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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Pronunciamiento de AIDA y APRODEH ante fallo en arbitraje internacional sobre La Oroya

El Estado peruano debe concentrar sus esfuerzos en atender adecuadamente la situación ambiental, sanitaria y laboral en La Oroya. Lima, Perú. Desde la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), recibimos con satisfacción la decisión del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) que favorece al Estado peruano en el arbitraje internacional relacionado con el Complejo Metalúrgico de La Oroya e iniciado por el Grupo Renco, propietario de Doe Run Perú. Esperamos que, tras la decisión, el Estado concentre sus esfuerzos dar una solución sostenible a la situación de contaminación ambiental en la ciudad La Oroya y que priorice la salud, el ambiente y el trabajo de sus habitantes. Esperamos además que —siguiendo una línea de acción transparente, diligente y apegada al Estado de Derecho— cumpla plenamente con las medidas cautelares otorgadas en 2007 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y ampliadas 2016, a favor de la población afectada por la contaminación. Asimismo, Perú debe aceptar su responsabilidad internacional por las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de los habitantes de La Oroya en el proceso que se lleva al respecto también en la CIDH. A propósito del fallo del CIADI, Astrid Puentes, codirectora de AIDA, señaló: "Por años se ha querido caer en la falsa premisa que la exigencia de operar adecuadamente el Complejo Metalúrgico de La Oroya atenta contra los derechos de los trabajadores. Sin embargo, Doe Run Perú y cualquier empresa que opere el complejo puede y debe hacerlo de forma que también proteja y respete los derechos a la salud y a la vida de sus trabajadores y de toda la población".  

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AIDA condena amenazas contra defensores y defensoras del ambiente en Tolima, Colombia

Como organización regional, hacemos un llamado a que el Estado colombiano adopte de inmediato medidas para garantizar la vida e integridad de las y los activistas en riesgo. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) condena de forma categórica las amenazas hechas contra el Colectivo Socio Ambiental Juvenil de Cajamarca (Cosajuca), Colombia. El 8 de julio pasado, la organización colombiana, parte del Comité Ambiental de Cajamarca y de la Red de Comités Ambientales de Tolima, recibió un documento con amenazas de muerte. Ello se suma a las intimidaciones de las que fueron objeto anteriormente.   El ejercicio de las libertades de expresión y asociación es fundamental para el Estado de Derecho y para una sociedad democrática.  El acceso a la información, la participación y la búsqueda de justicia ambiental, son actividades legítimas, protegidas por la Constitución y los instrumentos jurídicos de carácter internacional de los que Colombia es parte. Cosajuca ejerce esos derechos mediante la promoción de una consulta popular frente a la minería contaminante en el municipio de Cajamarca, departamento de Tolima, región en la que se tiene previsto desarrollar proyectos de explotación de oro a gran escala. AIDA llama al Estado colombiano a garantizar la vida, libertad e integridad física de los integrantes de Cosajuca. Le requerimos garantizar además un espacio propicio para que estos defensores y defensoras del ambiente realicen su labor, así como a investigar de forma pronta y eficaz las amenazas expresadas en su contra. La atención prioritaria y efectiva de este tema se hace más urgente si consideramos que lo acontecido en Tolima es parte de una problemática mayor en Colombia y en América Latina. Global Witness identificó a Colombia como el tercer país más peligroso del mundo para los ambientalistas con 26 muertes registradas en 2015, y a otros seis países de la región entre los más mortíferos.  

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Fracking

Seminario virtual "El avance del fracking en América Latina: Herramientas para prevenirlo y detenerlo"

El fracking de hidrocarburos no convencionales puede ocasionar daños graves e irreversibles en la salud de las personas y el ambiente. Mientras países o regiones como Francia, Holanda o el Estado de Nueva York (EE.UU.), han prohibido o declarado la moratoria del fracking en sus territorios, varios países de América Latina están impulsando a ciegas esta técnica, ignorando los daños graves que puede ocasionar. Con todo, la sociedad civil y las y los tomadores de decisiones tienen herramientas legales para prevenir o detener al fracking. Grabación Presentaciones Recursos útiles citados en el seminario Principio de precaución. Herramienta jurídica ante los impactos del fracking (publicación). "Territorio Crudo" (video sobre los daños ocasionados por el fracking en Argentina). Mapas interactivos sobre el fracking en México. Mapas, artículos y otros recursos sobre el fracking en EE.UU. Compendio de hallazgos científicos, médicos y de medios de comunicación que demuestran los riesgos y daños del fracking.

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