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El aumento del uso de combustibles fósiles en la generación eléctrica eleva el riesgo social, ambiental y en derechos humanos: ONG

El consumo de combustóleo y carbón daña la salud de la gente, agrava la pobreza energética y agrava significativamente la crisis climática. El calentamiento global incrementará fenómenos como la reciente y atípica tormenta de nieve en el sur de Estados Unidos y el norte de México, con severas consecuencias sociales e impactos en derechos humanos.   Los apagones ocurridos en días pasados en el país, causados por un frente frío atípico que congeló infraestructura de las plantas productoras de gas en Texas (desde donde se importa el gas a México), es un claro ejemplo de dos problemáticas que resultan muy graves en nuestro país. Por un lado, muestran la fragilidad del sistema eléctrico y la gravedad de depender de combustibles fósiles para satisfacer nuestra demanda eléctrica. Por el otro, evidencian nuevamente que el cambio climático es real, que nos afecta fuertemente y que amenaza una amplia gama de derechos, entre ellos el derecho a la vida, vivienda, salud y al ambiente sano, y que México es un país altamente vulnerable a sus efectos.   Estos dos problemas están conectados y resultan relevantes porque la quema de combustibles fósiles para uso energético (como el carbón, el combustible y el gas) son los principales responsables de las emisiones de gases efecto invernadero y de contaminantes climáticos de vida corta, causantes del cambio climático.    La respuesta que ha dado el gobierno federal no resuelve la necesidad de contar con un suministro confiable y sustentable de energía. La Comisión Federal de Electricidad (CFE), que paradójicamente anunció nuevas plantas de gas con ciclo combinado, busca suplir la falta de gas con el uso de carbón y combustóleo, fuentes fósiles que contribuyen al problema que ocasionó el congelamiento de la infraestructura en primer lugar. Con estas decisiones, alimenta el círculo vicioso que da origen al cambio climático y que dejó a millones de personas sin electricidad y a miles más expuestas a los contaminantes de las termoeléctricas, además de contribuir a las muy graves afectaciones que el calentamiento global implica en términos de salud, pérdidas y daños sociales y deterioro ambiental.   Nuestra propuesta como sociedad civil incluye la diversificación de la matriz energética, para incrementar la penetración de las energías renovables en distintas escalas, dándole prioridad a la generación distribuida, que ayuda a la democratización de la energía, al alivio de la pobreza energética, además de abonar a la seguridad en el abastecimiento de electricidad de la población de una manera respetuosa con los derechos de las comunidades. Ha quedado demostrado que las fuentes fósiles no garantizan el despacho de energía eléctrica ni la seguridad energética y que al ser importadas, como en el caso del gas, no contribuyen a fortalecer la soberanía energética que el gobierno busca, además de ser altamente contaminantes y muy costosas. Al contrario, está demostrado que la introducción de fuentes renovables en distintas escalas en la matriz energética y con procesos participativos y de inclusión social fortalece la seguridad energética porque no requiere de importación de combustibles y no compromete la salud de las personas y el ambiente, ayuda a enfrentar la crisis climática y puede ayudar a combatir la pobreza energética que aqueja a más del 43% de los hogares del país (1).   Asimismo, es indispensable el fortalecimiento del Sistema Eléctrico Nacional para que sea resiliente ante los embates del cambio climático pues actualmente es sumamente frágil, como lo ha dejado ver el apagón. Basta recordar que la estrategia nacional de cambio climático 2013 indica que más del 40% de la infraestructura petrolera estratégica y alrededor de 30% de las redes de transmisión eléctricas del país son altamente vulnerables al cambio climático (2) así como a las fallas derivadas de la cadena de producción de electricidad. Esto requiere la diversificación de la matriz, la modernización de las redes e inversiones estratégicas.   Proponemos, por tanto, impulsar el desarrollo de fuentes de energía renovable con respeto a los derechos de las comunidades y pueblos indígenas, para reducir la importación de combustibles fósiles, mitigar las emisiones contaminantes del sector y como parte fundamental para una transición energética justa. Es conveniente mantener las medidas de ahorro energético y es apremiante detener cuanto antes el aumento de los combustibles fósiles que dañan la salud, el ambiente y que comprometen el bienestar social de México. (1) Beatriz Olivera Villa. (2020). El camino de México hacia la justicia energética. México: Greenpeace México. Disponible en: https://www.greenpeace.org/static/planet4-mexico-stateless/2021/02/d252044e-el-camino-de-mexico-hacia-la-justicia-energetica.pdf (2) Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. (2013). Estrategia Nacional de Cambio Climático Visión 10-20-40. México: INECC. Disponible en: https://www.gob.mx/inecc/documentos/estrategia-nacional-de-cambio-climatico-vision-10-20-40 Integrantes del Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA), El Poder del Consumidor A.C., FOTCA, Fundación Tláloc, Greenpeace México A.C., International Council on Clean Transportation (ICCT), Iniciativa Climática de México (ICM), Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo (ITDP México), Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), Redspira, Transita Seguro, Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA). CONTACTOS DE PRENSA Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz Esparza Ortega, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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Reglamentación del fracking en Mendoza vulnera compromisos climáticos de Argentina

