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Foto: Alejandro Balaguer / Fundación Albatros MediaVictoria: La Bahía de Panamá Está Legalmente Protegida
La Bahía de Panamá, uno de lo sitios de anidación y descanso de aves migratorias más importantes del mundo, está ahora permanentemente protegido, en parte gracias a la experiencia de AIDA en derecho internacional.
La bahía es sustento de especies en peligro de extinción, incluyendo jaguares y tortugas caguama, así como de la gran mayoría de la industria pesquera del país. Sus manglares costeros capturan 50 veces más contaminación por carbono que un bosque tropical del mismo tamaño. Los manglares también protegen a comunidades costeras de marejadas que crecen en intensidad a medida que el clima se calienta. Panamá ha perdido ya 75 por ciento de sus manglares.
En 2012, desarrolladores turísticos habían logrado un fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó la decisión de la Autoridad Nacional del Ambiente de proteger la bahía como un refugio de la vida silvestre.
AIDA trabajó con el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), una organización de derecho ambiental panameña, para defender el estatus de protección de la Bahía de Panamá. Presentamos un escrito con argumentos basados en el derecho internacional. Hicimos analogías entre la Bahía de Panamá y el Parque Marino Nacional Las Baulas en Costa Rica. En un caso legal sobre Las Baulas, un análisis equilibrado encontró que el derecho público a un ambiente sano tenía más peso que los intereses de los desarrolladores turísticos.
Luego, el 2 de febrero de 2015, con ocasión del Día Mundial de los Humedales, Panamá promulgó la ley que crea el Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá. La ley enfatiza la importancia de un enfoque ecosistémico de manejo y del uso racional de los humedales, conceptos contenidos en la Convención Ramsar.
AIDA y CIAM continuarán trabajando para que la ley sea implementada adecuadamente y para asegurar la protección del Humedal Bahía de Panamá.
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Presentamos ante la Corte Suprema de Justicia de ese país un escrito que evidencia el incumplimiento de obligaciones internacionales en materia de ambiente y derechos humanos en la autorización y construcción del proyecto hidroeléctrico. Ciudad de Guatemala, Guatemala. En respaldo a las demandas de amparo interpuestas por miembros de comunidades de la microrregión de Ixquisis, Huehuetenango, afectadas por el proyecto hidroeléctrico Pojom II, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente presentó un escrito (Amicus Curiae) ante la Corte Suprema de Justicia. En él evidenciamos las obligaciones internacionales en materia ambiental y de derechos humanos incumplidas en el proceso de autorización y construcción de la represa. “La construcción de la hidroeléctrica fue autorizada sin haberse realizado una consulta previa, libre e informada que permitiera a la población afectada, en su mayoría indígena, otorgar su consentimiento a una actividad que les afecta directamente”, explicó Liliana Ávila, abogada de AIDA. “La consulta, el consentimiento y la participación son derechos humanos individuales y colectivos que están garantizados por tratados internacionales ratificados por Guatemala”. El proyecto Pojom II está financiado por el BID Invest, brazo privado del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo. Fue autorizado pese a que el estudio de impacto ambiental presentado por la empresa promotora incumplió estándares nacionales e internacionales. No fue realizado por una entidad independiente ni bajo la supervisión del Estado, no respetó las tradiciones y cultura de las comunidades indígenas afectadas y no tomó en cuenta los impactos acumulativos de la concentración de proyectos hidroeléctricos en la zona. “Esos proyectos no representan beneficios para las comunidades y, por el contrario, causan daños irreversibles a sus medios de subsistencia y modos de vida tradicionales al afectar fuentes de agua y otros entornos naturales”, señaló Ávila. “Generan además situaciones de grave conflictividad social”. En el escrito presentado por AIDA se detallan las obligaciones internacionales incumplidas por el Estado de Guatemala respecto al proyecto Pojom II. Entre ellas están las contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes y otras que hacen parte del Derecho internacional ambiental. “Las demandas de amparo presentadas por las comunidades son una oportunidad para que el gobierno suspenda el proyecto por los graves daños causados”, dijo Ávila. “Y en nuestro escrito apoyamos esa acción al demostrar la responsabilidad del Estado en el incumplimiento de normas internacionales”. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA (México), [email protected], +521 5570522107
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¿Aceptarías un negocio que te ofrece ganancias limitadas, pero costos infinitos? En América Latina, la minería es fuertemente promocionada por los gobiernos como una fuente de empleo y de dinero para financiar la construcción de hospitales, escuelas, carreteras y otras obras. Hasta ahí, parece un excelente negocio. Pero, lamentablemente, es sólo la mitad de la historia. Los Estudios de Impacto Ambiental que las empresas mineras presentan para obtener la autorización del gobierno omiten incluir temas poco favorables como los denominados impactos a perpetuidad, un término técnico referido a los daños ambientales que persisten por siglos o incluso milenios. Entre esos daños, que tampoco son mencionados cuando los proyectos son presentados a las comunidades que resultarán afectadas, destacan dos: Modificaciones severas del paisaje: por ejemplo, la excavación de una mina a cielo abierto en una montaña o el relleno de un valle con desechos mineros. Contaminación de fuentes de agua: por ejemplo, la formación de ácidos y de metales tóxicos que llegan a ríos, arroyos y a otros nacimientos de agua o el aumento de nitratos y amoniaco derivados del material explosivo. En países como Estados Unidos, estos daños son discutidos en el