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Foto: Alejandro Balaguer / Fundación Albatros Media

Victoria: La Bahía de Panamá Está Legalmente Protegida

La Bahía de Panamá, uno de lo sitios de anidación y descanso de aves migratorias más importantes del mundo, está ahora permanentemente protegido, en parte gracias a la experiencia de AIDA en derecho internacional.

La bahía es sustento de especies en peligro de extinción, incluyendo jaguares y tortugas caguama, así como de la gran mayoría de la industria pesquera del país. Sus manglares costeros capturan 50 veces más contaminación por carbono que un bosque tropical del mismo tamaño. Los manglares también protegen a comunidades costeras de marejadas que crecen en intensidad a medida que el clima se calienta. Panamá ha perdido ya 75 por ciento de sus manglares.

En 2012, desarrolladores turísticos habían logrado un fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó la decisión de la Autoridad Nacional del Ambiente de proteger la bahía como un refugio de la vida silvestre.

AIDA trabajó con el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), una organización de derecho ambiental panameña, para defender el estatus de protección de la Bahía de Panamá. Presentamos un escrito con argumentos basados en el derecho internacional. Hicimos analogías entre la Bahía de Panamá y el Parque Marino Nacional Las Baulas en Costa Rica. En un caso legal sobre Las Baulas, un análisis equilibrado encontró que el derecho público a un ambiente sano tenía más peso que los intereses de los desarrolladores turísticos.

Luego, el 2 de febrero de 2015, con ocasión del Día Mundial de los Humedales, Panamá promulgó la ley que crea el Refugio de Vida Silvestre Humedal Bahía de Panamá. La ley enfatiza la importancia de un enfoque ecosistémico de manejo y del uso racional de los humedales, conceptos contenidos en la Convención Ramsar.

AIDA y CIAM continuarán trabajando para que la ley sea implementada adecuadamente y para asegurar la protección del Humedal Bahía de Panamá.


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La 46ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es la primera que se celebra íntegramente en línea, debido a la pandemia de COVID-19. Comenzó en febrero y concluye el 23 de marzo. El formato virtual de esta sesión permitió que AIDA participara por primera vez del Consejo y que se uniera a las discusiones sobre dos de los temas que están en el centro de su trabajo en materia de derechos humanos: el derecho a un ambiente sano y la protección de las personas defensoras ambientales. El 3 de marzo, el Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente, David Boyd, presentó al Consejo su informe “Derechos Humanos y la Crisis Global del Agua”, en el cual resalta los graves impactos que la contaminación del agua, su escasez y los desastres relacionados con ese recurso tienen en el derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la alimentación, al desarrollo y a un ambiente sano. Boyd enfatizó que el cambio climático es un multiplicador de riesgos, exacerbando los problemas de derechos humanos relacionados con el agua. El Relator Especial exhortó a los Estados a incorporar un enfoque basado en derechos tanto en sus estrategias climáticas como en sus planes en materia de agua. Finalmente, reiteró su llamado para que el Consejo de Derechos Humanos apoye la iniciativa de una resolución que reconozca el derecho de todas las personas a vivir en un ambiente seguro, limpio, sano y sostenible. En el Diálogo Interactivo que siguió a la presentación de Boyd, Rosa Peña, abogada de AIDA, denunció los impactos negativos de las megarepresas, la minería de carbón y el fracking en los derechos humanos y en el acceso al agua en América Latina. Señaló que estos proyectos no sólo amenazan los derechos humanos de las comunidades locales, sino que también agravan la crisis climática. Llamó la atención del Relator Especial sobre las comunidades afectadas por la megarepresa Belo Monte en la Amazonía brasileña. Actualmente, la implementación del llamado hidrograma de consenso en el río Xingú amenaza la vida de las comunidades locales, contamina el agua, seca el río y provoca inseguridad alimentaria y una pérdida grave de biodiversidad. El 4 de marzo, fue la Relatora Especial sobre la situación de los/las defensores/as de derechos humanos, May Lawlor, quien entabló un Diálogo Interactivo sobre la “Advertencia Final: amenazas de muerte y asesinatos de defensores/as de derechos humanos”. Lawlor concluyó que la falta de voluntad política es una de las razones por la que varios Estados incumplen su obligación moral y legal de proteger a las personas defensoras de derechos humanos, por lo que pidió medidas más efectivas para frenar las amenazas contra ellas. En representación de AIDA, Marcella Ribeiro, abogada de AIDA, resaltó que América Latina es la región más peligrosa del mundo para las personas que defienden los derechos humanos ambientales e instó a los Estados a protegerlas de manera efectiva. Ella puso el foco en la situación de las personas defensoras del ambiente en Brasil, Guatemala y Colombia, países donde la invasión de tierras indígenas, las megarepresas y el fracking están relacionados estrechamente con el aumento de la violencia contra las y los defensores. Concluyó su intervención recordando a los Estados que la protección de las personas defensoras del ambiente debe promover el reconocimiento del derecho a un ambiente sano y brindar garantías para que todas las personas sean libres de ejercer su derecho a defender los derechos humanos. Vea los videos completos de los aportes de AIDA en los Diálogos Interactivos (en inglés):      

