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Alberto Peña Kay

Cuidando al Páramo de Santurbán de los daños de la mineria

En la región andina, ecosistemas de alta montaña, llamados páramos, capturan agua de la niebla y la suministran a tierras bajas. Uno de ellos es el páramo de Santurbán, que abastece de agua dulce a más de dos millones de personas en Colombia.  

Santurbán, como los otros páramos del continente, también captura grandes cantidades de carbono, siendo así un aliado clave para la mitigación de la crisis climática. Es además refugio para cientos de especies amenazadas, incluyendo al icónico oso de anteojos.

La tierra en y alrededor del páramo contiene oro y otros minerales. Ello ha puesto a Santurbán en la mira de la industria minera multinacional que, por décadas, ha buscado instalar proyectos de gran escala en el ecosistema que amenazan con degradarlo.  

El Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán —una coalición de personas defensoras ambientales— ha frenado estos intentos continuos, apoyado por AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil.  

 

Antecedentes

El páramo de Santurbán está en medio de la cordillera Oriental de los Andes colombianos, en los departamentos de Santander y Norte de Santander, a una altura que va de los 2.200 a los 4.290 metros sobre el nivel del mar.

Comprende una superficie de 129.743 hectáreas, en las que alberga 57 lagunas. Es hábitat de 457 especies de plantas y de 293 de fauna vertebrada.

En Santurbán existen yacimientos mineros, sobre todo de oro, pero también de plata y cobre. A ello se debe la tradición minera de la región, particularmente en la parte del páramo que está en Santander, en la provincia de Soto Norte. Las comunidades de la zona han construido su cultura e identidad en torno a la extracción de oro, principalmente artesanal y de pequeña escala.

Pero los depósitos de oro en el páramo también han atraído, desde los años 90, a conglomerados mineros extranjeros que han buscado desarrollar proyectos de gran escala. Esto ha generado preocupación en la población que se abastece de las fuentes hídricas de Santurbán, quienes se han movilizado en defensa del agua, el territorio y la vida.

Pese a que normas nacionales e internacionales prohíben la minería en páramos, el gobierno colombiano ha otorgado títulos mineros a empresas transnacionales en Santurbán.

Foto: Keishpixl / Pixabay.

 

El largo camino de defensa del páramo

Una de las empresas que buscó desarrollar gran minería en Santurbán es Eco Oro Minerals Corp. —antes Greystar Resources—, empresa canadiense que pretendía instalar allí la mina a cielo abierto Angostura para extraer oro y plata. Entre 1994 y 1995, la empresa adquirió sus títulos mineros e hizo exploraciones. Y en 2010 solicitó el permiso de explotación minera.  

Fue en ese año cuando AIDA se involucró en la defensa del ecosistema, apoyando al Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. Nuestro trabajo legal contribuyó a que, en mayo de 2011, el gobierno colombiano negara la licencia ambiental a la mina.  

En enero de 2013, el gobierno declaró una parte del páramo (11.700 hectáreas) como Parque Natural Regional. Ese año —junto con el comité y organizaciones aliadas—, realizamos una campaña y trabajo de incidencia para que el gobierno reconociera la totalidad de Santurbán como ecosistema de páramo mediante una delimitación con base en criterios científicos. En diciembre de 2014, el Ministerio de Ambiente realizó una delimitación que protegía el 76 % del páramo (98.954 hectáreas).  

Por otro lado, fruto de un litigio apoyado por AIDA, en febrero de 2016, el más alto tribunal de Colombia reafirmó que la minería en páramos está prohibida.  

Ese mismo año, en diciembre, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, retiró su inversión en Eco Oro Minerals. Este logro resultó de un proceso iniciado en 2012, cuando el comité —asesorado y acompañado por AIDA y organizaciones internacionales aliadas— presentó un reclamo ante un mecanismo independiente de quejas, el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto Angostura no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contradiciendo las políticas internas de la institución financiera.

También en 2016, Eco Oro Minerals presentó una demanda de arbitraje contra el Estado colombiano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) argumentando afectaciones por las decisiones estatales orientadas a la protección de los páramos del país, incluida la delimitación de Santurbán.

En 2017, la Corte Constitucional invalidó la delimitación porque no se consultó a las comunidades afectadas. El alto tribunal ordenó hacer una delimitación participativa.

Y ese año surgió una nueva amenaza para Santurbán cuando la multinacional canadiense Aris Mining solicitó el permiso ambiental para Soto Norte, un proyecto de minería de oro ubicado en las cercanías del páramo. Tras movilizaciones ciudadanas y cuestionamientos técnicos, en octubre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales archivó el proyecto.  

Foto: Aztlec.

