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Victoria: Ecuador ordena el fin de la contaminación por producción de aceite de palma
Las plantaciones de palma aceitera están amenazando la biodiversidad del Chocó, un antiguo bosque en Ecuador. Las empresas a cargo de esos cultivos han causado la destrucción masiva del bosque, poniendo en peligro a especies raras y desplazando a los agricultores locales. En Septiembre de 2007, la Corte Constitucional ordenó la remediación del daño y la rendición de cuentas por el mismo.
El dictamen vino un año después de que AIDA se uniera a ECOLEX, su socio ecuatoriano, para documentar y arrojar luces sobre los impactos negativos del cultivo de palma aceitera en Ecuador. Los desechos provenientes de las plantaciones, incluyendo pesticidas y químicos peligrosos, contaminaban ríos y cursos de agua cercanos. Esto dañaba a peces y plantas, y afectaba significativamente la salud y los medios de subsistencia de las comunidades locales.
La evidencia fue lo suficientemente convincente para llevar a ECOLEX a presentar, en Septiembre de 2006, una demanda constitucional contra el Ministerio del Ambiente y los propietarios de las plantaciones para proteger el derecho humano a un ambiente sano. AIDA apoyó la acción legal de ECOLEX con argumentos de derecho ambiental internacional.
Al año siguiente, la Corte Constitucional (el más alto tribunal de Ecuador) ordenó al Ministerio remediar los daños causados por las plantaciones de palma aceitera y tomar medidas para controlar y mitigar daños futuros y potenciales.
Poco después, el Ministerio presentó una apelación, pero la misma no fue exitosa. La Corte Constitucional reiteró su decisión original.
Esa decisión es una victoria importante para quienes sufrieron por el cultivo irresponsable de palma aceitera en Ecuador. Más importante aún es que el alto tribunal estableció un precedente legal que puede ser utilizado por los tribunales ecuatorianos menores al decidir sobre casos ambientales. Con este triunfo, AIDA buscará más oportunidades para proteger la riqueza natual de Ecuador.
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Transición energética justa en México: Análisis independiente de la NDC 2022 y de su implementación
La crisis climática es uno de los desafíos más urgentes y complejos que enfrenta la humanidad en estos tiempos, afectando en mayor medida a las personas y comunidades en condiciones de vulnerabilidad o con inequidades preexistentes como mujeres, niñas y niños, pueblos indígenas, afrodescendientes y poblaciones campesinas y rurales, entre otros.Con el objetivo de limitar el aumento de la temperatura del planeta a 1,5°C con respecto a los niveles preindustriales, el Acuerdo de París obliga a los Estados Parte a emprender y comunicar las acciones y medidas que realizarán para reducir sus emisiones a través de sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (Nationally Determined Contributions o NDC por sus siglas en inglés). Estas medidas se deben basar en la mejor información científica disponible6 e incorporar un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.El Balance Global (Global Stocktake o GST por sus siglas en inglés) —mecanismo de evaluación periódica que determina el avance del cumplimiento del objetivo del Acuerdo de París— indicó que la trayectoria de las emisiones mundiales no es coherente con la limitación del aumento de la temperatura global a 1,5 °C. En consecuencia, subraya la urgencia de implementar reducciones profundas, rápidas y sostenidas de los Gases de Efecto Invernadero (GEI), e insta a las Partes a integrar esta meta en sus NDC.En la misma línea, el Informe sobre la Brecha de Emisiones 2024 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) advierte que los países aún están lejos de cumplir los compromisos mínimos de mitigación para 2030, por lo que reconoce que es necesario adoptar y aplicar políticas adicionales y más estrictas en todo el mundo. En este contexto, resulta fundamental no solo aumentar la ambición climática, sino también mejorar sustancialmente la implementación de las políticas adoptadas. Como señala el PNUMA: "la ambición no sirve de nada si no se acompaña de actos". La revisión de las NDC constituye, por tanto, una nueva oportunidad para avanzar hacia un modelo de desarrollo compatible con los límites planetarios, y transformar, al mismo tiempo, los modelos de desarrollo de los países.En América Latina y el Caribe —donde persisten altos niveles de desigualdad, pobreza energética e informalidad laboral— las NDC deben incorporar medidas adicionales a sus metas de mitigación y adaptación que garanticen que su implementación contribuya a una transición energética justa. Esto implica compatibilizar los objetivos de descarbonización con el cuidado del medio ambiente, el respeto de los derechos humanos, la inclusión social y el bienestar de las comunidades.En este marco, el presente informe tiene como objetivo evaluar las medidas y el estado de implementación de la NDC presentada por el Estado mexicano en 2022, en relación con la transición energética justa. Busca, además, ser una herramienta para:informar sobre los avances, brechas y desafíos de la NDC actual.contribuir a una mayor ambición climática en la próxima actualización de la NDC, integrando también un enfoque de transición energética justa. Lee y descarga el informe
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Decisión de la Corte Interamericana sobre emergencia climática: un hito para el mundo