AIDA presentó ante la Corte Suprema de Justicia de Mendoza un escrito legal para solicitar, con base en argumentos de derecho internacional, la inconstitucionalidad del decreto que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracturación hidráulica en la provincia argentina.   Mendoza, Argentina. En respaldo a la demanda interpuesta por la Asociación Oikos Red Ambiental contra el gobierno de Mendoza, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia un escrito legal (Amicus curiae) para solicitar la inconstitucionalidad del Decreto 248, que reglamenta las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales mediante fracking o fracturación hidráulica. El escrito contiene evidencia con argumentos de derecho internacional que la reglamentación vulnera los compromisos climáticos del Estado argentino, así como el principio de precaución. “Como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y signatario del Acuerdo de París, el Estado argentino asumió obligaciones internacionales de reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para mitigar la crisis climática”, dijo Claudia Velarde, abogada de AIDA. “Apostar por el fracking implica un incremento de esas emisiones y el incumplimiento de los compromisos climáticos del país. Existen estudios que asocian un incremento considerable de metano en la atmósfera con la fuga y quema de ese gas en la extracción de hidrocarburos vía fracking. Las emisiones de metano son responsables de casi el 25% del calentamiento global. El Decreto 248 no contempla ninguna disposición ni medida efectiva para controlar las emisiones de GEI generadas por las actividades de fracking y sus efectos en el clima. “Esto pone en evidencia que la norma es insuficiente en su contenido y que desconoce el principio de precaución”, explicó Velarde. “No existen las bases suficientes para que el gobierno de Mendoza regule el fracking de manera efectiva”. El principio de precaución establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá evitar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación ambiental. En el fracking, siendo una técnica no convencional con un alto grado de dificultad técnica y científica, no existe certeza sobre sus impactos, lo que amerita aplicar el principio de precaución. El escrito documenta la aplicabilidad de este argumento a partir de casos similares en otros países de la región. Uno de ellos es Colombia, donde actualmente existe una moratoria judicial al fracking basada en dicho principio. “El Decreto 248 es incompatible con una adecuada observancia del principio de precaución”, recalcó Velarde. “En las últimas décadas, el desarrollo de esta técnica extrema ha despertado alarma a nivel mundial ante la evidencia de daños graves e irreversibles en el ambiente y en la salud humana, los cuales se agudizan con la crisis climática”. El escrito presentado por AIDA se suma a otras acciones similares presentadas contra el decreto que reglamenta el fracking en Mendoza por organizaciones nacionales e internacionales, entre ellas la Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos-Xumek, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Earthjustice. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107  

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Trascendental para defensa del ambiente que la Suprema Corte revise amparo contra ampliación del Puerto de Veracruz

El caso data de 2016, cuando se negó a habitantes de Veracruz el interés legítimo para demandar por violaciones a su derecho a un medio ambiente sano. Las obras de ampliación del Puerto de Veracruz destruirán de forma irreversible parte de los arrecifes que se encuentran en el Golfo de México.   El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), Greenpeace México, A.C. y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) se congratulan por la decisión anunciada el pasado 4 de febrero, por parte de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de aceptar la revisión de un amparo presentado en 2016 contra la Autorización de Impacto Ambiental otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para las obras de ampliación del Puerto de Veracruz.   La SCJN informó a través de un comunicado que el estudio de dicho amparo “permitirá fijar criterios para casos futuros en los que se examine el interés legítimo colectivo y el derecho humano de acceso a un medio ambiente sano, particularmente cuando se controvierten obras que, a primera vista, también pueden traer consigo beneficios para la sociedad o para la economía nacional, como el caso de la ampliación de un recinto portuario”.   Cabe recordar que el caso inició hace casi 5 años, cuando habitantes de Veracruz presentaron una demanda de amparo contra la autorización otorgada por la Semarnat a la Administración Portuaria Integral de Veracruz (Apiver) para llevar a cabo obras de ampliación del puerto. El argumento central de la demanda fue que, con ello, se violenta el derecho humano a un medio ambiente sano, entre otras cosas, debido a que la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se presentó fragmentada en al menos 14 partes, evaluadas y autorizadas por la Semarnat sin considerar todos los impactos acumulativos. Adicionalmente, se omitió la existencia de un arrecife de coral no emergido muy grande e importante, localizado a 500 metros de distancia de la entrada del nuevo puerto. De igual forma, se alegó en su momento el incumplimiento de las autoridades en aplicar los principios de progresividad, prevención y precaución en materia ambiental.   La trascendencia del caso radica en su potencial para establecer un precedente fundamental respecto de que los proyectos de desarrollo deben ser evaluados de forma completa para analizar integralmente sus impactos sinérgicos y acumulativos, al tiempo de garantizar que las manifestaciones de impacto ambiental sean elaboradas con la mejor información científica disponible.   El 13 de noviembre de 2019, el Juzgado Quinto de Distrito en el Séptimo Circuito dictó sentencia, mediante la cual sobreseyó el juicio de amparo bajo el argumento de que no se acreditó la existencia del interés legítimo de las quejosas.   Frente a lo anterior, resulta fundamental que la autoridad judicial reconozca que cualquier persona, al considerar que una obra o megaproyecto pueda afectar los servicios ambientales [1] que le presta un ecosistema –en este caso el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV)–, tiene el interés legítimo de solicitar la protección de la justicia frente al desarrollo de dichos proyectos.   Ese interés legítimo trasciende al derecho internacional e interés público global debido a que México tiene obligaciones internacionales para proteger sus entornos naturales y a las personas que dependen de ellos. Entre ellas están las establecidas en tratados firmados por el Estado mexicano como la Convención de la Diversidad Biológica, la Convención Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional, la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de Tortugas Marinas, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros [2].   Con la decisión de conocer del caso, anunciada hace unos días por la Suprema Corte, el máximo tribunal considera que podría “continuar con la construcción de una línea jurisprudencial en torno a la figura del interés legítimo de personas físicas que acuden al juicio de amparo, alegando la vulneración del derecho humano a un medio ambiente sano”.   El SAV está ubicado frente a las costas de los municipios de Veracruz, Boca del Río y Alvarado, en el estado de Veracruz. Es el sistema arrecifal de mayor tamaño de la región centro del Golfo de México, alberga la mayor biodiversidad de especies arrecifales del oeste del Golfo y es además hogar de varias especies protegidas, muchas de ellas únicas en el mundo. Está integrado por un conjunto de 28 formaciones arrecifales, cayos e islas.   Además de su altísimo valor ambiental, es la base ecológica en la que se cimientan las actividades pesqueras, de buceo deportivo y de turismo de playa a lo largo de la costa de Veracruz. Se estima que el valor económico de los servicios ambientales que presta el SAV asciende a los 290 mil 500 millones de dólares.[3]   Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 1992, el gobierno de México declaró al sitio Área Natural Protegida (ANP). En el 2000, fue recategorizado como Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) y en 2004, designado como “Humedal de Importancia Internacional” bajo la Convención Ramsar.   Desafortunadamente, en 2012, el PNSAV sufrió una modificación en su polígono, al incluirse dentro del ANP una porción del arrecife Punta Gorda, pero excluyendo el área que comprende la Bahía de Vergara. Cuando la Apiver planteó las obras de ampliación del puerto, optó por hacerlas justamente hacia la Bahía de Vergara, con el consecuente riesgo de destruir de forma irreversible parte de los arrecifes que se encuentran en el SAV y actuando de forma regresiva. La Suprema Corte de Justicia tiene la tarea de asegurar un mecanismo que garantice la protección y gobernanza del interés legítimo colectivo de sus nacionales y del interés público global.   [1] Algunos de los servicios ambientales que presentan los ecosistemas son la captación y filtración de agua, generación de oxígeno, mitigación de impactos por cambio climático, protección de biodiversidad, provisión de alimento y belleza escénica, entre otros. [2] El Amicus Curiae (Amigo de la Corte) presentado por AIDA en febrero de 2018 ante el Juzgado Quinto respaldó la demanda de amparo de pobladores de Veracruz con información detallada sobre los tratados y estándares internacionales en materia de ambiente y derechos humanos que el gobierno mexicano pasó por alto al autorizar el proyecto. [3] Los datos son estimados específicamente para la zona, para el año 2009 (Arceo et al., 2010) citados por la Opinión del 27 de septiembre de 2011 de académicos, presentada ante la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en relación con la modificación del Decreto de creación del PNSAV. Contactos de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz Esparza Ortega, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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México: Iniciativa del gobierno federal en materia de electricidad conlleva graves impactos a la salud y al ambiente

