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Foto: Suzanne LivingstoneVictoria: Declaran zona restringida a refugio de tortugas baulas
En mayo del 2008, en dos fallos separados, el Gobierno de Costa Rica adoptó una postura a favor de las tortugas baulas y en contra de los intereses comerciales empeñados en construir dentro del territorio protegido de estas especies en peligro de extinción.
Las tortugas baulas —una especie contemporánea de los dinosaurios— viven en constante peligro en su hábitat costarricense. La mala planificación y la ausencia de un proceso de vigilancia terminaron por destruir las playas de anidamiento en Flamingo y Tamarindo.
Esta vez las empresas constructoras tenían sus mirada puesta en el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB), hábitat protegido de algunas de las playas de anidamiento de tortugas baulas, uno de los más importantes del Océano Pacífico oriental.
Se implementó una reglamentación municipal de zonificación que autorizaría la construcción dentro de una parte del PNMB. No obstante, AIDA y CEDARENA, su socio local, junto con el Leatherback Trust (Fundación de Tortugas Baulas), montaron una exitosa campaña en defensa del parque.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló la reglamentación municipal de zonificación, dejando a salvo a las tortugas baulas y a sus playas de anidamiento. Este fallo vino luego de otra victoria jurídica por parte de AIDA, CEDARENA y Justicia por la Naturaleza, quienes exigimos al gobierno expropiar los terrenos privados que caían dentro de los límites del PNMB y que, de lo contrario, estarían destinados a ser patios de recreo para turistas.
La tortuga baula aún está bajo amenaza por la urbanización turística, la pesca, la caza furtiva, el robo de huevos de tortuga y la contaminación. No obstante, AIDA y sus socios han demostrado que la ley se puede utilizar para hacer cambios importantes.
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Em julho, o Supremo Tribunal Federal (STF) do Brasil - a mais alta Corte brasileira - decidiu que o Governo tem o dever constitucional de alocar os recursos econômicos necessários para apoiar o funcionamento do Fundo Verde do Clima, criado para apoiar o combate da crise climática e que estava paralisado nos últimos anos. Com esta decisão, o Supremo julgou o primeiro litígio climático de sua história e estabeleceu um importante precedente para o Brasil e o mundo. No julgado, a Corte brasileira equipara o Acordo de Paris - que busca fortalecer a resposta global à emergência climática - a um tratado de direitos humanos, concedendo-lhe um status mais elevado do que as leis ordinárias e outras normas inferiores, como os decretos do Poder Executivo. Isto pode estimular que tribunais e juízes de outros países latino-americanos façam o mesmo reconhecimento. "O Supremo Tribunal Federal criou um marco de proteção privilegiado para a mitigação e adaptação às mudanças climáticas, o qual garante um dos pilares fundamentais da ação climática: o financiamento", explica Marcella Ribeiro, advogada da AIDA. "Além disso, deixou claro que o Poder Executivo, ao restringir recursos que por lei são destinados à ação climática, está deixando de cumprir os acordos e convenções internacionais sobre direitos humanos dos quais o Brasil é parte". O Partido Socialista Brasileiro, o Partido Socialismo e Liberdade, o Partido dos Trabalhadores e o Partido da Rede de Sustentabilidade apresentaram em 2020, com o apoio do Observatório do Clima e do Instituto Alana, uma ação judicial sobre a omissão do governo brasileiro em outorgar recursos ao Fundo Climático. A LITIGÂNCIA COMO UMA FERRAMENTA ESTRATÉGICA O caso do Fundo Verde do Clima no Brasil demonstra que a litigância climática estratégica é uma forma eficaz e necessária para impulsionar que os governos e empresas do continente cumpram seus compromissos climáticos. Em seu relatório mais recente, o Painel Intergovernamental sobre Mudanças Climáticas (IPCC, da sigla em inglês) destacou que a litigância relacionada ao clima está em ascensão e, em alguns casos, tem influenciado os resultados e a pretensão da governança climática, entendida como a forma pela qual diferentes atores - Estado, sociedade civil, academia e setor privado - definem, implementam e monitoram ações destinadas a enfrentar as causas e consequências das mudanças climáticas. "No sul global, o Brasil é um dos países onde a litigância climática está se desenvolvendo mais fortemente", destaca Javier Dávalos, advogado sênior da AIDA. "O país é caracterizado por um crescente ecossistema de litigantes e organizações que estão levando a luta climática aos tribunais". O impulso do Brasil para a litigância climática na região é essencial, uma vez que o país abriga 65% da Amazônia, um ecossistema chave para a regulação climática global e que está em sério risco. O Brasil é o maior emissor de dióxido de carbono da América Latina, com o desmatamento representando a maior fonte dessas emissões. Neste sentido, foi de grande relevância o pronunciamento de um dos juízes responsáveis pelo caso do Fundo do Clima, que apontou explicitamente o grande aumento – mais de 22% – do desmatamento na Amazônia em 2021: o maior em 15 anos – em uma área total de 13.235 km². Portanto, é imprescindível exigir perante os tribunais que o Estado brasileiro cumpra suas obrigações de proteger a Amazônia e o clima