Participación Ciudadana


XI Foro Social Panamazónico en Rurrenabaque y San Buenaventura, Bolivia

Amazonía: Las complejidades y desafíos de su protección

Por Vania Albarracín y José David Castilla* La protección de la Amazonía es uno de los principales desafíos en la región. Hacerle frente implica coordinación y cooperación entre Estados, pueblos y organizaciones. En ese contexto, el Foro Social Panamazónico (FOSPA) nace de la necesidad de pensar a la Panamazonía —región conformada por los países que tienen jurisdicción o territorio en la cuenca del río Amazonas, y/o tienen cobertura de selva y/o pertenecen al Tratado de Cooperación Amazónica (TCA)— desde todas sus complejidades. El FOSPA es un espacio regional de articulación, reflexión e intercambio entre pueblos indígenas, movimientos sociales y sociedad civil de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Guyana Francesa, Perú, Venezuela y Surinam. La unión de tantos actores alrededor de la Amazonía se debe a que se trata de un ecosistema megadiverso y estabilizador climático global que contiene más del 13% de todas las especies vegetales y animales conocidas y que descarga anualmente 6.600 km³ de agua dulce al océano Atlántico, equivalentes a entre el 16 y 20% de la escorrentía mundial. Por ello, es esencial considerar la interconexión e interdependencia entre la Amazonía y otros ecosistemas de la región. Los ecosistemas marino-costeros, los humedales andinos, las sierras y los bosques están conectados a lo largo del continente y deben ser reconocidos como parte de una estrategia integral de protección. El territorio amazónico enfrenta problemas graves de deforestación y degradación ecosistémica, lo que ha generado una alerta sobre la llegada del denominado punto de no retorno. Esto se refiere a la pérdida del equilibrio ecológico y las funciones climáticas de la Amazonía, lo que traería repercusiones globales negativas incalculables. El FOSPA realiza encuentros bianuales en distintas ciudades y subregiones de la Amazonía para dialogar acerca de la vulneración de derechos humanos, ambientales, territoriales y de la naturaleza que aquejan a la región, así como para plantear alternativas que surjan desde las comunidades locales y los pueblos indígenas que la habitan La onceava versión del FOSPA tuvo lugar del 12 al 15 de junio de 2024 en las ciudades de Rurrenabaque y San Buenaventura, en la región amazónica de Bolivia. Del encuentro surgió una declaración conjunta en defensa de la vida, los pueblos y la naturaleza. AIDA participó en el encuentro y compartimos a continuación nuestro balance del mismo respecto de los principales acuerdos, los vacíos para su implementación y lo que falta para garantizar la protección de la Amazonía.   Los acuerdos 1. Las amenazas de la minería Las amenazas de la minería para la región amazónica se traducen en dos problemas centrales: la promoción e impactos de nuevos extractivismos (como la minería de cobre) y la contaminación de mercurio de la minería de oro. En el encuentro se evidenció la necesidad de prohibir el comercio mundial de mercurio y de crear estrategias multinacionales para combatir su uso en la minería de oro, en cumplimiento del Convenio de Minamata. Además, se abogó por un enfoque biocultural en la evaluación de los impactos de la minería, reconociendo la interrelación entre biodiversidad y culturas indígenas, el papel fundamental de las mujeres en la conservación y reproducción de la vida, así como la participación de la sociedad civil en espacios de decisión, garantizando su transparencia y su plena divulgación.   2. Una Amazonía libre de extractivismos Una de las principales preocupaciones de las comunidades, pueblos y organizaciones que participaron en el encuentro es la presencia de distintos tipos de extractivismo en la región amazónica. Identificaron que sus derechos son vulnerados y amenazados por proyectos de extracción y transporte de hidrocarburos, por la explotación de minerales de transición como el oro y el cobre, así como por la implementación de políticas públicas relacionadas con la transición energética. Una de las propuestas más relevantes al respecto fue generar una declaratoria multifactorial y plurinacional de la Amazonía como zona libre de combustibles fósiles y de minería, no solo como una consigna, sino como un horizonte político, social y ambiental para la protección de la vida en todas sus formas. Esta propuesta debe ser evaluada en el contexto de las distintas tensiones y realidades sociales de la región.   3. Garantías para una transición energética justa y popular La transición energética justa y popular fue otro de los puntos relevantes del encuentro. Las comunidades originarias y los pueblos indígenas plantearon la necesidad de descolonizar el concepto de transición energética y plantear un proceso que surja de ellas, que históricamente han sufrido los impactos del extractivismo. El llamado fue a implementar una transición energética donde se reparen estos impactos y se restauren los ecosistemas afectados  Para lograr este objetivo son necesarios procesos de cierre y salida responsable de proyectos, además de procesos de transición que incorporen los más altos estándares de derechos humanos y la perspectiva de las comunidades afectadas.    Los vacíos prácticos 1. Compromiso insuficiente de cooperación regional En la onceava versión del FOSPA se evidenció el escaso compromiso político de los gobiernos miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), reflejado en la falta de acuerdos firmes y de mecanismos de participación efectiva. Esto favorece las políticas extractivistas y debilita la protección de los derechos de los pueblos indígenas y los de la naturaleza. Es esencial que la OTCA revise y fortalezca sus estructuras para asegurar que los compromisos internacionales se implementen y que las comunidades panamazónicas tengan un rol activo y decisivo en la formulación de políticas.   2. Exclusión de los pueblos y comunidades originarias de las decisiones La exclusión de los pueblos indígenas y comunidades originarias amazónicas en los procesos de toma de decisiones es evidente. Esto conduce a políticas y acuerdos que no satisfacen sus necesidades y realidades. Un claro ejemplo de esto son las Conferencias de las Partes (COP) sobre cambio climático y biodiversidad, donde la representación indígena no es genuina o sustantiva, lo que resulta en que no se valore su conocimiento ancestral y su rol fundamental en la protección de la biodiversidad y del clima.   3. Ausencia de un mecanismo vinculante La implementación de acuerdos alcanzados en espacios como el FOSPA ha sido insuficiente y, en muchos casos, inexistente. Este fue uno de los principales reclamos de los pueblos indígenas y las comunidades originarias. Al no tener un carácter vinculante, y al no ser tan relevante para la perspectiva estatal, muchas de las solicitudes quedan enfrascadas en el terreno de lo declarativo. Aunque el FOSPA es esencial para la integración panamazónica y la construcción de alternativas desde los territorios, se requiere un esfuerzo conjunto para fortalecer su vínculo con las y los tomadores de decisiones, promover la participación activa de las comunidades y hacer del foro una plataforma de movilización y acción.   El camino a recorrer El próximo encuentro del FOSPA será en dos años, pero la protección efectiva de la región panamazónica no puede esperar.   En el corto plazo, es necesario realizar acciones concretas para mitigar los impactos en el ecosistema y adoptar medidas de cooperación regional para garantizar su protección integral y transfronteriza. Entre otras cosas, es necesario y urgente: Lograr un consenso regional y diseñar un plan para garantizar la declaratoria de la Amazonía como zona libre de combustibles fósiles y de toda forma de extractivismo. Coordinar una articulación andino-amazónica y costera para la defensa integral de los territorios, demandando acciones concretas contra la minería con un enfoque biocultural. Exigir marcos normativos de debida diligencia en materia ambiental y de derechos humanos en los Estados amazónicos y en los países de origen  de las empresas para obligar a estas a cumplir con estándares internacionales en estas dos áreas. Instar a los Estados a que apliquen los principios de prevención y de precaución y que eleven su estándar en los proyectos que puedan tener impactos en la Amazonía. Diseñar un mecanismo de cierre y salida de los proyectos asociados a la extracción de combustibles fósiles en la región amazónica. Garantizar la participación activa, representativa y vinculante de las comunidades y pueblos panamazónicos en los foros internacionales donde se decide acerca de la naturaleza, por ejemplo en próxima Conferencia de la ONU sobre Biodiversidad (COP16 en Colombia) y las próximas Conferencias de la ONU sobre el Cambio Climático (COP29 en Azerbaiyán y COP30 en Brasil).   *Vania Albarracín Silva es abogada del Programa de Ecosistemas de AIDA y José David Castilla Parra es abogado del Programa de Derechos Humanos y Ambiente.  

