Project

Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Corte Constitucional tiene la oportunidad de reencaminar el proceso de transición energética en Colombia

En el marco de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley de transición energética por vicios de forma, el fallo del tribunal puede encauzar el proceso, hacerlo participativo y promover mejores condiciones de justicia climática y ambiental en el país.   Bogotá, Colombia. En este momento, la Corte Constitucional conoce de la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 2099 de 2021, conocida como ley de transición energética. Su eventual fallo es una oportunidad para reencaminar el proceso de transición energética en el país debido a que en la expedición de la norma se incumplieron las formalidades del proceso legislativo —no hubo los debates necesarios, en los tiempos establecidos y con la información requerida—, eludiendo el debate democrático e impidiendo un análisis completo de las implicaciones e impactos de la ley. La norma, expedida con trámite de urgencia, da vía libre a proyectos de generación de energía a partir de hidrógeno azul (el cual usa combustibles fósiles) y de procesos de captura de carbono. Además, promueve el uso de materias primas como el gas, impulsando la técnica de fracking. Algunas de estas actividades tienen impactos previsibles y riesgosos para los derechos humanos y el clima; otras tendrían efectos inciertos en el ambiente y en las personas. La acción de inconstitucionalidad por vicios de forma contra la Ley 2099 fue presentada por el Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T), en alianza y articulación con académicos y organizaciones de la sociedad civil. Luego de una profunda reflexión acerca de la importancia del proceso de transición energética en Colombia y de la protección de los derechos humanos, los demandantes concluyeron que, si bien dicho proceso es urgente y necesario para cumplir con los objetivos y compromisos nacionales e internacionales para enfrentar la crisis climática, el trámite de la ley presentó inconsistencias graves en su expedición, relacionadas con la falta de publicidad y la elusión del debate público y democrático. En efecto, los cargos admitidos de la acción abordan dos asuntos: 1) la vulneración de los principios de consecutividad y publicidad; pues el legislador omitió leer y exponer el contenido de las proposiciones aprobadas y no aprobadas por las comisiones conjuntas y las plenarias de las Cámaras, eludiendo así el debate; y 2) la violación de la reserva del trámite en la iniciativa legislativa debido a que uno de los ejes de la ley demandada se refiere a las normas de contenido tributario, las cuales por su naturaleza debían iniciar su trámite legislativo en la Cámara de Representantes y no fue así. La demanda fue admitida el 19 de septiembre de 2022. Para mediados de enero del presente año, se tendrá un borrador de fallo por parte de la magistrada sustanciadora, Paola Andrea Meneses Mosquera. La sentencia definitiva se espera a finales de abril. La transición energética es un paso fundamental para Colombia. Por tanto, este proceso requiere un debate amplio y democrático en el Congreso y a través de la participación ciudadana directa. Esta participación debe ser informada, oportuna, amplía y efectiva, en escenarios que permitan reflexionar y buscar consensos respecto del camino que la transición energética debe seguir en el país. Eludir el debate impide la construcción colectiva y el diálogo democrático acerca de un proceso fundamental para el país en los próximos años. Para la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP), esta acción es una oportunidad para reconducir el camino hacia la transición justa. “Es fundamental desarrollar y acordar una comprensión amplia de la justicia climática que parta del reconocimiento de las cargas y daños que histórica y estructuralmente han sufrido las comunidades, que las repare de manera integral, que establezca obligaciones de participación de estas comunidades en la toma de decisiones y, por último, que priorice la soberanía energética de las comunidades, la autogestión y el autogobierno”. El debate iniciado con la demanda ante la Corte Constitucional es clave para una discusión más completa y plural del proceso de transición energética, la cual no se llevó a cabo en el legislativo y está aún pendiente en Colombia. La importancia de dialogar sobre las diferentes alternativas dentro de la transición energética permitirá al país contar con una planificación regulatoria y de política pública que responda a las múltiples complejidades que se establecen en este proceso. Solamente la legitimidad que otorga el debate público podrá garantizar la verdadera transición energética que requiere el país. Desde la perspectiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), “el proceso de transición energética requiere procesos amplios y participativos, con un rol activo de las personas en ciudades y zonas rurales, para que el mismo contribuya no sólo a atender la crisis climática, sino también a reconocer y reducir brechas, permitiendo la consolidación de mejores condiciones para la justicia climática y ambiental en la región. Colombia puede convertirse en un actor global clave si promueve la transición energética con un enfoque de derechos humanos”.   Organizaciones firmantes que han apoyado la acción de inconstitucionalidad: Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T) Semillero de investigación en transición energética de la Universidad del Magdalena Mauricio Madrigal - Director Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Climalab CENSAT Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], 525570522107  

