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Alberto Peña Kay
Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria
En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.
Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.
La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.
El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.
Antecedentes
El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.
Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.
En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.
Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.
Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.
El largo camino de defensa del páramo
Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.
Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.
En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).
Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.
Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.
También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.
En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.
Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.

Foto: Aztlec.
Situación actual
En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.
Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.
De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.
En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.
Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.
Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina
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Siguen sin cumplirse las medidas ordenadas por la Suprema Corte para proteger el arrecife veracruzano
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La autoridad ambiental había autorizado el proyecto de forma fragmentada, dividiéndolo en 15 fragmentos y diluyendo su verdadero impacto. Lejos de cumplir lo establecido en el fallo, el 30 de diciembre de 2022, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat autorizó de nuevo la ampliación del puerto de Veracruz, de forma condicionada, pero una vez más de manera fragmentada, sin integrar adecuadamente información basada en la mejor ciencia disponible y sin permitir la participación de las personas. En su decisión, el máximo tribunal dispuso además que la Semarnat estaba obligada, entre otras cosas, a requerir y gestionar asistencia técnica internacional para preservar el sitio en el marco de la Convención Ramsar, tratado intergubernamental para la protección y uso sostenible de humedales y áreas costeras. A la fecha, la Semarnat no ha concretado este apoyo internacional. "A falta de gestiones idóneas y significativas del gobierno, existe un evidente retraso para concretar el asesoramiento de peritos de la Convención Ramsar”, dijo Jorge Lu Palencia, abogado de AIDA. “Resulta paradójico que la ampliación del puerto se haya autorizado estando aún a la espera de una evaluación técnica e independiente que, por su naturaleza, debería ser previa a cualquier decisión que ponga en riesgo al ecosistema". Por otro lado, un análisis científico elaborado por investigadores independientes concluyó que las medidas de mitigación de daño ambiental propuestas por el promovente del proyecto —la Administración del Sistema Portuario de Veracruz— no podrán evitar las consecuencias adversas sobre el arrecife veracruzano porque no hubo una evaluación científicamente válida para cuantificar los impactos. El análisis científico da cuenta que la autoridad ambiental no ha estudiado la totalidad de los arrecifes sumergidos ni emergidos que están dentro del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. Asimismo, realizó actividades de dragado y no consideró el impacto directo que ocasionó en las especies de invertebrados que habitan los sedimentos marinos. Ante la situación, es necesaria una evaluación externa, como la que pueden brindar centros públicos de investigación. Por estas razones, las organizaciones, en distintos momentos, han solicitado al Juzgado Quinto de Distrito en Veracruz —a cargo de determinar el cumplimiento de la sentencia— que no permita la repetición de las violaciones que la Suprema Corte ordenó reparar y que por lo mismo no tenga por cumplido el fallo hasta que se corrijan estas situaciones. Contactos de prensa Gabriela Sánchez, TerraVida, [email protected], +52 5511429935 Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107
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CIDH visita Santa Cruz Chinautla, Guatemala, y alerta sobre la situación ambiental y social de la cuenca del río Motagua
En el marco de la vista in loco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a Guatemala, la Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) visitó el pasado 24 de julio el territorio del pueblo maya Poqomam —en el municipio de Santa Cruz Chinautla, al norte de la capital del país— que sufre graves impactos por la contaminación proveniente de grandes cantidades de desechos sólidos y de las aguas residuales domiciliares e industriales, que se generan en el área metropolitana y que llegan a los ríos Chinautla, Tzaljá, Las Vacas y luego al río Motagua. La contaminación afecta las condiciones de vida, la salud, el ambiente, las fuentes de agua, la economía y la cultura de los más de 18 mil habitantes de Santa Cruz Chinautla. El problema se ve agravado por vertederos ilegales de basura domiciliar y de desechos de construcción (ripio) que ingresan al municipio diariamente en decenas de camiones. Y se intensifica a causa de la extracción de minerales de los ríos por parte de empresas areneras y de la explotación de los cerros para productos de construcción. En la visita, el relator Javier Palummo escuchó a líderes y lideresas de la autoridad ancestral, la alcaldía indígena y las comunidades de Chinautla y Quetzalito, así como a representantes de organizaciones no gubernamentales, exponer acerca de los impactos ambientales, al agua, la salud, la economía y la cultura en el