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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Comunidades indígenas en Guatemala logran desinversión y plan de salida del BID por vulneración de sus derechos

En un avance histórico, el BID dejó de financiar dos hidroeléctricas en la microrregión de Yichk´isis y diseñó un plan de salida responsable de los proyectos. Las comunidades mayas afectadas y las organizaciones que acompañan su lucha saludan la respuesta del banco a la queja que presentaron en 2018, pero resaltan que la entidad aún debe encarar varios desafíos.   Washington D.C., EE. UU. El Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hizo pública su decisión de retirar su financiamiento de los proyectos hidroeléctricos San Mateo y San Andrés de la empresa Energía y Renovación S.A. en la microrregión de Yichk´isis (Ixquisis), al norte de Guatemala. Asimismo, diseñó un plan de salida responsable y de fortalecimiento institucional ante las debilidades que el caso evidenció. Esta fue la respuesta del banco a la queja que las comunidades mayas afectadas por los proyectos presentaron ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del Grupo BID y al informe en el que dicha oficina de rendición de cuentas resolvió el caso, concluyendo que el BID Invest incumplió sus políticas operativas y salvaguardas en el marco del financiamiento de los proyectos, y abriendo en sus recomendaciones la posibilidad de un retiro de la inversión. La desinversión se concretó en octubre de 2021, cuando el BID Invest y Energía y Renovación S.A. firmaron acuerdos de liquidación. Cabe destacar que es la primera vez que el Grupo BID, como resultado de una queja, elabora un plan para que su salida sea responsable. "Es una oportunidad para que el banco tenga en cuenta los aprendizajes del caso: entre ellos la relevancia de comprender los contextos locales de los proyectos, las dinámicas socioculturales de las poblaciones que serán directamente afectadas y la perspectiva local de desarrollo a nivel local para determinar la viabilidad o no del financiamiento", dice Liliana Ávila, abogada sénior del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "Es también una oportunidad para que el banco fortalezca el seguimiento y supervisión a los proyectos que apoya con miras a prevenir incumplimientos". No obstante, existen aún desafíos y temas pendientes que la entidad financiera debe encarar en torno a su proceso de salida de los proyectos hidroeléctricos. "Es evidente la responsabilidad del banco en el proceso de inversión y en el incumplimiento de sus salvaguardas sociales y ambientales; por ello debe promover durante el proceso de salida la efectividad de las acciones de manera participativa, libre de manipulación y de forma incluyente con la comunidad para reducir los riesgos de revictimización y de vulneración de la población afectada", indica Mara Bocaletti, Directora de la Plataforma Internacional contra la Impunidad. "Esta experiencia es un primer paso para maximizar los beneficios en los territorios de modo que se permita enmendar los daños provocados." El plan de acción propuesto por la entidad establece que el BID Invest hará una ruta de transición traducida a los idiomas originarios de las comunidades afectadas, así como una evaluación de impactos diferenciados por razones de género a causa de los proyectos y una inversión para promover la inclusión financiera y el empoderamiento de las mujeres en la zona. Además, el plan contiene acciones para abordar las recomendaciones del MICI sobre cambios estructurales a nivel institucional. En ese sentido, se prevé fortalecer la unidad de salvaguardas ambientales y sociales del BID Invest en materia de pueblos indígenas, así como establecer una política de cero tolerancia a la violencia de género, la cual será incluida en las condiciones contractuales de las operaciones aprobadas por el banco. Por otro lado, se incluirá en los protocolos existentes herramientas para hacer seguimiento a los hechos de violencia asociados a los proyectos financiados por el BID Invest. En cuanto a la categorización de los proyectos, se hará una actualización orientada a que la clasificación de supervisión interna sea modificada a una superior cuando se identifiquen circunstancias que eleven los riesgos e impactos de un proyecto después de que su financiamiento fue aprobado. "Para elaborar el plan de salida responsable, el BID Invest debe llevar adelante procesos de consulta con las comunidades afectadas; los cuales van a definir en gran parte la capacidad del plan para abordar y ofrecer de manera efectiva soluciones viables a los daños reconocidos en el informe del MICI, como el aumento de la conflictividad, el desconocimiento de la existencia de los pueblos indígenas y de sus derechos, las afectaciones al patrimonio cultural ancestral, los impactos diferenciados en las mujeres y la falta de prevención y consecuente degradación ambiental", resalta Carolina Juaneda, del Bank Information Center. "Si estos temas no son abordados ni incluidos en el plan de salida responsable, todo este esfuerzo no habrá valido la pena ya que, en última instancia, no llevaría a ninguna mejora ni reconstitución de condiciones de vida en las personas afectadas y en el ambiente". Las comunidades presentaron su queja al MICI en agosto de 2018 con el acompañamiento de AIDA, la Plataforma Internacional contra la Impunidad y el Gobierno Ancestral Plurinacional de las Naciones Originarias Akateko, Chuj, Q’anjob’al y Popti’. En ella solicitaron que el BID Invest retire su inversión en razón de los daños que la implementación de los proyectos ha causado en el ambiente, en los pueblos indígenas y en las mujeres de Ixquisis. En septiembre de 2021, el Directorio del Grupo BID aprobó el informe del MICI, en el cual se concluyó que el BID Invest incumplió su propias políticas operativas y salvaguardas por al menos cinco razones: 1) Validar una caracterización inadecuada de la población afectada, que negaba la existencia de pueblos indígenas; 2) no verificar la realización de una identificación de impactos diferenciados por razones de género en las mujeres; 3) No asegurarse de que el cliente hiciera una identificación y gestión adecuada de impactos ambientales; 4) no cerciorarse de que las comunidades fueran debidamente informadas y consultadas; y 5)  no llevar a cabo una supervisión adecuada de los riesgos de conflicto locales que se podían generar en la zona a causa de los proyectos. "El informe del MICI confirma que el BID Invest incumplió sus políticas, generando impactos muy adversos para la vida de las comunidades. La empresa Energía y Renovación no actuó con la diligencia debida en el marco de sus operaciones y, por el contrario, ha implementado estrategias contrarias al respeto de los derechos humanos. Actualmente, varias autoridades indígenas y personas defensoras de derechos humanos se encuentran criminalizadas, haciendo innegable la persistencia de un contexto de riesgo para las comunidades", afirma Rigoberto Juárez, Coordinador General del Gobierno Ancestral Plurinacional. "Ante esta evidencia, es muy importante que el BID Invest garantice un plan de acción que incluya acciones destinadas a reparar los daños causados a las comunidades en el marco del financiamiento a estos proyectos y a un reconocimiento más contundente de su responsabilidad". Contactos de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107 Camila Castellanos, Plataforma Internacional contra la Impunidad, [email protected]  