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Decisión judicial protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en los páramos en Cajamarca

La consulta popular que prohibió la minería en Cajamarca está vigente y debe ser acatada. Así lo reconoció el Juzgado Décimo Administrativo de Ibagué, el cual estableció que el acuerdo municipal, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca, sigue siendo de obligatorio cumplimiento. Hace unos meses, desde la Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca también celebramos otra decisión similar del Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué, que determinó que dicho acuerdo debe seguir vigente. Estas dos decisiones en menos de seis meses son un respaldo a la democracia ambiental. La Coalición aportó argumentos adicionales para apoyar al municipio de Cajamarca en la defensa de la consulta popular, entendiendo la importancia de esta decisión para esta comunidad, para otros territorios y para la garantía de la democracia. La Coalición está integrada por el Colectivo Socioambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial SIEMBRA, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Semillero de  investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA),  la  Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: “la decisión tomada por el juez garantiza que el mandato popular decidido en las urnas esté vigente y se convierte en un llamado claro a que las instituciones del orden nacional implementen sus resultados, tomando las decisiones que hacen falta en materia de permisos ambientales y concesiones mineras”. En la sentencia, el juez tuvo en cuenta los argumentos del municipio de Cajamarca y de las organizaciones de la Coalición -en calidad de coadyuvantes-. Las razones principales del juez son que no han desaparecido los fundamentos de derecho del acuerdo (Ley 1757 de 2015) y que esta norma no está desconociendo las leyes y jurisprudencia sobre la materia. Ambos juzgados reconocen que las sentencias de la Corte Constitucional que limitaron el alcance de las consultas populares (SU-095 de 2018 y C-053 de 2019) no afectan la vigencia ni los efectos del Acuerdo que implementó la consulta popular de Cajamarca, debido a que en estas no se estableció que afectaran situaciones pasadas. Por eso, no es posible desconocer un mecanismo de participación ciudadana que se adoptó bajo las normas vigentes, a pesar de que la Corte haya cambiado su postura. No cabe duda de que la consulta popular de Cajamarca sigue vigente y que su mandato de no autorizar actividades mineras en el territorio debe ser acatado e implementado por todas las autoridades competentes. Esto se evidencia con dos decisiones judiciales que confirman que las consultas populares se respetan. Con lo cual, gana la democracia y se garantiza el derecho fundamental a la participación, a pesar de los intereses particulares de quienes quieren desconocer este mandato popular.   Contactos de prensa: Robinson Mejía, COSAJUCA, 3002183641, [email protected] Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 3005683333

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Medusa flotando en el fondo marino.

Seminario web "Perspectivas sobre participación pública en la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos"

La minería oceánica es la amenaza más reciente para la salud del océano, ecosistema que juega un rol fundamental en la mitigación de la crisis climática al absorber grandes cantidades de dióxido de carbono generadas por actividades humanas. Los fondos marinos representan el 90% del medio marino y albergan una gran diversidad de vida, incluyendo especies que únicamente habitan allí. La ciencia ha demostrado que la minería submarina causaría daños irreversibles. La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA por sus siglas en inglés) es el organismo encargado de regular el uso de los recursos disponibles en el fondo oceánico y de asegurar beneficios para toda la humanidad. Sin embargo, las negociaciones que se han dado ante la ISA desde 2021 para establecer las reglas, regulaciones y procedimientos necesarios para dar inicio a la minería submarina se han caracterizado por la falta de transparencia del organismo y por la poca imparcialidad de su Secretaría. Este seminario web fue organizado en el marco de la tercera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP3 de Escazú), tratado que busca garantizar la participación pública, así como el acceso a la información y a la justicia, en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe. En el evento, expusimos los problemas de transparencia que se han presentado en las negociaciones ante la ISA de los últimos años y cómo ello ha dificultado el acceso a información y a participación pública en un asunto ambiental clave: la preservación del océano.   Panel Emilio Godoy, periodista de investigación en ambiente y energía: Perspectiva de la prensa. María Jesús Ovalle, analista ambiental internacional y exdelegada de Chile ante la ISA: Perspectiva diplomática. Camila Rivera, Líder de relaciones externas para Latinoamérica, The Oxygen Project: Perspectiva de jóvenes ambientalistas. Moderó: María Paula Conrado, científica junior, Programa de Ecosistemas, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).   Grabación  

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Paisaje de Antofagasta de la Sierra, Argentina.