Leer más

Punto de Contacto de la OCDE en Suiza llama a Glencore a cumplir debida diligencia en mina de carbón en Colombia

En su declaración final ante la queja presentada por la sociedad civil contra Glencore, el Punto Nacional de Contacto (PNC) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en Suiza recomendó que la multinacional, como única propietaria de la mina Cerrejón en Colombia, garantice "que sus políticas y medidas de debida diligencia fomentan una conducta empresarial responsable en Cerrejón". Para ello, hizo un llamado a que Glencore, en el marco de sus deberes, mantenga un diálogo con ONG y representantes de las comunidades Wayúu y afrocolombianas afectadas por las operaciones de la mina. En enero de 2021, una coalición de organizaciones nacionales e internacionales —compuesta por GLAN, CAJAR, AIDA, CINEP, Ask!, ABColombia y Christian Aid Irlanda— presentó tres quejas ante los PNC de la OCDE en Irlanda, Reino Unido, Suiza y Australia para denunciar los múltiples impactos de la mina operada por la empresa Carbones del Cerrejón en detrimento de la vida y los derechos humanos de las poblaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas de La Guajira, así como la falta de debida diligencia y el incumplimiento de los lineamientos de la OCDE. Las quejas fueron presentadas contra ESB (Electricity Supply Board), empresa estatal irlandesa que compra carbón de Cerrejón; CMC (Coal Marketing Company), con sede en Dublín, Irlanda; y contra las sociedades multinacionales mineras dueñas de Cerrejón: BHP, Anglo American y Glencore. El PNC de Suiza señaló que “los PNCs australiano y británico publicarán, de acuerdo con sus reglas de procedimiento, Declaraciones Finales relativas a BHP y Anglo American respectivamente”. Consideramos que el PNC suizo, al emitir una declaración en la que se limitó a reiterar los deberes existentes de forma genérica y no formuló recomendaciones sustantivas en relación con la gravedad de los hechos de abusos y violaciones documentados en la queja, no se ocupó de la tarea principal para la cual fue creado, esto es garantizar la implementación de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Durante el procedimiento se presentaron graves irregularidades y asimetrías promovidas por el PNC suizo, entre ellas la falta de acceso a la información y ausencia de garantías de participación para las comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes afectadas, brindando a Glencore impunidad por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por las operaciones mineras de Carbones de Cerrejón en Colombia. Esta situación nos hizo desistir de la mediación. Nuestra experiencia con el PNC suizo pone de manifiesto el complejo entramado y arquitectura de la impunidad, asimetrías y brechas abismales a las que se enfrentan las víctimas de las compañías multinacionales del carbón para acceder a la justicia en distintos escenarios. Ante el grado de incompetencia, negligencia y falta de consistencia del PNC en sus funciones, rechazamos que con su declaración final sugiera que la imposibilidad de llegar a una mediación es atribuible a GLAN y a las partes, y se ignore que el deficiente papel del PNC suizo afectó el desarrollo del proceso. Es claro que el PNC suizo creó una carga desproporcionada en los reclamantes para facilitar la accesibilidad al mecanismo, quienes con suma diligencia y buena fe participamos de todo el procedimiento. La falta de eficacia del PNC suizo es una situación reiterada. Un ejemplo de esto fue el tratamiento que hizo de la queja contra Sygenta por afectaciones a campesinos en la India. Las indebidas prácticas del PNC llevaron a que Marcos Orellana, Relator Especial de la ONU sobre Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, afirmara que se había generado "un mal precedente que subraya las debilidades de los Puntos Nacionales de Contacto para las Directrices de la OCDE". El hecho de que los mecanismos legales suizos de rendición de cuentas hagan tan poco para regular la conducta de Glencore —una empresa que acumula un historial de corrupción y graves denuncias de abusos y violaciones a derechos humanos asociadas a sus actividades a nivel global— los convierte en parte del problema. Aunque las directrices son voluntarias para las empresas, los países que se adhieren a las mismas contraen el compromiso vinculante de implementarlas. La deficiencia en la atención de esta queja por parte del PNC suizo, la inobservancia de sus funciones y las obligaciones del gobierno y el Estado suizo en relación con el respeto a los derechos humanos conlleva a cuestionarnos sobre el grado de complicidad que genera la tolerancia a las violaciones y abusos de empresas. Ante este accionar, lo cierto es que el mecanismo voluntario se convierte en un escenario que enmascara las vulneraciones y la impunidad corporativa. Mientras el gobierno de Suiza no otorga garantías reales y efectivas de reclamación frente a la responsabilidad de Glencore en las violaciones cometidas por la empresa Carbones del Cerrejón, la multinacional sí hace uso de sus garantías como inversionista, contenidas en el Acuerdo de Protección a las Inversiones Extranjeras firmado entre Colombia y Suiza, que le permiten demandar a Colombia por un fallo judicial que protegió los derechos humanos del pueblo Wayuu. Preocupa que, frente a esta situación asimétrica, Colombia mantenga este acuerdo. Reiteramos la insuficiencia de los mecanismos no judiciales para responsabilizar a las empresas multinacionales. Casos como este, evidencian la necesidad de proferir una legislación vinculante en materia de debida diligencia y un tratado vinculante de empresas y derechos humanos que incluya escenarios reales de responsabilidad por los abusos del ilimitado poder transnacional corporativo.   Firman: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) Christian Aid ¡ASK ABColombia Global Legal Action Network (GLAN)   Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