Texto publicado originalmente en Animal Político. El próximo 3 de julio de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitirá su tan esperada Opinión Consultiva 32 (OC-32) sobre la emergencia climática y los derechos humanos, solicitada conjuntamente por los Estados de Chile y Colombia en enero de 2023.En su dictamen, la Corte IDH abordará cuestiones clave del derecho internacional que ambos Estados incluyeron en su solicitud, como la naturaleza y el alcance de las obligaciones estatales en contextos de emergencia climática.Adicionalmente, el tribunal se pronunciará sobre los deberes de prevención y garantía de los Estados en materia de derechos humanos frente al cambio climático, así como respecto de sus obligaciones específicas hacia grupos diferenciados, como mujeres, niños y niñas, pueblos indígenas y personas defensoras del ambiente. También hará precisiones sobre la responsabilidad común pero diferenciada de los Estados en materia de derechos humanos en el contexto de la crisis climática, entre otros aspectos.La OC-32 será también el resultado de un proceso sin precedentes ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el que decenas de Estados, organizaciones de la sociedad civil, pueblos indígenas, activistas y miembros de la academia participaron activamente mediante intervenciones orales en audiencias públicas y observaciones escritas.Sin duda, esta decisión será un hito no solo para el continente americano, sino también para el desarrollo del derecho internacional en materia de clima y derechos humanos a nivel global. Una contribución clave al derecho internacionalLa decisión de la Corte IDH se enmarca en otros procesos de opinión consultiva muy relevantes en todo el continente. Ya en 2024 el Tribunal Internacional del Derecho del Mar hizo pública una decisión importante acerca de las obligaciones de los Estados en relación con la crisis climática y la protección del medio marino.Además, en marzo de 2023, la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó formalmente una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las obligaciones de los Estados respecto al cambio climático, impulsada por Vanuatu y respaldada por más de 130 países. La decisión final de este proceso está aún por conocerse.La Opinión Consultiva 32 de la Corte IDH será, sin duda, de la mayor relevancia por al menos cinco razones: 1. Aportes desde el enfoque de derechos humanosSerá la primera vez que un tribunal regional de derechos humanos defina con claridad obligaciones concretas para que los Estados protejan efectivamente a las personas y comunidades afectadas por la crisis del clima. Incorporar el marco de derechos humanos a la emergencia climática es clave para enriquecer el contenido de las obligaciones estatales, complementar el régimen de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y aportar una perspectiva de justicia en la respuesta a esta problemática. 2. Continuidad del liderazgo del tribunalCon este dictamen, la Corte IDH fortalecerá la rica jurisprudencia que ha desarrollado y que ha sido muy relevante para vincular la protección del ambiente con los derechos humanos. Ya en su Opinión Consultiva 23 de 2017 estableció que los Estados tienen obligaciones tanto dentro como fuera de su territorio para prevenir daños ambientales que afecten los derechos humanos. Y en 2024, al resolver el caso “Comunidad de La Oroya vs. Perú” —el primer caso contencioso sobre contaminación ambiental en un contexto urbano—, el tribunal desarrolló las obligaciones de los Estados y ordenó medidas de reparación integral. 3. Énfasis en grupos con necesidades de protección reforzadaLa Corte IDH ha desarrollado una rica jurisprudencia para la protección de pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y pueblos en aislamiento voluntario, así como en relación con mujeres, niños y niñas. Estos grupos suelen enfrentar los impactos más severos de la crisis climática, por lo cual la experiencia del tribunal será clave para delimitar en la OC-32 las obligaciones reforzadas de los Estados en su protección. 4. Debida diligencia de las empresasLa Corte IDH ha reconocido que los Estados tienen el deber de prevenir, supervisar y sancionar actividades empresariales que afecten los derechos humanos. En varios casos contenciosos, ha delimitado las obligaciones estatales respecto de las empresas y con la OC-32 puede enriquecer los estándares de debida diligencia climática en el ámbito internacional. Esta doctrina será muy valiosa para fortalecer la rendición de cuentas de actores no estatales en contextos de emergencia climática. 5. Reparación integral de las pérdidas y dañosDesde sus primeros fallos, la Corte IDH ha establecido que la reparación del daño debe ser integral, incluyendo elementos como la restitución, la indemnización, las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición. Este enfoque, incorporado en el dictamen por venir, puede aportar elementos clave al debate internacional sobre “pérdidas y daños” (loss and damage), que cada vez cobra más fuerza, proyectándose como una exigencia legítima de comunidades y países afectados por los impactos de la emergencia climática. De esta forma, la decisión que emitirá la Corte Interamericana no solo será histórica para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Su precedente llegará en un momento clave para nutrir y fortalecer el proceso de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, ofreciendo un enfoque centrado en las personas y en los derechos humanos.En un escenario global donde la acción de los Estados sigue siendo insuficiente, el derecho internacional puede y debe jugar un papel fundamental y transformador.El dictamen de la Corte IDH representa una oportunidad crucial para consolidar un marco normativo claro que haga frente a la emergencia climática como uno de los desafíos más latentes que enfrentamos actualmente como humanidad.
