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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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México elige proteger a la tortuga Caguama del proyecto minero Don Diego
AIDA celebra la decisión de la SEMARNAT de negar el permiso ambiental a la mina submarina de fosfato propuesta en el Golfo de Ulloa, Baja California Sur. La entidad encontró que las medidas planteadas por Exploraciones Oceánicas, empresa a cargo del proyecto, para resguardar a la tortuga marina se basan en información inconsistente. Ciudad de México, México. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) antepuso la protección de la tortuga caguama, especie amenazada, al beneficio económico que podría traer la mina submarina de fosfato Don Diego, cuya ubicación propuesta es el Golfo de Ulloa en Baja California Sur. La entidad negó la autorización del proyecto a cargo de Exploraciones Oceánicas al encontrar que las medidas planteadas por la empresa para proteger a la Caguama se sustentan en información que no es consistente. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) aplaude la decisión de la SEMARNAT en la que se señala que los aspectos económicos del proyecto “no pueden prevalecer sobre la protección de los recursos naturales existentes el Golfo de Ulloa”, más cuando algunos de ellos como la tortuga Caguama (Caretta Caretta), “se encuentran sujetos a estrictos estándares de protección por encontrarse en peligro de extinción”. Según la entidad, no es factible armonizar el resguardo de las poblaciones de esa especie con una actividad “que adiciona una presión antropogénica (fruto de la actividad humana) a las existentes en la zona y que incrementa el riesgo de extinción de dicha especie, que es compartida internacionalmente (página 232 del documento que contiene la decisión de la SEMARNAT)”. AIDA presentó a la SEMARNAT argumentos sobre las obligaciones internacionales que México incumpliría de autorizar el proyecto, así como de la información insuficiente con la cual la empresa evaluó el impacto ambiental de la mina en los ecosistemas marinos del lugar y en la que basó sus medidas de mitigación. Según la Secretaría, Exploraciones Oceánicas propuso un Programa de Monitoreo de las Tortugas Marinas que es más bien uno de “salvamento” y que no se sustenta en datos cuantitativos del hábitat de la Caguama. Además, la empresa no planteó medidas de mitigación y prevención para garantizar la disponibilidad de alimento suficiente para la especie, y su modelo de restauración del fondo marino —el cual busca dragar para extraer fosfato— no tomó en cuenta las características particulares del Golfo de Ulloa (páginas 225 y 226). La SEMARNAT se amparó en normas internacionales para negar el permiso ambiental a Don Diego. Recurrió por ejemplo a las obligaciones de México de proteger su medio marino y de utilizar los datos científicos más fidedignos posibles en la protección de las tortugas marinas, contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y en la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT), respectivamente. Más información 10 cosas que debes saber del proyecto Don Diego
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