Un fallo paraliza la aprobación de nuevos proyectos mineros en el Salar del Hombre Muerto, Argentina, y sienta un precedente para la región

En uno de los fallos más importantes del último tiempo en materia de cuidado de la naturaleza y de protección de los derechos de comunidades tradicionales, hecho público el 13 de marzo pasado, la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca, Argentina, ordenó paralizar el otorgamiento de nuevos proyectos de minería de litio en la zona del Salar del Hombre Muerto, departamento de Antofagasta de la Sierra. Estableció también que todo proyecto debe cumplir con la consulta previa, libre e informada a las comunidades aledañas. Así, el máximo tribunal provincial dio lugar al amparo judicial presentado por Román Guitián, cacique de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano. El tribunal ordenó al ministerio de Minería y al de Agua, Energía y Medio Ambiente de la provincia "abstenerse de otorgar nuevos permisos/autorizaciones, o declaración de impacto ambiental con respecto a obras u actividades" en la zona hasta tanto se cumpla con la realización de un informe de impacto ambiental con dos características fundamentales. La primera es que sea "acumulativo e integral", sobre todo el salar y particularmente sobre el río Los Patos, ubicado en el mismo Salar. La segunda es que contemple la afectación total de las empresas que han solicitado autorización para el uso y extracción de agua, y su potencialidad de transformar el medio ambiente en una misma área geográfica. La extracción de litio en Antofagasta de la Sierra data de 1997, con la multinacional FMC, actualmente operando como Livent. Las comunidades locales denunciaron que, como consecuencia de la actividad extractiva, se secó el río y la vega Trapiche. Desde la Alianza por los Humedales Andinos celebramos este logro de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano y de la Asamblea PUCARA (Pueblos Catamarqueños en Resistencia y Autodeterminación). El mismo modelo de megaminería de litio, contra el que apunta la sentencia del máximo tribunal de Catamarca, se reproduce en la región puneña de Chile y Bolivia. En este sentido, el fallo constituye un precedente importante para la protección ambiental y comunitaria que debe ser replicado en todas las regiones afectadas por este modelo extractivo en el continente. Es necesario que los gobiernos implementen medidas para proporcionar las garantías de seguridad necesarias a la defensa territorial de las comunidades locales que reclaman el cumplimiento de sus derechos humanos y ambientales en Argentina, así como en otros países del continente.   CITAS DE MIEMBROS DE LA ALIANZA Claudia Velarde, cocoordinadora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) "Lo sucedido en Catamarca marca un hito histórico para la protección del agua, el territorio y la vida en América Latina. La decisión del tribunal confirma que el concepto de impactos acumulativos de una actividad extractiva es totalmente válido y una arista trascendental de la gestión ambiental. Además, deja claro que cualquier daño al ambiente que pueda conllevar una violación de los derechos a la vida o a la integridad personal debe ser considerado un daño significativo. Es un precedente relevante en todo sentido y un mensaje contundente: la normativa ambiental nacional e internacional debe cumplirse, las evaluaciones de impacto ambiental deben ser estratégicas y acumulativas, el derecho a la participación ambiental debe garantizarse y la transición energética debe ser justa".   Ramón Balcázar, director ejecutivo de la Fundación Tantí y cocoordinador del Observatorio Plurinacional de Salares Andinos (OPSAL) "Este fallo es el resultado de años de trabajo y da cuenta de la importancia de la articulación de conocimientos y de estrategias judiciales para la defensa de los territorios desde una mirada de humedales, sentando un precedente que debiese extenderse a toda la región para una evaluación acumulativa de los proyectos, no sólo de litio, si no también de minería metálica y de los impactos del cambio climático. Desafortunadamente, tras conocerse el fallo nuestro compañero Román Guitián ha sido objeto de amenazas de muerte en un país que, al igual que Chile, ha ratificado el Acuerdo de Escazú.  En ese sentido, debemos rechazar categóricamente cualquier forma de violencia sobre los defensores de los salares andinos, así como al provecho político que  instituciones vinculadas al greenwashing minero han intentado sacar de una situación tan compleja".   Cristian Fernández, coordinador del área de Asuntos Legales de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) "La reciente sentencia de la Corte de Justicia de Catamarca que ordenó la elaboración de un estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral” por todos los proyectos de litio que se desarrollan en la cuenca del Río Los Patos requiriendo que el gobierno local se abstenga de otorgar nuevos permisos o autorizaciones para la actividad, representa un hito en la jurisprudencia ambiental de nuestro país. Consolida el camino iniciado hace cerca de 15 años por la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando, en el caso "Salas Dino", exigió un estudio de impacto acumulativo frente a los desmontes de bosques nativos en Salta. De esta manera, la justicia catamarqueña sienta un precedente que podría ser también aplicado a los daños ecosistémicos que sufren las provincias de Salta y de Jujuy como consecuencia de los impactos acumulativos de numerosos proyectos de litio en Salinas grandes y laguna Guayatayoc".  

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Paisaje de Cajamarca, departamento de Tolima, Colombia

Fallo judicial deja en firme la consulta popular y el “No” al proyecto La Colosa en Cajamarca

La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca celebra la decisión que protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en la despensa agrícola de Colombia.   En una sentencia de primera instancia del primero de noviembre de 2023, el Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué reiteró la legalidad del Acuerdo No. 003 de 2017, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca. En esta decisión, el juez negó las pretensiones del demandante, Guillermo Reyes en contra del Acuerdo y dejó en firme la consulta popular por medio de la cual las y los cajamarcunos le dijeron ‘NO’ al proyecto de megaminería de oro La Colosa, de la multinacional Anglogold Ashanti. Se trata de un triunfo para la democracia participativa y para la defensa de los territorios campesinos frente al extractivismo que se les ha querido imponer. La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca —integrada por COSAJUCA, SIEMBRA, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), PODION, DeJusticia, la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP), la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, la Clínica Jurídica de las Universidades de Antioquia y Libertadores— celebra la decisión por ser un hito que protege una participación democrática efectiva en asuntos ambientales, con capacidad de incidencia directa, como lo ordena el derecho internacional. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: "este fallo garantiza que la decisión tomada el 26 de marzo de 2017 en las urnas —que defendió los derechos colectivos al ambiente sano, la alimentación, la vida y el agua— sea respetada. También es un hecho de vital importancia debido a los múltiples procesos judiciales iniciados por la empresa minera Anglogold que tienen como objetivo reactivar La Colosa. Este fallo truncará varias de sus pretensiones". En la sentencia, el juez respaldó los argumentos presentados por el municipio de Cajamarca en su contestación y por la coalición, que presentó coadyuvancias en favor del Acuerdo 003/17. Las razones que soportan la decisión del juez son que el acuerdo fue expedido en debida forma, que sigue los requisitos legales y constitucionales, y que se ajusta a la normatividad vigente sobre la consulta popular. Además, contrario a lo que indicó el demandante, las Sentencias SU-095 de 2018, C-053 de 2019 y T-342 de 2019 de la Corte Constitucional no tenían la capacidad de afectar la legalidad del Acuerdo 003, pues no resultaban aplicables. Dichas sentencias, emitidas después del Acuerdo 003, señalan que las consultas populares no son un mecanismo para decidir sobre el subsuelo. En palabras del juez: "Al momento de expedir el acuerdo municipal 003 de 2017, no solo las normas constitucionales y legales daban la autonomía al municipio de Cajamarca para adelantar la consulta popular de iniciativa popular, sino que las sentencias dictadas en la materia, hasta entonces, constituían un precedente pacífico y reiterado frente a la protección del medio ambiente y las garantías de la descentralización territorial, así como de las competencias frente al uso del suelo y subsuelo, y las decisiones frente a la vocación extractivista de los territorios, como decisión propia dentro del ejercicio de la participación ciudadana". Sin duda alguna, este fallo resulta trascendental, no solo para el ejercicio democrático y la efectividad de los derechos de participación en Cajamarca, sino para las demás consultas populares que se promovieron y votaron en el país. También es un precedente fundamental para los demás países de América Latina en donde los municipios y departamentos reclaman su derecho a decir ‘NO’, a conservar su vocación agrícola y a no tener megaminería en sus territorios. #LasConsultasSeRespetan Contactos de prensa Robinson Mejía, COSAJUCA, 300 218 36 41,  [email protected]  Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 300 568 33 33, [email protected] Víctor Quintanilla, AIDA, +52 5570522107, [email protected]  