global. A IMPORTÂNCIA DAS SOLUÇÕES DE FINANCIAMENTO A transição para uma economia de carbono zero de modo a evitar os piores impactos físicos da mudança climática requer investimentos de quase US$ 125 bilhões até 2050, de acordo com o estudo "Net Zero Financing Roadmaps" encomendado pelos Campeões de Alto Nível das Nações Unidas. Estes recursos devem vir de duas fontes complementares, financiamento privado e público. O financiamento governamental da ação climática representa uma política pública relevante e, portanto, deve estar de acordo com as leis de um país. Em sua decisão, o Supremo Tribunal Federal brasileiro reconheceu o Fundo Verde do Clima como o principal instrumento federal para financiar a ação climática e cumprir as metas nacionais de redução das emissões de gases de efeito estufa. Também assinalou que o Governo manteve o fundo paralisado por dois anos. A esse respeito, considerando que os recursos destinados a combater a crise climática buscam materializar os direitos humanos fundamentais, o Tribunal concluiu que o Governo não poderia restringi-los. "Garantir a alocação de recursos para as ações climáticas significa estabelecer um limite claro do qual não podemos retroceder", afirma Marcella Ribeiro. "Apesar da clara violação dos deveres do Estado brasileiro com relação ao direito a um meio ambiente saudável, refletida no desmantelamento das normas e instituições ambientais, a decisão do STF brasileiro freou a erosão da proteção legal do meio ambiente e do clima no país". VERSÃO EM ESPANHOL Conheça este e outros casos na Plataforma de Litigância Climática para América Latina e o Caribe.
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El mes pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil —la corte más alta del país— determinó que el gobierno tiene el deber constitucional de asignar los recursos económicos necesarios para el funcionamiento del Fondo del Clima, creado para apoyar el combate de la crisis climática y que ha estado paralizado en los últimos años. Con esa decisión, el tribunal resolvió el primer litigio climático de su historia y sentó un precedente importante para Brasil y para el mundo. En su fallo, la corte equiparó el Acuerdo de París —que busca fortalecer la respuesta mundial a la emergencia climática— con un tratado de derechos humanos, otorgándole un estatus superior al de las leyes ordinarias y al de otras normas inferiores como los decretos del Poder Ejecutivo. Ello puede dar paso a que tribunales y jueces de otros países de América Latina hagan el mismo reconocimiento. “El Supremo Tribunal Federal creó un marco de protección privilegiado para la mitigación y la adaptación al cambio climático, uno que asegura uno de los pilares fundamentales de la acción climática: el financiamiento”, explica Marcella Ribeiro, abogada de AIDA. “Además, dejó claro que el Poder Ejecutivo —al restringir los recursos que por ley están destinados a la acción climática— va en contra de los acuerdos y convenciones internacionales en materia de derechos humanos de los que Brasil hace parte”. El litigio por la omisión del gobierno brasileño de otorgar recursos al Fondo del Clima fue interpuesto en 2020 por el Partido Socialista Brasileño, el Partido Socialismo y Libertad, el Partido de los Trabajadores y el Partido Rede Sustentabilidade, con apoyo del Observatorio del Clima y el Instituto Alana. El litigio como herramienta estratégica El caso del Fondo del Clima en Brasil demuestra que el litigio climático estratégico es una forma efectiva y necesaria para contribuir a que gobiernos y empresas del continente cumplan con sus compromisos climáticos. El mismo Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en su informe más reciente, destacó que los litigios relacionados con el clima están en aumento y, en algunos casos, han influido en los resultados y ambición de la gobernanza climática, entendida como la manera en la que los diferentes actores —Estado, sociedad civil, academia y sector privado— definen, implementan y supervisan acciones orientadas a hacerse cargo de las causas y consecuencias del cambio climático. “En el sur global, Brasil es uno de los países donde el litigio climático se desarrolla con más fuerza”, resalta Javier Dávalos, abogado sénior de AIDA. “El país se caracteriza por un creciente ecosistema de litigantes y organizaciones que están llevando la lucha climática a los tribunales”. El impulso de Brasil al litigio climático en la región es fundamental debido a que ese país alberga el 65% de la Amazonía, un ecosistema clave para la regulación del clima a nivel mundial y que está en riesgo grave. En América Latina, Brasil es el país que más emite dióxido de carbono y la deforestación es la mayor fuente de esas emisiones. En ese sentido, es fundamental que uno de los jueces que atendió el caso del Fondo del Clima señalara explícitamente el gran incremento de la deforestación de la Amazonía en 2021: más de 22% —la mayor en 15 años— y una superficie total de 13.235km². Es clave entonces exigir ante los tribunales que el Estado brasileño cumpla sus obligaciones de protección de la Amazonía y del clima mundial. La importancia de financiar las soluciones Transitar a una economía de carbono cero y evitar los peores impactos físicos del cambio climático requiere invertir unos 125 mil millones de dólares para 2050, según el estudio Net Zero Financing Roadmaps, encargado