Leer más

10 buenas noticias en 2022 para un futuro sostenible

Este año vimos avances importantes que están sentando precedentes para la justicia ambiental en América Latina y en el mundo. En 2022, celebramos decisiones a nivel nacional y local, así como acuerdos internacionales, que nos encaminan hacia un futuro más justo y sostenible para todas las personas. Escogimos 10 de estos avances, que representan buenas noticias para la protección de los ecosistemas y, en general, de la biodiversidad; para el respeto de los derechos humanos, incluido el derecho a un ambiente sano; para el reconocimiento y salvaguarda de los pueblos indígenas y tradicionales; para el financiamiento responsable; para el fortalecimiento del litigio climático como herramienta para que gobiernos, empresas y otros actores rindan cuentas; y para una transición energética justa.   1. ecuador amplió la reserva marina de las islas Galápagos Iniciando 2022, Ecuador —mediante un decreto— sumó 60.000 kilómetros cuadrados a las islas Galápagos, el primer sitio que la UNESCO declaró Patrimonio Natural de la Humanidad. La nueva área, llamada Reserva Hermandad, crea un corredor marino entre las islas Galápagos y la isla del Coco —en Costa Rica— que servirá de vía de paso seguro para las decenas de especies protegidas que se trasladan en esta zona, como tiburones, ballenas, tortugas, delfines y otras. Con la ampliación, casi 200.000 mil kilómetros cuadrados tienen diferentes grados de protección. Ecuador y Costa Rica llamaron a Panamá y a Colombia a sumar áreas protegidas a la Reserva Hermandad. 2. Honduras declaró su territorio libre de minería a cielo abierto En febrero, el nuevo gobierno de Honduras declaró libre de minería a cielo abierto a todo el territorio del país centroamericano. Según un comunicado de la Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas, la decisión se tomó siguiendo los principios de justicia climática y con miras a respetar y proteger los recursos naturales. En ese sentido, el gobierno emitió otras tres disposiciones: cancelar la aprobación de permisos de explotación extractiva; aprobar una moratoria minera por la que se revisarán licencias ambientales, permisos y concesiones para la exploración y explotación metálica y no metálica; e intervenir de forma inmediata las áreas naturales de alto valor ecológico para su conservación. 3. Suprema Corte de México decidió proteger el Sistema Arrecifal Veracruzano Habitantes del costero estado de Veracruz, en México, ganaron un amparo presentado junto con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) ante la corte suprema del país para proteger el arrecife más grande del Golfo de México, el Sistema Arrecifal Veracruzano. La Corte reconoció por unanimidad que las autoridades violaron el derecho a un ambiente sano de la comunidad al avalar la ampliación del Puerto de Veracruz. AIDA y Earthjustice presentaron evidencias para el reconocimiento de los derechos humanos al ambiente sano y al acceso a la justicia, consagrados en el derecho internacional. Estos derechos obligan al gobierno mexicano a permitir que toda persona, cuyos derechos sean amenazados por la degradación ambiental, pueda lograr justicia sin importar que su conexión con el ecosistema amenazado sea indirecta o remota. Esta victoria fue un esfuerzo colectivo de organizaciones con la comunidad y es un precedente para la justicia ambiental de la región pues el fallo señala las obligaciones internacionales de México, entre ellas las adquiridas bajo el Acuerdo de Escazú. 