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Por Claudia Arancibia (AIDA), Victoria Belemmi (FIMA) y Estefanía González (Greenpeace Chile) Las comunidades indígenas Kawésqar, Atap, As Wal Lajep, Grupos Familiares Nómades del Mar, Residentes Río Primero e Inés Caro sostienen actualmente una lucha contra los daños ambientales de la expansión de la industria salmonera a la Región de Magallanes, la más prístina del país. La presencia de este pueblo en los fiordos y canales patagónicos se remonta a 6.000 años atrás. En febrero pasado, las comunidades Kawésqar y las organizaciones que apoyan la defensa de sus tierras y mares obtuvieron una importante victoria legal. Después de que en 2018 el Tercer Tribunal Ambiental rechazara los reclamos de la comunidad Kawésqar As wal Lajep en contra de la autorización de una salmonera en el Lago Balmaceda, Magallanes, la Corte Suprema de Justicia dio vuelta la sentencia y anuló el permiso ambiental, puesto que la evaluación ambiental del proyecto no consideró las observaciones de las comunidades locales. El precedente es sumamente importante ya que el máximo tribunal del país reconoció el valor de la participación indígena en la evaluación ambiental de proyectos susceptibles de afectar territorios ancestrales. Reafirmó también la obligación del Estado de respetar el proceso de consulta indígena y de cumplir con lo dispuesto en la legislación ambiental nacional y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Chile. El fallo de la Corte Suprema es un paso adelante en el entendimiento de que la participación de las comunidades indígenas, locales y tradicionales —además de ser un derecho— es un insumo valioso para la toma de decisiones sobre el desarrollo. En noviembre de 2020, en otro avance legal importante, el Tercer Tribunal Ambiental reconoció que la falta de oxígeno en aguas de la Patagonia chilena se relaciona con la operación de centros salmoneros. La situación había sido denunciada ante la Superintendencia del Medio Ambiente, pero dicha entidad desconoció la relación de causalidad entre la salmonicultura y esos daños ambientales, argumentando que muchas veces, la disminución de oxígeno se debía a causas naturales como las corrientes marinas, la geografía de la zona y el cambio climático. La sentencia emitida por el Tribunal Ambiental, tras conocer el caso, constituye un precedente clave, pues asocia la producción industrial de salmón con el peligroso porcentaje de zonas con bajos niveles de oxígeno en los mares de la Patagonia chilena. Estas condiciones, conocidas como anaerobismo, se deben a la gran cantidad de materia orgánica (alimento no consumido y heces) que la industria salmonera descarga en el mar, al manejo inadecuado de los peces muertos y a la cantidad de peces cultivados por metro cuadrado, que supera la capacidad de carga de las aguas. ¿Y las sanciones? Pese a los avances descritos, las autoridades chilenas todavía enfrentan problemas