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Río Tiputini en el Parque Nacional Yasuní, Ecuador

Yasuní: Crece la ambición climática gracias al pueblo de Ecuador

La decisión del pueblo ecuatoriano de dejar el petróleo en el subsuelo en una parte del Parque Nacional Yasuní, en plena Amazonía, es una respuesta a la historia de contaminación de la tierra, el agua y el aire de las comunidades amazónicas tras 50 años de explotación petrolera. Es además una muestra de ambición climática esperanzadora que debe ser reconocida y respaldada a nivel regional y global. El 20 de agosto pasado, en una consulta popular nacional, el pueblo ecuatoriano optó por detener la extracción petrolera en el bloque 43 ITT (Ishpingo, Tiputini, Tambococha), uno de los tres en producción dentro del parque. Con esta decisión, la población de Ecuador dio un paso importante hacia la transición ordenada para dejar una parte del petróleo bajo tierra. Implementarla es una obligación legal para el gobierno ecuatoriano. De hacerlo de manera adecuada, respetando los principios de transición justa y salida responsable, Ecuador será el primer país en cumplir con las demandas que el Secretario General de la ONU y los organismos científicos y energéticos —como el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático y la Agencia Internacional de la Energía— vienen haciendo a los actores nacionales acerca de un abandono progresivo de la explotación de combustibles fósiles. Resulta clave ahora que la sociedad civil regional y global acompañe la salida responsable de las operaciones petroleras en el bloque 43 del Yasuní, en el término establecido (18 meses calendario), aplicando veedurías independientes y apoyando alternativas de transición justa para el territorio y sus habitantes.   ¿Cómo se llegó a este resultado? Este avance importante para la protección del Yasuní, un ecosistema clave para la adaptación y mitigación de la crisis climática mundial, es fruto de diversos factores, previos a la decisión del 60% del pueblo ecuatoriano el pasado 20 de agosto. Entre ellos están: La lucha histórica de los movimientos indígenas por la defensa territorial y el acompañamiento de varios sectores de la sociedad civil que dieron origen a la Iniciativa Yasuní ITT, que trató de conseguir una compensación económica de la comunidad internacional, que entregaría fondos equivalentes a una parte de las ganancias de la comercialización, a cambio de dejar el crudo bajo tierra. La creación del colectivo social Yasunidos en el año 2013, a raíz del cese de la Iniciativa Yasuní ITT, para oponerse a la declaración de interés nacional de la explotación petrolera del Yasuní, realizada por parte de la Asamblea Nacional de Ecuador. La lucha incansable de este y otros colectivos, que demostró el fraude realizado por el Consejo Nacional Electoral ante su pedido de consulta popular en 2014, antes del inicio de la explotación petrolera. La decisión de la Corte Constitucional de dar paso a la consulta y el reconocimiento de la violación de los derechos de participación de los miles de personas que firmaron el pedido de consulta en 2014.   ¿Qué implica la decisión? Esta histórica decisión tiene implicaciones nacionales, regionales y mundiales, como se detalla a continuación. A nivel nacional, el resultado de la consulta implica —según el dictamen de la Corte Constitucional—, adoptar las siguientes medidas: i) suspender las actividades de extracción; ii) no iniciar actividades nuevas ni firmar nuevos contratos; iii) tomar medidas para proteger a los pueblos en aislamiento voluntario; iv) tomar medidas de reparación a la naturaleza; v) otras acciones. Todas ellas son oportunidades para generar un espacio de transición justa en la zona. La decisión implica el reconocimiento y reparación de los derechos humanos a la participación de miles de ecuatorianos/as que pudieron decidir con su voto el destino de esta zona, además de la protección de los derechos humanos relacionados con la vida y protección los pueblos indígenas en aislamiento voluntario que habitan el Parque Yasuní. Se trata de un paso que promueve la conservación del Parque Nacional Yasuní y de su enorme biodiversidad al ser parte de la Amazonía, un ecosistema regulador del clima y clave para la adaptación a la crisis climática a nivel mundial. Con la adecuada implementación de esta decisión, Ecuador dejará de emitir alrededor de 400 millones de toneladas de CO2, asociadas a la explotación petrolera de alrededor de 58 mil barriles diarios, que ahora debe ser suspendida. El resultado de la consulta contempla un plazo de 18 meses calendario para suspender la explotación petrolera y dejar el crudo bajo tierra de forma indefinida. Con ello se asoma el gran reto de implementar una medida que puede ser ejemplar para el mundo: el cierre y abandono responsable de un campo petrolero en la Amazonía.   Los retos para la implementación Para ser exitoso, el proceso de salida responsable en el bloque 43 debe garantizar: i) la protección del territorio para evitar la deforestación ilegal y ii) el cuidado de las comunidades con el fin de brindarles alternativas económicas (investigación, bioconocimiento, bioeconomía y turismo sostenible, entre otras). Además, su implementación requiere espacios de veeduría y observatorios ciudadanos locales, así como el respaldo de la comunidad internacional y regional a través de mecanismos financieros y de capacitación técnica. Esa es la promesa de los programas de trabajo de Transición Justa y de Mitigación generados en las negociaciones climáticas. Ante el llamado urgente a que los mayores emisores de carbono del mundo dejen rápidamente de quemar combustibles fósiles, el pueblo de Ecuador ha respondido con un avance importante hacia la transición, uno que comienza desde abajo, en una geografía determinada de la Amazonía. Por ello, su decisión debe ser reconocida en la plataforma para la Acción Climática Mundial (NAZCA por sus siglas en inglés) de la ONU, que recoge la acción climática de actores no estatales. También es fundamental que el próximo gobierno ecuatoriano selle este compromiso climático incluyéndolo en la actualización de sus contribuciones determinadas a nivel nacional. Implementar la decisión del pueblo ecuatoriano en la consulta popular para proteger el Parque Nacional Yasuní es una obligación legal a nivel local y un precedente exitoso que puede impulsar la necesaria transición energética a nivel mundial.  