Fomenta un modelo basado en combustibles fósiles, los cuales generan emisiones que deterioran la calidad del aire y de vida de las personas. Las modificaciones propuestas obstaculizan poder alcanzar los objetivos climáticos establecidos en la Ley General de Cambio Climático y lo comprometido por México en la Contribución Nacionalmente Determinada para cumplir con el Acuerdo de París.   La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), presentada a la Cámara de Diputados por el titular del Poder Ejecutivo el pasado 29 de enero, atenta contra la calidad de vida de generaciones presentes y futuras al fomentar un modelo eléctrico cuya implementación favorece mayores emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes climáticos de vida corta (CCVC), cuyos impactos en la salud y en el ambiente han sido científicamente comprobados. Las organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación al respecto y hacemos un llamado a las y los legisladores del Congreso de la Unión para que tomen en cuenta las siguientes consideraciones dentro de la discusión de esta Iniciativa: La Iniciativa pone en riesgo el cumplimiento de los derechos humanos a la salud y al ambiente sano, pues al relegar el despacho de energía de los proyectos de energías renovables y favorecer a las hidroeléctricas y a las centrales más contaminantes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que generan energía a partir de carbón o combustóleo, se favorecen proyectos que generan emisiones de gases con comprobados efectos en a) la salud, tales como enfermedades y trastornos respiratorios por efecto del material particulado derivado de dichos proyectos y b) en el ambiente, pues los GEI son la principal causa del cambio climático y algunos de ellos contribuyen también a la contaminación atmosférica. La Iniciativa profundiza la pobreza energética, pues cabe recordar que las energías renovables, lejos de poner en riesgo el sistema eléctrico nacional, pueden construir un sistema más resiliente, justo y accesible (1). En un país en el que más del 30% de los hogares sufren algún tipo de pobreza energética (2), está claro que el sistema eléctrico basado en proyectos fósiles centralizados no ha sido efectivo en lograr que más personas puedan disponer de la energía a precios más accesibles. Las energías renovables, además de coadyuvar a que México alcance sus metas climáticas, combaten la pobreza energética, generan empleos y fomentan el ahorro y eficiencia en el consumo de energía (3). La Iniciativa del Ejecutivo federal aleja a México del cumplimiento de compromisos internacionales en materia de cambio climático ya que representa un obstáculo y una amenaza a la ya insuficiente política climática y a la consecución de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas que el Estado mexicano presentó en cumplimiento al Acuerdo de París y que están estipuladas en la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Transición Energética. Esto debido a que: a) relega la operación de las plantas de generación renovable; b) modifica el mecanismo de los Certificados de Energía Limpia (CEL), dejando sin incentivos a la introducción de nuevos proyectos de energía renovable; y c) de acuerdo con su Plan de Negocios 2021-2025, la CFE estableció relegar la implementación de cualquier proyecto de renovables hasta 2027 (4). La Iniciativa ignora criterios constitucionales que debe seguir el Sistema Eléctrico Nacional toda vez que, por efecto de esta reforma, los proyectos de energías renovables son relegados al amparo del supuesto cumplimiento de un criterio de “confiabilidad”  y se hace caso omiso al criterio de “sustentabilidad”, como lo mandatan la Constitución Política y la propia LIE. A fin de cumplir a cabalidad con los preceptos constitucionales, se debe atender también la sustentabilidad del desarrollo. Lo anterior es sumamente grave y preocupante en el contexto actual pues, además de los retos en materia de salud que nos ha dejado ver la pandemia de la COVID-19, existe la necesidad de reconstruir las economías de los países a partir de medidas y políticas más sostenibles que fortalezcan la resiliencia de las poblaciones en el mediano y largo plazo. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción. Es, precisamente, la generación de energía a partir de fuentes renovables y limpias, una solución clave para esta recuperación. Desde ya, los gobiernos deberían estar generando las condiciones y los incentivos apropiados para que suceda esta transición energética que debe ser justa y con enfoque de derechos humanos. Sin embargo, la multicitada Iniciativa nos lleva en sentido opuesto a dicha reconstrucción.   Firmas de organizaciones: Alianza Jaguar, A.C Alianza mexicana contra el fracking Cambio de Ruta A.C. CartoCrítica. Investigación, mapas y datos para la sociedad civil CEJA CERCA Colectivo Ecologista Jalisco, A.C. Energía, género y ambiente, A.C. (ENGENERA) Legado Sustentable, A. C. Mundo Sustentable A.C. Naturalia Prodefensa del Nazas AC (Durango) Proyecto sobre Organización, Desarrollo e Investigación (PODER) Red Mexicana de Carta de la Tierra Revive México AC Ruedas del Desierto AC (Durango y Coahuila) Sostenibilidad Global The Climate Reality Project   Integrantes del Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, FOTCA, Fundación Tláloc, Greenpeace México, ICCT, ICM, ITDP México, REDIM, Redspira, Transita Seguro, WWF.   Firma de personas físicas: Antonio Azuela de la Cueva Erik Eduardo Saracho Aguilar Francisco Valdés Perezgasga Germán González Dávila Gonzalo Chapela José Giberth García Campoy León Gutiérrez Ferretis Luis Fueyo Mac Donald María Elena Mesta Fernández Octavio Carvajal Trillo (1) Paredes, Juan Roberto y Ramírez C, John J., Energías renovables variables y su contribución a la seguridad energética: complementariedad en Colombia, Banco Interamericano de Desarrollo, 2017, p. 16, https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Energ%C3%ADas-renovables-variables-y-su-contribuci%C3%B3n-a-la-seguridad-energ%C3%A9tica-Complementariedad-en-Colombia.pdf (2) Villarreal J. Tornel C. La Transición Energética en México: retos y oportunidades para una política ambientalmente sustentable y socialmente justa, Friedrich Ebert Stiftung (FST), México, 2017. Disponible en: https://bit.ly/3dlV82d (3) International Energy Transition (IET), Making Societies More Resilient! The role of renewables in COVID-19 recovery packages, Hamburg, 2020. (4) Comisión Federal de Electricidad (CFE), Plan de Negocios 2021 -2025, México, 2021. Disponible en: https://www.cfe.mx/finanzas/Documents/Plan%20de%20Negocios%20CFE%202021.pdf CONTACTOS DE PRENSA: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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Denunciamos ante la OCDE daños causados por Cerrejón, empresas aliadas y empresas accionistas en La Guajira