4. Chile dio pasos importantes hacia la transición energética En junio fue publicada la Ley Marco de Cambio Climático de Chile, la primera en su historia, que asigna responsabilidades en temas de mitigación de emisiones y adaptación al cambio climático. La ley es la primera en la región en establecer una meta de carbono neutral para el 2050, que debe ser revisada cada cinco años. De otro lado, ante una ola de intoxicaciones derivadas de la contaminación, el presidente anunció el cierre de la Fundición Ventanas, en Valparaíso, decisión adoptada por el Directorio de la Corporación Nacional del Cobre (CODELCO), a cargo de la fundición. Actualmente el Congreso trata un proyecto de ley para aprobar el cierre de Ventanas, que será progresivo. Tanto la empresa como el gobierno se comprometieron a no dejar a las y los trabajadores sin su fuente laboral, a hacerse cargo de la remediación ambiental y a continuar procesando los minerales de la pequeña minería. Asimismo, la empresa Enel cerró su última central a carbón en Coronel, una región con un historial de conflictos ambientales por las afectaciones a la salud, ecosistema y modos de vida de la comunidad. Los casos de Enel y de Ventanas nos recuerdan que las decisiones hacia la transición energética deben hacerse respetando los derechos de las personas, tanto de la comunidad como de las y los trabajadores. 5. El ambiente sano es, por fin, un derecho universal En julio, en una resolución histórica, la Asamblea General de Naciones Unidas reconoció como derecho humano universal el ambiente seguro, sano, limpio y sostenible. Dado que este derecho no se incluyó en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, la decisión marca un hito para el derecho internacional, en particular, para el área de los derechos humanos. "Esta resolución transmite el mensaje de que nadie puede quitarnos la naturaleza, ni el aire limpio ni el agua limpia, ni privarnos de un clima estable. Al menos no sin luchar por ello", declaró Inger Andersen, directora del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Esta noticia fue motivo de gran festejo en AIDA pues el derecho humano a un ambiente sano ha sido el eje de nuestro trabajo desde nuestra fundación. Destacamos que Costa Rica fue uno de los países que lideró la propuesta y que detrás de este hito hay décadas de trabajo de organizaciones, movimientos y comunidades. 6. Por primera vez, el BID elaboró plan de salida responsable tras desinversión En Guatemala, comunidades mayas presentaron una queja por los daños que dos proyectos hidroeléctricos causaron en su territorio, modos de vida y tejido social. Los proyectos habían recibido financiamiento del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Luego de que la oficina de rendición de cuentas de la entidad concluyó que el BID Invest incumplió sus políticas operativas y salvaguardas, el banco decidió retirar su financiamiento de los proyectos. Además de la desinversión, el Grupo BID —como resultado de la queja— elaboró por primera vez un plan de salida responsable. Con ello se estableció un precedente histórico para todas las comunidades afectadas por las inversiones de instituciones financieras internacionales. Aunque existen desafíos para la implementación del plan de salida, el caso es una gran oportunidad para que el BID fortalezca sus políticas así como el seguimiento y supervisión a los proyectos que apoya a fin de evitar incumplimientos a sus lineamientos.   