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Explotación de hidrocarburos offshore: Resistencia a una amenaza creciente en América Latina

La exploración y explotación de hidrocarburos costa afuera o aguas afuera (offshore) está expandiéndose en América Latina y el Caribe como parte de una estrategia gubernamental y empresarial que implica la continuidad de la industria del petróleo y del gas, combustibles fósiles cuyo uso agrava la crisis climática mundial. El avance de la actividad offshore de hidrocarburos implica también riesgos de daños graves para el océano, el mayor regulador climático del planeta, así como para la vasta biodiversidad que alberga y para los modos de vida de comunidades costeras. A nivel mundial, las reservas de hidrocarburos costa afuera representan el 30% del total y se concentran en aguas superficiales de hasta 125 metros, según investigaciones académicas. Los principales productores son Estados Unidos, México, Noruega, Brasil y Arabia Saudita. Estos países representan el 43% del total mundial. La expansión actual de la actividad en la región se desarrolla hacia extremos con mayor complejidad ambiental, en aguas ultra profundas, con pozos que superan los 1.500mts de profundidad. La autorización de nuevos proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos costa afuera profundiza la dependencia del uso de combustibles fósiles y promueve su permanencia. Esta expansión representa un retroceso frente a las acciones urgentes que el mundo requiere actualmente para evitar un calentamiento global con consecuencias catastróficas. Constituye además un obstáculo para la transición hacia sistemas energéticos sostenibles, basados en fuentes renovables y respetuosos del ambiente y de las personas. Sin embargo, existen en la región casos que evidencian una resistencia colectiva —también en aumento— al avance ciego de los proyectos de hidrocarburos en el mar. Con ayuda del litigio estratégico y del ejercicio de la participación ciudadana, estos casos representan la oportunidad de sentar precedentes importantes a nivel nacional e internacional para la protección del ambiente, el clima y los derechos humanos frente a los daños de la explotación de hidrocarburos costa afuera.   La defensa del Mar Argentino En mayo de 2019, la Secretaría de Energía adjudicó a varias empresas un total de 18 áreas (225.000 km2 de superficie) del Mar Argentino —sector del Océano Atlántico Sudoccidental— para la búsqueda de gas y petróleo.   En diciembre de 2021, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible autorizó el proyecto de exploración sísmica en tres de las áreas adjudicadas, ubicadas frente a la costa de la provincia de Buenos Aires, a unos 300 km de las playas de Mar del Plata, las más turísticas del país. El proyecto —a cargo de la empresa estatal noruega Equinor, la argentina YPF y angloholandesa Shell— incluye la realización de un pozo exploratorio. La decisión gubernamental ha sido cuestionada y rechazada por la comunidad científica y por las asambleas de varias ciudades costeras. En enero de 2022 —ante las amenazas para la biodiversidad, el clima y las economías locales de la prospección y posible explotación de hidrocarburos en la costa argentina—, grupos científicos y organizaciones ambientales presentaron ante un Juzgado Federal de Mar del Plata una demanda colectiva contra el Estado argentino, el Ministerio de Ambiente y la Secretaría de Energía en la que solicitan la nulidad de la resolución que autoriza el proyecto de exploración sísmica y el proceso mediante el cual se licitaron las 18 áreas del Mar Argentino. A ello se sumaron protestas en las calles y otras acciones que engrosaron una batalla judicial que no ha terminado. En febrero de 2022, el juzgado suspendió temporalmente la exploración sísmica a través de una medida cautelar. Pero, en diciembre de ese año, la Cámara de Apelaciones levantó la suspensión. Esa decisión fue apelada ante la Corte Suprema de Justicia, que aún no se ha pronunciado al respecto.   Moratoria en riesgo en Belice En octubre de 2017, el gobierno de Belice estableció mediante ley una moratoria permanente a la actividad petrolera en su zona marítima. Ello ocurrió luego de que, en 2012, en un referéndum informal organizado por grupos ambientales, el 96% de las personas participantes se declarara en contra de la actividad petrolera; y de la indignación global que en octubre de 2016 generó la decisión del gobierno de permitir pruebas sísmicas de exploración petrolera a tan solo un kilómetro de distancia de la Barrera de Coral de Belice, uno de los ecosistemas más diversos del mundo.   Sin embargo, la explotación de hidrocarburos offshore todavía es un riesgo para el país caribeño. En 2022, el Primer Ministro manifestó la voluntad del gobierno de permitir la exploración sísmica sin levantar la moratoria. Frente a ello organizaciones dedicadas a la protección ambiental buscan reforzar la prohibición obligando a realizar un referéndum para decidir si se levanta o no la moratoria.   Victoria judicial en Guyana De otro lado, en Guyana, desde principios de la década de 2000 han surgido informes sobre descubrimientos de grandes reservas de petróleo y gas en el mar, en la llamada cuenca Guyana Surinam. Guyana ha sido el país sudamericano con los descubrimientos más grandes de reservas petroleras en la última década y ha decidido expandir sus reservas gasíferas.   La producción de gas offshore en Guyana también ha sido objeto de controversia debido a preocupaciones ambientales y de seguridad. Recientemente, una decisión judicial rechazó el intento de la multinacional ExxonMobil y del gobierno de disolver el compromiso escrito que obliga a la empresa a correr con todos los gastos de limpieza, restauración y compensación de daños por cualquier derrame de petróleo en sus operaciones en alta mar. El juez del caso determinó que ExxonMobil está violando el permiso otorgado al proyecto Liza 1 —el cual exige presentar garantías financieras en caso de derrames y accidentes— y que los reguladores ambientales de Guyana no están haciendo cumplir las condiciones de la autorización.   Defensa de la biodiversidad y el clima Llevar a cabo proyectos de exploración y/o explotación de hidrocarburos en el mar puede implicar la vulneración de compromisos internacionales, entre ellos los asumidos por los Estados bajo la Convención de Diversidad Biológica, la Convención sobre Derecho del Mar de la ONU y la Convención sobre Especies Migratorias. La exploración sísmica en el mar genera sonidos de niveles muy superiores a los naturales. Muchos de ellos se solapan con los rangos de audición y vocalización de especies marinas (mamíferos, tortugas, peces, aves buceadoras y otras). Ello puede causar lesiones graves, efectos físicos y fisiológicos a largo plazo e incluso la muerte. Así lo explica Pablo García Borbroglu, experto y líder de la organización Global Penguin Society, quien afirma que la actividad puede derivar además en una reducción de la actividad pesquera. Los impactos de la actividad no se limitan al área explotada, sino que afectan a todo el mar y a todas las especies que lo habitan, agravando la situación de un elevado número de especies bajo amenaza o en peligro de extinción. La expansión de esta industria significa además el incumplimiento de los compromisos de países de la región de reducir sus emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, así como de adoptar medidas orientadas al manejo de ecosistemas clave como el marino, contenidos en la Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París. Los casos descritos, que han sumado múltiples y diversas voces, tienen el potencial de establecer precedentes que obliguen a que los Estados se hagan responsables de las posibles consecuencias ambientales y sociales de avalar industrias nocivas como la de hidrocarburos costa afuera. Constituyen oportunidades clave para que los tribunales y otros órganos de toma de decisiones generen precedentes ejemplares para el hemisferio en materia de protección del ambiente y los derechos humanos, especialmente frente a la crisis climática y de biodiversidad que atraviesa el mundo.  

