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Foto: Alejandro Balaguer / Fundación Albatros Media

Victoria: La Bahía de Panamá Está Legalmente Protegida

La Bahía de Panamá, uno de lo sitios de anidación y descanso de aves migratorias más importantes del mundo, está ahora permanentemente protegido, en parte gracias a la experiencia de AIDA en derecho internacional.

La bahía es sustento de especies en peligro de extinción, incluyendo jaguares y tortugas caguama, así como de la gran mayoría de la industria pesquera del país. Sus manglares costeros capturan 50 veces más contaminación por carbono que un bosque tropical del mismo tamaño. Los manglares también protegen a comunidades costeras de marejadas que crecen en intensidad a medida que el clima se calienta. Panamá ha perdido ya 75 por ciento de sus manglares.

En 2012, desarrolladores turísticos habían logrado un fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó la decisión de la Autoridad Nacional del Ambiente de proteger la bahía como un refugio de la vida silvestre.

AIDA trabajó con el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), una organización de derecho ambiental panameña, para defender el estatus de protección de la Bahía de Panamá. Presentamos un escrito con argumentos basados en el derecho internacional. Hicimos analogías entre la Bahía de Panamá y el Parque Marino Nacional Las Baulas en Costa Rica. En un caso legal sobre Las Baulas, un análisis equilibrado encontró que el derecho público a un ambiente sano tenía más peso que los intereses de los desarrolladores turísticos.

Luego, el 2 de febrero de 2015, con ocasión del Día Mundial de los Humedales, Panamá promulgó la ley que crea el Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá. La ley enfatiza la importancia de un enfoque ecosistémico de manejo y del uso racional de los humedales, conceptos contenidos en la Convención Ramsar.

AIDA y CIAM continuarán trabajando para que la ley sea implementada adecuadamente y para asegurar la protección del Humedal Bahía de Panamá.


En Mocoa, Colombia, un megadeslizamiento arrastró masas de agua, tierra y lodo, sepultando barrios completos.