7. Creció el reconocimiento a los pueblos indígenas en la región Pese a que los pueblos indígenas y tradicionales sufren constantes violaciones a sus derechos humanos –muchas veces por preservar su territorio—, este año sus aportaciones, conocimiento y trabajo fueron reconocidos. Por ejemplo, el sistema ancestral de conocimientos de los pueblos indígenas Arhuaco, Kankuamo, Kogui y Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, en Colombia, fue declarado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO. En Brasil, Sonia Guajajara y Célia Xakriabá, mujeres indígenas con causas ambientalistas y sociales, fueron elegidas diputadas federales en los comicios generales de octubre. Y, por primera vez en Ecuador, organizaciones indígenas amazónicas recibieron 2.5 millones de dólares para el financiamiento de proyectos de conservación y reducción de la deforestación. 8. Se creó un fondo para pérdidas y daños por el cambio climático Uno de los reclamos más fuertes del sur global en las cumbres climáticas había sido la creación de un fondo para pérdidas y daños destinado a los países más vulnerables a la crisis climática. Este año, en la vigésimo séptima Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP27), se creó finalmente un mecanismo de financiamiento para ese propósito. Con dicho mecanismo se buscará movilizar recursos que complementen los ya existentes y los países más ricos tendrán que aportar más. La decisión adoptada en la COP27 también hizo un llamado al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional para aportar “soluciones de financiación”. Los detalles para el funcionamiento del fondo, y para la inclusión de un enfoque de derechos humanos, son una tarea para la siguiente conferencia. 9. Tribunal de Brasil resolvió el primer litigio climático de su historia En 2020, cuatro partidos políticos y dos organizaciones de la sociedad civil interpusieron un litigio por la omisión del gobierno brasileño de otorgar recursos al Fondo del Clima federal. El caso fue resuelto en julio de este año, convirtiéndose en el primer litigio climático del Supremo Tribunal Federal de Brasil, la corte más alta del país. El tribunal determinó que el gobierno tiene el deber constitucional de asignar los recursos económicos necesarios para el funcionamiento del Fondo del Clima, que había estado paralizado en los últimos años. En sus conclusiones, el tribunal equipara el Acuerdo de París con un tratado de derechos humanos, lo que puede dar paso a que tribunales y jueces de otros países de América Latina hagan el mismo reconocimiento. Este caso evidencia que el litigio climático estratégico es una forma efectiva y necesaria para exigir que gobiernos y empresas del continente cumplan con sus compromisos climáticos. 10. Se logra un acuerdo histórico para proteger la biodiversidad mundial En diciembre, y en una maratónica cumbre mundial, unos 200 países miembros del Convenio sobre la Diversidad Biológica adoptaron un acuerdo histórico que busca revertir décadas de degradación ambiental y sus consecuentes riesgos para las especies y a los ecosistemas del planeta.   Reunidos en la décimo quinta Conferencia de Biodiversidad de Naciones Unidas (COP15) en Montreal, Canadá, los delegados de los países llegaron a un acuerdo cuya parte más sobresaliente es el compromiso de proteger al menos 30 % de las áreas terrestres y marítimas del mundo para 2030.   Además, acordaron proveer “al menos 20.000 millones de dólares” en ayuda internacional anual para la biodiversidad para 2025 y “al menos 30.000 millones para 2030”.    ¿Quieres más buenas noticias? Conoce los cuatro logros más importantes de AIDA en 2022    

Leer más