 

Situación actual

En marzo de 2025, el gobierno colombiano declaró al costado occidental del macizo de Santurbán como zona de reserva temporal de recursos naturales renovables, delimitando y protegiendo un área de 75.344,65 hectáreas. Esto implicó la suspensión por dos años del proyecto Soto Norte. No obstante, continúa vigente el contrato que tiene Aris Mining para formalizar las actividades mineras de pequeña escala de la empresa Calimineros mediante la compra y procesamiento de material mineralizado.

Además, la minera canadiense continúa impulsando el proyecto. En septiembre de 2025, publicó su estudio de prefactibilidad, replanteando el diseño original de la mina.

De otro lado, quienes integran el Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán enfrentan amenazas y estigmatización por su labor. En marzo de 2025, Relatorías Especiales y el Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos de la ONU denunciaron esos hechos mediante comunicaciones enviadas a los gobiernos de Colombia, Canadá y Emiratos Árabes Unidos; así como a las empresas Aris Mining y MDC Industry Holding Company LLC, antigua copropietaria del proyecto Soto Norte.

En cuanto a la demanda de arbitraje presentada por Eco Oro Minerals, en julio de 2024, el CIADI falló a favor del Estado colombiano y rechazó el reclamo de indemnización por USD 1.100 millones presentado por la empresa canadiense.

Respecto de la delimitación de Santurbán, en julio de 2026, el Ministerio de Ambiente expidió una resolución que introduce el concepto de “delimitación progresiva”. Con esa base, el gobierno propone delimitar progresivamente el páramo, abarcando 29.199 hectáreas en 19 municipios, aquellos donde ya concluyeron los acuerdos participativos exigidos por la Corte Constitucional en su fallo de 2017. Plantea también dos medidas sobre creación y ampliación de reservas para restringir la minería en el ecosistema.  

 


Conoce más de los impactos de la minería en los páramos de América Latina 

 


Abeja Melipona de Yucatán, México.
Derechos Indígenas

Abejas nativas y pueblos indígenas: un vínculo ancestral

¿Sabías que existen abejas originarias de nuestro continente que han formado parte de la cosmovisión y modos de vida de diversos pueblos originarios? Las abejas nativas o meliponinas pertenecen a la tribu Meliponini. Son conocidas como “abejas sin aguijón” porque no poseen un aguijón funcional, aunque tienen otros mecanismos de defensa, como morder. Estas abejas suman decenas de especies que podemos encontrar desde México hasta Argentina. En algunas comunidades indígenas, las abejas nativas son consideradas seres espirituales y simbólicos, pero también son valoradas por sus funciones esenciales para preservar la vida: al polinizar los cultivos, son aliadas en la producción de alimentos; su miel, cera y propóleo tienen propiedades alimenticias y curativas reconocidas; y aseguran el equilibrio en la naturaleza para la conservación de los ecosistemas. En el marco del Día Mundial de las Abejas —celebrado cada 20 de mayo para sensibilizar, promover y favorecer acciones para proteger a las abejas y a otros polinizadores— queremos recuperar la labor de algunas comunidades que honran y cuidan a las abejas nativas de diversas formas y que, al hacerlo, también cuidan y preservan sus propias culturas.   Una labor de cuidado mutuo La cría y aprovechamiento de abejas meliponinas, nativas del continente americano, es una práctica ancestral para diversos pueblos originarios. Esta actividad, llamada meliponicultura, es parte de su forma de vida y su cosmovisión. La introducción de la abeja doméstica (Apis mellifera) desde Europa redujo drásticamente esta práctica. Sin embargo, muchas comunidades la han preservado, protegiendo a las abejas nativas de la extinción y asegurando con ello la biodiversidad en sus territorios. Tenemos ejemplos de ello a lo largo del continente.   Guatemala Los bosques cálidos de Alta Verapaz, Guatemala, son el hábitat preferido para las abejas nativas y ahí está la mayor diversidad de ellas en el país. Su preservación está en manos de las familias y pequeños productores y productoras mayas Q’eqchi que construyen colmenas tecnificadas o “casas de abejas”.   Perú A través de su iniciativa Sumak Kawsay, Ysabel Calderón promueve la conservación de abejas nativas mediante la restauración de su hábitat en Lambayeque, Perú. Calderón ha sembrado más de 1.000 árboles en Lambayeque y logró aumentar la población de abejas nativas. Con esto también ha generado empleos para un grupo de mujeres en la región.   Argentina En el Gran Chaco argentino, Silvia Godoy y otros pequeños productores de miel recuperan nidos de abejas nativas en los aserraderos, que se perdían por la actividad forestal. Las colonias son depositadas cuidadosamente en cajones para su mejor conservación y el aprovechamiento racional de su miel.   Colombia Mujeres Yucuna de la región Mirití-Paraná, en Colombia, trabajan en documentar el origen de las abejas nativas en la cultura y su importancia para el territorio y el ambiente. Lo hacen de la mano de las abuelas y abuelos sabedores/as de los pueblos. Recolectan historias, cantos y dibujos de las abejas.   México Hace unos 20 años, familias Nahuas en Cuetzalan del Progreso, México, comenzaron a impulsar la meliponicultura, pues la práctica ancestral se estaba perdiendo. Hoy la cosecha de miel beneficia económicamente a las familias y les permite proteger el territorio. Y, en el sureste mexicano, el Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes ha puesto a las abejas nativas en el centro de su lucha contra los transgénicos y agrotóxicos. La vocería de las mujeres y la protección de la meliponicultura, una práctica tradicional y su medio de subsistencia, han sido claves en su defensa del territorio.   Fuentes -S. Engel, M. et al. “Stingless bee classification and biology (Hymenoptera, Apidae): a review, with an updated key to genera and subgenera”, ZooKeys. -Guía práctica para la implementación de la meliponicultura en la Amazonia Colombiana, Amazon Conservation Team/The Nature Conservancy, 2020. -“Importancia de la meliponicultura”, Dirección General de Recursos Naturales y Bioseguridad. -“Abejas nativas de México. La importancia de su conservación”, Conacyt.  

