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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Carta de Organizaciones sobre la Selección del Nuevo Secretario Ejecutivo de la CIDH
En una carta a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil hacemos recomendaciones sobre la evaluación de los finalistas al cargo de Secretario Ejecutivo de la Comisión. Anexamos un documento con sugerencias sobre cómo debe ser el perfil de la nueva autoridad. Honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos PRESENTE Las organizaciones de la sociedad civil abajo firmantes deseamos manifestar nuestro mayor interés por el proceso de selección de la persona que ocupará el cargo y que estará al frente de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el período de agosto de 2016 a agosto de 2020, por tratarse de una designación que entraña una enorme importancia para la protección y promoción de los derechos humanos en la región americana. De acuerdo con el artículo 11.2 del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la/el Secretaria/o Ejecutiva/o debe ser una persona independiente y de alta autoridad moral, que además, exhiba experiencia y una reconocida trayectoria en derechos humanos. Asimismo, el Reglamento establece que la CIDH debe hacer públicos los criterios y calificaciones para el cargo, así como las tareas a ser desempeñadas, lo que ha sido comprendido en el llamado a concurso que se encuentra disponible en su página institucional. Sobre la base del perfil, la Ilustre Comisión ha realizado una preselección de las y los aspirantes, y presentado por medio de un comunicado el pasado 21 de abril, una relación de cinco finalistas, que de manera general, cumplirían con cada uno de los elementos que lo componen, lo que resulta fundamental para que entre ellos, sea elegida la persona más idónea para el cargo. En atención a ello, anexamos a la presente un documento en el que respetuosamente aportamos sugerencias sobre cómo debe ser el perfil de quien ocupe la Secretaría Ejecutiva da la CIDH. Consideramos que es importante prestar especial atención, a la evaluación de las habilidades de los candidatos para el manejo y administración de recursos humanos y financieros, teniendo en cuenta el contexto actual de crisis que afecta al personal de la Secretaria Ejecutiva, cuya estabilidad se ve actualmente amenazada por la falta de recursos económicos, lo que redundará finalmente en la protección y promoción de los derechos humanos en la región. Asimismo, reiteramos nuestro interés de que el proceso sea conducido con base en los más altos estándares de publicidad, transparencia, y participación de las organizaciones de sociedad civil, que estamos interesadas en contribuir al fortalecimiento de las instituciones de protección de los derechos humanos en las Américas. En ese orden, en aras de optimizar el proceso previsto en el Reglamento de la CIDH y construir confianza y legitimidad en la decisión final, solicitamos a la Honorable Comisión que, en las etapas subsiguientes de este proceso de selección se sirva hacer pública toda la información relevante y pertinente sobre los perfiles de las candidatas y los candidatos, y que además, tome en cuenta la importancia de: Transmitir en vivo las entrevistas a las y los candidatos que las y los Comisionados llevarán a cabo entre el 18 y 29 de julio, a efectos de que las organizaciones de la sociedad civil interamericana podamos escuchar las posiciones y opiniones de los finalistas. Introducir mecanismos adicionales de publicidad, consulta y participación efectiva de la sociedad civil mediante la organización, por ejemplo, de un webinar con las y los finalistas, en el que puedan entablar un diálogo directo, lo cual brindaría mayores elementos a la Comisión Interamericana para emitir su decisión final. Promover que, en el marco de las entrevistas a los candidatos, y de preferencia antes de que se lleven a cabo por la CIDH, los finalistas se reúnan con el personal de la Secretaria Ejecutiva, para abordar los principales problemas de personal y financieros que la vienen afectando gravemente. Dar a conocer las razones que fundan y motivan la decisión en favor de quien resulte designado/a al final del proceso. Así, de la manera más respetuosa, le solicitamos a la Ilustre Comisión tomar en consideración las propuestas expuestas anteriormente. Su finalidad consiste en fortalecer el mecanismo existente de selección de la Secretaría Ejecutiva y propiciar una deliberación pública e informada sobre la designación, que abone a la legitimidad de la designación que se realice.