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Propuesta de lineamientos para una regulación regional por el aire limpio, la salud pública y la justicia climática

Actores de diferentes sectores nos reunimos para iniciar un camino hacia un proceso sin precedentes: construir un marco regulatorio regional para la gobernanza de la calidad del aire, la salud pública y la acción climática en América Latina y el Caribe. Este proceso inició con una conversación para identificar los elementos indispensables para afrontar como región los retos que implica la intersección entre la contaminación atmosférica, la crisis climática y su impacto en la salud pública. Este diálogo intersectorial visibilizó la necesidad de aunar esfuerzos gubernamentales e intergubernamentales para implementar acciones bajo un marco común en la región, sin desconocer la responsabilidad que tenemos los diversos actores que conformamos la sociedad. Asimismo, este diálogo permitió evidenciar que este marco debe desarrollarse bajo los enfoques de gobernanza, derechos humanos e interseccionalidad, reconociendo las diferentes vulnerabilidades y responsabilidades que tenemos de cara a este asunto. El propósito de diseñar un marco común para la región nos invitó a conversar sobre la necesidad de primero reconocer que: tenemos un contexto social, ambiental y fuentes de contaminación particulares de América Latina y el Caribe, especialmente en la forma cómo nos relacionamos con la energía y bienes comunes; falta aún investigación y evaluación de las fuentes de la contaminación del aire y sus puntos de interacción con la crisis del clima y la salud pública, desde la perspectiva regional; y que existe una brecha de asistencia técnica y financiera de y para los gobiernos, en relación con el desarrollo y ejecución de sus programas de gestión de la contaminación del aire, de la acción climática y de la salud pública. Tomamos como base las recomendaciones (1) establecidas por el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos y el ambiente, relacionadas con el derecho a respirar aire puro, y la evidencia científica aportada por el Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC por sus siglas en inglés) en sus informes sobre la profundización de la crisis climática. Así, con el ánimo de enfrentar los retos que implican la interacción entre clima, aire y salud para las presentes y futuras generaciones de la región de América Latina y el Caribe, proponemos los siguientes lineamientos para la elaboración de un marco regulatorio regional: Afrontar la contaminación atmosférica y la crisis climática de manera conjunta, por medio de instrumentos de gestión efectivos que tengan en cuenta sus cobeneficios en la salud pública. Establecer y adoptar progresivamente medidas y metas ambiciosas, acordes a los estándares de calidad del aire alineados con las guías de la OMS (2). Desarrollar índices de calidad del aire y salud (3) en los países de América Latina y el Caribe. Articular sistemas de monitoreo de calidad del aire de bajo costo y/o ciudadanos (4) que complementen los sistemas de monitoreo institucionales. Incrementar la cooperación internacional a través de la adopción de compromisos de reducción de emisiones e impactos transfronterizos, ligados a causas como incendios forestales, desde una perspectiva de responsabilidades comunes pero diferenciadas. Garantizar los derechos humanos de participación, acceso a la información y a la justicia en el ejercicio de la gobernanza de la calidad del aire, garantizando el principio de transparencia y el acceso a datos abiertos y estandarizados. Facilitar información al público sobre la calidad del aire, fomentar la educación ambiental y acciones de comunicación a los actores clave, especialmente a la ciudadanía y tomadores de decisiones, para acercar los temas de calidad del aire, clima y salud a la población.   Estos lineamientos deberán convertirse en acciones que reflejen los principios en los cuales se fundamentan. Estos principios son: la justicia social, las responsabilidades compartidas pero diferenciadas, la progresividad y no regresión, la precaución y prevención, la acción climática efectiva para una transición energética justa y salida progresiva de los combustibles fósiles; y la promoción, respeto y garantía del derecho a respirar aire puro, que es uno de los elementos vitales del derecho humano a un ambiente limpio, saludable y sostenible. Esta apuesta, que recoge debates previamente dados por la Red Nacional Ciudadana de Calidad del Aire de Colombia y la Coalición Latinoamericana por el Aire Limpio (ALAire), sigue en construcción. Por esto, el camino que iniciamos el 21 de marzo de 2023 continuará abierto a recibir aportes de todos los sectores. Esperamos que escale diversos escenarios de decisión, territoriales, nacionales y regionales para lograr que la calidad del aire sea un medio que nos acerque a las transiciones que como sociedades latinoamericanas necesitamos. Lee y descarga la propuesta de lineamientos Haz aportes a la propuesta   (1) Vigilar la calidad del aire y de sus efectos sobre la salud; evaluar las fuentes de contaminación atmosférica; informar al público sobre la calidad del aire; establecer, aplicar y evaluar la legislación y los planes de acción sobre la calidad del aire, y; proteger a las y los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente. A/HRC/40/55 (2) Las Directrices Mundiales de la OMS sobre la Calidad del Aire ofrecen orientaciones a escala mundial sobre los umbrales y límites de los principales contaminantes atmosféricos que entrañan riesgos para la salud. En América Latina, los estándares no están alineados con estas directrices y adoptar los estándares de la OMS para los 6 contaminantes criterio es fundamental para asegurar una protección a los derechos de las personas expuestas a la contaminación atmosférica. (3) Los índices de aire y salud son herramientas de comunicación del riesgo construidas a partir de datos epidemiológicos, que informan sobre el posible impacto que la calidad del aire actual representa para la salud, lo que a su vez permite dar una serie de recomendaciones a personas vulnerables y no vulnerables y favorecer la toma de decisiones en salud pública. Para garantizar la protección de los derechos de la población y brindar una correcta información, estos índices deben ser iguales en toda la región y cumplir con los mayores estándares para su construcción y uso. (4) Las acciones de monitoreo ciudadano con sensores de bajo costo permiten recolectar más y mejor información a nivel local sobre la exposición de las personas a la contaminación atmosférica, adicionando información a los sistemas de monitoreo de las autoridades públicas. Contar con esta información permite tomar medidas de descontaminación más precisa, planear el desarrollo territorial y proteger los derechos de la población. Estos sistemas de monitoreo ciudadano permiten el ejercicio de una gestión y control de la calidad del aire desde la sociedad civil. En el caso de municipios que no cuentan con una red institucional, el apoyo debe priorizar el desarrollo de redes ciudadanas.  