La organización irlandesa Global Legal Action Network (GLAN), apoyada por la agencia internacional de desarrollo Christian Aid, la organización regional AIDA (Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente) y las organizaciones nacionales de derechos humanos CINEP/PPP y CAJAR presentamos de manera simultánea tres quejas ante los Puntos Nacionales de Contacto de la OCDE* en Irlanda, Reino Unido, Suiza y Australia. En ellas denunciamos los múltiples impactos de la mina operada por la empresa Carbones del Cerrejón en detrimento de la vida y los derechos humanos de las poblaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas de La Guajira, así como la falta de debida diligencia y el incumplimiento de los lineamientos de la OCDE. La primera queja fue presentada contra ESB (Electricity Supply Board), una empresa estatal irlandesa que compra carbón de Cerrejón; la segunda contra CMC (Coal Marketing Company) de Cerrejón, con sede en Dublín, Irlanda. Paralelamente, presentamos una tercera queja en contra de las sociedades multinacionales mineras dueñas de Cerrejón: BHP, Angloamerican y Glencore. Estas quejas se enmarcan en una estrategia integral de defensa de los derechos humanos a la salud y al ambiente sano emprendida por organizaciones que por años hemos acompañado los procesos de defensa territorial y de denuncias lideradas por comunidades Wayúu y afrodescendientes impactadas por décadas de operación carbonífera en su territorio. La exigencia de la responsabilidad empresarial es apremiante ante los recientes anuncios de las sociedades matrices de poner en venta sus acciones sin que se tenga claridad de sus históricas deudas, compromisos y obligaciones en materia de derechos humanos en el país. Jenny Paola Ortiz, del CINEP, considera que: “En La Guajira, las comunidades Wayúu y afrodescendientes se están disputando el derecho a la vida frente al etnocidio y ecocidio que están viviendo resultado de la actividad minera. En diversas investigaciones y fallos judiciales, se ha demostrado la sistemática violación de derechos: más de 25 comunidades han sido desplazadas, confinadas y despojadas de sus territorios ancestrales, se han contaminado y desviado más de 17 arroyos tributarios del Ranchería —único río del departamento— y existen abusos de poder y asimetrías entre la empresa y las comunidades”. La operación minera desarrollada por la empresa Carbones del Cerrejón en La Guajira se ha dado de manera continua en detrimento de los derechos de las comunidades étnicas, desconociendo los estándares internacionales ambientales aplicables a este tipo de operaciones y en sistemático incumplimiento de las sentencias judiciales que han reconocido la responsabilidad de la empresa y el Estado ante los alegatos de violaciones a derechos hechas por las comunidades. Para Rosa María Mateus, del CAJAR: “Si no se logró cuestionar los impactos de la imposición de esta mina, es necesario que se haga una evaluación tanto de la conducta empresarial como de los pasivos ambientales y sociales que han dejado estas empresas antes de su salida del país para evitar que se consoliden escenarios de impunidad corporativa”. Dichas operaciones también han profundizado la vulnerabilidad del territorio ante la actual crisis climática dada su contribución al mercado y quema de carbón, uno de los minerales con mayor incidencia en el calentamiento global. Por su parte Liliana Ávila, abogada sénior de AIDA, señaló que “este tipo de reclamaciones evidencian la importancia de considerar los impactos climáticos que conlleva la minería de carbón en Colombia, tanto a nivel territorial como en su contribución a las emisiones globales.” Con estas quejas buscamos que las empresas domiciliadas en Irlanda suspendan sus relaciones comerciales con la empresa Carbones del Cerrejón dada su responsabilidad en violaciones a derechos humanos; que las casas matrices de Cerrejón reconozcan su corresponsabilidad en el marco de los hechos denunciados; y que todas las empresas involucradas, según su grado de responsabilidad, emprendan acciones de remediación y de restauración ambiental en el marco de la debida diligencia y de la obligación de respeto de los derechos humanos. Adicionalmente, estas quejas buscan visibilizar la situación de las comunidades afectadas por las operaciones de la empresa Cerrejón y, sobre todo, generar las condiciones necesarias para que cese la violación de los derechos de las comunidades en La Guajira y así promover el avance hacia una transición justa, participativa y progresiva en el territorio. Firman: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Investigación y Educación Popular/ Programa por la Paz (CINEP/PPP) Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) Asociación Centro Nacional Salud, Ambiente y Trabajo (Censat – Agua Viva)   *La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización internacional que cuenta con Líneas Directrices para Empresas Multinacionales, las cuales son recomendaciones voluntarias dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales para una conducta empresarial responsable dentro del contexto global. Esta organización cuenta con Puntos Nacionales de Contacto, que son organismos constituidos por los gobiernos de los países adherentes con el fin de promover e implementar las Directrices. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107  

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Premio Goldman, resultado del trabajo colectivo comunitario en defensa del territorio y el ambiente sano en la región de los Chenes, Campeche

