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Foto: Alejandro Balaguer / Fundación Albatros MediaVictoria: La Bahía de Panamá Está Legalmente Protegida
La Bahía de Panamá, uno de lo sitios de anidación y descanso de aves migratorias más importantes del mundo, está ahora permanentemente protegido, en parte gracias a la experiencia de AIDA en derecho internacional.
La bahía es sustento de especies en peligro de extinción, incluyendo jaguares y tortugas caguama, así como de la gran mayoría de la industria pesquera del país. Sus manglares costeros capturan 50 veces más contaminación por carbono que un bosque tropical del mismo tamaño. Los manglares también protegen a comunidades costeras de marejadas que crecen en intensidad a medida que el clima se calienta. Panamá ha perdido ya 75 por ciento de sus manglares.
En 2012, desarrolladores turísticos habían logrado un fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó la decisión de la Autoridad Nacional del Ambiente de proteger la bahía como un refugio de la vida silvestre.
AIDA trabajó con el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), una organización de derecho ambiental panameña, para defender el estatus de protección de la Bahía de Panamá. Presentamos un escrito con argumentos basados en el derecho internacional. Hicimos analogías entre la Bahía de Panamá y el Parque Marino Nacional Las Baulas en Costa Rica. En un caso legal sobre Las Baulas, un análisis equilibrado encontró que el derecho público a un ambiente sano tenía más peso que los intereses de los desarrolladores turísticos.
Luego, el 2 de febrero de 2015, con ocasión del Día Mundial de los Humedales, Panamá promulgó la ley que crea el Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá. La ley enfatiza la importancia de un enfoque ecosistémico de manejo y del uso racional de los humedales, conceptos contenidos en la Convención Ramsar.
AIDA y CIAM continuarán trabajando para que la ley sea implementada adecuadamente y para asegurar la protección del Humedal Bahía de Panamá.
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Desde 2018, AIDA trabaja en alianza estratégica con Greenpeace Chile y ONG FIMA para excluir el cultivo industrial de salmón de las áreas protegidas de la Región de Magallanes, en plena Patagonia chilena, y para defender los derechos de las comunidades Kawésqar, habitantes ancestrales de los canales y fiordos de la zona. Estas comunidades lograron recientemente un triunfo legal importante que reconoce su derecho a participar en la evaluación ambiental de proyectos que afectan sus territorios y sus modos de vida. La empresa Nova Austral pretendía relocalizar nueve centros de cultivo de salmones (que ya están en operación) desde el Parque Nacional Alberto de Agostini hasta la Reserva Nacional Kawésqar. El Servicio de Evaluación Ambiental del gobierno chileno autorizó el traslado de cuatro de los nueve centros de cultivo sin implementar mecanismos de consulta a las comunidades Kawésqar y rechazando luego sus solicitudes de participación ciudadana. Lo hizo bajo el argumento de que no había efectos ambientales nocivos que las afecten. La autoridad ambiental ignoró las implicaciones de ese tipo que las granjas de salmón han tenido en la región de Los Lagos (extremo norte de la Patagonia) y que representan uno de los riesgos más graves de la expansión de la industria hacia el extremo sur de la Patagonia, una zona prístina. Esos efectos incluyen la contaminación biológica por la introducción de especies exóticas, el uso indiscriminado de antibióticos, las frecuentes fugas masivas de salmones, así como los alimentos y fecas que se depositan en el fondo marino generando pérdida total o parcial de oxígeno y mareas rojas. Asimismo, el órgano ambiental pasó por alto que la salmonicultura es incompatible con los objetivos de protección de la Reserva Nacional Kawésqar. Uno de ellos es “dar cumplimiento a las demandas fundamentales del pueblo Kawésqar”. De hecho, para la creación de la reserva, en 2018, se realizó un proceso de consulta indígena, en el cual se acordó excluir la acuicultura industrial de especies exóticas, considerando la fragilidad de los ecosistemas del área y el legado cultural indígena, estrechamente ligado al mar. Ante el atropello gubernamental, las comunidades Kawésqar —con apoyo de la coalición formada por AIDA, Greenpeace Chile y FIMA— llevaron el caso a la Corte Suprema de Justicia con la presentación de un recurso de protección de garantías constitucionales. El 31 de enero, la Corte hizo justicia y ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental iniciar procesos de participación ciudadana como paso previo a la autorización del traslado de los cuatro centros de cultivo de Nova Austral al interior de la Reserva Nacional Kawésqar. La sentencia adquiere trascendencia al tener en cuenta que el Estado chileno ha sido permanentemente cuestionado por los bajos estándares de cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, el instrumento internacional más importante para garantizar los derechos indígenas, entre ellos el derecho a la consulta previa. Una de las principales críticas es que la regulación de los mecanismos para incorporar la consulta indígena a la evaluación ambiental incentiva que esta no se realice. Esta crítica cobra más relevancia en los proyectos evaluados por Declaración de Impacto Ambiental, para los cuales se aplica un mecanismo consultivo de menor incidencia que la consulta y que además está sujeto a una gran discrecionalidad de parte de la autoridad para que se lleve a cabo. Además, justamente en esos casos, entre los que está la relocalización de granjas de salmón, la participación ciudadana no es obligatoria, como si lo es para proyectos evaluados por estudios de impacto ambiental. Esto disminuye más aún la posibilidad de las comunidades de hacerse escuchar en este tipo de procedimientos. Desde AIDA consideramos que el fallo de la Corte es un aporte a la profundización de la participación ciudadana como herramienta para mejorar la toma de decisiones ambientales. La decisión pone de relieve la voz de las comunidades indígenas en los asuntos que afectan su territorio ancestral. Además, amplía el ámbito geográfico de la participación ciudadana al reconocer que estas comunidades ejercen un interés legítimo en la conservación ambiental, rompiendo así con la idea de que la afectación directa depende solo de su proximidad al lugar de residencia de las personas. Finalmente, esperamos que este sea el primer paso para rechazar del todo la instalación de granjas de salmón en la Reserva Nacional Kawésqar, en cualquier área protegida y, en general, en los mares de la Patagonia chilena.