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Carta al Presidente de Panamá sobre la Inundación de Prueba de la Represa Barro Blanco
En una carta abierta, AIDA y otras organizaciones de la sociedad civil urgen al Presidente de la República de Panamá, Juan Carlos Varela Rodríguez, a proteger la vida e integridad personal de las comunidades Ngäbes, y a suspender inmediatamente la inundación de prueba de la represa Barro Blanco, que está violando sus derechos y poniéndolos en riesgo de daño irreparable. Estimado Presidente Varela, Las organizaciones abajo firmantes manifestamos nuestra profunda preocupación por la integridad personal y seguridad de las comunidades Ngäbes, afectadas por el proyecto hidroeléctrico Barro Blanco. El 22 de mayo, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos de Panamá (ASEP), anunció mediante un comunicado de prensa[1] que el 24 de mayo se iniciaría el llenado de prueba del embalse de Barro Blanco. El comunicado de la ASEP también indicó que el proceso de inundación llegaría a la cota de 103 sobre el nivel del mar el 21 de junio del 2016. Según el informe de la Misión de Verificación dirigida por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en 2012[2], las comunidades Ngäbe de Kiad, Nuevo Palomar y Quebrada Caña se verán directamente afectadas por las inundaciones. El informe indica que 6 hectáreas + 9816.86 m² de sus tierras, incluyendo 6 casas y un petroglifo ubicado en la comunidad de Quebrada Caña, quedarán bajo el agua. Asimismo, hemos recibido información por parte de integrantes de las comunidades afectadas que las aguas del embalse de Barro Blanco ya han alcanzado los límites de la zona del Corregimiento de Bakama, en la Comarca Ngäbe-Buglé, al oeste de Panamá. A estas alturas, las comunidades Ngäbes de Quebrada Plata, Quebrada Caña, Kiad y Nuevo Palomar, así como los sitios ceremoniales de la Iglesia Mama Tatda, podrían verse seriamente afectados por el llamado “periodo de prueba” esta semana, mucho antes del 21 de junio, fecha inicialmente prevista por la ASEP. Al contrario de lo indicado por el comunicado de prensa de la ASEP, y confirmado por Milton Henríquez, Ministro de Gobierno[3], este proceso de llenado temporal no fue notificado ni consultado con las comunidades afectadas. Lo anterior es contrario a los estándares internacionales en materia de derechos humanos que estipulan que los pueblos indígenas tienen el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado. Asimismo, como se desprende del derecho a la propiedad garantizado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros acuerdos, los pueblos indígenas tienen también el derecho a una vivienda adecuada, a poseer, utilizar, y "disfrutar libremente" de sus tierras y territorios tradicionales, y a no ser “desplazados por la fuerza” de ellas[4]. Las comunidades Ngäbes están decididas a quedarse y a defender sus tierras, que consideran sagradas. Lo urgimos a proteger sus vidas e integridad personal y a suspender inmediatamente la inundación de prueba que está violando sus derechos y poniéndolos en riesgo de daño irreparable. [1] http://www.panamaamerica.com.pa/economia/asep-anuncia-el-inicio-del-periodo-de-prueba-de-central-hidroelectrica-barro-blanco-1027251 [2] http://canal-empresarias.ciudaddelsaber.org/wp-content/uploads/2015/09/0-informe-mision-verficacion-final-20121219.pdf [3] http://www.mingob.gob.pa/mingob/inside.php?artID=3246 [4] Para más información: http://www.ciel.org/Publications/BarroBlanco_Appeal_18Feb2014.pdf
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Reivindicando mis ideas verdes