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Suprema Corte de Justicia de la Nación debe garantizar el acceso a la justicia en asuntos ambientales

Este miércoles se discute en la SCJN la contradicción de tesis 217/2021 sobre la facultad de las organizaciones para presentar amparos. El estándar de protección de los derechos a la justicia y al medio ambiente sano requiere que toda persona, incluidas las organizaciones, tengan acceso a recursos judiciales a través de una legitimación amplia.   Ciudad de México. Ante la inminente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la facultad de las organizaciones de la sociedad civil para presentar amparos, las asociaciones de defensa de derechos ambientales AIDA, CEMDA y GREENPEACE consideran que dicha Sala debe garantizar el acceso a la justicia ambiental en los términos asentados en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública, y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), acuerdo vinculante del cual México es parte signataria. La Segunda Sala tiene previsto tomar una decisión el miércoles 25 de enero, retomando la sesión que quedó postergada el pasado agosto. Las organizaciones ambientalistas esperan que se discuta y resuelva el proyecto de resolución de la contradicción de tesis 217/2021, propuesta por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Dicha resolución será determinante para que en el futuro inmediato las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del medio ambiente puedan acceder a la justicia de manera efectiva. Cabe recordar que Greenpeace México, A.C. presentó una denuncia de contradicción a partir de dos criterios opuestos entre Tribunales Colegiados de Circuito del Estado de México y de la Ciudad de México. En uno de ellos se reconoció que las personas jurídicas o morales, como las organizaciones ambientalistas, tienen interés legítimo para promover un juicio de amparo en defensa del derecho a un medio ambiente sano. En el otro, se concluyó que tal derecho y otros, como a la cultura o a la movilidad, solo pueden ser defendidos por personas físicas. Además, en agosto pasado, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), presentaron a la Corte un Amicus Curiae, en el que se expuso con amplitud el estándar de protección del derecho de acceder a la justicia y en el que se concluye que la "garantía de los derechos al acceso a la justicia y al medio ambiente sano exigen que toda persona (incluidas las organizaciones ambientales) tengan acceso a recursos judiciales a través de una legitimación amplia". En el año 2018, México suscribió el Acuerdo de Escazú, mismo que entró en vigor en 2021. De esta manera, México está obligado a cumplir con los más altos estándares de participación de las personas en cuestiones medioambientales. Este acuerdo reconoce la importancia de la participación de todas las personas en la toma de decisiones en asuntos ambientales (incluidos los climáticos), establece procesos de participación pública, protege los derechos de las personas defensoras de derechos humanos ambientales, busca fortalecer el acceso a la justicia, por mencionar sólo algunas de las obligaciones que establece. La decisión de la Segunda Sala debe ser consistente con la obligación del Estado mexicano de garantizar el acceso a la justicia en materia ambiental, establecido en el Acuerdo de Escazú. Dicho acuerdo establece en su artículo 8 que se debe asegurar el derecho de acceso a la justicia en asuntos ambientales para impugnar y recurrir, en cuanto al fondo y al procedimiento, cualquier decisión que afecte o pueda afectar al medio ambiente o contravenir normas relacionadas con el medio ambiente. Para tal efecto, se debe garantizar el acceso a la justicia y se debe contar con la legitimación activa amplia en defensa de este derecho. Lo que resuelva la Segunda Sala de la Suprema Corte este miércoles, presidida por el Ministro Pérez Dayan, exhibirá el cumplimiento que nuestro país quiera darle al Acuerdo de Escazú. "Es de suma importancia que se resuelva apegándose a derecho y propiciando el acceso a la justicia ambiental, tan  fundamental para  la protección y el cumplimiento de los derechos humanos, tal como lo expresamos en el amicus curiae que presentamos junto a AIDA el pasado 9 agosto de 2021 a propósito de la votación de este mismo asunto", mencionó Gustavo Alanis Ortega, Director Ejecutivo de CEMDA. Esto es, la decisión debe continuar con los criterios de la propia Sala al resolver el amparo en revisión 1013/2019, en la contradicción de tesis 270/2016 y el amparo en revisión 839/2019, donde se ha resuelto a favor de la participación ciudadana en la protección del medio ambiente y ha garantizado la legitimación activa amplia, como lo es el derecho de las personas, de los colectivos y de las organizaciones de la sociedad civil a iniciar una demanda en asuntos ambientales y así maximizar el acceso a la justicia. Lo resuelto en el amparo en revisión 839/2019 es particularmente relevante para el análisis que realizará la Segunda Sala, considerando que en ese precedente se concluyó que las asociaciones civiles pueden acudir al amparo para proteger el derecho a un medio ambiente sano cuando la defensa del ambiente forme parte de su objeto social e incluso cuando tengan por objeto la defensa de los derechos humanos en general. La Sala llegó a esta conclusión después de señalar que los órganos jurisdiccionales “deben maximizar el acceso a la justicia” a partir de los principios que rigen la protección del medio ambiente, incluyendo el principio de precaución. "Hacemos un respetuoso llamado a la Segunda Sala y a la Corte en general para que la resolución de este tema garantice y fortalezca la participación de las personas y de las organizaciones de defensa del medioambiente", concluyó Gustavo Ampugnani, director de Greenpeace México. De su lado, Javier Davalos, Coordinador del Programa de Clima de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), señaló que: "En un contexto de crisis climática y degradación ambiental, la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte debe ser compatible con sus propios precedentes y con el Acuerdo de Escazú. Una forma de garantizar los derechos humanos, es brindar un amplio acceso a la justicia, que debe estar basado en una interpretación amplia del derecho a promover un juicio en defensa del derecho a un ambiente sano". Contactos de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], +52 5570522107 Dana Olguín, Coordinación de Comunicación y medios, Greenpeace México, [email protected], +52 1 55 4964 5357 Ricardo Ruíz, Área de Comunicación, CEMDA, [email protected], +52 55 596 44162  

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Rumbo a Egipto: ¿Qué esperamos de la COP27?