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Todos los proyectos sujetos a estudio de impacto ambiental (EIA) pueden contribuir a la cuantificación y reducción de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar el cambio climático. Además, tienen la oportunidad de reducir su vulnerabilidad al cambio y la variabilidad climática. Esta publicación está orientada a brindar herramientas y elementos para incluir la perspectiva de cambio climático en los EIA de proyectos en América Latina, considerando su posible contribución y vulnerabilidad a los impactos del cambio en el clima. Descarga la publicación
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El Tribunal prevé conocer y resolver en estos días la demanda de amparo presentada por comunidades de la Quebrada de Cuninico, Loreto, para pedir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y evitar más derrames. La demanda recibió respaldo legal con argumentos sobre las obligaciones internacionales del Estado peruano de garantizar los derechos a una vida digna y a un ambiente sano, entre otros. Lima, Perú. El Tribunal Constitucional tiene en sus manos frenar los derrames de petróleo en la Amazonía peruana y con ellos la violación sistemática de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas que allí habitan. Está previsto que este jueves 4 de marzo el Tribunal conozca y resuelva la demanda de amparo presentada por miembros de comunidades ubicadas en la Quebrada de Cuninico, distrito de Urarinas de la provincia Loreto, para exigir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y así evitar nuevos derrames. En 2014, debido a una fuga en el Oleoducto Norperuano, se derramaron 2500 barriles de petróleo en la quebrada, lo que impactó negativamente el ambiente y salud de las comunidades nativas de San Francisco, Nueva Esperanza, Cuninico y Santa Rosa. El amparo inconstitucional, presentado en junio de 2018 con apoyo del Instituto de Defensa Legal (IDL), busca una decisión judicial final que obligue a la empresa estatal Petroperú a fiscalizar y monitorear las operaciones del Oleoducto Norperuano, el más largo del país, así como dar mantenimiento a sus tuberías en condiciones seguras para evitar nuevos derrames. “Es urgente que las autoridades peruanas pongan fin a esta problemática estructural que viene afectado por décadas a la Amazonia peruana”, aseguró Juan Carlos Ruiz, abogado de IDL. Recientemente, la demanda de las comunidades fue respaldada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) con la presentación de un escrito legal (Amicus Curiae) que recoge argumentos del derecho internacional de los derechos humanos sobre la obligación que tiene el Estado peruano de garantizar la adopción las medidas administrativas, jurídicas, políticas y culturales necesarias para proteger los derechos a una vida digna y a un medio ambiente sano. “La Amazonía es un ecosistema indispensable para conservar el clima del planeta”, dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. “En contextos de crisis climática, la protección de este ecosistema y de los pueblos indígenas que habitan en él es un mandato urgente y vital”. Además, el escrito resalta la toxicidad del petróleo para el ambiente y los deberes del Estado peruano y de Petroperú de garantizar la salud e integridad de las personas más vulnerables a sustancias peligrosas como los niños, niñas, mujeres y comunidades tradicionales. “Hay evidencia disponible de que los derrames del petróleo en la Amazonía peruana, que afectan a pueblos indígenas, se deben en su mayoría a la corrosión de los ductos”, señala Connie Espinoza, Coordinadora Técnica Regional del Programa Todos los Ojos en la Amazonía (TOA). “El volumen derramado es tan grande que estamos evidenciando la imposibilidad de atender todos los requerimientos de remediación derivados de todos y cada uno de los derrames”. De acuerdo con La sombra del petróleo, informe de OXFAM, de los 474 derrames ocurridos en lotes petroleros amazónicos y en el Oleoducto Norperuano entre 2000 y 2019 —que afectaron el territorio de 41 pueblos indígenas— el 65% se debió a corrosión de los ductos y a fallas operativas, mientras que el 28% fue causado por terceros. Ello prueba que la responsabilidad de la gran mayoría de los derrames recae sobre las operadoras. El documento evidencia también que de los 2.000 sitios impactados y contaminados por la actividad petrolera en el Lote 192, solo 32 fueron priorizados para su remediación, y que el volumen de contaminación equivale, en promedio, a llenar 231 estadios nacionales. En suma, la falta de mantenimiento al Oleoducto Norperuano afecta gravemente la Amazonía peruana y genera una violación a los derechos fundamentales a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, a la salud, a la integridad física, a los recursos naturales, al territorio y a otros derechos de rango constitucional de las comunidades nativas afectadas por los derrames de petróleo en la zona. Contactos de prensa: Gerardo Saravia, IDL, +51 997 574 695, [email protected] Nora Sánchez, HIVOS, +593 99 821 5617, [email protected] Victor Quintanilla, AIDA, +521 5570522107, [email protected]
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