A Didaskó lo metieron preso por tener “ideas ideológicas”. Su pequeña hija fue a visitarlo a la cárcel y le llevó un obsequio: un dibujo de pájaros. El dibujo no pasó la censura del carcelero y fue destruido. Al domingo siguiente, la niña volvió a visitar a su padre. Esta vez le llevó un dibujo de árboles, que no estaban prohibidos. Didaskó agradeció el hermoso dibujo, sin embargo, le llamaron la atención varios círculos de colores entre las hojas de los árboles. Entonces le preguntó a su hija: “¿Son naranjas? ¿Qué frutas son?” La niña lo hace callar: “Ssshhhh”. Y en secreto le explica: “Bobo. ¿No ves que son ojos? Los ojos de los pájaros que te traje a escondidas” (Extracto de Los pájaros prohibidos de Eduardo Galeano). En Bolivia, desde fines de 2011, es riesgoso expresar “ideas ideológicas” verdes: ideas que reclamen la conservación de los ríos y bosques, que exijan el derecho a la consulta y consentimiento de los pueblos indígenas y que cuestionen las políticas extractivas del gobierno. Tiempos de censura En 2011, el país vivió uno de sus mayores conflictos socioambientales. El gobierno del presidente Evo Morales inició la construcción de una carretera que atravesaría el Parque Nacional y Territorio Indígena Isiboro Sécure (TIPNIS). Una gran cantidad de comunidades indígenas, organizaciones urbanas, ONG y ciudadanos en general, se opusieron. Desde entonces el Presidente, el Vicepresidente y otras autoridades nacionales censuran y amenazan a las organizaciones y personas que objeten la insostenible explotación de recursos naturales en Bolivia. En mayo de 2015, el gobierno aprobó una norma que autoriza la exploración y eventual explotación de hidrocarburos en las 22 áreas protegidas del país. Y, en junio de ese año, el presidente Morales amenazaba: “…quiero decirles: ONG, fundación que perjudique la exploración de los recursos naturales se va a ir de Bolivia…”. Las principales autoridades han expresado además en varias oportunidades que los bolivianos no vamos a ser “guardabosques del norte”. Yo quiero reivindicar la vocación del guardabosque, así como la autonomía de pensamiento y libre albedrío de quienes creemos en la conservación y aprovechamiento sostenible de nuestros recursos naturales. Mis “ideas ideológicas” verdes me vienen de tres vetas: mis raíces y algunos puñados de inspiración e indignación. Mis raíces se remontan a un pueblo andino que trepa por una montaña y se ubica en Independencia, Ayopaya, en el departamento de Cochabamba. Allí mi sombra se encuentra con la de mi abuelo, quien hunde sus manos en la tierra negra de la ribera del río ante un bosque mágico de árboles barbudos. Mi inspiración brota del silencio y de la reverencia que siento por la vida de árboles, montañas y pájaros inmemoriales. Mi indignación es una voz que no quiere callar ante la violencia y destrucción de lo más débil. Mucha gente del Sur y el Norte compartimos ideas y vetas similares. También las compartieron líderes muy importantes de la historia latinoamericana, como Simón Bolívar, Andrés de Santa Cruz y Germán Busch. Los dos primeros fueron pioneros en la creación de leyes para la protección de nuestra fauna y bosques silvestres, mientras que Busch hizo del Sajama el primer Parque Nacional de Bolivia en 1939. Seguramente nadie en Bolivia o en la región podría poner en duda los altos ideales de interés colectivo de esos mandatarios. Hacer política: ¿Monopolio del gobierno y los partidos políticos? El Presidente y Vicepresidente de Bolivia han señalado que las ONG del país deben cuidarse de hacer política. Lo anterior suena a una sentencia de muerte a las bases y valores de pluralismo y participación social en los que se funda el Estado Plurinacional de Bolivia. Hoy como antes es imprescindible reivindicar el derecho a hacer política que tenemos las y los bolivianos, entendiendo política como el compromiso, la visión y la acción en favor del interés colectivo. Esa política es el fundamento de nuestra democracia participativa. La Constitución Política del Estado establece el deber de todas y todos de hacer política. Lo hace por ejemplo cuando nos obliga a cumplir y hacer cumplir las leyes, o cuando nos manda a proteger los recursos naturales y preservar los derechos de las futuras generaciones. La posibilidad de hacer política ciudadana en el país, de modo complementario a la que realizan los funcionarios de gobierno y los partidos políticos, requiere que el Estado respete y garantice de forma irrestricta la libertad de pensamiento y asociación. No existe razón de Estado que justifique la limitación o vulneración de tales libertades y derechos. En AIDA promovemos el ejercicio del derecho al ambiente sano. Creemos firmemente que una sociedad civil fuerte es imprescindible para lograr la implementación efectiva del mismo.
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