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Decisión judicial protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en los páramos en Cajamarca

La consulta popular que prohibió la minería en Cajamarca está vigente y debe ser acatada. Así lo reconoció el Juzgado Décimo Administrativo de Ibagué, el cual estableció que el acuerdo municipal, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca, sigue siendo de obligatorio cumplimiento. Hace unos meses, desde la Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca también celebramos otra decisión similar del Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué, que determinó que dicho acuerdo debe seguir vigente. Estas dos decisiones en menos de seis meses son un respaldo a la democracia ambiental. La Coalición aportó argumentos adicionales para apoyar al municipio de Cajamarca en la defensa de la consulta popular, entendiendo la importancia de esta decisión para esta comunidad, para otros territorios y para la garantía de la democracia. La Coalición está integrada por el Colectivo Socioambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial SIEMBRA, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Semillero de  investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA),  la  Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: “la decisión tomada por el juez garantiza que el mandato popular decidido en las urnas esté vigente y se convierte en un llamado claro a que las instituciones del orden nacional implementen sus resultados, tomando las decisiones que hacen falta en materia de permisos ambientales y concesiones mineras”. En la sentencia, el juez tuvo en cuenta los argumentos del municipio de Cajamarca y de las organizaciones de la Coalición -en calidad de coadyuvantes-. Las razones principales del juez son que no han desaparecido los fundamentos de derecho del acuerdo (Ley 1757 de 2015) y que esta norma no está desconociendo las leyes y jurisprudencia sobre la materia. Ambos juzgados reconocen que las sentencias de la Corte Constitucional que limitaron el alcance de las consultas populares (SU-095 de 2018 y C-053 de 2019) no afectan la vigencia ni los efectos del Acuerdo que implementó la consulta popular de Cajamarca, debido a que en estas no se estableció que afectaran situaciones pasadas. Por eso, no es posible desconocer un mecanismo de participación ciudadana que se adoptó bajo las normas vigentes, a pesar de que la Corte haya cambiado su postura. No cabe duda de que la consulta popular de Cajamarca sigue vigente y que su mandato de no autorizar actividades mineras en el territorio debe ser acatado e implementado por todas las autoridades competentes. Esto se evidencia con dos decisiones judiciales que confirman que las consultas populares se respetan. Con lo cual, gana la democracia y se garantiza el derecho fundamental a la participación, a pesar de los intereses particulares de quienes quieren desconocer este mandato popular.   Contactos de prensa: Robinson Mejía, COSAJUCA, 3002183641, [email protected] Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 3005683333

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Barcos en el puerto de Quintero, Chile

Chile: Organizaciones recurren al Tribunal Ambiental para invalidar norma que prioriza el gas por encima de la energía limpia

