
Project
Mitchell Gilbert para AIDA.
Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú
Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado.
El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.
A dos años de emitida la sentencia de la Corte, su implementación continúa en una etapa inicial, con avances mínimos, debido principalmente a la falta de voluntad política del Estado peruano y a su cambio constante de argumentos para retrasar el proceso.
Lee la sentencia completa de la Corte Interamericana
Lee el resumen oficial de la sentencia
Antecedentes
La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.
Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico.
El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.
Décadas de daños a la salud pública
El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones.
Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.
La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

Foto: Mitchell Gilbert para AIDA.
La búsqueda de justicia
Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas.
AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes.
En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.
Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población.
En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.
Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.
En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.
Situación actual
Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya.
Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.
En marzo de 2024, el Complejo Metalúrgico de La Oroya reinició sus operaciones y actualmente está generado nuevamente niveles de contaminación en la ciudad que superan los recomendados por la Organización Mundial de la Salud.

Foto: Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El caso ante la Corte Interamericana
En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.
La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.
Tras dos años de la emisión de la sentencia, no existen avances significativos en su cumplimiento por parte del Estado peruano. Las víctimas del caso aún esperan la adopción de las medidas de reparación ordenadas por la Corte; incluyendo atención integral y especializada en salud, la mitigación de la contaminación del Complejo Metalúrgico de La Oroya y el pago de indemnizaciones.
Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya
Partners:

Proyectos relacionados

Carta abierta sobre espionaje contra el Movimiento Xingú Vivo para Siempre y las organizaciones que lo acompañan (español y portugués)
Solicitamos investigación y pronunciamiento inmediato ante actos de espionaje y amenaza contra el Movimiento Xingú Vivo para Siempre y las organizaciones que lo acompañan, quienes exigimos que la represa de Belo Monte respete derechos humanos.
Leer más
Informe conjunto de AIDA y CEMDA sobre la EPU de México
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), de conformidad con los lineamientos establecidos por el Consejo de Derechos Humanos, presentan comentarios respecto del cumplimiento de las recomendaciones aceptadas por el Estado mexicano en el marco de la Evaluación Periódica Universal (EPU) de 2009 y respecto de otras violaciones a los derechos humanos vinculadas con aspectos ambientales. Ambas organizaciones consideran dichos comentarios importantes para ser tomados en cuenta en la Evaluación Periódica Universal que se llevará a cabo en el año en curso.
Leer más
CAPS: Cuando la comunidad trabaja por el acceso al agua potable
Por Tania Paz, asistente general de AIDA,@TaniaNinoshka “Si estamos en problemas, la misma agua es viva, se nos seca; entonces ¿qué tenemos que hacer? Organizarnos más...querernos más”. Luis Adolfo Fargas, CAPS- San Francisco de Asís, Rivas, Nicaragua Millones de personas carecen de agua potable alrededor del mundo. La mayoría de ellas vive en el campo. UNICEF (2012) determinó que “de los 783 millones de personas aún sin fuentes mejoradas de agua potable en 2010, 653 millones son de las zonas rurales”. Lleva agua a casa. En países con altos niveles de pobreza como Nicaragua, donde los gobiernos centrales y locales no pueden abastecer de agua potable a toda la población, cobran relevancia otros actores que buscan defender este derecho humano. Uno de estos actores son los llamados Comités de Agua Potable y Saneamiento (CAPS) que trabajan en la zona rural del país. Según la ley especial para los Comités de Agua Potable y Saneamiento (Ley 722), los CAPS son organizaciones comunitarias sin fines de lucro e integradas por personas naturales electas democráticamente por la comunidad, como instrumentos que contribuyen al desarrollo económico y social, a la democracia participativa y la justicia social de la nación; creando, en este caso, las condiciones necesarias para garantizar el acceso al agua potable y el saneamiento a la población en general. En Nicaragua existen unos 5,200 CAPS que benefician a casi 1 millón 200 mil personas. La Red Centroamericana de Acción del Agua FANCA indica que “en Centroamérica existen más de 30 mil comunidades abastecidas por sistemas de acueductos comunales, autogestionarios, sin fines de lucro que proveen de agua a cerca de 15 millones de personas, lo que representa casi un 30% de la población regional”. ¿Cómo llevan agua a la comunidad? “La necesidad es la madre de los todos los inventos”, versa un famoso refrán. Y es que la necesidad constituye precisamente el primer paso para la formación de un CAPS. Cuando la comunidad visualiza que carecer de agua potable afecta fuertemente su calidad de vida, y que los gobiernos no darán respuesta a este problema, deciden financiar la construcción de sistemas de agua potable. Para ello, los pobladores no sólo donan parte de su dinero, sino también mano de obra para las labores de construcción: de ella participan hombres, mujeres, adolescentes y niños de la propia comunidad. Una vez construido el sistema de agua, la comunidad formula y diseña las normas de operación del sistema, y las reglas que regirán su aprovechamiento. Es por eso que los CAPS se conocen como grupos auto gestionados en los que ninguna autoridad gubernamental interviene. La instalación de sistemas de agua en las comunidades mejora la calidad de vida de las personas, dado que sus habitantes ya no tienen que caminar más de 1 o 2 km diarios para ir por agua hasta otra población. Ahora acceden a agua más limpia y de calidad y, en el caso de las mujeres, esto representa un cambio significativo en su forma de vida. Algunos de los retos Son muchos los desafíos que grupos de ciudadanos como los CAPS enfrentan para dar continuidad a su trabajo y/o para lograr el pleno cumplimiento del derecho humano al agua potable y saneamiento. En el documental El Agua junta a la Comunidad, Reyneris Soza, miembro de la Asociación para el Desarrollo de Municipios (ADM), señala que algunos de los retos son la promoción de tecnologías para la mitigación y adaptación al cambio climático, así como la obtención de tecnologías que permitan un mejor uso y aprovechamiento del agua. Por su parte, una experiencia en Tanzania (2008) reveló que en las comunidades se asignómayor prioridad al abastecimiento de agua potable que a las labores de saneamiento e higiene, debido a que este último rubro es considerado como cuestión privada e inpidual (dentro del hogar o la familia) y no como algo público o comunitario. Se trata de un desafío clave para grupos como los CAPS y para usuarios de servicios de provisión de agua en general. Por último, una de las principales tareas que los CAPS deben cumplir es pasar de un modelo de aseguramiento del acceso al agua potable a uno de protección de las fuentes de agua, a través, por ejemplo, de la incidencia en las políticas públicas. La existencia de los CAPS en el contexto local y nacional de Nicaragua representa no sólo un gran paso para el cumplimiento del derecho humano al agua potable y saneamiento. Son muestra también de la generación de nuevos espacios de participación, aquellos que, a decir de Andrea Cornwall (2002), generan sociedad civil y, sobre todo, ciudadanía.
Leer más