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Comunidad maya guatemalteca obtiene respaldo judicial para frenar contaminación transfronteriza
Un tribunal de amparo ordenó a la municipalidad de Chinautla atender la grave crisis ambiental que afecta a la comunidad maya poqomam. El fallo sienta un precedente para la protección del derecho a un ambiente sano de las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, cuya contaminación alcanza al Mar Caribe y amenaza al Arrecife Mesoamericano.Ciudad de Guatemala. La comunidad del pueblo maya poqomam de la aldea de Santa Cruz Chinautla obtuvo el respaldo de la justicia guatemalteca con un fallo judicial que ordena a la municipalidad de Chinautla responder de manera efectiva a sus peticiones para frenar la contaminación de sus ríos y suelos, provocada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la proliferación de vertederos ilegales.El fallo representa un paso decisivo para la protección del derecho a un ambiente sano en Guatemala y sienta un precedente que podría beneficiar a las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, una de las más importantes del país, cuya contaminación llega al Mar Caribe y amenaza al ecosistema marino del Arrecife Mesoamericano.Santa Cruz Chinautla se ubica en las riberas de los ríos Chinautla, Tzaljá y Las Vacas, este último un afluente directo del río Motagua, el más extenso de Guatemala, por lo que tiene un impacto directo en la salud de toda la cuenca y el equilibrio ecológico regional.La sentencia responde a la petición de amparo presentada por la comunidad en octubre de 2024 y en ella el tribunal establece obligaciones que el Concejo Municipal de Chinautla debe cumplir como resultado directo del fallo judicial:Asumir la responsabilidad constitucional y legal de gestionar de forma adecuada los recursos naturales y mitigar la contaminación ambiental, en cumplimiento de las obligaciones de prevención, regulación, prestación de servicios públicos, supervisión y fiscalización, propias de su rol como municipalidad.Resolver las peticiones presentadas a través del representante de las Autoridades Ancestrales de Santa Cruz Chinautla relacionadas con el cierre técnico de vertederos ilegales, la restauración de los ecosistemas, medidas de gestión de los desechos sólidos y acciones para detener la contaminación de los ríos proveniente del área metropolitana en Guatemala. Las respuestas deben ser adecuadas, oportunas y proporcionales, tendientes a resolver la problemática de manera efectiva, las cuales deben ser realizables a corto, mediano y largo plazo.Atender las problemáticas de contaminación denunciadas por la comunidad, a través de un estudio minucioso, consensuado, profesional, técnico, científico y bien fundamentado.Planificar y tomar decisiones para la gestión adecuada de los recursos naturales, garantizando los derechos de acceso a la información y la participación de los habitantes locales, respetando la forma de organización propia de la comunidad maya poqomam de Santa Cruz Chinautla.Si bien la sentencia no profundizó en los argumentos de fondo presentados por la comunidad y respaldados por organizaciones nacionales e internacionales, establece de forma clara la responsabilidad de la municipalidad en la atención y resolución de la problemática de contaminación denunciada.AIDA dará seguimiento a la ejecución del fallo para asegurar el cumplimiento del derecho a un ambiente sano y promover condiciones ambientales, sociales y culturales dignas para la comunidad maya poqomam. En caso de que la municipalidad decida apelar la sentencia ante la la Corte de Constitucionalidad, la organización presentará los argumentos legales y científicos necesarios para garantizar la protección efectiva de los derechos de la comunidad.Contacto de prensa:Víctor Quintanilla, [email protected], +52 5570522017
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