerá exponencialmente en los próximos años. En algunas previsiones, hasta se podría llegar a cuadriplicar su demanda global para el 2040 si se cumplen los acuerdos climáticos. Los vehículos eléctricos y las baterías representan aproximadamente la mitad del crecimiento de esta demanda para las próximas dos décadas. Este aumento de la demanda se traduce en una enorme presión para Latinoamérica, que hoy ya provee el 40% de la producción mundial de cobre y el 35% del litio", agregó Marchegiani.Para explicar el vínculo entre la extracción de litio y las vulneraciones a derechos humanos, Óscar Campanini, director ejecutivo del Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB) señaló: "El litio se extrae del agua salada debajo de los salares, para ese propósito se deben sacar decenas de millones de m3 de agua salada y dulce. Los salares en el denominado triángulo del litio se encuentran en zonas desérticas en las que la vida es posible solo gracias a aguas subterráneas fósiles".Verónica Gostissa, abogada y activista en la Asamblea PUCARÁ de Catamarca, Argentina, expresó: "Desde 1997, las empresas trasnacionales extraen litio del Salar del Hombre Muerto, un sensible humedal de altura. Debido al uso de millones de litros de agua dulce y salada, las empresas -con el aval del Estado-, ya han generado un daño ambiental irreversible: secaron la vega del Río Trapiche -es decir, más de 5 km de río- ha muerto".Por su parte, Lady Sandón, representante de la Unidad de Medio Ambiente del Consejo de Pueblos Atacameños, Chile, afirmó: "Se intenta asegurar la producción a 30 años para explotar litio en ecosistemas frágiles como los salares, sin haberse llevado adelante procesos de consulta con comunidades indígenas, sin transparencia adecuada, sin considerar a quienes habitamos en el salar, eligiendo arbitrariamente que salares proteger, sin entender que existe una interconexión de agua".Verónica Chávez, integrante de la Comunidad de Santuario de Tres Pozos, una de las más de 38 comunidades originarias que vivimos en la Cuenca de Salinas Grandes y la Laguna de Guayatayoc, en las provincias de Salta y Jujuy de Argentina, sostuvo: "Lo que estamos defendiendo es nuestra vida, la de las plantas, los animales domésticos y silvestres, la vicuña, la llama, etc. La vida de nuestros ancestros, lagunas y salinas, que son parte de nuestras familias. Todos nosotros necesitamos agua para vivir; agua limpia y un territorio sano. Nosotros estamos conscientes de que esto no es un trabajo hacia futuro. Es pan para hoy, hambre para mañana, y nosotros seremos un sacrificio para poder extraer este mineral".Juan Sebastian Anaya, asesor de incidencia de la Fundación Gaia Amazonas, Colombia, indicó que hay afectaciones a los derechos humanos de pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos en la Amazonía, que ya se están produciendo a través de la extracción legal e ilegal de minerales para la transición. "Hoy hay puntos de extracción de tierras raras, de coltán, de cobre, u otros minerales estratégicos, la mayoría de los cuales operan sin ningún tipo de control estatal… La actividad minera es ajena a los sistemas de conocimiento y al ordenamiento dado por la ley de origen a la gran mayoría de pueblos indígenas amazónicos", enfatizó.Finalmente, Liliana Ávila, directora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), destacó que los testimonios evidencian al menos tres elementos transversales: afectaciones al derecho al agua, vulneraciones al derecho a un ambiente sano e impactos agravados a pueblos indígenas y comunidades locales. "La región ha experimentado décadas de impactos en los derechos humanos derivados de la extracción de combustibles fósiles. Es indispensable que las nuevas formas de producción de energía superen este legado de abusos", afirmó.La audiencia fue solicitada en el marco del 191º período de sesiones de la CIDH por la Fundación para el Debido Proceso (DPLF), la Fundación Gaia Amazonas y las organizaciones que integran la Alianza por los Humedales Andinos: la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), organización regional; la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asamblea PUCARÁ de Argentina; el Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB) y el Colectivo de Derechos Humanos Empodérate de Bolivia; ONG FIMA, Defensa Ambiental y Fundación Tantí de Chile. Contacto de prensaVíctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +52 5570522107
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