La norma permite a las empresas que generan energía eléctrica a partir de gas natural licuado declararlo como “inflexible”, con lo que se le asigna artificialmente un costo variable de cero y se privilegia su ingreso a la matriz eléctrica del país, incluso por encima de fuentes renovables y más baratas.   Organizaciones ambientales presentaron hoy una reclamación ante el Tribunal Ambiental de Santiago para invalidar la "Norma Técnica para la programación y coordinación de la operación de unidades que utilicen gas natural licuado regasificado", emitida por la Comisión Nacional de Energía. La norma, emitida originalmente en 2016 y modificada por última vez en octubre de 2021, prioriza el despacho de generación en base a gas, un combustible fósil, por encima de fuentes de energía limpia y renovable. "Este caso abre por primera vez la discusión de un tema energético en sede ambiental, lo que es un gran paso para lograr que la transición energética en Chile sea, de hecho, justa", dijo Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), una de las organizaciones que impugnó la norma. "Es muy importante que hagamos un seguimiento de cerca a los procesos que se están dando en Chile para que la descarbonización y la transición nos lleven a una matriz energética limpia y a un país sin zonas de sacrificio". En Chile, el Coordinador Eléctrico Nacional está a cargo de decidir qué tipos de energía y en qué medida entran al sistema energético nacional. Las fuentes de energía son variadas e incluyen carbón, gas, agua, sol y viento. Para decidir el orden de despacho, el Coordinador debe respetar la norma que le ordena priorizar siempre la energía con el menor costo variable. Por los bajos costos que tienen las energías renovables, estas suelen ser despachadas preferentemente. La norma impugnada permite a las empresas que generan energía eléctrica a partir de gas natural licuado declarar su gas como "inflexible". Lo de "inflexibilidad" significa que al gas se le asigna artificialmente un costo variable de cero, lo que lleva a privilegiar su ingreso a la matriz eléctrica del país, incluso por encima de fuentes más limpias y baratas. Así, la norma protege a las empresas generadoras que usan gas natural de un riesgo muy particular a dicha industria, relacionado con la naturaleza especial de los contratos que rigen las compras del gas que llega por barcos a Chile. Las generadoras siempre deben pagar por el gas que llega a los puertos, aún si no pueden descargarlo o usarlo, algo que no es inusual puesto que la capacidad en los puertos para regasificar y almacenar el gas es limitada. La figura del gas inflexible permite que el gas se use, aun pasando por encima del orden legal de despacho, para proteger a los generadores  en base a gas de este riesgo. Pero lo anterior no tiene sustento técnico. Existen soluciones que pueden aplicarse y que funcionan en otros países en situaciones similares.  Construir capacidad de almacenamiento de gas, cancelar barcos pagando una multa, postergar entregas para otros periodos o traspasar ventas a otros compradores son algunas de ellas. Aunque la norma exige a las empresas generadoras interesadas en acogerse a la inflexibilidad a realizar "los mejores esfuerzos para encontrar alternativas", en la práctica ha existido amplia discrecionalidad, lo que significa que las empresas generadoras que compran gas natural pueden declarar la condición de inflexibilidad incluso cuando podrían resolver el asunto sin forzar la entrada de su gas al sistema. Esto llevó a que en 2019 y 2020 más de la mitad del GNL usado en generación fuera declarado en modalidad de inflexible. Sara Larraín, directora de Chile Sustentable, organización que también participa en la impugnación, expresó:  "La norma sobre gas inflexible distorsiona el mercado eléctrico en favor de las empresas que generan electricidad quemando combustibles fósiles. Esto perjudica la generación limpia y obstaculiza la transición energética del país, el logro de la carbono neutralidad mandatada por la ley de cambio climático y la reducción de emisiones de CO2 y metano comprometida ante la Convención de Cambio Climático. El país no puede perpetuar normas que, además de afectar la calidad del aire y la salud de la población, dificultan el cumplimiento de las obligaciones climáticas". Según estudios científicos recientes, el gas es más contaminante de lo que se pensaba. Existe evidencia científica de que componentes del gas podrían incluso superar las emisiones del carbón, lo que ha motivado análisis más profundos de su verdadero impacto climático en diversas regiones del mundo. El metano, por ejemplo, que es el elemento constituyente principal del gas, tiene una incidencia enorme en el calentamiento global con una fuerza radiactiva hasta 82.5 veces más potente que la del CO2 en un período de 20 años y hasta 29.8 veces mayor en 100 años, según el Informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC). De hecho, se estima que a la fecha el metano ha sido responsable del 30% del aumento de las temperaturas globales desde la revolución industrial. "Mientras Chile busca posicionarse a nivel internacional como líder en ambición climática, en paralelo genera este tipo de normas que distorsionan la verdadera transición justa que necesitamos: una transición en base a energías renovables que no perpetúe el uso de energías sucias que tanto daño han hecho al clima y también a territorios donde se han concentrado numerosos impactos, afectando los derechos fundamentales de quienes allí habitan", señaló Estefanía González, subdirectora de campañas de Greenpeace. "Es por ello que resulta fundamental abordar esta norma inaceptable desde una perspectiva no solo energética, sino también ambiental". La situación también llamó la atención de otros sectores. Existe un juicio en contra de la norma técnica ante el Tribunal de Libre Competencia, interpuesto por empresas de energía renovable que compiten con las generadoras a gas en el mercado de generación eléctrica y que están siendo afectados por la norma. Contacto de prensa Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107  

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