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Creando una red de apoyo para fortalecer el litigio climático

El litigio climático se ha convertido, poco a poco, en una herramienta crucial para complementar y acelerar los resultados del trabajo por la defensa del ambiente, el territorio y los derechos de pueblos y comunidades. Sin embargo, litigar en el Sur Global y en América Latina tiene desafíos particulares y es diferente a litigar en el Norte Global. Ante estos desafíos y el contexto de la defensa ambiental en la región, se creó la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, lanzada el mes pasado. AIDA lideró el esfuerzo en estrecha colaboración e intercambio con organizaciones regionales y litigantes que están detrás de algunos de los principales casos en la región. El sitio web ofrece, de forma amigable e intuitiva, información en español sobre los casos judiciales de la región que utilizan argumentos climáticos. Debido a que la plataforma es un trabajo colaborativo y está en permanente construcción, ¡necesitamos tu apoyo para mantenerla actualizada! A fin de lograr ese propósito, se creará una red de relatores/as en la región que estarán a cargo de informar sobre nuevos casos y actualizaciones a los casos ya identificados, trabajando de manera virtual. Para ser parte de esta red, puedes postular llenando el formulario disponible aquí. Ser relator o relatora de la plataforma implica además entrar en contacto con personas interesadas en el litigio climático y que trabajan por la justicia climática en toda la región, así como aprender de esta herramienta novedosa orientada a promover más y mejores casos. Quien forme parte de la red, tendrá también la oportunidad de participar en espacios de encuentro en los que se resolverán dudas en torno al trabajo colaborativo, se afianzarán relaciones y se gestarán iniciativas conjuntas en favor de la justicia climática en el continente. ¿Te gustaría ser relator/a? ¡Postula! La plataforma es una herramienta que facilita a las personas que están usando o que quieren usar el litigio compartir estrategias, experiencias y argumentos sobre litigio climático; ayudando a crear y fortalecer alianzas; así como a facilitar el contacto entre quienes trabajan a favor del ambiente y el clima. Los casos incluidos, cerca de 50 al momento, se escogieron a partir de una perspectiva amplia del concepto de litigio climático. Son casos en los que se emplean argumentos relativos al cambio climático o que, si bien no se refieren directamente a este, contribuyen a lograr justicia climática. El litigio climático va en ascenso en la región, en línea con la urgencia de acciones efectivas y prontas para combatir los impactos del cambio climático. ¡Tú puedes aportar a este movimiento y apoyar la defensa del ambiente, el territorio y los derechos de pueblos y comunidades! Ver la grabación del lanzamiento de la plataforma  