La reciente entrega a Leydy Aracely Pech Martín del premio Goldman, el galardón ambiental más importante del mundo, otorgado anualmente por la Fundación Goldman, es un reconocimiento al trabajo colectivo de defensa del ambiente y del territorio de las comunidades mayas de la zona de Hopelchén, en Campeche. Durante los últimos años, estas comunidades han realizado una importante labor de defensa frente a diversos megaproyectos que afectan el patrimonio biocultural de esta región de gran biodiversidad que es colindante con la biósfera de Calakmul, la mayor reserva mexicana de bosque tropical y uno de los últimos pulmones del país. Organizadas en Muuch Kambal y el Colectivo Apícola de los Chenes, hoy Colectivo de comunidades Mayas de los Chenes, adquirieron notoriedad a partir de su oposición pública y legal a los permisos otorgados en junio de 2012 por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa, hoy Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural) a la empresa transnacional Monsanto. Dichos permisos incluían la siembra, en fase comercial, de 235,500 hectáreas de soya genéticamente modificada, la cual constituye graves afectaciones al territorio maya. Los representantes de estas comunidades mayas presentaron diversos juicios de amparo ante juzgados federales para denunciar que los permisos otorgados a Monsanto vulneraron sus  derechos como pueblos indígenas, tales como: el derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre, informado y culturalmente adecuado; al territorio; a la libre-determinación; y a un ambiente sano. Dichos juicios llegaron en última instancia ante el máximo tribunal del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en noviembre de 2015 ratificó la decisión tomada por los Juzgados de Distrito; y reconocieron la violación al derecho que las comunidades indígenas tienen a la consulta y suspendieron los permisos otorgados a Monsanto hasta que se haga la respectiva consulta. Una base importante del trabajo organizativo del Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes ha sido la defensa de la apicultura como práctica histórica y tradicional del pueblo maya y medio de subsistencia sustentable. En particular, destacan sus esfuerzos por la conservación de las abejas nativas, para lo cual han denunciado y documentado los efectos nocivos que la deforestación, por el impulso de monocultivos y el uso indiscriminado de plaguicidas y agrotóxicos (como el glifosato), causan no sólo a la apicultura, sino también a la salud, el suelo, el agua y el ambiente de las comunidades mayas de Hopelchén. Las denuncias presentadas por la siembra ilegal de soya genéticamente modificada, evidenciaron la ausencia de medidas adecuadas de bioseguridad para salvaguardar el medio ambiente de la región y abrieron el camino para que el 18 de agosto de 2020 la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa revocara el permiso otorgado a Monsanto para la liberación de soya genéticamente modificada. En todos estos procesos de organización y denuncia, ha sido fundamental la participación, la palabra y la vocería de las mujeres mayas de los Chenes y de otras partes de la Península de Yucatán. El premio Goldman otorgado a Leydy Pech, una de las voceras del Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes, es el resultado de más de 25 años de trabajo organizativo y comunitario, de la búsqueda de medios de producción compatibles con el ambiente y el desarrollo sustentable, y de la defensa colectiva del territorio frente a políticas públicas y megaproyectos que ponen en riesgo la integridad cultural, la salud, los medios de subsistencia y la vida de las comunidades mayas de la región. Es un reconocimiento a las luchas de las mujeres mayas por la defensa de la vida y el territorio, que han generado cambios sustanciales dentro y fuera de sus comunidades. Esto, a su vez, visibiliza los procesos de lucha de las comunidades mayas de la Península de Yucatán en defensa de las semillas nativas, el agua, las abejas, el medio ambiente sano y la libre determinación. Por esta razón, las organizaciones firmantes reiteramos el respeto y ejercicio del derecho a la libre determinación del pueblo maya, para generar condiciones equitativas en la construcción de políticas públicas que sean respetuosas con la naturaleza y con la visión de desarrollo de esos pueblos indígenas de México y América Latina. Actualmente, esta región de México enfrenta graves problemas de deforestación, pérdida de biodiversidad, así como contaminación de suelo y sus fuentes de agua debido a los cambios de uso de suelo que de forma irregular se han llevado a cabo para introducir prácticas agropecuarias industriales. Actualmente el Estado de Campeche es el más deforestado de la Península de Yucatán, tan solo en 2019, perdió 53 mil ha de bosque natural, lo que equivale a 12.5 Mt de CO₂ de emisiones. CONTACTOS DE PRENSA: Everardo Chablé (México), +521 996 107 5098 Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107  

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Piden a la SCJN impedir obras de turismo masivo que dañen Yum Balam