por los Campeones de Alto Nivel de las Naciones Unidas. Estos recursos deben provenir de dos fuentes complementarias, la privada y la pública. Respecto de la segunda, el financiamiento de la acción climática por parte de gobiernos representa una política pública relevante, por lo que debe ajustarse a las normas de un país. En su sentencia, el Supremo Tribunal Federal de Brasil reconoció que el Fondo del Clima es el principal instrumento federal destinado a financiar la acción climática y a cumplir los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. En ese sentido, observó que el gobierno mantuvo paralizado el fondo por dos años. Al considerar que los recursos destinados a la lucha contra la crisis climática buscan materializar derechos humanos fundamentales, el tribunal concluyó que el gobierno no puede restringirlos. “Garantizar la asignación de recursos para las acciones climáticas representa establecer un límite claro del cual no podemos retroceder”, afirma Marcella. “Pese a la clara violación de los deberes del Estado brasileño respecto al derecho al ambiente sano, reflejada en el desmantelamiento de las normas e instituciones ambientales, el fallo del Supremo Tribunal de Brasil puso un freno a la erosión de la protección jurídica del ambiente y del clima en el país”. VERSIÓN EN PORTUGUÉS Conoce de este y otros casos en la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe.
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La alerta fue enviada a las secretarías a cargo de tratados internacionales que se verían desconocidos por la aplicación de la Resolución 110 de 2022 del Ministerio de Ambiente. En ella se pide instar al gobierno a que revoque la norma y la reemplace con instrumentos que respondan a las obligaciones de Colombia en materia de ambiente, clima y derechos de comunidades rurales. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Red por la Justicia Ambiental en Colombia (RJAC) mandaron una alerta internacional acerca de los riesgos que una regulación expedida por el gobierno colombiano implica para las reservas forestales y humedales del país, así como para los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos que allí habitan. La regulación a la que se hace referencia es la Resolución 110 de 2022, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia. "Esta regulación flexibiliza el control ambiental y los requisitos para desarrollar actividades como la exploración minera y petrolera en áreas de reserva forestal; cuya conservación es clave en la lucha contra la crisis climática y la deforestación", dijo Yeny Rodríguez, abogada de AIDA. "Pese a ello, la norma fue emitida en desconocimiento del derecho a la consulta previa, libre e informada y a la participación de los pueblos que habitan estos puntos críticos de biodiversidad". La alerta fue enviada a las autoridades a cargo de tratados internacionales adoptados por el Estado colombiano: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Ramsar sobre los Humedales, la Convención de las Naciones Unidas contra la Desertificación y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En el documento se detalla la importancia ecológica y social de las reservas forestales, además de los potenciales impactos de realizar en ellas actividades extractivas. Con la Resolución 110 de 2022, el gobierno nacional modificó la regulación referida a la sustracción de territorio de una reserva forestal para la realización de actividades económicas en ella. Dicha norma "eximió a algunos sectores y actividades del trámite de sustracción de reserva forestal, permitiendo que puedan adelantarse algunas actividades contaminantes sin el control de la autoridad ambiental. Además, flexibilizó el trámite para la obtención de los permisos de sustracción de reservas forestales", se lee en la alerta. En ese sentido, en la alerta se demuestra que la norma: incentiva la extracción de hidrocarburos convencionales y no convencionales, así como la técnica del fracking; incentiva la actividad minera; desconoce los múltiples impactos ambientales que la exploración minera o petrolera pueden generar; impide la recuperación y reparación de territorios deforestados; ignora afectaciones socioambientales que pueden generarse por el traslape de las áreas de reserva forestal con pueblos étnicos y población campesina; suprime el control y seguimiento ambiental; y desconoce los fines de las reservas forestales. En la alerta, AIDA y la RJAC solicitan a las autoridades a cargo de los tratados internacionales instar al gobierno de Colombia a que: Revoque la Resolución 110 de 2022 en cumplimiento de sus obligaciones internacionales de mitigación del cambio climático, reducción de la deforestación, preservación de la diversidad biológica y protección de comunidades rurales. Garantice el cumplimiento de estándares constitucionales e internacionales respecto de la protección de las zonas de reserva forestal en Colombia. Reemplace la resolución con instrumentos que respondan a dichas obligaciones y que los mismos se construyan mediante procesos que garanticen los más altos estándares del derecho a la participación real y efectiva y a la consulta previa de las comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas del país. Contacto de prensa Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107
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