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Océanos, Derechos Humanos

Un avance para la participación de comunidades indígenas en decisiones que afectan sus territorios

Desde 2018, AIDA trabaja en alianza estratégica con Greenpeace Chile y ONG FIMA para excluir el cultivo industrial de salmón de las áreas protegidas de la Región de Magallanes, en plena Patagonia chilena, y para defender los derechos de las comunidades Kawésqar, habitantes ancestrales de los canales y fiordos de la zona. Estas comunidades lograron recientemente un triunfo legal importante que reconoce su derecho a participar en la evaluación ambiental de proyectos que afectan sus territorios y sus modos de vida. La empresa Nova Austral pretendía relocalizar nueve centros de cultivo de salmones (que ya están en operación) desde el Parque Nacional Alberto de Agostini hasta la Reserva Nacional Kawésqar. El Servicio de Evaluación Ambiental del gobierno chileno autorizó el traslado de cuatro de los nueve centros de cultivo sin implementar mecanismos de consulta a las comunidades Kawésqar y rechazando luego sus solicitudes de participación ciudadana. Lo hizo bajo el argumento de que no había efectos ambientales nocivos que las afecten. La autoridad ambiental ignoró las implicaciones de ese tipo que las granjas de salmón han tenido en la región de Los Lagos (extremo norte de la Patagonia) y que representan uno de los riesgos más graves de la expansión de la industria hacia el extremo sur de la Patagonia, una zona prístina. Esos efectos incluyen la contaminación biológica por la introducción de especies exóticas, el uso indiscriminado de antibióticos, las frecuentes fugas masivas de salmones, así como los alimentos y fecas que se depositan en el fondo marino generando pérdida total o parcial de oxígeno y mareas rojas. Asimismo, el órgano ambiental pasó por alto que la salmonicultura es incompatible con los objetivos de protección de la Reserva Nacional Kawésqar. Uno de ellos es “dar cumplimiento a las demandas fundamentales del pueblo Kawésqar”. De hecho, para la creación de la reserva, en 2018, se realizó un proceso de consulta indígena, en el cual se acordó excluir la acuicultura industrial de especies exóticas, considerando la fragilidad de los ecosistemas del área y el legado cultural indígena, estrechamente ligado al mar. Ante el atropello gubernamental, las comunidades Kawésqar —con apoyo de la coalición formada por AIDA, Greenpeace Chile y FIMA— llevaron el caso a la Corte Suprema de Justicia con la presentación de un recurso de protección de garantías constitucionales. El 31 de enero, la Corte hizo justicia y ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental iniciar procesos de participación ciudadana como paso previo a la autorización del traslado de los cuatro centros de cultivo de Nova Austral al interior de la Reserva Nacional Kawésqar. La sentencia adquiere trascendencia al tener en cuenta que el Estado chileno ha sido permanentemente cuestionado por los bajos estándares de cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, el instrumento internacional más importante para garantizar los derechos indígenas, entre ellos el derecho a la consulta previa. Una de las principales críticas es que la regulación de los mecanismos para incorporar la consulta indígena a la evaluación ambiental incentiva que esta no se realice. Esta crítica cobra más relevancia en los proyectos evaluados por Declaración de Impacto Ambiental, para los cuales se aplica un mecanismo consultivo de menor incidencia que la consulta y que además está sujeto a una gran discrecionalidad de parte de la autoridad para que se lleve a cabo. Además, justamente en esos casos, entre los que está la relocalización de granjas de salmón, la participación ciudadana no es obligatoria, como si lo es para proyectos evaluados por estudios de impacto ambiental. Esto disminuye más aún la posibilidad de las comunidades de hacerse escuchar en este tipo de procedimientos. Desde AIDA consideramos que el fallo de la Corte es un aporte a la profundización de la participación ciudadana como herramienta para mejorar la toma de decisiones ambientales. La decisión pone de relieve la voz de las comunidades indígenas en los asuntos que afectan su territorio ancestral. Además, amplía el ámbito geográfico de la participación ciudadana al reconocer que estas comunidades ejercen un interés legítimo en la conservación ambiental, rompiendo así con la idea de que la afectación directa depende solo de su proximidad al lugar de residencia de las personas. Finalmente, esperamos que este sea el primer paso para rechazar del todo la instalación de granjas de salmón en la Reserva Nacional Kawésqar, en cualquier área protegida y, en general, en los mares de la Patagonia chilena.  

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