Ante la intención del gobierno municipal de Lázaro Cárdenas de invalidar el decreto de creación y programa de manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam para abrir la zona al turismo no sostenible, AIDA y CEMDA presentaron un escrito legal con argumentos de derecho ambiental internacional, derechos humanos y justicia climática para defender al humedal de importancia internacional. Ciudad de México. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un escrito legal (Amicus Curiae) con argumentos de derecho ambiental internacional, derechos humanos y justicia climática para defender al Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam, Quintana Roo, de las pretensiones del gobierno municipal de Lázaro Cárdenas de abrir la zona a desarrollos turísticos no sostenibles. La autoridad municipal presentó a la SCJN una Controversia Constitucional en contra del decreto de creación y del programa de manejo del área protegida para invalidar estos instrumentos y, según lo ha manifestado públicamente, dar vía libre a la urbanización y al desarrollo turístico. Esa pretensión vulnera el interés público ya que los ecosistemas de Yum Balam podrían verse degradados por proyectos de turismo masivo, dragados en la bahía, plantas desalinizadoras o de tratamiento de aguas, deforestación y por la huella de miles de visitantes. El sitio alberga múltiples ecosistemas terrestres, costeros y marinos tales como selvas, sabanas, cenotes, lagunas, dunas costeras, manglares, pastos marinos y arrecifes coralinos. En el escrito, ambas organizaciones solicitan, entre otras cosas, que se mantenga la protección de Yum Balam, que se resuelva la no modificación del polígono del área protegida y que no se permitan obras de turismo masivo que alteren sus características ecológicas. Yum Balam, humedal de importancia internacional bajo la Convención Ramsar, tiene 6,495.13 hectáreas de manglares y 24,461.8 hectáreas de pastos marinos. Estos ecosistemas almacenan 38.5 millones de toneladas de dióxido de carbono (CO2), equivalentes a las emisiones de 9.4 millones de personas al año por el uso de hidrocarburos. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe actuar de forma progresiva y conforme a las obligaciones internacionales de México, entre ellas la de reducir las emisiones causantes de la crisis climática”, dijo Camilo Thompson, abogado de AIDA. “La conservación de los humedales costeros, su biodiversidad y servicios ambientales es fundamental para lograr justicia climática y asegurar un ambiente sano para las futuras generaciones”. En el escrito se evidencia que una política de desarrollo turístico masivo en un área protegida como Yum Balam puede causar pérdida de biodiversidad, uso no racional de humedales costeros y desequilibrio ambiental, entre otros daños irreversibles. Se demuestra además que cambios de uso de suelo como los propuestos incrementarían no sólo la demanda turística, sino también la demanda inmobiliaria y poblacional (residente y estacional) en la zona, excediendo la capacidad de carga y resiliencia de Yum Balam. “Dar vía libre a la pretensión del municipio sería una decisión regresiva, contraria al interés colectivo y una violación directa del derecho humano al ambiente sano”, dijo Xavier Martínez, Director Operativo de CEMDA. “Permitir proyectos de turismo masivo en Yum Balam implicaría privilegiar el interés de algunos propietarios privados y/o ejidales a costa del valor del ambiente sano y los derechos de las generaciones futuras”. Yum Balam es un sitio de gran biodiversidad. Ahí viven especies amenazadas y en riesgo como el mangle rojo (Rhizophora mangle), mangle blanco (Laguncularia racemosa), tortugas marinas carey (Eretmochelys imbricata) y caguama (Caretta caretta), que anidan y desovan en las Islas de Holbox y Grande. Protege alrededor del 90% de las aves endémicas de la Península de Yucatán. Además, es zona de distribución de peces loro, especies bajo protección especial, y de alimentación del tiburón ballena (Rhincodon typus), especie amenazada. Sus ecosistemas también brindan servicios de aprovisionamiento de alimentos y compuestos genéticos. La pesca ha sido uno de los principales medios de vida para la población de la zona con registros de captura de aproximadamente del 31% de la producción estatal de pescado. La administración y regulación del área protegida corresponde exclusivamente a la Federación y, por tanto, sólo puede ser modificada en su extensión y, en su caso, en los usos de suelo permitidos por la propia Federación. La importancia de Yum Balam es también regional debido a los humedales costeros del Gran Ecosistema del Mar Caribe, que se ha visto diezmado por la pérdida del 59% de su cobertura en los últimos 44 años, entre 1975 y 2019. La amenaza de actuar de forma regresiva al desconocer el decreto de creación de Yum Balam agravaría la situación de los ecosistemas marino-costeros de la región frente a la crisis climática global. Contactos de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107 Ricardo Ruiz, CEMDA, [email protected], 5559644162  

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Comunidades mayas, en riesgo por eventos climáticos agravados por proyectos hidroeléctricos

Graves impactos por eventos climáticos en la Microrregión de Yichk’isis (Ixquisis), al norte de Guatemala, profundizados por la construcción de los proyectos hidroeléctricos San Mateo y San Andrés financiados por el BID Invest, amenazan derechos de la población indígena local. Desde el sábado 21 de noviembre, en las comunidades mayas de la microrregión de Yichk’isis (Ixquisis), al norte de Guatemala han notado con preocupación el aumento del caudal del rio Grande de Ixquisis, que ha provocado el desborde de las aguas hacia las zonas de obras de los proyectos hidroeléctricos San Mateo y San Andrés, abandonadas por la empresa Energía y Renovación S.A.; así como y la inundación del túnel construido, en desarrollo de las obras, en el Cerro San Francisco. El principal temor de las autoridades locales y de las comunidades es que la presión del agua afecte la integridad estructural del túnel, lo cual podría causar problemas geotécnicos alrededor y fenómenos de remoción en masa, afectando así a las comunidades del El Platanar, Bella Linda, Caserío San Francisco, Las Flores, Primavera y otros caseríos. Las autoridades ancestrales locales convocaron el domingo 22 de noviembre a una reunión con el Ejército Nacional ubicado en la microrregión y a la Policía Nacional Civil (PNC), únicas entidades del Estado con presencia en el territorio, con el fin de expresar sus principales preocupaciones sobre la situación de riesgo en la que se encuentran las comunidades. Las comunidades exigieron que se pidiera a la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (CONRED) y a la empresa Energía y Renovación S.A. el inicio de obras para sellar el túnel en el Cerro San Francisco y el cierre todas las demás obras que están abandonadas y sin ningún tipo de manejo, por los trágicos efectos que los fenómenos climáticos de alta intensidad puedan tener sobre ellas, sobre el territorio y sobre la vida de la población indígena local. Para las comunidades, es clara la relación que existe entre el aumento de la vulnerabilidad y el riesgo ante eventos climáticos extremos y la construcción de los proyectos hidroeléctricos San Mateo y San Andrés, dado que según la experiencia de las comunidades que han habitado ancestralmente este territorio y conocen los cauces de los ríos y sus cambios en temporada de lluvias, fueron las obras de los proyectos hidroeléctricos las que afectaron los caudales de los ríos de la región, en especial del río Pojom y del río Negro. Estos proyectos hidroeléctricos han sido financiados por el BID invest y desde su construcción, las comunidades de la Microrregión y organizaciones nacionales e internacionales han alertado sobre sus impactos sociales, ambientales y climáticos. La falta de Planes de  Manejo Ambiental ante posibles desastres por parte de la empresa Energía y Renovación S.A.  ha sido documentada en el proceso que en la actualidad se adelanta ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del Grupo BID, dado que la empresa no identificó dentro de su EIA el riesgo de inundaciones. Los riesgos de desastre derivados de la falta de Planes de Manejo Ambiental para mitigación y de contingencia para responder a emergencias, y la falta de consideración de los impactos climáticos, se constituyen en una clara amenaza para los derechos humanos de la población indígena de los pueblos Maya Chuj, Maya Q’anjob’al y Maya Akateko, ubicados en la microrregión de Yichk’isis, la cual está habitada mayoritariamente por mujeres. Hacemos un llamado a las entidades competentes del Estado de Guatemala, en específico a la CONRED, a que den cabal cumplimiento de sus obligaciones internacionales de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas en condiciones de igualdad y no discriminación; además de al BID Invest, a que dé cumplimiento a sus políticas operativas sobre Gestión del Riesgo de Desastres y de Medio Ambiente y Cumplimiento de Salvaguardas. De igual forma, pedimos a la empresa Energía y Renovación S.A. que actúe en el marco de la debida diligencia y de su obligación de respetar los derechos humanos. Por último, instamos a los organismos de derechos humanos de Guatemala y demás actores que acompañan a verificar que se tomen las medidas necesarias para gestionar la situación actual de manera concertada con la población local, con el fin de prevenir y mitigar los riesgos y evitar así que situaciones como están vuelvan a ocurrir poniendo en riesgo los derechos humanos de la población indígena que ha habitado ancestralmente este territorio. Contacto de prensa Victor Quintanilla, [email protected], +525570522107  