proceso de evaluación ambiental y existe legislación al respecto y mecanismos de mitigación. En América Latina, quienes promueven grandes proyectos mineros, muchas veces ni siquiera han oído hablar de ellos y no entienden que los costos a largo plazo superan por mucho sus beneficios. El mantenimiento constante de minas a cielo abierto tras su cierre y abandono para minimizar el riesgo de colapso (que nunca desaparece), así como el monitoreo y tratamiento de fuentes de agua para evitar su contaminación con desechos tóxicos, son algunas de las acciones que se deben adoptar, pero cuestan mucho dinero. ¿Quién pagará los daños? No es fácil saber quién asume los costos porque depende de varios factores: marco legal, fortaleza institucional y hasta factores sociales. En muchos países, los gobiernos exigen que las empresas construyan e instalen sistemas de monitoreo y remediación (pozos, plantas de tratamiento de aguas y drenajes, por ejemplo). En otros casos, les piden que además paguen por un tiempo los costos de operación de esos sistemas. Los países más exigentes piden seguros de remediación (Reclamation Bonds) de daños y el aporte a fondos financieros cuyos rendimientos se destinarán a esas labores. Es el caso del Superfondo (Superfund) en Estados Unidos, con el cual se administra la remediación de daños en aproximadamente 1.341 sitios industriales. Pero estos seguros suelen considerar que los costos a largo plazo son menores de lo que realmente son y, al final, son los ciudadanos quienes los cubren con el pago de impuestos. Según el Center for Science in Public Participation, para remediar los daños causados sólo por minas de metales en el oeste de Estados Unidos, el país tendría que pagar entre 3.800 y 20.000 millones de dólares. En otros países, los desechos ambientales provenientes de la minería no reciben atención alguna. En Canadá —tantas veces usado como ejemplo ambiental por gobiernos de la región— la mina Tulsequah Chief, en Columbia Británica, ha vertido aguas ácidas desde 1957 sin tratamiento alguno. La situación regional Si bien en muchos países de América Latina existen normas relacionadas, la mayoría no tiene leyes específicas que establezcan procedimientos estandarizados para el monitoreo y la reparación de daños ocasionados por actividades mineras. Algunos países como Bolivia o Colombia ni siquiera cuentan con una definición legal de Pasivo Ambiental Minero o deuda por daños al ambiente. Ante una regulación débil, el cierre de minas viene acompañado por acciones aisladas e ineficaces como la simple siembra de plantas en el lugar. Al no existir claridad sobre quién debe hacerse responsable, las pocas acciones de monitoreo y remediación terminan siendo abandonadas. Otro factor importante en la región es que los daños ambientales provienen de actividades mineras legales e ilegales. En Chile, el deterioro ambiental suele ser producto de minas de metales legales que han sido abandonadas, mientras que en Bolivia es mayoritariamente resultado de la minería artesanal y de cooperativas. En Colombia, la minería ilegal y gran parte de la de pequeña escala vierte mercurio en los ríos y, en Perú, la minería de oro causa daños graves a la salud humana y a entornos naturales. En América Latina son también comunes los daños causados por la minería histórica, en yacimientos que datan de la colonia y que aún son explotados. El secreto está en la prevención Los daños permanentes de la minería requieren acción constante y un financiamiento que no es posible garantizar en el tiempo. Además, dada su gravedad, solo es posible mitigarlos de manera parcial, pero no remediarlos totalmente. Por ello en AIDA promovemos la prevención de esos daños, más que su corrección. De la mano con organizaciones locales y comunidades, buscamos que, antes de ser autorizados, los proyectos sean sometidos a procesos de evaluación adecuados sobre los riesgos que implican para el ambiente y para las personas. Abogamos para que la evaluación se base en la mejor información científica disponible, que contemple alternativas y que sea realizada de forma independiente para garantizar resultados objetivos. Si el análisis establece que un proyecto generará daños perpetuos que no podrán ser abordados adecuadamente, el mismo debe ser rechazado. La minería, especialmente la de metales, no es un buen negocio y siempre generará un daño ambiental. Seguiremos trabajando para que los tomadores de decisiones así lo entiendan.
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Ante el anuncio del gobierno de Estados Unidos de retirarse del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, desde AIDA, como organización que trabaja por la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina, expresamos lo siguiente: Consideramos que es una medida preocupante y desafortunada, que podría aislar a Estados Unidos de la comunidad internacional y de la oportunidad de influir positivamente para mejorar la protección de los derechos humanos globalmente. Esta decisión envía un mensaje negativo, en especial a países con situaciones graves de derechos humanos, respecto de los cuales Estados Unidos ha expresado preocupación. Desde nuestra perspectiva, con esta decisión, el gobierno ignora a miles de personas y organizaciones que en Estados Unidos se han pronunciado contra políticas internas como aquella que implica la separación de familias de migrantes, y la postura frente el cambio climático. Es importante tener en cuenta que, pese a su salida del Consejo, la situación de derechos humanos en Estados Unidos podrá continuar siendo evaluada por dicho órgano, de la misma manera que ocurre con los demás Estados que participan en la Organización de Naciones Unidas. Ante esta decisión, instamos a los demás Estados a responder y a demostrar su liderazgo para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos a nivel global. La importancia de los derechos humanos no es una cuestión de política ni de partidos, sino de humanidad y decencia. CONTACTOS DE PRENSA: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107
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