graves para fiscalizar adecuadamente la salmonicultura y para evitar los daños que su expansión está causando. Un problema es que las sanciones impuestas a las empresas infractoras no han sido suficientemente ejemplificadoras ni disuasivas. A pesar de múltiples procedimientos sancionatorios en contra de varias empresas, no se observan esfuerzos por mejorar estándares sanitarios y ambientales, antecedentes que no han sido considerados por las autoridades ambientales a la hora de otorgarles permisos para operar. Un ejemplo es el escándalo protagonizado por la empresa Nova Austral S.A., conocido como “Salmon Leaks”. En 2019, una investigación periodística destapó que la empresa escondía la información real de la cantidad de peces que moría diariamente en las granjas ubicadas en el Parque Nacional Alberto de Agostini, en Magallanes. Posteriormente, un segundo reportaje reveló que además la empresa adulteraba con maquinaria pesada el fondo marino —prácticamente muerto— para esconder su condición anaeróbica y obtener permiso para seguir cultivando salmones en espacios marinos biológicamente deteriorados. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas sancionó estos hechos con la multa máxima y con la suspensión de un ciclo productivo. Posteriormente, en 2020, el Consejo de Defensa del Estado demandó a la empresa por posible fraude debido a que cobraba beneficios tributarios de la Ley Navarino incumpliendo su obligación de “efectuar un uso racional de los recursos naturales de la región de Magallanes, preservando la naturaleza y el medioambiente”. Producto de ello, la Tesorería General de la República retuvo cuatro pagos que cubren hasta cuatro meses de subsidios de la ley. Pese a los múltiples escándalos y sanciones impuestas, la empresa sigue publicitando la “sustentabilidad” de su salmón como el rasgo principal de su producción. El futuro de la Reserva Kawésqar Previa aprobación del Servicio de Evaluación Ambiental, Nova Austral ahora busca relocalizar cuatro de sus concesiones acuícolas al interior de la Reserva Nacional Kawésqar, mientras que otros seis proyectos están actualmente en evaluación ambiental para lo mismo. Lo más grave es que esta reserva no cuenta aún con un Plan de Manejo que salvaguarde sus objetivos de protección, lo que la deja expuesta a impactos graves tanto a su riqueza ecosistémica como a los derechos ancestrales de las comunidades indígenas Kawésqar. Es urgente que la incompatibilidad de la salmonicultura con los objetivos de creación de la reserva quede expresada de manera clara en el plan de manejo con la prohibición de esta actividad. Tenemos mucho que aprender de las comunidades Kawésqar, que reafirman la protección de los mares del archipiélago patagónico como la base para proteger su cosmovisión, su identidad cultural y sus modos de vida. ¿Qué necesita el resto del país para defender con el mismo énfasis una zona vital no sólo para Chile, sino para el mundo?  