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Océanos

Chile no logra avanzar hacia la adecuada fiscalización de la industria salmonera

Un sumario administrativo realizado al interior del Sernapesca para investigar irregularidades graves en concesiones de salmonicultura terminó absolviendo de todos los cargos a los funcionarios implicados, sin argumentos válidos. Tras conocerse los resultados de las auditorías llevadas a cabo en 2016 por la Contraloría General de la República a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), que evidenciaron irregularidades graves en concesiones de salmonicultura, el Sernapesca realizó un sumario administrativo para investigar los hechos y establecer responsabilidades al interior del organismo. Pero los funcionarios objeto del sumario fueron absueltos de todos los cargos sin argumentos suficientes. Las auditorías identificaron que una importante cantidad de concesiones operaba en condiciones anaeróbicas (generando falta o ausencia de oxígeno), que titulares de concesiones (al menos 100) tomaron muestras en sitios diferentes para comprobar el retorno de las condiciones aeróbicas, que el 31% de los centros revisados operaba fuera del área autorizada de concesión y que el Sernapesca no estaba verificando que las concesiones no cayeran en causal de caducidad por no iniciar sus operaciones luego de un año de su entrega material. Pese a la gravedad que implica que un porcentaje importante de las concesiones esté generando condiciones anaeróbicas —en las cuales la vida marina no puede prosperar—, el sumario no abordó esa falta. Con relación a los otros cargos, los funcionarios llamados a declarar deslindaron toda responsabilidad sin justificaciones válidas. Para mencionar sólo algunos ejemplos, se excusaron de las concesiones desplazadas aduciendo a un rango de tolerancia del desplazamiento que contradice la ley, carece de fundamentos científicos y que además en muchos casos se incumple; se excusaron de haber tomado muestras en sitios diferentes en el hecho de que las concesiones estaban desplazadas; y para explicar la falta de declaraciones para concesiones caducadas, argumentaron que no existen disposiciones legales ni reglamentarias que ordenen al Sernapesca constatar de oficio la caducidad de una concesión, lo que no puede ser una excusa para permitir que empresas sigan manteniendo sus concesiones cuando legalmente caducaron. Con base en el proceso descrito, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), ONG FIMA y Greenpeace Chile consideramos que pese a la intención declarada por las autoridades, todavía enfrentamos problemas graves en la fiscalización de la salmonicultura en Chile y el adecuado freno a su expansión. La generación de anaerobismo, que está ocurriendo en muchas de las concesiones de salmonicultura, es un problema ambiental gravísimo y muchas veces irreversible. Los lugares sin oxígeno rápidamente se convierten en verdaderos desiertos submarinos donde la vida no prospera. La concientización de este problema, sin embargo, es muy baja porque ocurre debajo del agua, donde no podemos verlo. Los organismos a cargo de regular y fiscalizar la industria tienen un trabajo fundamental. La Contraloría dio un paso importante al llevar a cabo las auditorías a Subpesca y Sernapesca. Ahora necesitamos que los organismos se hagan cargo de las debilidades evidenciadas y se pongan a la altura del trabajo importantísimo que tienen de fiscalizar y sancionar a la industria. Instamos a la Contraloría General de la República a dar un seguimiento adecuado a las auditorías de 2016. Está claro que la fiscalización a la industria, así como la imposición de sanciones cuando corresponde, no está funcionando como debería y los mares del sur de Chile no pueden seguir desprotegidos. Urge avanzar hacia el freno de la expansión de una industria que ha demostrado ser incompatible con la salud de los ecosistemas marinos y llevar adelante las sanciones correspondientes que deriven y abran los procesos para la caducidad de concesiones y permisos ambientales de los centros involucrados en los graves impactos ambientales. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +5215570522107  

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México: El OCCA exige no retrasar la implementación de la norma ambiental que controla las emisiones de vehículos pesados