territorio. Estas personas también informaron del abandono histórico del Estado de Guatemala, que refleja la discriminación sistemática al pueblo Poqomam, así como la tolerancia y protección para empresas que explotan y degradan el territorio. La información brindada visibilizó además la situación de las comunidades ribereñas que habitan en la cuenca del río Motagua, en especial, aquellas que viven en la desembocadura del caudal hacía la costa atlántica, donde se encuentra el Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM). En una conferencia de prensa, al cierre de la visita, el relator expresó su preocupación por la situación de derechos humanos de la población guatemalteca y de quienes han sido víctimas de una discriminación estructural por el manejo de los recursos hídricos, la protección de la biodiversidad y el cambio climático. También mencionó los desafíos derivados de la debilidad del marco legal hídrico y en particular de la ausencia de una ley de aguas. Las autoridades ancestrales agradecen a la CIDH y a la REDESCA la visita a su territorio. Ratifican las peticiones realizadas junto con miembros de la sociedad civil para que la CIDH haga recomendaciones dirigidas a que el Estado de Guatemala atienda la situación crítica que vive el pueblo maya Poqomam y detenga la violación de sus derechos a través de acciones en el corto y largo plazo. Dentro de estas acciones, se destaca la necesidad urgente de verificar el cumplimiento de la normativa ambiental, así como de prevenir y cortar los daños ambientales desde la fuente, a través de la regulación, monitoreo, supervisión y fiscalización de las actividades que afectan los derechos de quienes habitan la cuenca del río Motagua. Particularmente, se espera que: Se detenga el avance de las actividades extractivas, estableciendo un alto a la emisión de licencias mineras; Se cierren los vertederos clandestinos, brindando vigilancia para evitar su reapertura. Se fortalezca la normativa relacionada con la disposición de aguas residuales para que se implementen de manera oportuna los sistemas de tratamiento completos por parte de las municipalidades; y Se inicien las acciones que permitan la restauración socioambiental de los ecosistemas afectados en toda la cuenca del Motagua, incluyendo medidas legislativas y administrativas que fortalezcan el ordenamiento jurídico que garantice la protección de las aguas y los territorios. Firman: Autoridades ancestrales del pueblo Poqomam de Santa Cruz Chinautla
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Hablemos de las NDC, los compromisos de los países para enfrentar la crisis climática
Las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC, por sus siglas en inglés) son los planes que cada país elabora para hacer frente a la crisis climática en el marco del Acuerdo de París. En ellas los países se comprometen a cumplir con metas para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y avanzar en la adaptación a la crisis climática, incluyendo —idealmente—, las formas en que financiarán dichas acciones. El Acuerdo de París, donde se originan las NDC, es un tratado internacional jurídicamente vinculante para combatir el cambio climático que entró en vigor el 2016, luego de ser firmado por 195 países. Así, las NDC constituyen la vía para lograr los objetivos del acuerdo, que son: Garantizar que el aumento de la temperatura media mundial se mantenga muy por debajo de los 2 °C, preferiblemente a 1,5 °C, en comparación con los niveles preindustriales. Aumentar la capacidad de adaptación a los impactos del cambio climático. Adecuar el financiamiento a las necesidades de los países para alcanzar estos objetivos. Cada país es libre de decidir y comprometer en sus NDC cuánto y cómo mitigarán sus emisiones y de qué forma buscará la adaptación, basándose en sus capacidades y circunstancias. En este sentido, las NDC refuerzan los objetivos mundiales pactados para enfrentar la crisis climática y contienen los compromisos específicos de los países para alcanzarlos. Además, constituyen planes a corto y mediano plazo —con respaldo político— en áreas cruciales no solo para estabilizar el clima, sino también para impulsar el desarrollo sostenible y afrontar otras crisis globales como la contaminación y la pérdida de biodiversidad. Los países que han suscrito el Acuerdo de París deben presentar sus NDC a la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y actualizarlas cada cinco años con metas cada vez más ambiciosas, en función de sus propias capacidades. Las conferencias de las partes (COP), órgano de toma de decisiones de la Convención, establecen las guías para que los países cumplan con estos compromisos. Las primeras NDC fueron presentadas en 2015, cuando se adoptó el Acuerdo de París, y su primera actualización ocurrió en 2020. El próximo año, los países deben actualizarlas nuevamente con metas a 2030 y 2035. Dada su relevancia para la acción climática mundial y la cercanía de la segunda actualización, ahondaremos en aspectos relevantes de las NDC. El contenido de las NDC En sus NDC, los países presentan un análisis proyectado de los riesgos e impactos climáticos, además de compromisos específicos de reducción de GEI y de adaptación a los impactos. Esto se traduce en metas cuantitativas o cualitativas, plazos y acciones en sectores prioritarios como agricultura, agua, biodiversidad, bosques, energía, gestión de riesgos, industria, infraestructura, pesca, salud, transporte, turismo y zonas costeras, entre otros. La mayoría de los países incluyen presupuestos aproximados para alcanzar sus objetivos y muchos países en desarrollo hacen referencia al apoyo que requieren —financiero, de transferencia de tecnología y/o de construcción de capacidades— para implementar alguna o todas sus medidas. En una NDC, las metas que se pueden alcanzar sin ayuda externa se llaman "no condicionadas" y las que dependen de ese apoyo se denominan metas "condicionadas". Algunos ejemplos de los compromisos