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Columna publicada originalmente en Animal Político Las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) son el mecanismo a través del cual los países que integran el Acuerdo de París aportan al cumplimiento del objetivo del pacto global: mantener el aumento de la temperatura media del planeta por debajo de los 2°C. Las NDC de cada país condensan los compromisos nacionales de mitigación y adaptación ante la crisis climática, incluyendo los esfuerzos de reducción de emisiones. El Acuerdo de París establece que estos compromisos deben comunicarse ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) cada cinco años y que cada NDC sucesiva debe representar una progresión respecto de la anterior, reflejando la mayor ambición posible (artículo 3). Además, las NDC deben contener información suficiente sobre metas claras, transparentes y comprensibles (artículo 8, numeral 8). Y, en el caso de México, la Ley General de Cambio Climático (LGCC) considera a la NDC como uno de los instrumentos de planeación de la Política Nacional de Cambio Climático (artículo 58) y establece que esta debe observar, entre otros, el principio de progresividad, que implica que las metas establecidas deberán presentar una progresión y gradualidad a lo largo del tiempo (artículo 26, fracción XIII). En su más reciente actualización, la NDC de México no cumple con el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y por la LGCC. Ambición bajo la lupa El Estado mexicano presentó su primera NDC en 2015. En ella, se comprometió de manera no condicionada —mediante recursos propios— a la reducción del 22% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y del 51% de las emisiones de carbono negro al año 2030. A finales de diciembre de 2020, México presentó su NDC actualizada, que debería ser más ambiciosa que la anterior. Sin embargo, el nuevo instrumento se limita a refrendar los compromisos de mitigación asumidos en 2015. Más aún, el escenario Business as usual (BAU) —un escenario tentativo en el cual no hay políticas de mitigación y que sirve de línea base para las acciones climáticas— fue ajustado al alza con un nivel total de emisiones para 2030 superior al indicado en la primera NDC. Así lo determinó el Climate Action Tracker (CAT), un análisis científico independiente que hace un seguimiento de la acción climática de los gobiernos y la compara con lo pactado mundialmente en el Acuerdo de París. De acuerdo con en el análisis CAT, “dado que la NDC se basa en un porcentaje de reducción por debajo de las proyecciones del BAU, un nivel de emisiones más alto en 2030 reduce efectivamente la ambición de mitigación del país, incluso si los objetivos de reducción se mantienen sin cambios”. Por su falta de ambición, la NDC actualizada de México fue catalogada como “altamente insuficiente” dentro del ranking del CAT. Ello significa que los compromisos adoptados por el país “no son en lo absoluto consistentes con mantener el calentamiento [global] por debajo de 2°C […]”, siendo en cambio “coherente con niveles de calentamiento de entre 3°C y 4°C”. Organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Comisión Europea han hecho hincapié en la necesidad de que México aumente su ambición de mitigación, sobre todo en el sector energético, aquel que contribuye más a la crisis climática y donde existen mayores oportunidades para reducir emisiones a corto y largo plazo. Pero la reciente NDC de México no establece acciones específicas en los sectores económicos clave para lograr las metas refrendadas, aunque señala que estas se desarrollarán en una hoja de ruta de implementación de la NDC que será presentada en el siguiente Informe Bienal de Actualización. En ese sentido, el instrumento carece de información suficiente para tener metas claras, transparentes y comprensibles. En cuanto al componente de adaptación, la NDC actualizada de México incluye soluciones climáticas basadas en la naturaleza. Sin embargo, la inclusión de ese tipo de acciones no es suficiente para tener el nivel de ambición requerido para enfrentar la crisis climática y cumplir con el objetivo del Acuerdo de París. Una vulneración al principio de progresividad A la luz de los hechos, la actualización de los compromisos climáticos de México incumple el nivel de ambición requerido por el Acuerdo de París y con ello el Estado mexicano desconoce también el principio de progresividad establecido en la LGCC ya que las metas establecidas no representan una progresión y gradualidad respecto a la primera NDC. Otros países de la región —entre ellos Argentina, Colombia, Costa Rica y Chile— han actualizado sus NDC mostrando una mayor ambición climática respecto de sus primeros compromisos. Aunque incluyen medidas susceptibles de mejora, su actuación demuestra la voluntad de seguir avanzando en cuanto a su contribución a la acción climática mundial. En ese contexto, el Estado mexicano está dejando atrás los avances y el liderazgo que años atrás tuvo en materia climática. Su falta de ambición demuestra indiferencia ante la crisis climática y a sus impactos en los derechos humanos de las personas más vulnerables. México debe asumir su responsabilidad, aquella que viene de estar en la lista de los 20 emisores más grandes del mundo. Debe adoptar compromisos de mitigación y adaptación compatibles con la meta mundial de evitar que el calentamiento del planeta llegue a un punto en el que las consecuencias sean catastróficas.  

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