La NOM-044 es el instrumento normativo más importante para controlar las emisiones del transporte en México. El gobierno y la industria de vehículos pesados en México han retrasado el calendario de la NOM-044, lo que impide beneficios ambientales, avanzar en la mitigación de la crisis climática y evitar riesgos graves para la salud, así como muertes prematuras asociadas a las emisiones de los vehículos pesados en los años por venir. La indebida postergación de la NOM-044 por Comarnat va en contra de la evidencia reconocida de protección a la salud pública: un incremento de 1 μg/m3 de PM2.5 se asocia con un 8% de incremento en la tasa de mortalidad por COVID-19. Las organizaciones que conforman el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA)[1] consideran injustificable no reducir las emisiones contaminantes de los vehículos pesados a diésel. Consideran que ello impide mejorar la calidad del aire, reducir los riesgos a la salud, disminuir los impactos de la crisis climática y evitar las muertes prematuras asociadas a la contaminación del transporte. Es inexcusable porque el carbón negro que compone el material particulado fino (PM2.5), proveniente de la combustión incompleta del diésel, tiene graves impactos en la salud y contribuye al calentamiento global. Asimismo, las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) generadas por estos motores contribuyen a la formación del ozono asociado con la mala calidad del aire, la crisis climática y las contingencias ambientales que aquejan a varias ciudades en México. Es inaceptable porque existen las condiciones necesarias para que el calendario original de la norma se cumpla y para que, a partir de 2021, todos los vehículos nuevos integren las tecnologías que cumplen con los estándares ambientales más estrictos. Sin embargo, el gobierno y la industria de vehículos pesados en México han postergado el calendario de la NOM-044, retrasando la entrada de los vehículos certificados bajo estándares EPA 2010 / EURO VI, estándares que eliminan hasta el 99% de las partículas PM2.5 y reducen más del 90% de los óxidos de nitrógeno (NOx) de los vehículos a diésel, en comparación con los EPA 2007 / EURO V, tecnologías que la industria dejaría de comercializar a partir del 31 de diciembre 2020 de no haberse postergado indebidamente la NOM-044. El 17 de septiembre de 2020, en sesión del Comité de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT), el gobierno federal y el sector privado votaron a favor de retrasar la aplicación de la norma. El argumento utilizado fue que la emergencia sanitaria por la COVID-19 afectó la fabricación e importación de los vehículos pesados y que ante esta coyuntura los fabricantes requieren un periodo para ajustarse. Este argumento no tiene sustento por diversas razones. Desde hace una década, los vehículos fabricados por la industria mexicana cumplen con los estándares EPA 2010 / EURO VI. Sin embargo, ocho de cada diez vehículos pesados producidos en México son para exportación, siendo su principal mercado los Estados Unidos, con una participación del 94%, que desde 2010 adoptó los estándares EPA 2010. Por lo tanto, el argumento de que la industria necesita más tiempo para dar cumplimiento a la Norma carece de fundamento técnico. Además, la NOM-044-SEMARNAT-2017 fue publicada en febrero de 2018, por lo que la industria contó con tres años para planear y realizar las acciones necesarias para estar listos al 1 de enero de 2021. Sin embargo, sus esfuerzos se enfocaron en argumentar y presionar desde antes de la emergencia sanitaria para no cumplir el calendario establecido. Las tecnologías EPA 2010 / EURO VI requieren necesariamente del diésel de ultra bajo azufre (DUBA), con contenido menor a 15 partes por millón (ppm) de azufre, para su correcto funcionamiento y durabilidad. La industria ha presentado este argumento en repetidas ocasiones para condicionar la implementación de una norma para vehículos nuevos a la distribución del 100% de DUBA en México. Lo anterior carece de fundamento, ya que desde 2018 más del 80 % del diésel comercializado en México es DUBA, cantidad más que suficiente para asegurar una distribución estratégica con plena cobertura para los vehículos nuevos que se vendan a partir de 2021 y que representan en promedio un 4% del total de la flota. En suma, los esfuerzos del gobierno y la industria deben enfocarse, no en postergar una norma ambiental, sino en trabajar de manera coordinada junto con la sociedad civil y academia para implementar un sistema de distribución, etiquetado e identificación adecuado del combustible, así como de los correspondientes programas de vigilancia y cumplimiento. El desarrollo e implementación de los mejores estándares de emisiones y calidad de combustibles para el sector del transporte en México ha implicado más de 15 años de negociaciones, por lo que sus constantes retrasos violan el derecho humano a un ambiente sano y otros derechos conexos como la salud, la vida y la integridad personal. Seguir permitiendo el retraso de las regulaciones que obligan a la adopción de estos estándares, previamente aprobados, es una medida regresiva en detrimento de la calidad del aire y del ambiente, algo indispensable para gozar de una buena salud. Ese retraso es además contrario a las obligaciones internacionales adoptadas por el Estado mexicano en materia de reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero. Es una decisión opuesta a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos[2] para hacer frente a la vulnerabilidad revelada por la pandemia del COVID-19. Incluso otros países comparables con México como la India dieron un salto tecnológico de dos generaciones en plena pandemia. La postergación de la NOM-044 por COMARNAT va en contra de la evidencia referida a la protección a la salud pública: un estudio de la Universidad de Harvard estima que un incremento de 1 μg/m3 de PM2.5 se asocia con un 8% de incremento en la tasa de mortalidad por COVID-19  (95% intervalo de confianza: 2%, 15%).[3] Y tomando en cuenta la lenta renovación de la flota a diésel, dado que la vida promedio es de 18 años por unidad,[4] se necesitarán varias décadas antes de que el estándar EPA 2010 / Euro VI penetre hasta la saturación completa de la flota circulante, lo cual demuestra la apremiante necesidad de implementar a cabalidad la NOM-044. Un estudio del ICCT[5] indica que en 2015 murieron más de 3 mil personas por enfermedades respiratorias y cardiovasculares relacionadas con las emisiones de los miles de vehículos a diésel que transitan en todo el país. Sin embargo, si se cumple el calendario de la NOM-044, se calcula que se evitarían hasta 6 mil muertes prematuras al año, incluso a pesar del crecimiento previsible de la flota en las próximas décadas, lo cual se traduce en ahorros estimados de $14,300 millones de dólares (precios de 2010).[6] La NOM-044 es el instrumento normativo más importante para controlar las emisiones del transporte en México. Su retraso es una medida regresiva para el cumplimiento y garantía de los derechos humanos a un ambiente sano, a la salud, la vida y la integridad de las personas. El retraso impedirá beneficios ambientales, avanzar en la mitigación de la crisis climática y evitar los riesgos graves para la salud y las muertes prematuras asociadas a las emisiones de los vehículos pesados de aquí en adelante. [1] Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA): Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Greenpeace México, International Council on Clean Transportation, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Red por los Derechos de la Infancia en México, Redspira, Transita Seguro y World Wildlife Fund. [2] En las Directrices esenciales para incorporar la perspectiva de derechos humanos en la atención a la pandemia por COVID-19, se indica “bajar estándares medio ambientales, suspender requerimientos de monitoreo ambiental, reducir medidas de aplicación y restringir la participación pública] son irracionales, irresponsables y ponen en riesgo los derechos de las personas vulnerables”. Véase: http://hchr.org.mx/images/doc_pub/V1.7_Directrices_ONU-DH_Covid19-y-Derechos-Humanos_MX.pdf [3] Wu, X., Nethery, R.C., Sabath, B.M., Braun, D. and Dominici, F., 2020. Air pollution and COVID-19 mortality in the United States: strengths and limitations of an ecological regression analysis. Science Advances (in press). Updated April 24, 2020. Disponible en https://projects.iq.harvard.edu/covid-pm [4] Secretaría de Comunicaciones y Transporte. Estadística Básica 2018; http://www.sct.gob.mx/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/estadistica/2018/ [5] Anenberg et al. A global snapshot of the air pollution-related health impacts of transportation sector emissions in 2010 and 2015. ICCT 2019. https://theicct.org/sites/default/files/publications/Global_health_impacts_transport_emissions_2010-2015_20190226.pdf [6] Pineda et al. Air quality and health benefits of improved fuel and vehicle emissions standards in Mexico. ICCT 2018. https://theicct.org/publications/mexico-emissions-review Contactos para prensa: El Poder del Consumidor (EPC), 5512989928, [email protected] Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), 5559644162, [email protected] International Council on Clean Transportation (ICCT), 55 1016 2304, [email protected] Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), 5570522107, [email protected]  

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