de las NDC pueden ser: Reducir al 2030 el 22% de sus emisiones de GEI con recursos propios (meta de mitigación no condicionada). Incrementar la reducción de GEI hasta un 36%, pero sujeto a un acuerdo global que incluya cooperación técnica y transferencia de tecnología, así como al acceso a recursos financieros de bajo costo (meta de mitigación condicionada). Incrementar al 2030 la capacidad adaptativa de la población ante el cambio climático y disminuir la alta vulnerabilidad en 160 municipios (meta de adaptación no condicionada). El avance de las NDC Según el World Resource Institute, los compromisos actuales de reducción de emisiones de las NDC presentadas por los países están lejos de la ambición necesaria para lograr los objetivos del Acuerdo de París pues, aún si se cumplieran a cabalidad, nos llevarían a un aumento de temperatura de entre 2,5 y 2,9 °C. Más optimistas, los datos de la iniciativa Climate Promise del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, que apoya al 85 % de los países en la elaboración de sus NDC, dan cuenta que los países más vulnerables están logrando avances tangibles de ambición. Por ejemplo, los países africanos muestran un compromiso más firme que el de la media mundial en sus metas relativas a resiliencia climática, en el aumento de sus esfuerzos de transparencia y en la inclusión de la transición justa; mientras que las NDC de los países de América Latina y el Caribe registraron niveles elevados de inclusividad y responsabilidad entre las partes interesadas, en comparación con la media mundial. Aunque la mayoría de los países de América Latina tienen en sus NDC planes de reducción de emisiones de GEI, de adaptación y de fomento a la energía renovable, continúan dependiendo de la explotación de petróleo, gas y carbón, por lo que sus compromisos climáticos actuales son insuficientes. Derechos humanos y enfoque de género en las NDC Si bien la crisis global es una amenaza para toda la humanidad, sus impactos afectan de manera desproporcionada a los sectores de la población en situación de vulnerabilidad, que tienen menos capacidad para afrontarlos. Es el caso de pueblos indígenas y afrodescendientes, así como de poblaciones campesinas y rurales. Además, según el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, "las mujeres están especialmente expuestas a los riesgos relacionados con el cambio climático, debido a la discriminación de género, las desigualdades y los roles de género que las inhiben". Uno de los principales impactos negativos de la crisis climática en las mujeres es que exacerba la carga de trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, profundizando así desigualdades estructurales existentes. Por lo dicho antes, es imprescindible que los Estados incorporen el marco de derechos humanos y la perspectiva de género en la formulación de sus políticas climáticas, una necesidad reconocida por diversos instrumentos y tratados internacionales. Esto implica que los Estados —en la elaboración, implementación y seguimiento de las NDC— sean coherentes con sus obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos sin discriminación alguna y con un enfoque de género e interseccional, potenciando así la capacidad de acción efectiva de las personas y comunidades frente a la crisis climática, en especial aquellas que históricamente han sido marginadas. Asimismo, las NDC deben garantizar los derechos de las futuras generaciones y la integridad a largo plazo de los ecosistemas. Lo que viene La ronda de NDC del próximo año debe estar orientada a concretar el compromiso alcanzado en la vigésimo octava Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP28) de eliminar progresivamente los combustibles fósiles en los sistemas energéticos, fijar metas específicas de reducción de emisiones de metano, triplicar las energías renovables y duplicar la eficiencia energética. Dado que esta nueva ronda abarcará metas hasta 2035 —marcando el punto medio entre 2020, cuando los países empezaron a implementar sus NDC y 2050, el año acordado para alcanzar el objetivo global de cero emisiones netas—, los compromisos que se presenten son cruciales para alinear las acciones a corto plazo con los objetivos a largo plazo. Ante impactos climáticos que ocurren aceleradamente y con consecuencias cada vez más graves, es urgente tener NDC con la ambición suficiente para aportar a la reducción drástica de emisiones, a una mayor adaptación, a la atención adecuada de las pérdidas y daños ya ocasionados, así como a un incremento significativo del financiamiento climático. Más información Para saber más del avance de los compromisos climáticos de cada país, puedes: Consultar la base de datos de la CMNUCC, que cuenta con la lista de países que han presentado sus NDC y la fecha en que lo hicieron. Consultar la información generada por Climate Action Tracker, que hace seguimiento a la acción climática de los gobiernos, comparándola con los objetivos del Acuerdo de París. Conocer NDC LAC, una herramienta digital que proporciona información del avance en la implementación y actualización de las NDC en América latina y el Caribe. Fuentes - Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, "Contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC). El Acuerdo de París y las contribuciones determinadas a nivel nacional". - Naciones Unidas, "Todo sobre las CDN". -World Resources Institute, "Next Generation NDCs. Accelerating climate action under the Paris Agreement". - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, "¿Qué son las NDC y cómo impulsan la acción climática?". - Verónica Méndez Villa y Daniela García Aguirre, "Derechos humanos y perspectiva de género en las contribuciones nacionalmente determinadas (NDC) en América Latina", Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). - Inter Press Service, "América Latina llega a la COP28 con ambiciones para sus metas insuficientes".
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