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(Columna publicada originalmente en El País) Combatir el cambio climático requiere planificar políticas públicas y de desarrollo. En las últimas semanas graves deslizamientos han ocurrido en Perú y en Mocoa y Manizales (Colombia). Estos hechos, juntos, han dejado más de 500 personas fallecidas, docenas desaparecidas y más de 100.000 afectadas. Esas tragedias, y otras similares en toda América Latina y el Caribe, tienen algunas cosas en común. Ocurrieron en ciudades y regiones con tasas muy altas de deforestación y cambio de uso del suelo, y en las que se evidenció una deficiente planificación y regulación. Fueron, además, desastres anunciados. Una vez más es claro que cuidar los bosques y las orillas de los ríos, y evitar la deforestación y la erosión, es vital. Son tiempos de cambio climático por lo cual intensas lluvias, sequías, incendios y huracanes serán cada vez más frecuentes e intensos. En Mocoa (Colombia) la noche de la tragedia cayó el volumen de agua equivalente al de 10 días en condiciones normales. Es esencial tomar en serio la protección ambiental y la explotación planificada y sensata de los recursos naturales. Sin embargo, sigue habiendo en las Américas una tendencia extractivista sin adecuado control. La naturaleza se toma en cuenta, sobre todo ante las tragedias, cuando ésta reitera quién manda. La naturaleza, bien cuidada, puede ayudar a salvar vidas. En Mocoa, un bosque ayudó a salvaguardar un área del desastre. Pese a ello, la protección ambiental es vista equivocadamente por algunos como un lujo o incluso como exigencia de personas extremistas. Mientras tanto, año tras año, cientos de personas en América Latina y el Caribe –sobre todo niñas, niños y otras en situación de vulnerabilidad– mueren por sucesos vinculados con sequías o inundaciones, particularmente en los rincones más empobrecidos. En contraste, en los últimos años los Gobiernos del continente han venido debilitando políticas y normas ambientales para promover actividades extractivas más intensas, en nombre del desarrollo. Ya es hora de incorporar con seriedad el medio ambiente en las políticas públicas y en el desarrollo. Pero la tendencia es otra. Incluso personas, movimientos, alcaldes y demás autoridades que buscan proteger el ambiente y el agua de actividades como la minería, son criticados e incluso criminalizados y atacados. Es el caso de Cajamarca (Colombia). Allí, recientemente el 98% de la población decidió, en consulta popular, rechazar un proyecto minero a cielo abierto y proteger sus recursos naturales. La decisión ha desatado una polémica nacional. Se cuestiona si el resultado es obligatorio, aunque la legislación colombiana establece claramente que “la decisión del pueblo es obligatoria”. Sin ahondar en las particularidades jurídicas, lo esencial es el mensaje de fondo: priorizar la protección del agua y el ambiente. A través del voto popular, Cajamarca recordó a sus gobernantes esta prioridad. Varias poblaciones de Guatemala, Honduras, Costa Rica, Perú y El Salvador, entre otros, han votado de la misma manera. Implementar algunas actividades extractivas es necesario para la sociedad actual, pero ello no implica que deban implementarse todas, a cualquier costo y en cualquier lugar. Debe haber un buen balance, además de explorarse opciones de desarrollo más allá de las extractivas. Dos países en América Latina han demostrado que es posible. Costa Rica prohibió en 2011 por ley la minería metálica a cielo abierto. A finales de marzo, el Congreso de El Salvador hizo lo mismo. El cambio es viable, existen alternativas cuando se evalúan integralmente los costos y beneficios y se entiende que proteger el medio ambiente es ganancia. El Salvador, después de Haití, es el país con mayores índices de deforestación y de degradación ambiental, lo cual ocasiona, entre otros, escasez de agua. Por ello la prohibición de minería metálica. Esto no fue un favor a los ambientalistas. La medida fue analizada por años y tras estudios económicos y sociales, se concluyó que lo mejor para el país es cuidar y restaurar el agua y los bosques restantes. La decisión priorizó la restauración ambiental y sus beneficios sociales y económicos, por encima de los riesgos que los proyectos mineros implican. La degradación ambiental y su impacto en las personas no es un problema ajeno a los Gobiernos y a la sociedad. Por eso los Estados han firmado tratados y otros instrumentos internacionales reconociendo la obligación de proteger el medio ambiente. El Acuerdo de París sobre cambio climático, suscrito por 34 de 35 Estados del continente americano, es de los más recientes. Hoy estos acuerdos deben cumplirse realmente. No todos los proyectos extractivos son viables. Para determinar ello debe haber buena planificación, políticas y marcos legales fuertes e implementables. Herramientas como los Estudios de Impacto Ambiental deben realizarse de manera cuidadosa, objetiva e independiente. Las decisiones deben considerar impactos locales y nacionales de corto y largo plazo. En el mundo ya vivimos la realidad del cambio climático, actuar de otro modo sería ignorante e irresponsable. Y, en caso de que se nos olvide, la naturaleza, seguro nos lo recordará.

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El Gobierno de Perú propuso nuevos Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para el aire, aumentando los niveles permitidos de contaminación por dióxido de azufre y material particulado, sustancias que causan enfermedades graves en las personas, sobre todo en niños, niñas y adultos mayores. AIDA preparó, y luego presentó junto con APRODEH, argumentos que demuestran que la propuesta gubernamental ignora la evidencia científica sobre los daños que ambos contaminantes provocan, y las obligaciones internacionales que tienen las autoridades de brindar a su población las condiciones necesarias para una vida digna. En este seminario virtual, expertas y expertos en el tema explicaron en detalle las razones por las que ningún país debe permitir una mayor contaminación del aire.   Presentaciones 1. Presentación introductoria:   2. Presentación de Anna Cederstav, Codirectora de AIDA:   Grabación  