Por Javier Dávalos, Liliana Ávila y Verónica Méndez*   El contexto en el que se desarrollará la vigésimo séptima Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP27), que tendrá lugar del 6 al 18 de noviembre en Sharm El-Sheikh, Egipto, no es el más alentador. No será fácil abordar en esta conferencia mundial los anuncios de retorno al uso intensivo de combustibles fósiles en varios países —motivados en gran medida por la crisis económica derivada de la pandemia y el conflicto entre Rusia y Ucrania— y las crecientes noticias de fenómenos extremos cada vez más intensos y frecuentes a causa del cambio climático. Al mismo tiempo, el movimiento por el clima es cada vez más fuerte, así como la necesidad de cambios sistémicos y soluciones visibles. Por tanto, pese al contexto, la COP27 es una nueva oportunidad para que los Estados respondan con acciones a su ciudadanía. En la COP26 de Glasgow, se decidió que los países deben adoptar e implementar medidas más ambiciosas para enfrentar el cambio climático y cumplir con el objetivo del Acuerdo de París: limitar el calentamiento mundial a muy por debajo de los 2°C, preferiblemente a 1,5°C, en comparación con los niveles preindustriales. AIDA participará en la COP27 como organización observadora acreditada junto con aliados de diversas redes para abogar una vez más por avances contundentes en la acción climática. ¿Qué es lo que más nos anima a participar? Te compartimos a continuación los principales avances que esperamos de la COP27.   1. Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) más ambiciosas Las NDC son instrumentos por medio de los cuales los Estados comunican sus metas nacionales de mitigación y adaptación ante la crisis climática. En su primer informe, el Relator Especial de la ONU sobre la promoción y la protección de los derechos humanos en el contexto del cambio climático, Ian Fry, estableció que “la respuesta mundial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero ha sido totalmente insuficiente”. En el Pacto de Glasgow para el Clima, los Estados reafirmaron su compromiso de limitar el aumento de la temperatura media mundial a 1,5°C y de aumentar la ambición en sus NDC, las cuales además tienen que ser medibles y reales. Es imperioso por tanto que todos los Estados actualicen sus NDC (solo 24 lo han hecho), que garanticen la inclusión de medidas y acciones concretas y ambiciosas, en cumplimiento de los principios de progresividad y de responsabilidades comunes pero diferenciadas establecidos en el Acuerdo de París, y que aseguren su implementación bajo un enfoque de justicia climática.    2. Financiamiento para pérdidas y daños: ¡Ahora! Las medidas de mitigación y adaptación están llegando tarde para afrontar las pérdidas y daños, así como la consecuente crisis de derechos humanos, que el cambio climático está generando. Los Estados deben abordar esta situación de forma comprometida. El Relator Especial Ian Fry señala que es necesario crear un mecanismo de financiación para ayudar a las personas a recuperarse de los impactos del cambio climático que van más allá de su capacidad de adaptación. En la COP26 no hubo consenso acerca de la creación de un mecanismo de ese tipo. La demanda para la COP27 es incluir el tema en la agenda de discusión y avanzar en la adopción de un mecanismo de financiamiento que contemple criterios estrictos de políticas operativas, enfoque de derechos humanos y mecanismos de rendición de cuentas. Es vital además tener resultados medibles del funcionamiento de la Red de Santiago sobre Pérdidas y Daños creada en la COP25. Las reflexiones en torno a las pérdidas y daños han llegado para quedarse y serán un asunto que cobre cada vez mayor relevancia. Un fuerte movimiento climático, impulsado sobre todo por los países del sur, llega a Egipto con ese propósito.   3. Promoción de una transición energética justa El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), en su sexto informe sobre mitigación, indicó que la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero requiere transiciones importantes y urgentes, incluida una reducción sustancial del uso general de combustibles fósiles. Este será quizás uno de los asuntos más debatidos en la conferencia pues, luego de la invasión rusa a Ucrania, países que habían avanzado en la descarbonización del sector energético han aumentado la producción de combustibles fósiles ante los altos precios de los energéticos. A ello se suma una mayor presión para que América Latina siga exportando combustibles fósiles. Sin embargo, la transición energética no solo es una necesidad urgente, sino también la mejor oportunidad que tenemos de promover justicia y equidad para las personas y especies que habitamos el planeta. Debemos movernos hacia la descarbonización de nuestras matrices energéticas y economías. Pero debemos hacerlo promoviendo la justicia, con un proceso de transformación integral, democrático y plural.   Se espera que en la COP27 los Estados sean evaluados respecto del avance de sus compromisos de eliminación gradual de la generación de energía a partir del carbón y de los subsidios a los combustibles fósiles, así como de reducción global de las emisiones derivadas del metano.   4. Una conferencia libre de captura corporativa y que escuche a todas las voces El camino hacia la justicia climática y muchos de los temas que se abordan en las COP necesitan diversidad de voces, muchas de las cuales enfrentan grandes barreras para ser escuchadas. A ello se suma una presencia desproporcional de industrias y corporaciones con agendas orientadas directamente a defender intereses empresariales por encima del bien común y del planeta. Esto ha creado un fuerte obstáculo para lograr avances más ambiciosos en las conferencias. El Relator Ian Fry señaló acertadamente que los lugares donde se celebran las COP “son cada vez más caros y a los pueblos indígenas y organizaciones de la sociedad civil les resulta difícil asistir”. La sociedad civil ha manifestado su firme oposición a que los actores que más contaminan sean jueces y parte en el asunto. La demanda específica apunta a revisar los lineamientos de patrocinadores para que las COP prescindan de los aportes de grandes contaminadores y para que, a partir de la COP27, exista una verdadera inclusión equitativa de todos los actores, especialmente de quienes están en la primera línea de la crisis climática y sufren directamente sus consecuencias.   La lucha por el clima llegó para quedarse. Es un movimiento cada vez más grande y vibrante que no se detendrá hasta que existan compromisos reales de los países. Según el IPCC, la COP27 mantiene abierta la “ventana de oportunidad para asegurar un futuro habitable y sostenible”. Es el espacio donde más actores convergen para defender sus intereses en ese propósito. Los Estados y demás participantes deben ver a las COP como espacios para avanzar hacia la justicia climática y para evitar la llegada de un punto de no retorno, poniendo al centro a las personas y al planeta.   *Javier Dávalos es coordinador del Programa de Clima de AIDA, Liliana Ávila es coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la organización, y Verónica Méndez es abogada del Programa de Clima.  

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