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(Texto publicado originalmente en Animal Político) “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?”. El 26 de marzo pasado, la pregunta fue sometida a consulta popular en esa ciudad colombiana. En un resultado que sienta un precedente para el resto del mundo, el 98 % de los votantes (6,165) rechazó la minería en su territorio, específicamente La Colosa, un megaproyecto de mina a cielo abierto que podría implicar, entre otros daños, la potencial contaminación de fuentes de agua. Ese resultado implica que las autoridades de Cajamarca deben ahora emitir los reglamentos necesarios para asegurar que la decisión del pueblo de prohibir la minería en su territorio se cumpla. Sin embargo, en caso de existir dudas sobre el cumplimiento del mandato popular, presento a continuación cuatro razones de peso, basadas en el derecho internacional, por las que es obligatorio acatar la decisión de Cajamarca. El derecho internacional está conformado por las normas internacionales que regulan las leyes de Estados como el colombiano. Según el mismo: 1. La consulta popular garantiza la participación democrática, que es un derecho humano En el marco de Naciones Unidas, el artículo 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966), establece que “la oportunidad de tomar parte en la conducción de los asuntos públicos, directamente o por conducto de representantes libremente elegidos”, es un derecho humano. Así también lo dispone, en su artículo 23, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969). Por lo anterior, los Estados están obligados a implementar medidas para garantizar que todas las personas participen individual o colectivamente en las decisiones que les afectan directamente. En Colombia, la consulta popular está contemplada en la Constitución como un mecanismo que hace posible dicha participación. Entonces, respetar los resultados de una consulta es indispensable para garantizar el pleno ejercicio democrático y los derechos humanos. 2. La consulta popular permite la participación de comunidades para garantizar su derecho a un ambiente sano Según el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…”. Este principio no sólo ha sido reconocido a nivel internacional como necesario para lograr un desarrollo sostenible, sino que es parte de la legislación ambiental de Colombia. La consulta popular en Cajamarca puso en marcha la aplicación del Principio 10. Las actividades mineras, especialmente aquellas de gran escala como el proyecto minero La Colosa, pueden afectar gravemente el ambiente y las formas de vida de las comunidades. Por ello su participación en las decisiones sobre actividades de ese tipo es esencial para garantizar su derecho a un ambiente sano. Otras instancias internacionales han reconocido la importancia de tomar en cuenta a las comunidades en decisiones relativas a su desarrollo. Por ejemplo, el artículo 6 de la Carta Democrática Interamericana (2001), adoptada en el marco de la OEA, señala: “[l]a participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de participación fortalece la democracia”. 3. La consulta popular hace realidad la prevención ambiental Herramientas de derecho ambiental internacional como la Declaración de Estocolmo (1972) y la Declaración de Río, reconocen la importancia de prevenir daños ambientales antes que ocurran, lo que implica adoptar medidas previas. Los habitantes de Cajamarca, conociendo los impactos graves que la minería puede tener en su territorio, especialmente megaproyectos como La Colosa, impulsaron la consulta popular. El resultado de esa votación evidencia que la comunidad quiere evitar los daños ambientales de los proyectos mineros y que dio un mandato a las autoridades para adoptar medidas en ese sentido. 4. Existen límites al derecho al desarrollo de los Estados De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los Estados tienen el derecho al desarrollo, lo que implica que pueden explotar sus recursos naturales incluso a través de concesiones. Sin embargo, el Estado debe respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas que puedan verse afectadas por proyectos orientados a conseguir ese desarrollo[1]. En ese sentido, el incumplimiento de normas ambientales y sobre derechos humanos, puede derivar en daños a las personas y a entornos naturales y violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos[2]. La decisión expresada legítimamente por la población de Cajamarca protege los recursos naturales de los efectos nocivos de la minería. Por tanto, su cumplimiento es necesario para garantizar derechos civiles, políticos y el derecho a un ambiente sano en Colombia, así como para servir de ejemplo a otros países de la región. Así lo confirma la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “El progreso social y la prosperidad económica solo se pueden mantener si nuestros pueblos viven en un entorno saludable y nuestros ecosistemas y recursos naturales se utilizan cuidadosamente y de manera responsable”[1].  El derecho internacional respalda firmemente la consulta popular y sus resultados. El Estado colombiano, en todos los niveles, debe honrar sus obligaciones y acatar la decisión. El mundo sigue con atención la experiencia de Cajamarca, un ejemplo global de participación ambiental a nivel local. [1] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997.

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